Mostrando 6710 Acuerdos del Consejo de Gobierno
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TOMA EN CONSIDERACION DEL ANTEPROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA PARA 2024.

Mediante el presente acuerdo se toma en consideración el Anteproyecto de Ley de Presupuestos para 2024 conforme a lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley 11/2003 de 25 de septiembre de Gobierno y el Consejo Consultivo, asumida la iniciativa legislativa, el Consejo de Gobierno decidirá sobre ulteriores trámites y consultas y cumplidos estos, acordará su remisión con carácter de urgencia al Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, quien, en virtud de lo establecido en los artículos 51.2 y 54.3 de esta misma norma deberá dictaminar sobre el anteproyecto de ley.

AUTORIZACIÓN DE PROGRAMA TEMPORAL PARA EL NOMBRAMIENTO DE 4 TÉCNICOS/AS SANITARIOS/AS DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES PARA EL CURSO 2023/2024.

El Consejo de Gobierno autoriza el programa temporal para el nombramiento de 4 técnicos sanitarios de la Consejería de educación, cultura y deportes para el curso 2023/2024( desde el 11 de septiembre de 2023 hasta el 21 de junio de 2024). El Programa temporal supone el nombramiento de 4 técnicos sanitarios (enfremeras/os). Las retribuciones serían asimiladas a las de un técnico sanitario, jornada ordinaria, subgrupo A2.

DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS REQUISITOS PARA EL RECONOCIMIENTO DE ENTIDADES ASOCIATIVAS PRIORITARIAS DE INTERÉS REGIONAL DE CASTILLA-LA MANCHA.

La Ley 13/2013, de 2 de agosto, de fomento de la integración de cooperativas y de otras entidades asociativas de carácter agroalimentario, contempla la figura de la Entidad Asociativa Prioritaria (EAP) como instrumento básico para contribuir a mejorar la estructuración de la oferta y la integración, mediante el redimensionamiento de las entidades asociativas, estableciendo las condiciones para su reconocimiento cuando el ámbito de actuación económica de las mismas es supraautonómico.   En el ámbito autonómico se aprobó el Decreto 77/2016, de 13 de diciembre, por el que se establecen los requisitos para el reconocimiento de entidades asociativas prioritarias de interés regional de Castilla-La Mancha (Eapir) y se crea su registro, cuyo objeto era establecer los requisitos para el reconocimiento administrativo de dichas entidades, con el fin de mejorar la dimensión económica de las cooperativas y de otras entidades agroalimentarias de naturaleza asociativa, cuya implantación y ámbito de actuación económico sean de carácter autonómico.   La Administración de Castilla-La Mancha continúa apostando por el asociacionismo agrario en general y por la integración cooperativa agroalimentaria en particular como instrumento que permita una mejora de la concentración y ordenación de la oferta, una optimización de recursos humanos y económicos en la producción y/o transformación de los productos agrarios y, en definitiva, una mejora de la competitividad del conjunto de la cadena de valor.   Es por lo anterior que el objetivo prioritario al que deben dirigir sus esfuerzos las figuras asociativas es a la mejora de la dimensión empresarial mediante la participación en procesos de integración. Ello no solo con el objetivo de mejorar su situación económica actual sino, además, para poder crear estructuras más sólidas que permitan asegurar la permanencia de la profesión agraria desarrollando para ello procesos industriales que permitan incidir más y mejor en la cadena de valor, mejorando así, o al menos manteniendo, la renta de las personas socias.   Fruto de la experiencia adquirida en el funcionamiento y aplicación de la normativa de reconocimiento y registro de las Eapir, es necesaria la aprobación del presente decreto con objeto de adaptarlo, aún si cabe, a la mayor apertura e internalización de los mercados. A mayor abundamiento, aunque la figura ha tenido un gran calado en el sector agroalimentario con el reconocimiento de ocho Eapir desde diciembre de 2016, aún existen sectores en los que no está reconocida ninguna entidad; por tanto, es conveniente la revisión, entre otros, de los requisitos de disponer de un volumen mínimo de facturación y de la obligación de comercializar.   Enlaces relacionados:   Decreto 251/2023, de 5 de septiembre, por el que se establecen los requisitos para el reconocimiento de entidades asociativas prioritarias de interés regional de Castilla-La Mancha.

