La finalidad de este trámite es la aportación de la documentación justificativa del cumplimiento de las condiciones para la rehabilitación de viviendas y su posterior destino a alquiler en zonas rurales escasamente pobladas o en riesgo de despoblación.
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Según los datos aportados por el Instituto de la Juventud, la efectividad de los recursos de la Junta para facilitar alquileres a jóvenes se ha doblado a lo largo del último año, en relación con los datos de 2007. El coordinador provincial de Juventud de la Junta, Eusebio Robles, ha destacado este importante aumento en el volumen de actividad, tanto en la Oficina de Emancipación de Guadalajara, como en la de Azuqueca, creada este mismo año.En el caso de la capital, la Bolsa de Vivienda Joven alquiló a lo largo de 2008 un total 190 viviendas, frente a las 98 alquiladas en 2007, y se incrementó notablemente el número de jóvenes alojados: De 107 a 206. La renta media de los pisos alquilados fue de 544 euros. Los jóvenes que recurrieron a este servicio fueron 104 mujeres y 102 varones, con una edad media de 26,5 años, siendo mayor el grupo de los jóvenes de entre 18 a 25 años (96), frente a 70 de entre 26 y 30 años, y 40 jóvenes de entre 31 y 35 años. En cuanto a su situación laboral, casi la mitad de estos jóvenes contaban con un empleo eventual y un 69% un empleo indefinido, mientras que 11 eran estudiantes, 5 eran trabajadores por cuenta propia y, finalmente, 21 eran parados con subsidio y uno parado sin subsidio.Por otra parte, la Oficina de Emancipación de Azuqueca alquiló 90 pisos desde su apertura en marzo, alojando a un total de 92 jóvenes, de los que 37 fueron varones y 55 mujeres, con una media de edad de casi 27 años. 137 propietarios han confiado en esta Oficina para encontrar arrendatarios y la renta media de las viviendas alquiladas fue de 578 euros.Robles destacó, además, la práctica ausencia de incidencias, dado que no ha habido reclamaciones significativas relacionadas con el deterioro de las viviendas ni con impagos. En este sentido, el coordinador provincial de Juventud ha dicho que el servicio es "una excelente herramienta para nuestros jóvenes” y un recurso en el que confían cada vez más propietarios a la hora de plantearse alquilar una vivienda, “tanto por las garantías que se ofrecen como por el servicio prestado, que permite a unos y a otros ahorrar tiempo y resolver trámites y dudas”.La Bolsa de Vivienda Joven de Castilla-La Mancha es un servicio gratuito dirigido a la población de 18 a 35 años de la región con el fin de facilitar su acceso a la vivienda en mejores condiciones que las que impone el mercado. Este servicio busca arrendatarios para viviendas garantizando a sus propietarios la renta y la conservación de las mismas. En este sentido, se ofrecen garantías a propietarios y arrendatarios, pudiendo acogerse de manera gratuita a seguros multirriesgo o contra posibles impagos. Desde este servicio de la Junta se realizan las visitas a viviendas, se preparan los contratos y se ofrece asesoramiento ante cualquier duda que puedan plantear tanto arrendadores como arrendatarios.Además del servicio de alquiler de viviendas, la Oficina de Emancipación de la Junta ofrece asesoramiento para la compra de vivienda, y ofrece la posibilidad de solicitar ayudas para gastos de Notario y Registro dirigidas a aquellos jóvenes que adquieran su primera vivienda en Castilla-La Mancha, debiendo ser estas viviendas de Protección Oficial o de Precio Tasado. Asimismo, ofrece información sobre hipotecas. En este sentido, los jóvenes de hasta 35 años pueden beneficiarse de la "Hipoteca Joven", una iniciativa de la Dirección General de Juventud con las entidades de ahorro Caja Castilla-La Mancha y Caja Guadalajara, que ofrece mejores condiciones para este sector de la población.
Objeto: a finalidad de este trámite es la aportación de la documentación justificativa del cumplimiento de las condiciones para la rehabilitación de viviendas y su posterior destino a alquiler en zonas rurales escasamente pobladas o en riesgo de despoblación. Destinatarios: Las entidades beneficiarias de estas subvenciones son los siguientes ayuntamientos: el Ayuntamiento de Alcalá del Júcar (Albacete), el Ayuntamiento de Ballesteros de Calatrava (Ciudad Real), el Ayuntamiento de Cardenete (Cuenca), el Ayuntamiento de Almodóvar del Pinar (Cuenca), el Ayuntamiento de El Recuenco (Guadalajara), el Ayuntamiento de Peñalén (Guadalajara) y el Ayuntamiento de Los Navalmorales (Toledo).
Un total de 5.300 jóvenes menores de30 años perciben las ayudas de 210 euros de la Renta Básica de Emancipación puesta en marcha hace justo un año por el Gobierno de España. En todas las Comunidades Autónomas han aumentado las solicitudes a lo largo de estos meses pero también las resoluciones tramitadas y el número de beneficiarios respecto al trimestre anterior.De esta forma, en nuestra región, la reciben 5.300 personas de las cuales, el 52,4% son mujeres mientras que el 47,6% son hombres, siguiendo la tónica general en el resto de España. Según los datos ofrecidos por el Ministerio de Vivienda, Castilla-La Mancha ha registrado en todo el año 2008, un total de 10.658 solicitudes presentadas de las cuales se han resuelto 10.082. Más de siete mil (7.455) han resultado positivas, 159 de manera provisional. En cuanto a las negativas, se han contabilizado 2.054. Las cifras por provincias arrojan más datos. Por ejemplo, la provincia donde se registra el mayor número de jóvenes que reciben estas ayudas es Albacete con un total de 901 pagos de los cuales, 501 lo perciben mujeres y el resto, 400, lo perciben hombres.En segundo lugar se encuentra Toledo con 682 pagos (406 mujeres y 276 hombres), en tercer lugar está Ciudad Real con 560 resoluciones positivas y pagadas (279 mujeres y 281 hombres) y en cuarto y quinto lugar se encuentran las provincias de Guadalajara (438) y Cuenca (308) respectivamente.De esta forma, sumando a los datos nacionales, La Renta Básica de Emancipación llega ya a 63.166 hogares después de haberse incrementado en un 41,58% el número de perceptores en el cuarto trimestre del año.Más agilidad en la gestiónEl Ministerio de Vivienda mantiene unos complejos y necesarios mecanismos, apoyados en nuevas herramientas inormáticas, para efectuar los pagos de la RBE así como para garantizar que quien la recibe es quien tiene derecho a hacerlo.El procedimiento, por parte del Ministerio de Vivienda, comienza después de que el joven recibe de la administración autonómica correspondiente la resolución positiva que le acreidta como perceptor de la ayuda; un documento que es indispensable que el interesado entregue en la entidad financiera colaboradora en la que efectúe o vaya a efectuar los pagos de su alquiler. Por ello, es de suma importancia que el beneficiario realice esa comunicación en el menor tiempo posible.Una vez recibida la documentación, la entidad financiera verifica que el inquilino abona su alquiler, lo cual se suele realizar a principios de cada mes, y transfiere esa información al Ministerio a través de los canales informáticos habilitados para tal fin. El Ministerio confirma a continuación que el beneficiario está al corriente de tdoas sus obligaciones administrativas y en ese momento, da orden al Banco de España, a través del Tesoro, para que efectúe el ingreso de los 210 euros en la cuetna del joven.Con el objetivo de agilizar el proceso, el Ministerio está ultimando un Real Decreto que permitirá una transmisión más rápida y eficaz de la información entre todas las instituciones y entidades involucradas para que la ayuda legue con la mayor brevedad al bolsillo de los miles de jóvenes que ya la están percibiendo o la percibirán en un futuro.
