NoticiasImagen BuscarIndica el texto a buscarEsto es la legend de combine 66 noticias publicadas Filtrar y ordenarEsto es la legend de sort_bef_combineOrdenar porMás antiguasMás recientes Listado Cuadrícula FiltrarCerrarEsto es la legend de field_typology_target_idTipología- Cualquiera -Esto es la legend de field_topic_target_idTema- Cualquiera -FechaEsto es la legend de date_value[min]DesdeEsto es la legend de date_value[max]Hasta Biodiversidad Red Natura 2000 PROGRAMA DE ACTIVIDAD VIVE TU ESPACIO. MESES JULIO-AGOSTO-SEPTIEMBREEl comienzo del verano y la subida de las temperaturas nos invitan a conocer nuestros senderos y espacios naturales y no hay nada mejor para hacerlo a...PROGRAMA DE ACTIVIDAD VIVE TU ESPACIO. MESES JULIO-AGOSTO-SEPTIEMBREEl comienzo del verano y la subida de las temperaturas nos invitan a conocer nuestros senderos y espacios naturales y no hay nada mejor para hacerlo a22 de Junio de 2026REGULACIÓN Y ORDENACIÓN DEL USO, ACCESO Y APARCAMIENTO DE VEHICULOS EN LAS ZONAS MÁS CONCURRIDAS DEL PARQUE NATURAL DEL ALTO TAJO. VERANO 2026 (26 JUNIO - 30 AGOSTO)En años anteriores, sobre todo en el verano de 2020, se produjo una gran afluencia de visitantes al "Cañón del Tajo", concretamente en los enclaves...REGULACIÓN Y ORDENACIÓN DEL USO, ACCESO Y APARCAMIENTO DE VEHICULOS EN LAS ZONAS MÁS CONCURRIDAS DEL PARQUE NATURAL DEL ALTO TAJO. VERANO 2026 (26 JUNIO - 30 AGOSTO)En años anteriores, sobre todo en el verano de 2020, se produjo una gran afluencia de visitantes al "Cañón del Tajo", concretamente en los enclaves16 de Junio de 2026CIERRE TEMPORAL DEL HUECO DE LOS CHORROS A PARTIR DEL 1 DE JUNIO DE 2026Cierre temporal del Hueco de los Chorros a partir del 1 de junio por motivos de seguridad El acceso al Hueco de los Chorros, en el Nacimiento del Río...CIERRE TEMPORAL DEL HUECO DE LOS CHORROS A PARTIR DEL 1 DE JUNIO DE 2026Cierre temporal del Hueco de los Chorros a partir del 1 de junio por motivos de seguridad El acceso al Hueco de los Chorros, en el Nacimiento del Río29 de Mayo de 2026CURSO EDUCACIÓN AMBIENTAL EN EL PARQUE NATURAL ALTO TAJOSe celebra el curso de "Educación ambiental para reconectar con la naturaleza en el parque natural Alto Tajo" Fecha: Del 22 al 26 de junio de 2026...CURSO EDUCACIÓN AMBIENTAL EN EL PARQUE NATURAL ALTO TAJOSe celebra el curso de "Educación ambiental para reconectar con la naturaleza en el parque natural Alto Tajo" Fecha: Del 22 al 26 de junio de 202608 de Mayo de 2026BASES VII CONCURSO DE FOTOGRAFIA "Enfócate en los Espacios Naturales Protegidos de Castilla La Mancha”Las presentes bases tienen por objeto convocar la VII Edición del Concurso de Fotografía "Enfócate en los Espacios Naturales Protegidos de Castilla La...BASES VII CONCURSO DE FOTOGRAFIA "Enfócate en los Espacios Naturales Protegidos de Castilla La Mancha”Las presentes bases tienen por objeto convocar la VII Edición del Concurso de Fotografía "Enfócate en los Espacios Naturales Protegidos de Castilla La05 de Mayo de 2026Programa "EXPLORA TU ESPACIO"2026. Visitas guiadas gratuitas para grupos escolares,asociaciones y otras entidades a nuestros Espacios Naturales Protegidos.Mediante visitas guiadas por parte de nuestros monitores y guías ambientales, desarrolladas a lo largo de media jornada en el medio natural, las...Programa "EXPLORA TU ESPACIO"2026. Visitas guiadas gratuitas para grupos escolares,asociaciones y otras entidades a nuestros Espacios Naturales Protegidos. Mediante visitas guiadas por parte de nuestros monitores y guías ambientales, desarrolladas a lo largo de media jornada en el medio natural, las28 de Abril de 2026PROGRAMA VIVE TU ESPACIO 2026 ALTO TAJOEl programa de primavera "VIVE TU ESPACIO" ya esta aquí. La primavera llega cargada de propuestas para descubrir la naturaleza del Parque Natural del...INSCRIPCIONES QR:PROGRAMA VIVE TU ESPACIO 