Mostrando 6673 Acuerdos del Consejo de Gobierno
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MODIFICACION DEL PROGRAMA TEMPORAL DE EMPLEO PARA EL APOYO A LA PREPARACIÓN DE INTERVENCIONES Y CÁLCULO DE LOS IMPORTES UNITARIOS, PROMEDIOS Y COSTES SIMPLIFICADOS PARA EL NUEVO PERIODO DE PROGRAMACIÓN EN EL MARCO DEL PLAN ESTRATÉGICO PAC.

Dentro del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 de España para la ayuda de la Unión financiada por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía y el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural aprobado mediante Decisión de ejecución de la Comisión Europea C (2022) 6017 final, de 31 de agosto de 31.8.2022, Castilla-La Mancha ha diseñado intervenciones territoriales de Desarrollo Rural. Dentro de estas intervenciones territoriales se ha desarrollado la financiación de ciertas actuaciones a través de instrumentos financieros.     El instrumento financiero es una nueva herramienta para favorecer la inversión en el sector agrario y agroindustrial. El objetivo es apoyar proyectos de inversión y capital circulante a través de préstamos garantizados que formalizarán las entidades financieras a los agricultores, ganaderos e industriales en condiciones especiales. Estos préstamos estarán garantizados con fondos públicos del Instrumento Financiero en el marco de las Intervenciones territoriales de desarrollo rural en Castilla-La Mancha.    Con fecha 31 de agosto de 2021 se autorizó por el Consejo de Gobierno el Programa Temporal de Empleo para la gestión y seguimiento del Programa de Desarrollo Rural de Castilla La Mancha 2014-2020, y apoyo a la preparación de intervenciones y cálculo de los importes unitarios, promedios y costes simplificados para el nuevo periodo de programación en el marco del plan estratégico PAC. No obstante, como consta justificado en el expediente adjunto a este acuerdo se ha producido una vacante en el equipo que fue inicialmente autorizado por el Consejo de Gobierno, y ante la imposibilidad material de cubrir dicho puesto, teniendo presentes los principios de buena gestión financiera se ha considerado más adecuada la redistribución de funciones y la modificación la composición del equipo con que cuenta la Viceconsejería de Medio Rural.     La modificación propuesta no conlleva el reajuste económico del programa temporal, ya que el coste estimado del puesto de ambas titulaciones es el mismo.    La duración de la contratación de personal mediante este plan temporal de empleo, para dar cobertura a las actuaciones realizadas por la Autoridad de Gestión del Programa de Desarrollo Rural, teniendo en cuenta la ampliación del periodo de programación hasta el año 2022 y la regla de justificación de las actuaciones n+3 que nos llevan hasta el año 2025, comprende un periodo de 4 años (entre el 1 de julio de 2021 y el 30 de junio de 2025).

AUTORIZACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE FUNDACIONES DE CASTILLA-LA MANCHA DE MIEMBROS DEL PATRONATO DE LA FUNDACIÓN “CUENCA 2016”.

Para la tramitación ante el Registro de Fundaciones de Castilla-La Mancha de la inscripción de la aceptación de doña María Ángeles Martínez Hernández, don Miguel Contreras Martínez y doña Mercedes Ramírez Íñiguez de La Torre, como Miembros del Patronato de la Fundación “Cuenca 2016”, en representación de la Junta de Comunidades, será requisito previo la obtención de la autorización correspondiente mediante acuerdo del Consejo de Gobierno.

AUTORIZACIÓN DE LA PRÓRROGA DEL PROGRAMA TEMPORAL DE EMPLEO DE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO PARA CUBRIR LAS NECESIDADES DE PERSONAL EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD.

El Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha autoriza la prórroga de dos años y ocho meses del programa temporal de empleo de la Consejería de Fomento para cubrir las necesidades de personal en la Dirección General de Transportes y Movilidad con un número de tres efectivos, cuyo importe asciende a 269.953,79 euros.

AUTORIZACIÓN A LA EMPRESA PÚBLICA TELEVISIÓN AUTONÓMICA DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A., PARA LA REALIZACIÓN DE GASTOS SUPERIORES A 400.000 EUROS, DERIVADOS DEL EXPEDIENTE DEL CONTRATO PARA LA PRODUCCIÓN DEL PROGRAMA “EN COMPAÑÍA VIII”, PARA EL AÑO 2023.