Jurado Regional de Valoraciones | JCCM JORNADA SOBRE EXPROPIACIÓN FORZOSA Y URBANISMO. 20º aniversario del Jurado Regional de Valoraciones de Castilla-La Mancha Ver jornada account_balance JURADO REGIONAL DE VALORACIONES El Jurado Regional de Valoraciones es el órgano colegiado de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha especializado en valoración de bienes y derechos objeto de expropiación forzosa. Funciones y Competencias assignment EXPROPIACIÓN FORZOSA La Ley de Expropiación Forzosa contempla diferentes modalidades de procedimiento, ordinario, urgente y procedimientos especiales, a los que hay que añadir los regulados por la legislación urbanística, expedientes de expropiación por ministerio de la ley y por tasación conjunta. Procedimientos laptop TRAMITACIÓN EN LÍNEA Desde esta plataforma usted podrá acceder a los servicios electrónicos que la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha pone a su disposición y podrá realizar los trámites referentes al Jurado Regional de Valoraciones durante las 24 horas de los 365 días del año. @ Sede Electrónica eventActualidad event9 de Febrero de 2026 add_circle_outlinePublicación de los precios máximos aplicables a las viviendas protegidas en Castilla-La Mancha Resolución de 29/01/2026, de la Dirección General de Vivienda, por la que se publican los precios máximos aplicables a las viviendas protegidas en Castilla-La Mancha, actualizados para el año 2026. [2026/609] event29 de Diciembre de 2025 add_circle_outlineTABLA DE VALORES MEDIOS DE SUELO RURAL FIJADOS POR EL JURADO REGIONAL DE VALORACIONES (2022-2024). De conformidad con lo establecido en la Carta de Servicios del Jurado Regional de Valoraciones de Castilla-La Mancha, aprobada por Resolución de 17/10/2023 de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital (DOCM... event29 de Diciembre de 2025 add_circle_outlinePublicación de contenidos de carácter divulgativo 4º Trimestre 2025 El Jurado Regional de Valoraciones ha asumido en la Carta de Servicios aprobada el 17/10/2023, entre otros, el siguiente compromiso: "1.7. Publicación en el portal web del Jurado, mediante inserción o enlace, de al menos 3 contenidos... Noticias notificationsAnuncios event17 de Febrero de 2026 add_circle_outlineReconocimiento de utilidad pública Notificación de 10/02/2026, de la Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de Guadalajara, por la que se acuerda publicar apertura del periodo de alegaciones a la información pública de la declaración de utilidad pública del proyecto... event17 de Febrero de 2026 add_circle_outlineConvocatoria de levantamiento de actas previas a la ocupación Notificación de 09/02/2026, de la Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de Albacete, por la que se notifica el levantamiento de actas previas a la ocupación a los titulares de las fincas afectadas por la instalación denominada:... event17 de Febrero de 2026 add_circle_outlineConvocatoria de levantamiento de actas previas a la ocupación Notificación de 09/02/2026, de la Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de Ciudad Real, por la que se convoca al levantamiento de actas previas a la ocupación de las fincas afectadas por el proyecto: Instalación solar fotovoltaica... Anuncios launchENLACES DE INTERÉS arrow_forwardGobierno de Castilla-La Mancha arrow_forwardCortes de Castilla-La Mancha arrow_forwardTribunal Supremo arrow_forwardTribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha arrow_forwardSede Electrónica del Catastro arrow_forwardSIGPAC Enlaces de Interés Tu opinión importa
Recursos en materia de expropiaciones Circular 6/2019, de 18 de marzo, de la Fiscalía General del Estado, sobre la intervención del Ministerio Fiscal en los procedimientos de expropiación forzosa. Recursos en materia de valoraciones Formulario de consulta sobre valores de suelo fijados por el Jurado Regional de Valoraciones Tabla de valores medios de suelo rural fijados por el Jurado Regional de Valoraciones (2021-2023) Normas de valoración de presupuestos de referencia COACM Encuesta de precios de la tierra Lonja y mesas de precios Estudios de costes y rentas de explotaciones agrarias (ECREA) Tarifas Tragsa Base de precios PREOC Bases de precios de la construcción de Extremadura Base de costes de la construcción de Andalucía (BCCA) Base de precios de la construcción de Castilla-León Base de precios del MAPA para el proyecto de caminos naturales Órdenes de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas por la que se aprueban los precios medios en el mercado para bienes rústicos y se dictan normas sobre el procedimiento de comprobación de valores en el ámbito de los Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones y sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, para los diferentes años. Tarifas de precios forestales de Extremadura Bases de datos de plantas de Planfor Paisajismos y temas forestales Bancos de datos de la Naturaleza Visor de mapas del INE a efectos de cálculo del factor de localización Portal de mapas Castilla- La Mancha Red de áreas protegidas de Castilla-La Mancha Publicación de contenidos de carácter divulgativo de interés en materia de expropiación forzosa y valoraciones (Compromiso 1.7 Carta de Servicios del JRV de 17/10/2023) 4º Trimestre 2023: El planeamiento urbano en España: crisis y desafíos de futuro. Revista Ciudad y Territorio. Estudios Territoriales (C y TET), Vol. 55 Núm. 217 (2023). Sentencia del Tribunal Supremo 1407/2023 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª), de 8 noviembre de 2023 (recurso 4969/2022). La sentencia, en su fundamento sexto, ha fijado doctrina jurisprudencial sobre las facultades de los alcaldes de los municipios para ejercer acciones judiciales en materia expropiatoria. Resolución de 23/11/2023, de la Viceconsejería de Relaciones Institucionales, por la que se dispone la publicación del acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en relación con el Decreto Legislativo 1/2023, de 28 de febrero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística. De-Santiago-Rodríguez, E. (2023): Estudio comparado sobre la clasificación del suelo y la regulación de los Núcleos Rurales en España. Revista Ciudad y Territorio. Estudios Territoriales (C y TET), 55(218), pp. 1251-1298. 