2026 ALTO TAJOEl programa de primavera "VIVE TU ESPACIO" ya esta aquí. La primavera llega cargada de propuestas para descubrir la naturaleza del Parque Natural delINSCRIPCIONES QR:25 de Abril de 2026PREMIO. IV Concurso de fotografía “Humedales y aguazales de los Espacios Naturales Protegidos de Castilla-La Mancha”Publicamos el fallo del jurado del IV Concurso de fotografía “Humedales y aguazales de los Espacios Naturales Protegidos de Castilla-La Mancha”...PREMIO. IV Concurso de fotografía “Humedales y aguazales de los Espacios Naturales Protegidos de Castilla-La Mancha”Publicamos el fallo del jurado del IV Concurso de fotografía “Humedales y aguazales de los Espacios Naturales Protegidos de Castilla-La Mancha”13 de Marzo de 2026Visitas Guiadas "DEL CENTRO AL SENDERO" 2026En muchos de nuestros centros se realiza el programa de Visitas Guiadas, en este enlace tienes toda la información para concertar tu cita. Puedes ver...Visitas Guiadas "DEL CENTRO AL SENDERO" 2026En muchos de nuestros centros se realiza el programa de Visitas Guiadas, en este enlace tienes toda la información para concertar tu cita. 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Lagunas de Ruidera: https://es...Disponibles Canales de Wikiloc de los Parques Naturales de Castilla-La ManchaYa están disponibles en Wikiloc los canales de los parques naturales donde se pueden consultar las rutas de senderismo. Lagunas de Ruidera: https://es10 de Julio de 2025Paginación123456SiguienteSiguiente páginaLastÚltima página
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El IRIAF consigue financiación para un estudio sobre los efectos de los plaguicidas en abejas Noticia 19 de Julio de 2022 CIAPA-IRAF. Centro de Investigación Apícola y Agroambiental En la convocatoria de 2021 de ayudas para la realización de proyectos de investigación científica y transferencia de tecnología, cofinanciados por el Fondo Europeo de Desarrollo, la Consejería de Educación ha aprobado la financiación del proyecto titulado "Estudio de los efectos subletales de la exposición crónica a plaguicidas en Apis mellifera", liderado por la Dra. Tamara Gómez Moracho como investigadora principal. El proyecto, financiado con 108.000 €, tendrá una duración de dos años y se llevará a cabo en el Centro de Investigación Apícola y Agroambiental de Marchamalo del IRIAF. El principal objetivo del proyecto es conocer el efecto de la exposición crónica de los acaricidas más frecuentes utilizados en las colmenas de abejas a través del estudio del comportamiento y capacidad de aprendizaje de estos insectos. Para ello se aplicarán técnicas básicas de condicionamiento del comportamiento como la técnica del reflejo de la extensión de la probóscide o PER (proboscis extension reflex, en inglés), así como la monitorización automática de las colonias de abejas en el campo que informen acerca de su estado de salud mediante el control de parámetros como el peso o el flujo de entrada y salida de individuos. Los resultados derivados de este estudio ayudarán a comprender los potenciales efectos nocivos de la exposición prolongada en el tiempo de los acaricidas y plaguicidas más usados en agricultura y ganadería y a establecer medidas acordes para su control. ¿Te ha gustado? Comparte:
Resolución de 21/05/2026, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se convoca el procedimiento para la concesión de subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo + para la implantación, organización y desarrollo de los programas Prepara-T + y Titula-S + integrados en el VI Plan de Éxito Educativo y Prevención del Abandono Escolar Temprano y el refuerzo de la Red de apoyo para el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo (Plan de Éxito Educativo +) en los centros docentes privados concertados de Castilla-La Mancha, para el curso 2026/2027.