Autorización del Consejo de Gobierno al órgano de contratación para aprobar el expediente del contrato de Suministro de Gasóleo C, para diversos centros dependientes de las delegaciones provinciales de la Consejería de Bienestar Social.

Se propone al Consejo de Gobierno que autorice al órgano de contratación la aprobación del expediente del contrato de Suministro de Gasóleo C, para diversos centros dependientes de las delegaciones provinciales de la Consejería de Bienestar Social en las provincias de Albacete, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara y Toledo, cuyo presupuesto máximo de licitación (IVA incluido al 21 %) es de 6.135.900 euros. La duración del contrato será de tres años, con posibilidad de prórroga por un máximo de dos años. La ejecución del gasto del contrato se financiará con cargo a los presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha de los ejercicios 2024, 2025, 2026 y 2027.

Autorización al órgano de contratación para aprobar el expediente de octava prórroga obligatoria del contrato de gestión de servicio público, en su modalidad de concesión, de la Residencia para Personas Mayores de Montalbo (Cuenca).

Se propone al Consejo de Gobierno que autorice al órgano de contratación la aprobación del expediente de octava prórroga obligatoria del contrato de gestión de servicio público, en su modalidad de concesión, de la Residencia para Personas Mayores de Montalbo (Cuenca), que cuenta con una capacidad de 33 plazas residenciales para personas mayores dependientes, cuyo gasto se ha estimado en 1.756.814,40 €, (exenta de IVA), por un periodo de 2 años, desde el 1 de octubre de 2023 hasta el 30 de septiembre de 2025, ambos incluidos.

AUTORIZACIÓN DE LA SEGUNDA PRÓRROGA DEL PROGRAMA TEMPORAL DE EMPLEO PARA CUBRIR LAS NECESIDADES DE PERSONAL EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL Y URBANISMO Y EN LA SECRETARÍA GENERAL, CON UN NÚMERO DE TRES EFECTIVOS.

El Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha autoriza la segunda prórroga del programa temporal de empleo de la Consejería de Fomento para cubrir las necesidades de personal en la Dirección General de Planificación Territorial y Urbanismo y en la Secretaría General por el período de una año, con un número de tres efectivos y cuyo importe asciende a 139.099,44 euros.

Autorización al órgano de contratación para aprobar el expediente de prórroga obligatoria del contrato de servicios sociales para la gestión integral del Centro de Atención a Personas con Discapacidad Intelectual Grave (CADIG) “CRISOL" de Cuenca.

Se propone al Consejo de Gobierno que autorice al órgano de contratación la aprobación del expediente de prórroga obligatoria del contrato de servicios sociales (número 2020/000545), para la gestión integral del Centro de Atención a Personas con Discapacidad Intelectual Grave (CADIG) “CRISOL” en Cuenca, con una capacidad de 43 plazas residenciales y 20 plazas de centro de día, y cuyo gasto se ha estimado en 2.446.054,92 euros (incluido IVA al 4%), por un periodo de un año, desde el 1 de noviembre de 2023 hasta el 31 de octubre de 2024, ambos incluidos.

Decreto por el que se nombran los miembros del Consejo de Administración del Ente Público de Radio-Televisión de Castilla-La Mancha.

Mediante la Ley 3/2000, de 26 de mayo, se creó el Ente Público de Radio-Televisión de Castilla-La Mancha en el marco de las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma por el artículo 32.9 de su Estatuto de Autonomía.   El apartado primero del artículo 4 de la citada Ley establece que el Consejo de Administración estará integrado por trece miembros elegidos, para cada legislatura, por el Pleno de las Cortes de Castilla-La Mancha y nombrados por el Consejo de Gobierno.   El Pleno de las Cortes de Castilla-La Mancha, en sesión extraordinaria celebrada el día 31 de agosto de 2023, ha elegido los nuevos miembros del Consejo de Administración del Ente Público para la presente legislatura. Una vez comunicada la elección por la mesa de las Cortes de Castilla-La Mancha, procede el nombramiento de las personas designadas, decisión que debe revestir la forma de decreto de conformidad con lo establecido en el artículo 37.1.c) de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, y ser publicado en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.   Enlaces relacionados:   Decreto 249/2023, de 5 de septiembre, por el que se nombran los miembros del Consejo de Administración del Ente Público de Radio-Televisión de Castilla-La Mancha.