1º Trimestre 2024: Sentencia del Tribunal Constitucional 168/2023, de 22 de noviembre de 2023 (BOE núm. 304, de 21 de diciembre de 2023). Derecho de propiedad y principio de seguridad jurídica: inconstitucionalidad del precepto legal que priva a los propietarios de la facultad de instar la expropiación rogada de terrenos destinados a dotaciones públicas. Sentencia del Tribunal Supremo 61/2024 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª), de 17 enero de 2024 (recurso 3642/2022). La realización de obras que exceden de la mera conservación, ornato, seguridad o salubridad sobre edificaciones en situación asimilada a fuera de ordenación, por haber caducado la acción de restablecimiento de la legalidad urbanística, no supone, de modo inexorable, la pérdida de la caducidad ganada. Sentencia del Tribunal Supremo 150/2024 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª), de 31 enero de 2024 (recurso 911/2022). Trámite de consulta pública. Diferencia con la tramitación general y para la Administración General del Estado. Posibilidad de eximir el trámite. Interpretación de los preceptos conforme a la jurisprudencia. Necesidad de que los supuestos de exclusión del trámite, en la AGE, sean concurrentes. 2º Trimestre 2024: Sentencia del Tribunal Supremo 58/2024 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2ª), de 17 enero de 2024 (recurso 3642/2022). Es de aplicación la previsión contenida en el artículo 135.5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil al plazo de dos meses previsto para la interposición del recurso contencioso-administrativo. La georreferenciación de bienes de dominio público. Su protección en el registro de la propiedad. Gabilex. Revista del Gabinete Jurídico de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Número 38. Junio de 2024. Sentencia del Tribunal Constitucional 79/2024, de 21 de mayo de 2024 (BOE núm. 152, de 24 de junio de 2024). Competencias sobre vivienda, urbanismo, ordenación del territorio, régimen local y servicios sociales; condiciones básicas de igualdad: nulidad total o parcial de los preceptos legales que regulan el régimen de viviendas protegidas, las obligaciones de colaboración de grandes tenedores en zonas de mercado residencial tensionado, finalidad y financiación de los parques públicos de vivienda y el régimen transitorio de las viviendas de protección pública previamente calificadas. El Tribunal Constitucional ha anulado varios artículos de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda. Sentencia del Tribunal Supremo 1015/2024 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 8ª), de 7 junio de 2024 (recurso 1067/2023). Responsabilidad patrimonial por actuaciones COVID. Improcedente alegación de la Ley de Expropiación Forzosa. 3º Trimestre 2024: II Memoria del Jurado Regional de Valoraciones. 20 años de fijación de justiprecio en expropiación forzosa. Sentencia del Tribunal Supremo 1385/2024 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª), de 22 julio de 2024 (recurso 6466/2022). Justiprecio en la expropiación de bienes de valor artístico, histórico y arqueológico. Intereses de demora en la fijación y pago del justiprecio. Administración responsable. Sentencia del Tribunal Supremo 1379/2024 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1ª), de 22 julio de 2024 (recurso 34/2022). El plazo de presentación de un recurso administrativo en el Registro General de la Administración y no del organismo destinatario y competente para resolverlo. Error judicial. 4º Trimestre 2024: Jornada sobre Expropiación Forzosa y Urbanismo. 20º Aniversario del Jurado Regional de Valoraciones. Toledo, 7 de noviembre de 2024. Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales. Universidad de Castilla-La Mancha. Descarga de ponencias. Sentencia del Tribunal Supremo 1795/2024 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3ª), de 11 noviembre de 2024 (recurso 6003/2022). El deslinde, incoado de oficio con asunción por la Administración de los costes de tramitación del procedimiento, no es imprescindible para que la Administración pueda ejercitar su potestad expropiatoria sobre las fincas colindantes a un bien de dominio público-hidráulico. Sentencia del Tribunal Supremo 1774/2024 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 4ª), de 6 noviembre de 2024 (recurso 8118/2022). La manifestación de voluntad plasmada en un acuerdo que, además, resulta cumplido (siendo abonado el justiprecio), deja zanjado el debate sobre la valoración de los bienes expropiados. Sentencia del Tribunal Supremo 1754 /2024 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1ª), de 4 noviembre de 2024 (recurso 9073/2023). El expediente de justiprecio al que se refiere el segundo párrafo del art. 48.e) del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, debe tener por objeto los terrenos de valor equivalente que se debieron adjudicar a su propietario por el instrumento de planeamiento mediante la valoración del aprovechamiento urbanístico reconocido por la Administración expropiante. Sentencia del Tribunal Supremo 1567/2024 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2ª), de 8 octubre de 2024 (recurso 948/2023). Un dictamen de la Administración que reconoce un derecho, o los requisitos para gozar de un derecho, vinculante por ministerio de la Ley para la Administración emisora -en un sentido amplio y omnicomprensivo-, no puede ser refutado mediante otro informe contrario de la propia Administración. 1º Trimestre 2025: Sentencia del Tribunal Supremo 122/2025 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª), de 6 febrero de 2025 (recurso 49/2024). Cuando se trate de expropiación de terrenos en situación de suelo rural, destinados a la existencia de una base militar compatible con las normas urbanísticas, respecto de los cuales sean arrendadores los expropiados y arrendataria la Administración expropiante, dichos terrenos deben ser valorados -en aplicación de lo dispuesto en el artículo 36.1.a) del TRLS 7/2015- de acuerdo con la renta real percibida por el arrendamiento cuando precisamente la causa expropiandi-o fin que justifica la expropiación- sea garantizar el mantenimiento de la base militar en dichos terrenos. Resolución de 4 de marzo de 2025, de la Dirección General de la Costa y del Mar, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 11 de febrero de 2025, por el que se declara la utilidad pública de determinados bienes y derechos en el término municipal Carboneras (Almería) al amparo de lo recogido en la disposición adicional tercera de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas. El acuerdo del Consejo de Ministros se refiere a la edificación no conclusa conocida como «El Algarrobico», que se encuentra en el municipio almeriense de Carboneras, construida sobre terrenos no urbanizables, dentro del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar y que ocupa parcialmente la servidumbre de protección del dominio público marítimo terrestre. Sentencia del Tribunal Supremo 1917/2024 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª), de 5 diciembre de 2024 (recurso 7459/2022). La naturaleza de las denominadas "mobile-home" o casas móviles es asimilable a las casas prefabricadas desde la perspectiva de la exigibilidad de la licencia urbanística por uso de suelo, siendo de aplicación el artículo 11.4.c) del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana. Sentencia del Tribunal Constitucional 26/2025, de 29 enero de 2025 (recurso de inconstitucionalidad 5514/2023). Estima parcialmente el recurso de inconstitucionalidad y declara la inconstitucionalidad y nulidad de algunos preceptos de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda. Resolución de 24 de febrero de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (antes Dirección General de Registros y Notariado), en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de Valverde a inscribir la representación gráfica georreferenciada alternativa de una finca y consiguiente rectificación de su descripción, una vez tramitado el procedimiento regulado en el artículo 199.2 de la Ley Hipotecaria. 