Descripción El curso pretende ser un acercamiento a las problemáticas asociadas al cambio climático para concienciar del importante papel que juega el ser humano. Bajo un enfoque interdisciplinar, se abordarán aspectos como el calentamiento global, la explotación de los recursos minerales, la educación ambiental, la química verde, el suelo, la fluctuación del nivel del mar, la protección legal del medioambiente, los objetivos de desarrollo sostenible o la economía circular. Desde diferentes ámbitos de conocimiento, se indagarán causas y efectos del cambio climático, que afectan al bienestar social de los ciudadanos a la par que repercuten negativamente sobre el bienestar de ecosistemas y el equilibrio de los ciclos de vida de elementos indispensables para la vida en nuestro planeta. Más información e inscripciones aquí.
El Gobierno regional da un nuevo impulso a la reintroducción del lince ibérico en la región con la inauguración de las nuevas instalaciones para su recuperación y conservación en el Centro de Investigación Agroambiental "El Chaparrillo" Noticia 15 de Abril de 2021 CIAG-IRIAF. Centro de Investigación Agroambiental "El Chaparrillo" El presidente de Castilla-La Mancha, Emiliano García-Page, ha tenido oportunidad de conocer los diferentes trabajos que se realizan en el Centro de Investigación Agroambiental "El Chaparrillo", perteneciente al IRIAF, centro referencia en materia de recuperación, investigación, desarrollo e innovación, donde se ubican las nuevas instalaciones para la conservación del lince ibérico. El consejero de Desarrollo Sostenible, José Luis Escudero, ha destacado el gran trabajo de los profesionales de los cinco centros de recuperación de fauna de Castilla-La Mancha a los que el Gobierno regional destina 300.000 euros anuales para su mantenimiento y conservación. El Ejecutivo autonómico ha logrado estabilizar tres zonas de reintroducción del lince y ya trabaja en un nuevo Plan de Recuperación para establecer nuevos núcleos de presencia estable y reproductora. En la actualidad, hay 326 ejemplares en la región, de los que 146 son cachorros nacidos en libertad en 2020. Castilla-La Mancha participa en el proyecto ‘Life Lynx Connect’, un programa con un presupuesto de 18,7 millones de euros para asentar la recuperación de la especie en la península ibérica que, tal y como ha adelantado Escudero, será reconocido este próximo 31 de mayo con uno de los premios del Día de la Región. El jefe del Ejecutivo autonómico, Emiliano García-Page, ha inaugurado las nuevas instalaciones de recuperación y conservación del lince ibérico del Centro de Recuperación de Fauna Silvestre de ´El Chaparrillo´, centro perteneciente al Instituto de Investigación y Desarrollo Agroalimentario y Forestal de Castilla-La Mancha (IRIAF). Durante la visita, que ha llevado a cabo el presidente regional en la mañana de este miércoles, ha tenido oportunidad de conocer los diferentes trabajos que se realizan en este centro de referencia en materia de recuperación, conservación, investigación, desarrollo e innovación. García-Page, que ha estado acompañado por el consejero de Desarrollo Sostenible, José Luis Escudero; por el consejero de Hacienda y Administraciones Públicas, Juan Alfonso Ruiz Molina; por la delegada de la Junta en Ciudad Real, Carmen Olmedo; por el presidente de la Diputación provincial, José Manuel Caballero; por la alcaldesa de la capital, Pilar Zamora; por el delegado de Desarrollo Sostenible en la provincia, Fausto Marín; por el director del IRIAF, Esteban García Romero y por el director del Centro de Investigación Agroambiental "El Chaparrillo", Vicente Alcaide Azcona, ha departido con los trabajadores de ‘El Chaparrillo’, a los que ha mostrado su agradecimiento por la labor de conservación de la fauna y la biodiversidad que realizan. Durante el recorrido por el centro, donde su director, Vicente Alcaide, ha ejercido de guía, el presidente, además de las nuevas instalaciones para la conservación del lince, ha conocido las piscinas de recuperación del cangrejo autóctono y el centro de recuperación de aves. Castilla-La Mancha sigue cosechando éxitos en la reintroducción del lince Ibérico El consejero de Desarrollo