Autorización al órgano de contratación para aprobar el expediente de octava prórroga obligatoria del contrato de gestión de servicio público, en su modalidad de concesión, de la Residencia para Personas Mayores de El Pedernoso (Cuenca).

Se propone al Consejo de Gobierno que autorice al órgano de contratación la aprobación del expediente de octava prórroga obligatoria del contrato de gestión de servicio público, en su modalidad de concesión, de la Residencia para Personas Mayores de El Pedernoso (Cuenca), que cuenta con una capacidad de 26 plazas residenciales para personas mayores no dependientes y personas en situación de dependencia, cuyo gasto se ha estimado en 1.197.865,59 €, (IVA incluido al 4%), por un periodo de 2 años, desde el 1 de octubre de 2023 hasta el 30 de septiembre de 2025, ambos incluidos.

DECRETO POR EL QUE SE CONSTITUYE EL COMITÉ DE SEGUIMIENTO DE CASTILLA-LA MANCHA DEL PLAN ESTRATÉGICO DE LA POLÍTICA AGRÍCOLA COMÚN 2023-2027 Y SE ESTABLECE SU COMPOSICIÓN, FUNCIONES Y RÉGIMEN DE ORGANIZACIÓN.

La Política Agraria Común (PAC) del año 2023 al 2027 administrará la ayuda de la UE financiada por el Fondo Europeo de Garantía Agrícola (FEAGA) y por el Fondo Europeo de Desarrollo Rural (FEADER) mediante un Plan Estratégico de la PAC (PEPAC) para cada Estado miembro aprobado por la Comisión Europea. El PEPAC 2023-2027 de España se aprobó mediante Decisión de ejecución de la Comisión Europea C (2022) 6017 final, de 31 de agosto.   Con el fin de atender a las disposiciones constitucionales e institucionales de cada Estado miembro, el artículo 123 del Reglamento (UE) 2021/2115, de 2 de diciembre, contempla la designación de autoridades regionales de gestión del PEPAC, que serán responsables de gestionar y ejecutar en su ámbito el plan estratégico de la PAC de forma eficiente, eficaz y correcta durante toda la vigencia del PEPAC. En el caso de Castilla-La Mancha la autoridad de gestión es la Viceconsejería de la Política Agraria Común y Política Agroambiental, de conformidad con el Decreto 107/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural.   A su vez, el artículo 124 del Reglamento (UE) 2021/2115, de 2 de diciembre, dispone que cada Estado miembro deberá crear un comité encargado del seguimiento de la ejecución del PEPAC que garantizará una representación equilibrada de las autoridades públicas, los interlocutores económicos y sociales, incluidos los representantes del sector agrario, y los organismos pertinentes que representen a la sociedad civil y, cuando proceda, los organismos encargados de promover la inclusión social, los derechos fundamentales, la igualdad de género y la no discriminación. Prescribe, además, que cuando se establezcan elementos del PEPAC a nivel regional se crearán Comités de seguimiento regionales para supervisar la aplicación de los elementos regionales del PEPAC y facilitar información al respecto al Comité de seguimiento nacional. Los Comités de seguimiento deben adoptar su reglamento interno en el que se incluirán disposiciones relativas a la prevención de conflictos de intereses y a la aplicación del principio de transparencia.   Por tanto, resulta necesario constituir el Comité de seguimiento de Castilla-La Mancha del PEPAC 2023-2027, como órgano colegiado adscrito a la Viceconsejería de la Política Agraria Común y Política Agroambiental, así como establecer su composición, funciones y régimen de organización.   Enlaces relacionados:   Decreto 250/2023, de 5 de septiembre, por el que se constituye el Comité de seguimiento de Castilla-La Mancha del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común 2023-2027 y se establece su composición, funciones y régimen de organización.