2º Trimestre 2025: Sentencia del Tribunal Supremo 707/2025 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª), de 4 junio de 2025 (recurso 5738/2023). Un ayuntamiento está legitimado para impugnar la aprobación de un instrumento de planeamiento urbanístico por parte de otro ayuntamiento limítrofe o colindante, cuando afecte al ejercicio de las competencias o a los intereses generales del municipio impugnante. Los ayuntamientos no están legitimados para el ejercicio de la acción pública urbanística frente a la aprobación de un instrumento de planeamiento urbanístico. Sentencia del Tribunal Supremo 385/2025 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª), de 2 abril de 2025 (recurso 647/2023). Cuando una Orden ministerial dictada al amparo del art. 149.1.28.ª CE y del art. 4 LPH declara que las previsiones contenidas en un Plan Especial de Protección y Reforma Interior de un conjunto histórico, aprobado al amparo del art. 20 de la LPH, suponen su expoliación y acuerda la inmediata suspensión de la ejecución de sus previsiones hasta tanto se acomoden a las necesidades de protección de dicho bien cultural, debe procederse a la paralización de todas las actuaciones de ejecución del plan que contravengan tal declaración y, por tanto, de todos los procedimientos expropiatorios iniciados a su amparo cualquiera que fuera el estado de tramitación en que se encontraran, incluido aquéllos en los que se hubiera levantado acta de ocupación y se encontraran pendientes de la determinación definitiva del justiprecio por el Jurado de Expropiación; y ello, sin perjuicio de los derechos que pudieran haberse visto afectados o perjuicios que pudieran haberse ocasionado por la suspensión de la ejecución del plan y de la posibilidad de su eventual reparación por los cauces ordinarios previstos en el ordenamiento jurídico. Dossier Infraestructura Verde y Resiliencia frente al Cambio Climático y Dossier Vulnerabilidad Urbana y Equidad. Revista Ciudad y Territorio. Estudios Territoriales (CyTET), Vol. 57 Núm. 223 (2025). 3º Trimestre 2025: Sentencia del Tribunal Supremo 853/2025 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª), de 26 junio de 2025 (recurso 1387/2022). Jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre los planes urbanísticos y los principios de igualdad de trato y de género. Sentencia del Tribunal Supremo 1.113/2025 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª), de 9 de septiembre de 2025 (recurso 5053/2023). Jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre la fecha de inicio del plazo para interponer recurso contencioso-administrativo. En el caso de que la aprobación de un instrumento urbanístico sea objeto de notificación personal a quien hubiera formulado alegaciones en el trámite de información pública y con posterioridad de publicación en el periódico oficial, la fecha de inicio del plazo para interponer recurso contencioso-administrativo es la constituida por el día siguiente a la publicación oficial. Un repaso a cincuenta años de urbanismo en España: 1975-2025 (CyTET), Vol. 57 Núm. 224 (2025). 4º Trimestre 2025: Sentencia del Tribunal Supremo 1.394/2025 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª), de 31 de octubre de 2025 (recurso 5576/2023). Jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre el ejercicio del derecho de reversión. Los presupuestos habilitantes del ejercicio del derecho de reversión contemplados en la legislación general sobre expropiación forzosa son de aplicación a las expropiaciones urbanísticas con carácter supletorio cuando exista una laguna legal en la normativa sectorial urbanística y siempre que la aplicación de la norma general supletoria no resulte incompatible con la naturaleza, fines y regulación específicos establecidos en la normativa sectorial. Sentencia del Tribunal Supremo 1.383/2025 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª), de 30 de octubre de 2025 (recurso 7927/2021). Jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre bienes de dominio público de entidades locales. No es ajustada a derecho la constitución de un derecho de superficie sobre un bien de dominio público local que no ha sido desafectado. Sentencia del Tribunal Supremo 1.496/2025 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª), de 20 de noviembre de 2025 (recurso 1070/2023). Jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre las facultades de defensa del dominio público. El deslinde no es imprescindible para que la Administración pueda ejercitar sus facultades de defensa del dominio público en el caso de las vías pecuarias. Sentencia del Tribunal Supremo 1.113/2025 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª), de 20 de noviembre de 2025 (recurso 5053/2023). Jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre el plazo para la interposición del recurso contencioso-administrativo. En el caso de que la aprobación de un instrumento urbanístico sea objeto de notificación personal a quien hubiera formulado alegaciones en el trámite de información pública y con posterioridad de publicación en el periódico oficial, la fecha de inicio del plazo para interponer recurso contencioso-administrativo es la constituida por el día siguiente a la publicación oficial. Vídeos y presentaciones de la Jornada de presentación del Monográfico CyTET 2025, "Un repaso a 50 años de urbanismo en España: 1975-2025" Monográfico: Arquitectura y Vivienda. Nuevas formas de habitar (CyTET). Vol. 57 Núm. 225 (2025). Despoblación (CyTET). Vol. 57 Núm. 226 (2025). Bibliografía de interés En documentos asociados se incluye una relación de bibliografía y artículos de interés en materia de expropiación forzosa y fijación de justiprecio.