El expediente se instrumenta en aplicación de lo establecido en el artículo 52 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 25 de la Ley 9/2022, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2023, dedicado al régimen de autorización previa de gastos de los sujetos del sector público regional con presupuesto estimativo, que establece que la autorización previa de los gastos en que incurran las empresas y fundaciones públicas, cuando dichos gastos sean superiores a 400.000 euros, corresponde al Consejo de Gobierno.    Esta autorización requiere de previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, según establece el artículo 25.4 de la Ley 9/2022, de 22 de diciembre. 

AUTORIZACIÓN A LA EMPRESA PÚBLICA TELEVISIÓN AUTONÓMICA DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A., PARA LA REALIZACIÓN DE GASTOS SUPERIORES A 400.000 EUROS, DERIVADOS DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DEL PROGRAMA “SOY QUIEN MÁS SABE DE LA REGIÓN”, EN 2023.

El expediente se instrumenta en aplicación de lo establecido en el artículo 25 de la Ley 9/2022, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2023, dedicado al régimen de autorización previa de gastos de los sujetos del sector público regional con presupuesto estimativo, que establece que la autorización previa de los gastos en que incurran las empresas y fundaciones públicas, cuando dichos gastos sean superiores a 400.000 euros, corresponde al Consejo de Gobierno.    Esta autorización requiere de previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, según establece el artículo 25.4 de la Ley 9/2022, de 22 de diciembre. 

INFORME SOBRE EL CONVENIO EN MATERIA DE GESTIÓN ELECTORAL ENTRE EL ESTADO Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA.

La gestión de procesos electorales, tanto en casos de concurrencia electoral (aquellos en los que coincida la celebración de elecciones de competencia estatal con elecciones de competencia autonómica), como en aquellos casos en los que no se produzca dicha concurrencia (cuando se celebren únicamente elecciones de competencia estatal, o únicamente elecciones de competencia autonómica), justifica la necesidad de adoptar determinadas soluciones comunes que, en virtud de la colaboración y cooperación que ha de primar entre Administraciones Públicas, faciliten la gestión electoral y permitan llevar a cabo el complejo operativo electoral con eficacia y eficiencia. 

DECRETO DEL REGISTRO DE PROFESIONALES SANITARIOS OBJETORES DE CONCIENCIA A REALIZAR LA PRESTACIÓN DE AYUDA PARA MORIR EN CASTILLA-LA MANCHA.

En fecha 25 de marzo de 2021, se publicó la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia, que introduce en nuestro ordenamiento jurídico un nuevo derecho individual como es la eutanasia, definida como la actuación que produce la muerte de una persona de forma directa e intencionada mediante una relación causa-efecto única e inmediata, a petición informada, expresa y reiterada en el tiempo por dicha persona, y que se lleva a cabo en un contexto de sufrimiento debido a una enfermedad o padecimiento incurable que la persona experimenta como inaceptable y que no ha podido ser mitigado por otros medios.    La ley, en su artículo 13, establece que la prestación de ayuda para morir estará incluida en la cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud (SNS) y será de financiación pública, así como que los servicios públicos de salud aplicarán las medidas precisas para garantizar el derecho a la prestación de ayuda para morir en los supuestos y con los requisitos establecidos en la misma; y, en su artículo 14, que esta prestación se realizará en centros sanitarios públicos, privados o concertados, y en el domicilio, sin que el acceso y la calidad asistencial de la prestación puedan resultar menoscabados por el ejercicio de la objeción de conciencia sanitaria o por el lugar donde se realiza.    Esta misma ley, en su artículo 16, regula la objeción de conciencia de los profesionales sanitarios, como derecho al rechazo o la negativa a realizar la citada prestación por razones de conciencia, como decisión individual del profesional sanitario directamente implicado en su realización, la cual deberá manifestarse anticipadamente y por escrito. En el apartado 2 de este artículo se establece que las Administraciones Sanitarias crearán un registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia a realizar la ayuda para morir, en el que se inscribirán las declaraciones de objeción de conciencia para la realización de la misma y que tendrá por objeto facilitar la necesaria información a la administración sanitaria para que esta pueda garantizar una adecuada gestión de la prestación de ayuda para morir.     Se hace necesario crear y regular el Registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia a realizar la prestación de ayuda para morir en Castilla-La Mancha.   Enlaces relacionados:   Decreto 2/2023, de 24 de enero, del Registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia a realizar la prestación de ayuda para morir en Castilla-La Mancha.