ACUERDO POR EL SE AUTORIZA AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, PARA EL RECONOCIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES Y LA TRAMITACIÓN DE PAGOS POR IMPORTE MÁXIMO DE 51.791,28 EUROS, DERIVADO DE LIQUIDACIÓN DE CONTRATO.

El Consejo de Gobierno autoriza al órgano de contratación de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, para el reconocimiento de obligaciones y la tramitación de pagos por importe máximo de 51.791,28 euros, con cargo a la anualidad 2023, derivado de la liquidación del contrato de redacción de proyecto de ejecución a partir de anteproyecto, redacción del estudio de seguridad y salud y ejecución de las obras para la construcción de 4+2 UDS+ servicios complementarios correspondientes a la 2ª fase del I.E.S. “Nº 2” de 16+6 UDS, en la C/Río Tajo, esquina con C/Río Huécar, en Tarancón (Cuenca):”   Con ello se da cumplimiento a lo dispuesto en la Orden de 18-12-2008, de la Vicepresidencia y Consejería de Economía y Hacienda, sobre comprobación material de inversiones.

AUTORIZACIÓN DEL PROGRAMA TEMPORAL DE EMPLEO PARA LA INCORPORACIÓN DE PERSONAL FUNCIONARIO PARA EL APOYO A LA DELEGACION PROVINCIAL DE CIUDAD REAL

El gran peso del sector agroalimentario y especialmente del sector vitivinícola en la provincia de Ciudad Real, hace que haya un gran interés por realizar inversiones en la industria agroalimentaria. Además, también se ha notado un incremento de las inversiones en instalaciones y maquinaria para el procesado del pistacho, para dar respuesta al fuerte aumento de la superficie plantada y a la progresiva entrada en producción de las plantaciones, que necesita ir acompañada de un incremento proporcional de la capacidad de procesado, con fuertes inversiones que necesitan el respaldo de las ayudas. Así es muy importante una tramitación ágil de la medida 4.2: Inversiones en industrias y cooperativas agroalimentarias, del programa de desarrollo Rural 2014-2020. Por todo ello se propone la contratación de dos técnicos de refuerzo.

Mediante Decisión C(2015) 7561 final de 30 de octubre de 2015, la Comisión Europea aprobó el programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha para el periodo 2014-2020. Mediante el Reglamento (UE) 2020/2220 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de diciembre  de 2020 por el que se establecen determinadas disposiciones transitorias para la ayuda del Fondo  Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA)  en los años 2021 y 2022, y por el que se modifican los Reglamentos (UE) 1305/2013,  R(UE)1306/2013 y R(UE) 1307/2013 en lo que respecta a sus recursos y a su aplicación en los años  2021 y 2022 y el Reglamento (UE) 1308/2013 en lo que respecta a los recursos y la distribución de  dicha ayuda en los años 2021 y 2022, se aprobó un periodo transitorio de dos años, 2021 y 2022,  hasta la fecha de aplicación del nuevo marco jurídico. En base a estas disposiciones transitorias el presupuesto se puede ejecutar hasta 2025, por tanto, se han abierto nuevas convocatorias que permiten el máximo aprovechamiento del mismo.

El coste total del Programa asciende a ciento sesenta y dos mil treinta y siete euros con noventa y seis céntimos, (162.037,96 €).

El Programa Temporal tendrá una duración inicial desde el 1 de septiembre de 2023 hasta el 30 de septiembre de 2025, el cual podrá prorrogarse, una o varias veces, sin que la duración total pueda ser superior a cuatro años, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.1 e) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en el artículo 8.1 c) de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, de Empleo Público de Castilla- la Mancha. Tal como exige el artículo 3.6 del Decreto 110/2002, de 30 de julio, de Nombramientos de Funcionarios Interinos, transcurrido el plazo de duración del Programa Temporal o concluidas las funciones específicas para las que fueron nombrados, se procederá al cese de los funcionarios interinos nombrados para la ejecución del mismo.