El director del Instituto de la Juventud, Javier Gallego, se ha reunido recientemente con los alcaldes de las localidades ciudadrealeñas de Bolaños de Calatrava y Daimiel, para conocer las actuaciones que se vienen realizando en estos municipios con los jóvenes.En el encuentro, que tuvo lugar en la Delegación de la Junta en Ciudad Real y que sirvió de primera toma de contacto, Gallego pudo conocer de mano de los dos máximos representantes municipales las necesidades concretas de estos municipios.En sendos encuentros se trataron entre otros temas la convocatoria de becas universitarias destinadas a ayuntamientos que establece el Instituto de la Juventud, en las que participan ambos municipios. En concreto, este año, Bolaños ha recibido 3.780 euros para que tres jóvenes universitarios realicen prácticas en sus municipios en verano y Daimiel ha recibido 6.000 euros para cinco becas.En los encuentros, en los que estuvo presente la coordinadora provincial de Juventud, Inmaculada Jiménez, se habló de la elaboración del III Plan Joven de Castilla-La Mancha, en pleno proceso y para el que se tiene en cuenta tanto a los jóvenes como a asociaciones juveniles y todo tipo de personas y entidades que trabajan por y para ellos.Este fue uno de los aspectos que se debatieron en la reunión con Eduardo del Valle, alcalde de Bolaños de Calatrava. Este municipio cuenta desde 1998 con un Punto de Información Juvenil, que en 2005 fue reconocido como Centro de Información Juvenil en el que se concentran los servicios de información y que se ha convertido en el espacio para organizar y desarrollar actividades socioculturales. Asimismo, el director del Instituto de la Juventud se ha reunido con el alcalde daimieleño José Díaz del Campo y con la concejala de Juventud, Ana Marchán, que han adelantado que el Consistorio, que ha recibido este año 20.000 euros del Instituto de la Juventud para el programa C-LM Activa Joven, está a punto de concluir el Plan Integral de Juventud.En este municipio, el Centro de Información Juvenil también es el que canaliza la oferta de programas e información de interés para los jóvenes sobre empleo, vivienda, cursos, talleres y actividades.En este centro se puede tramitar el carnet de alberguista internacional, y conocer otros programas del Instituto de la Juventud, como el voluntariado o las actividades del programa Verano Joven.
Tres de cada diez activaciones realizadas desde el Servicio de Atención y Coordinación de Urgencias y Emergencias 1-1-2 de Castilla-La Mancha movilizaron en 2020 a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, que llegaron a estar presentes en el 31,6% de los incidentes gestionados por la Sala de Coordinación. De hecho, el sector de seguridad, que aglutina a la Guardia Civil, el Cuerpo Nacional de Policía y la Policía Local, incrementó sus intervenciones durante 2020 en más de un 6% con respecto al año anterior, llegando a representar casi un tercio del total de los incidentes tramitados por la Sala de Coordinación del 1-1-2. El aumento en el número de intervenciones durante el pasado año en este sector de activación de emergencias viene determinado fundamentalmente por la pandemia del COVID-19, dado que la media de actuaciones por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en ejercicios anteriores rozaba el 25% del total de las gestionadas desde el Servicio de Emergencias. Por lo que respecta a las actuaciones llevadas a cabo por cada uno de los grupos de seguridad, cabe señalar que la Guardia Civil, con el 48,2%, es el que acumuló un mayor número de intervenciones, algo lógico si tenemos en cuenta que Castilla-La Mancha es una región eminentemente rural y, por tanto, es dicho Cuerpo el encargado de la seguridad en la mayor parte del territorio. También dependen de la Benemérita las actuaciones de tráfico, que dan lugar a bastantes intervenciones relacionadas con accidentes en carreteras y vías interurbanas. Tras la Guardia Civil, la Policía Local que hay en gran parte de los pueblos y ciudades de la región contabilizó el 40,6% de las movilizaciones, mientras que el Cuerpo Nacional de Policía fue activado en un 11,25% de los incidentes gestionados desde el Servicio 1-1-2. El sector sanitario acumuló el mayor número de activaciones Sin embargo, como es habitual, fueron los médicos de urgencia, ambulancias UVI móviles, helicópteros medicalizados y todos aquellos medios sanitarios que actúan en caso de emergencia los que volvieron a ser los recursos más activados por el Servicio de Atención y Coordinación de Urgencias y Emergencias 1-1-2, representando el 52,7% del total de incidentes tramitados desde la Sala de Coordinación. Las ambulancias convencionales fueron las que recibieron un mayor número de avisos desde el Servicio 1-1-2, acumulando el 85% del total de las activaciones en Sanidad. Aunque porcentualmente su cifra es mucho menor, hay que destacar también el papel de las ambulancias medicalizadas o UVI, que se activaron en todos aquellos incidentes, un 11%, en los que se preveía que pudiera haber heridos de gravedad. En el mismo sentido, los helicópteros sanitarios se movilizaron en el 1,7% de las ocasiones, cuando el traslado inmediato a un centro hospitalario era vital para las personas afectadas. Otros sectores activados El tercero de los sectores que mayor porcentaje de episodios atendió, tras su activación por el 1-1-2, fue el conocido como área multisectorial, que acumuló el 8% de las movilizaciones generadas por las emergencias durante 2020. Este sector agrupa a diversos organismos, empresas, servicios y compañías que se ocupan de los suministros básicos de electricidad, gas y agua, principalmente. También acoge a los técnicos de Obras Públicas, los voluntarios de las agrupaciones de Protección Civil y a los operarios de Renfe-Adif, entre otros. Por último, el sector de extinción y salvamento, formado por los cuerpos de Bomberos existentes en toda la región, así como por el Servicio de Extinción de Incendios Forestales, fue activado desde el Servicio de Emergencias 1-1-2 en el 5,5% de los incidentes que llegaron a la Sala de Coordinación durante 2020. En este último caso, la mayor parte de las activaciones fueron para los bomberos urbanos, un 77%, que se ocupan de los incendios en viviendas e industrias y de los achiques de agua y realizan, asimismo, labores de rescate en accidentes de tráfico. Los bomberos forestales, por su parte, actuaron en el 23% restante de los incidentes.