AUTORIZACIÓN DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR LA FUNDACIÓN SOCIOSANITARIA DE CASTILLA-LA MANCHA PARA LA REALIZACIÓN DE PROGRAMAS DE ATENCIÓN A PERSONAS RECLUSAS CON TRASTORNOS ADICTIVOS EN LOS CENTROS PENITENCIARIOS DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Consejo de Gobierno ha autorizado la concesión de subvenciones por la Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha destinadas a Entidades sin ánimo de lucro existentes en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, para la realización de programas de atención a personas reclusas con trastornos adictivos en los centros penitenciarios de Castilla-La Mancha.   Son destinatarias de estas subvenciones, las entidades sin ánimo de lucro inscritas en el registro correspondiente de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, que desarrollen programas de atención a personas reclusas con problemas de adicciones a sustancias en los centros penitenciarios de Castilla-La Mancha, y que cuenten con la preceptiva autorización de la dirección de los centros penitenciarios en los que desarrolle el programa.

AUTORIZACIÓN DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR LA FUNDACIÓN SOCIOSANITARIA DE CASTILLA-LA MANCHA PARA EL MANTENIMIENTO DE CENTROS DE REHABILITACIÓN PSICOSOCIAL Y LABORAL DE PERSONAS CON TRASTORNO MENTAL GRAVE.

El Consejo de Gobierno ha autorizado la concesión de subvenciones por la Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha destinadas a Entidades sin ánimo de lucro existentes en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, para el mantenimiento de centros de rehabilitación psicosocial y laboral de personas con trastorno mental grave.    Son destinatarias de estas subvenciones, las entidades sin ánimo de lucro inscritas en el registro correspondiente de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, que posean un Centro de Rehabilitación Psicosocial y Laboral para personas con trastorno mental grave en Castilla-La Mancha.  

AUTORIZACIÓN DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR LA FUNDACIÓN SOCIOSANITARIA DE CASTILLA-LA MANCHA PARA LA OCUPACIÓN DE PLAZAS RESIDENCIALES EN DISPOSITIVOS UBICADOS EN CASTILLA-LA MANCHA Y GESTIONADAS POR ENTIDADES PRIVADAS SIN ÁNIMO DE LUCRO.

El Consejo de Gobierno ha autorizado la concesión de subvenciones por la Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha para la ocupación de plazas residenciales en dispositivos ubicados en Castilla-La Mancha y gestionados por entidades privadas sin ánimo de lucro, destinados a la atención a personas con trastorno mental grave, personas con enfermedades crónicas en situación de exclusión social y personas con problemas de adicciones a sustancias.    Son destinatarias de estas subvenciones, las entidades sin ánimo de lucro inscritas en el registro correspondiente de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, que posean Viviendas Supervisadas y Residencias Comunitarias para personas con trastorno mental grave, y plazas residenciales en centros sociosanitarios para personas con enfermedades crónicas en situación de exclusión social, así como una comunidad terapéutica para el tratamiento de adicciones. 

AUTORIZACIÓN DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR LA FUNDACIÓN SOCIOSANITARIA DE CASTILLA-LA MANCHA PARA LA REALIZACIÓN DE PROGRAMAS DE PROMOCIÓN, PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE PROBLEMAS DE SALUD MENTAL.

El Consejo de Gobierno ha autorizado la concesión de subvenciones por la Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha destinadas a entidades sin ánimo de lucro existentes en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, para la realización de programas de promoción, prevención y atención de problemas de salud mental.    Son destinatarias de estas subvenciones, las entidades sin ánimo de lucro inscritas en el registro correspondiente de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha o que desarrollen programas destinadas a la promoción del bienestar mental, la prevención de problemas de salud mental, la lucha contra el estigma y la discriminación en salud mental, la defensa y respeto de los derechos fundamentales y el apoyo psicosocial de las personas con problemas de salud mental. 

AUTORIZACIÓN PARA EL EJERCICIO DE ACCIONES POR PARTE DEL GABINETE JURÍDICO DE LA JUNTA DE COMUNIDADES, EN RELACIÓN A LA RECLAMACIÓN DE CANTIDAD CONTRA GESTIÓN, TRANSPORTES Y DISTRIBUCIÓN MENSAJEROS, S.L.

Según lo establecido en el artículo 9.1 de la ley 5/2013, de 17 de octubre, de ordenación del servicio jurídico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para el ejercicio de acciones en vía jurisdiccional será necesaria la autorización del Consejo de Gobierno, previo informe preceptivo del Gabinete Jurídico.    A la vista del informe del Gabinete Jurídico de 27 de diciembre de 2022, se entiende justificado el ejercicio de la acción judicial en reclamación de cantidad contra Gestión Transportes y Distribución Mensajeros, S.L.