El Consejo de Gobierno ha acordado hoy instar al Ejecutivo central a que declare como zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil, lo que anteriormente se conocía como zona catastrófica, aquellos municipios de la región azotados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA), que ha atravesado Castilla-La Mancha este fin de semana y cuyos efectos se han concentrado principalmente en las provincias de Toledo y Cuenca. El consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, Juan Alfonso Ruiz Molina, ha informado de esta decisión en una rueda de prensa en la que también han estado presentes la consejera portavoz, Esther Padilla; y el director general de Protección Ciudadana, Emilio Puig. Ruiz Molina ha explicado que, como consecuencia de esa DANA, se han producido numerosos daños, tanto en bienes de titularidad pública como en bienes de propiedad privada, tales como viviendas particulares y comunidades de propietarios, “lo que se traduce en importantes pérdidas económicas, que se deberán cuantificar una vez demos por finalizada la situación de emergencia”. “Aunque sin duda, las pérdidas más importantes no son las económicas, sino las personales”, ha subrayado el consejero, quien ha lamentado el fallecimiento de tres personas como consecuencia del temporal: un joven de 20 años que quedó atrapado en un ascensor en Casarrubios del Monte; un hombre que iba en su vehículo, cuando circulaba por la A-40, en el término municipal de Bargas; y otro hombre, cuyo cuerpo sin vida ha sido localizado en el cauce del arroyo Gadea, en Camarena. El titular de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital ha trasladado su pésame a las familias de las víctimas, a la vez que ha recordado que hay una persona desaparecida en Casarrubios del Monte. Acuerdos del Consejo de Gobierno En consecuencia, Ruiz Molina ha indicado que el Consejo de Gobierno, en su reunión de hoy y tal como anunció ayer el presidente Emiliano García-Page, ha acordado solicitar al Gobierno de España la declaración de los municipios de Castilla-La Mancha afectados por el episodio de inundaciones ocurrido desde el día 2 de septiembre como zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil, lo que se conoce como declaración de zona catastrófica. También en este acuerdo se requiere al Gobierno de España que adopte con carácter urgente las medidas legales previstas para paliar los daños causados y atienda las necesidades derivadas del mismo, como la aprobación de ayudas y subvenciones estatales. El consejero ha explicado que este acuerdo viene amparado por la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil y que se ha adoptado tras analizar un informe elaborado por la Dirección General de Protección Ciudadana sobre la situación y las actuaciones llevadas a cabo para hacer frente a este episodio de fuertes lluvias y tormentas. Igualmente, ha considerado que “se dan todas las circunstancias para que los municipios afectados por la DANA sean declarados como zona catastrófica”, dado que este fenómeno meteorológico ha producido cuantiosos daños materiales en varios municipios de la región, ha supuesto la interrupción del normal funcionamiento de servicios públicos esenciales y ha superado los medios disponibles de las administraciones afectadas. Del mismo modo, ha precisado que desde la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital se va a remitir una carta a los ayuntamientos afectados “para ponernos a su disposición y ayudarles en los trámites administrativos que tengan que cumplimentar” y ha añadido que desde la Administración regional se solicitarán ayudas del Fondo de Solidaridad, “que es la ayuda financiera que contempla la Unión Europea para los Estados miembros en casos de catástrofes naturales o emergencias graves de salud pública”. Más de 2.400 incidencias y 28.000 llamadas registradas en el 1-1-2 Ruiz Molina ha detallado que desde la activación del METEOCAM el sábado 2 de septiembre a las 10:00 horas de la mañana y hasta las 8:00 horas de hoy se han registrado 2.424 incidencias y 28.132 llamadas en el Servicio de Atención y Coordinación de Urgencias y Emergencias 1-1-2 de Castilla-La Mancha y ha recordado que la provincia más afectada ha sido Toledo, donde se han contabilizado 1.938 incidentes, el 80 por ciento del total. Asimismo, ha enumerado los municipios más afectados, que han sido Escalona, Villacañas, Lillo, El Romeral, Corral de Almaguer, Casarrubios del Monte, Chozas de Canales, Olías del Rey y la capital regional, en la provincia de Toledo; además de Buenache de Alarcón, en Cuenca; y Alcázar de San Juan y Tomelloso, en Ciudad Real. En relación con la situación actual, el consejero ha señalado que el Gobierno regional está trabajando, en coordinación con el Estado, para buscar una solución provisional para la avería del sistema de abastecimiento de Picadas-Almoguera, como consecuencia de la rotura de la estructura que soporta la tubería a su paso por el río Perales en Aldea del Fresno de la Comunidad de Madrid. También ha apuntado que, con la ayuda de Cruz Roja y de los ayuntamientos, se ha habilitado un albergue para las personas que no pueden volver todavía a sus viviendas en Escalona, así como en Yuncler y Villaluenga de la Sagra. Además, en la residencia de Valmojado ‘Virgen de los Dolores’, se ha reestablecido el suministro eléctrico provisionalmente mediante la instalación de un generador. De igual modo, ha especificado que, en Educación, se está trabajando en labores de limpieza de 28 centros educativos y, en Sanidad, se está trabajando para recuperar la normalidad en los centros de salud de Buenache, Yunclillos, Yuncler y Chozas de Canales. Estado de las carreteras En relación a la Red Regional de Carreteras, ha matizado que permanecen cortadas en la provincia de Toledo la CM-3000 Romeral-Lillo, la CM-4004 Valmojado-Casarrubios y la CM-4001 a su paso por Mocejón, además de la TO-2628 desde el cruce de la carretera de Ocaña a Villasequilla y la TO-1927 de Chozas de Canales a Camarena, pertenecientes a la Diputación de Toledo. Finalmente, el titular de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital ha resaltado que el METEOCAM se mantendrá activado en fase de emergencia nivel 1 mientras sea necesaria la utilización de medios autonómicos para mitigar la situación. Además, ha puesto en valor “la coordinación de todas las administraciones” y ha agradecido, en nombre del Gobierno regional, el trabajo llevado a cabo por el personal de los servicios y dispositivos que han sido movilizados por las distintas administraciones públicas y al personal del 1-1-2 de Castilla-La Mancha, que ha coordinado dichos recursos desde el Centro de Coordinación Operativa.
Médicos de urgencia, ambulancias, UVI móviles, helicóptero mediacalizado y todos aquellos medios sanitarios que actúan en caso de emergencia fueron los recursos más activados en 2018, por el Servicio de Atención y Coordinación de Urgencias y Emergencias 1-1-2 de Castilla-La Mancha, organismo perteneciente a la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas. En este sentido, el porcentaje de movilización de recursos pertenecientes al sector sanitario llevado a cabo desde el Servicio 1-1-2, durante 2018, fue del 63,6% del total de incidentes tramitados desde la Sala de Coordinación de Emergencias. En relación con los distintos medios sanitarios activados durante el pasado ejercicio, cabe señalar que las ambulancias convencionales fueron las que recibieron un mayor número de avisos desde el Servicio 1-1-2, acumulando el 70% del total de las activaciones recibidas en Sanidad; estos medios fueron seguidos por los médicos de urgencia, que fueron movilizados en un 15,4% de los incidentes. Aunque porcentualmente su cifra es mucho menor, hay que destacar también el papel de las ambulancias medicalizadas o UVI, que se activaron en todos aquellos incidentes, un 12,7%, en los que se prevé que haya heridos de gravedad. En el mismo sentido, los helicópteros sanitarios se movilizaron el 1,2% de las ocasiones, cuando el traslado inmediato a un centro hospitalario es vital para las personas afectadas. En cuanto al resto de los sectores que se movilizan desde el Servicio de Atención de Emergencias 1-1-2 hay que destacar que tras el sanitario fue el de seguridad, que agrupa a la Guardia Civil, Cuerpo Nacional de Policía y Policía Local, el que tuvo el mayor porcentaje de intervenciones durante el pasado año. De hecho, los tres grupos de eguridad fueron movilizados, durante 2018, en un 25,2% del total de incidentes que fueron gestionados desde el Servicio de Atención y Coordinación de Urgencias y Emergencias 1-1-2. Del total de activaciones protagonizadas por este sector fue la Guardia Civil, con el 49,5%, el que acumuló un mayor número de intervenciones, algo lógico si tenemos en cuenta que Castilla-La Mancha es una región eminentemente rural y, por tanto, es dicho Cuerpo el encargado de la seguridad en la mayor parte del territorio. Además, también depende de la Benemérita las actuaciones de tráfico, que da lugar a bastantes intervenciones relacionadas con accidentes en carreteras y vías interurbanas. Más movilizaciones en la Guardia Civil Tras la Guardia Civil, los diferentes cuerpos de Policía Local que hay en la gran parte de los pueblos y ciudades de la región contabilizaron el 37,4% de las movilizaciones que se llevan a cabo, mientras que el Cuerpo Nacional de Policía ha sido activado en un 12,9% de los incidentes gestionados desde el Servicio 1-1-2. El tercero de los sectores que mayor porcentaje de episodios atendió, tras su activación por el 1-1-2, fue el conocido como área multisectorial que acumuló el 7,2 de las movilizaciones generadas por las emergencias durante 2018. Hay que explicar que el sector multisectorial agrupa a diversos organismos, empresas, servicios y compañías que se ocupan de los suministros básicos de electricidad, gas y agua, principalmente. También, este sector acoge a los técnicos de Obras Públicas, los voluntarios de las agrupaciones de Protección Civil y a los operarios de Renfe-Adif, entre otros. Por último, el sector de extinción y salvamento, formado por los cuerpos de Bomberos existentes en toda la región, así como por el Servicio de Extinción de Incendios Forestales, fue activado desde el Servicio de Emergencias 1-1-2 en el 4,1% de los incidentes que llegaron a la Sala de Coordinación durante 2018. De este último sector, cabe señalar que la mayor parte de las activaciones fueron para los bomberos urbanos, en un 69,2% de los casos, dado que ellos se ocupan de los incendios en viviendas e industrias, achiques de agua y realizan también labores de rescate en accidentes de tráfico. Los bomberos forestales, por su parte, protagonizaron el 30,8% restante de los incidentes.
Bono Social Térmico ¿Qué es el bono social térmico?El Bono Social Térmico es un programa de ayudas para compensar los gastos térmicos ocasionados a las personas consumidoras más vulnerables por el uso de la calefacción y el agua caliente o cocina.El Bono Social Térmico ha sido creado en el art. 5 del Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores con el fin de complementar la ayuda percibida en concepto de Bono Social Eléctrico por las personas consumidoras vulnerables, para la energía destinada a calefacción, agua caliente sanitaria o cocina, independientemente de cual sea la fuente utilizada.¿Quiénes son las personas beneficiarias en 2025? Son personas beneficiarias de este Bono, sin necesidad de realizar ningún trámite ni solicitud, las personas beneficiarias del Bono Social Eléctrico a 31 de diciembre de 2024.¿En qué consiste la ayuda?En el año 2025 la ayuda está comprendida entre los 139,64euros y 400,69 euros, siendo compatible con cualquier otro tipo de ayudas que otorguen para la misma finalidad.La ayuda por persona beneficiaria se abonará en un pago único anual, en su cuenta corriente, y la cuantía de la misma depende de su condición de vulnerabilidad y de la zona climática en la que se ubique su vivienda habitual.La cantidad percibida como bono social térmico está sometida al IRPF en concepto de ganancia patrimonial y se integrará dentro de la Base Imponible General.No obstante, si un/una contribuyente obtiene exclusivamente rendimientos del trabajo de un pagador por una cuantía inferior a 22.000 euros anuales y recibe esta ayuda del bono social térmico, por un importe inferior a 1000 euros anuales, no está obligado a presentar declaración.Información sobre número de cuenta bancaria¿Cómo comunicar la CUENTA BANCARIA o modificaciones de ésta?Pueden realizar modificación de datos bancarios en el enlace: https://bonosocialtermico.jccm.esA través de un correo electrónico, incluyendo documento de identidad y datos bancarios actuales a bonosocialtermicoclm@jccm.esPor correo postal a: Dirección General de Transición Energética, Avda. Río Estenilla, s/n, 45071, Toledo, en cualquier Oficina de Registro de las Administraciones Públicas u oficina de correos.Renuncia a la ayuda y comunicación de datos bancarios¿Cómo RENUNCIAR a la ayuda?Una vez haya recibido la notificación de concesión pueden renunciar a la ayuda en el enlace: https://bonosocialtermico.jccm.es. O enviando un escrito exponiendo la misma y firmado por correo postal a: Dirección General de Transición Energética, Avda. Río Estenilla, s/n, 45071, Toledo, en cualquier Oficina de Registro de las Administraciones Públicas u oficina de correos.NotificaciónLas personas beneficiarias del Bono Social Térmico 2025 recibirán la notificación a través de dos vías distintas, dependiendo de los datos de los que dispongamos de cada persona, este año:EmailCarta postal en su domicilio. Cuantía de la ayudaCuantía de la ayuda a percibir en función de la zona climática y condición de vulnerabilidad:ZONA CLIMÁTICAVULNERABLEVULNERABLE SEVEROC139.64€223.42€D210.71€337.13€E250.44€400.69€ Más información: El crédito disponible para atender las obligaciones de contenido económico derivadas del programa de concesión directa de ayudas destinada a paliar la pobreza energética en consumidores vulnerables, en lo que respecta a energía destinada a calefacción, agua caliente sanitaria o cocina, denominado Bono Social Térmico, es de 29.982.918,07 euros. Puede obtener más información enviando un correo electrónico:Teléfono 925 28 70 92Correo electrónico: bonosocialtermicoclm@jccm.esEn el caso de que se comunique por correo electrónico, rogamos indique en el asunto “Bono Social Térmico 2025” URLs de Interés Actualización cuenta bancaria Oficina de Asesoramiento Energético
Seguridad de presas, balsas y embalses SEGURIDAD DE PRESAS, BALSAS Y EMBALSES. La Agencia del Agua de Castilla La Mancha, de acuerdo con lo establecido en el RD 9/2008 , de 11 de enero, por el que se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico en relación al control de la seguridad de presas, embalses y balsas, gestiona y mantiene el Registro de Seguridad de Presas, embalses y balsas de ámbito autonómico, donde quedan inscritas aquellas infraestructuras que, por sus características geométricas o de capacidad, tengan asociado un cierto grado de riesgo en caso de rotura o funcionamiento incorrecto. Mediante Decreto 11/2013, de 13/03/2013, se atribuyen competencias en materia de seguridad de presas, embalses y balsas a la Agencia del Agua de Castilla La Mancha. El Reglamento de Dominio Público Hidráulico, en su artículo 357, establece la definición de: Presa: Estructura artificial que, limitando en todo o en parte el contorno de un recinto enclavado en el terreno, esté destinada al almacenamiento de agua dentro del mismo. A los exclusivos efectos de seguridad, también se entenderán como tales las balsas de agua. Altura de la presa: Diferencia de cota entre el punto más bajo de la cimentación y el punto más alto de la estructura resistente, sin tener en cuenta los rastrillos, pantallas de impermeabilización, rellenos de grietas u otros elementos semejantes. Balsa: Obra hidráulica consistente en una estructura artificial destinada al almacenamiento de agua situada fuera de un cauce y delimitada, total o parcialmente, por un dique de retención. Altura de balsa: Diferencia de cota entre el punto más bajo de la cimentación del talud exterior del dique de cierre y el punto más alto de la estructura resistente. Embalse: Obra hidráulica consistente en un recinto artificial para el almacenamiento de agua limitado, en todo o en parte, por la presa. También puede referirse al conjunto de terreno, presa y agua almacenada, junto con todas las estructuras auxiliares relacionadas con estos elementos y con su funcionalidad. Titular: Será considerado como tal la persona física o jurídica, de derecho público o privado, que tenga inscrito en el Registro de Seguridad de Presas y Embalses el título para construir o explotar una presa o un embalse. En ausencia de inscripción o cuando, por cualquier circunstancia, la inscripción no estuviera actualizada y así se acreditara, se considerará titular a la persona física o jurídica que realice la construcción o lleve a cabo la explotación. La normativa obliga a los titulares de balsas y presas ubicadas fuera del dominio público hidráulico en Castilla La Mancha o en el dominio público hidráulico cuya gestión sea competencia autonómica (cuencas intracomunitarias), de más de 5 metros de altura o más de 100.000 metros cúbicos de capacidad, a solicitar la clasificación y registro de la infraestructura a la Agencia. El objetivo de este Registro es poner a disposición de la administración la información para comprobar que los titulares de estas infraestructuras dan cumplimiento a las exigencias que la normativa estatal les impone en materia de seguridad. Los daños potenciales de una infraestructura de estas características en caso de rotura o mal funcionamiento se establecen clasificando la presa o balsa en una de las tres categorías posibles: A) a la que corresponden las presas, embalses o balsas cuya rotura o funcionamiento incorrecto puede afectara gravemente a núcleos urbanos o a servicios esenciales, o producir daños materiales o medioambientales muy importantes. B) a la que corresponden las presas, embalses o balsas cuya rotura o funcionamiento incorrecto puede ocasionar daños materiales o medioambientales importantes o afectar a un número reducido de viviendas. C) a la que corresponden las presas, embalses o balsas cuya rotura o funcionamiento incorrecto puede producir daños materiales de moderada importancia y sólo incidentalmente pérdidas de vidas humanas. Además, las presas o balsas se clasifican en función de sus dimensiones geométricas, considerándose gran presa aquella infraestructura con una altura superior a 15 m o bien aquella que, con una altura comprendida entre los 10 y 15 m, tenga una capacidad de embalse superior a 1 hm3. La Agencia del Agua de Castilla La Mancha, también es competente para: Inspeccionar la construcción de nuevas presas, embalses y balsas. Informar sobre el cumplimiento de los requisitos de seguridad exigidos en el proyecto. Aprobar las normas de explotación de presas, embalses o balsas y los planes de emergencia, previo informe favorable preceptivo, en este último caso, de la Comisión de Protección Civil y Emergencias de Castilla-La Mancha. Evaluar el contenido de las revisiones de seguridad y de los informes de seguridad. Ejercer la potestad sancionadora. Trámites en el ámbito de control y registro de seguridad de presas, embalses y balsas En este contexto, el titular de una infraestructura incluida dentro del ámbito de aplicación de la normativa, puede solicitar la Clasificación e inscripción en el Registro de Seguridad, presentando: Solicitud del titular, dirigida a: Agencia del Agua de Castilla La Mancha Consejería de Fomento Pº Cristo de la Vega s/n, 45071 Toledo Documentación a aportar: Propuesta de clasificación conforme a la “Guía Técnica para la Clasificación de Presas en Función del Riesgo Potencial”, elaborada en 1996 por la Dirección General de Obras Hidráulicas y Calidad de las Aguas. Ficha técnica Descargas: DECRETO 11/2013 Atribución competencias en seguridad de balsas, presas y embalses. 119.93 KB FICHA A INCLUIR EN SOLICITUD CLASIFICACIÓN. 522 KB