Sostenible, José Luis Escudero, que ha atendido a los medios de comunicación durante la visita, ha destacado que las nuevas instalaciones de recuperación y conservación del lince ibérico son una actuación más de las que está llevando a cabo el Ejecutivo autonómico en sus labores de reintroducción y conservación de una especie en peligro de extinción como es el lince ibérico. Un esfuerzo que, tal y como ha señalado, “está siendo un éxito en Castilla-La Mancha, donde ya hemos logrado asentar tres zonas de reintroducción; dos aquí, en Ciudad Real, en Sierra Morena Oriental y Occidental, y una tercera en los Montes de Toledo”. Por ese motivo, ha recalcado Escudero, “somos ambiciosos en esta materia y, antes de verano, vamos a publicar un nuevo Plan de Recuperación del lince ibérico en Castilla-La Mancha ya que, una vez asentado sus hábitats actuales, queremos ampliarlos estableciendo nuevos núcleos de presencia estable y reproductora”. El consejero ha destacado varios datos significativos que avalan los trabajos de reintroducción del lince Ibérico en la región, como el hecho de “contar ya con 326 ejemplares en Castilla-La Mancha, de los que 146 son cachorros de la especie nacidos en libertad durante 2020”. Además, ha recordado que “estamos inmersos en el proyecto ‘Life Lynx Connect’, junto a otras regiones españolas y Portugal. Un programa que cuenta con un presupuesto de 18,7 millones de euros para continuar en la senda que se ha establecido en la recuperación de la especie en la península ibérica”. Y ha adelantado que este destacado proyecto será reconocido este próximo 31 de mayo con uno de los premios del Día de la Región. Ha concluido en ese sentido que las instalaciones para el lince ibérico que se han inaugurado hoy, a las que se ha destinado una inversión cercana a los 50.000 euros y que incluyen un observatorio, una zona de manejo, una zona de refugio, y una última de cerramiento para linces irrecuperables, “contribuirán activamente a la recuperación y rehabilitación de los linces que sean tratados en ‘El Chaparrillo’”. ‘El Chaparrillo’, centro de referencia para el lince y otras especies amenazadas Según ha indicado Escudero, el Centro de Recuperación de Fauna Silvestre de ´El Chaparrillo’ es el centro de referencia para el tratamiento sanitario del lince ibérico en la Comunidad Autónoma. Hace labores de hospital veterinario, centro forense y refugio de especies amenazadas e irrecuperables en Ciudad Real. Fue el primer Centro de Fauna de Castilla-La Mancha que empezó a trabajar con linces y, desde que se iniciaron los programas de reintroducción de esta especie amenazada en la región, cerca de 70 ejemplares han sido tratados en el mismo. En 2020, 14 linces ibéricos fueron atendidos en las instalaciones del centro, en el que permanecen dos ejemplares que se están restableciendo a la espera de que puedan ser liberados. En total, según datos aportados por la consejería de Desarrollo Sostenible, ‘El Chaparrillo’ ha recibido en 2020 705 entradas de animales. De estos ingresos, un 75 por ciento fueron ejemplares vivos, de los cuales sobrevivieron un 60 por ciento. Destacan los de aves rapaces como el cernícalo primilla, las águilas imperiales, el búho real, o los milanos reales. Las principales causas de ingreso fueron juveniles o huevos caídos del nido (38,58 por ciento), electrocución (14,18 por ciento), y traumatismos (11,21 por ciento). Junto a la atención y el cuidado de la fauna, también se realizan en el centro importantes labores de educación ambiental para la sensibilización de la población con la fauna silvestre. Castilla-La Mancha cuenta con cinco centros de recuperación de fauna, uno por provincia, a los que el Gobierno regional destina 300.000 euros anuales para su mantenimiento y conservación. En ellos trabajan un total de 23 profesionales entre veterinarios, encargados, técnicos de manejo, y auxiliares especialistas, que llevan a cabo una importante labor en materia de recuperación de fauna silvestre y educación ambiental. Jose Luis Escudero ha pedido al director y a la veterinaria de ‘El Chaparrillo’, Vicente Alcaide y Elena Crespo, hoy presentes, que transmitan la felicitación de todo el Ejecutivo por su buen hacer a todos los compañeros que trabajan en los centros de recuperación de la región. Una felicitación que ha hecho extensible a los agentes medioambientales, “piezas fundamentales en este engranaje que nos permite conservar y proteger el medio natural y la biodiversidad de la región”. ¿Te ha gustado? Comparte:
Contactos de la Oficina de Contratación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha Oficina Central de Contratación Calle Real,14 Edificio El Nuncio. 45071 Toledo occ@jccm.es 39.859856451278, -4.0298576 Contratación Servicios Especializados Calle Real,14 Edificio El Nuncio. 45071 Toledo occ.especializados@jccm.es 925288021 39.859856451278, -4.0298576 Servicio de Contratación Calle Real,14 Edificio El Nuncio. 45071 Toledo odc.hyaapp@jccm.es 925269429 39.859856451278, -4.0298576 Servicio de Asesoramiento y Normalización de los procedimientos de contratación Calle Real,14 Edificio El Nuncio. 45071 Toledo asesoramientocontratacion@jccm.es 925248653 39.859856451278, -4.0298576 Servicio de Contratación Electrónica y Registros Calle Real,14 Edificio El Nuncio. 45071 Toledo contrata@jccm.es 925286189 39.859856451278, -4.0298576 Oficina de Evaluación Financiera de Castilla-La Mancha Calle Real,14 Edificio El Nuncio. 45071 Toledo oefclm@jccm.es 925266890 39.859856451278, -4.0298576 Las Oficinas Delegadas de Contratación (en adelante, ODC) son las unidades delegadas de la Oficina de Contratación en los servicios centrales de las distintas consejerías y de los organismos autónomos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Desempeñarán las funciones previstas en el artículo 9.3 del Decreto 74/2018. ODC Presidencia Pl. del Conde, 4, 45002 Toledo presidencia.contratacion@jccm.es 925286230/925266294 39.856313420009, -4.0280287815489 ODC Consejería de Sanidad Av. de Francia, 4, 45005 Toledo contratacionsanidad@jccm.es 925266018 39.877793752299, -4.0311295748478 ODC Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural C. Pintor Matías Moreno, 4, 45071 Toledo contratacionagricultura@jccm.es 925266700 39.859047728863, -4.030796795557 ODC Educación, Cultura y Deporte C. Río Alberche, s/n, 45007 Toledo contratacion.edu@jccm.es 925269908 39.862230755397, -3.9589560945071 ODC Fomento P.º Cristo de la Vega, 45004 Toledo contratacion.fomento@jccm.es 925266001 39.862263439331, -4.0356054937657 ODC Bienestar Social Av. de Francia, 4, 45005 Toledo contratacion.sbs@jccm.es 925266645 39.87785550319, -4.0310758847831 ODC Desarrollo Sostenible C. Río Estenilla, 45007 Toledo contratacion.ds@jccm.es 925248316 39.864124596417, -3.9571772102895 ODC Economía, Empresas y Empleo Av. de Irlanda, 14, 45005 Toledo contratacion.empleo@jccm.es 925266557 39.881794837798, -4.0315726352249 ODC SESCAM Avenida Río Guadiana 4. 45071 Toledo contratacion@sescam.jccm.es 925274100 39.860571317553, -3.9632102670485
El equipo de investigación forestal del CIAF-Albadejito describe un nuevo híbrido para la ciencia, la milenrama conquense (Achillea x conquensis) Noticia 06 de Octubre de 2025 CIAF-IRIAF. Centro de Investigación Agroforestal "Albaladejito" A principios de mayo del año 2025, en el entorno del CIAF Albaladejito de Cuenca, durante una salida de campo de un curso sobre plantas aromáticas, se detectó un llamativo ejemplar de milenrama (género Achillea) que no parecía encajar con ninguna de las especies descritas hasta la fecha. Su presencia entre dos especies frecuentes en la zona (Achillea filipendulina Lam. -originaria de Oriente Medio y Asia Central- y Achillea odorata L. -distribuida por el centro y el oeste del Mediterráneo-), permitió deducir que se trataba de un nuevo híbrido no descrito para la ciencia hasta la fecha. Este híbrido al que se ha denominado Achillea x conquensis debido a su lugar de descubrimiento, presenta unas características totalmente intermedias entre sus parentales, destacando por sus flores de color amarillo crema, su porte de 30-80 cm y sus hojas pinnatisectas de 1,5-9 × 0,4-1,5 cm. Desde finales del año 2024, el CIAF-Albaladejito, perteneciente al IRIAF, ha iniciado una línea de investigación forestal, la cual incorpora, entre otras cosas, un herbario oficial que parte de unos 15.000 ejemplares. Esta infraestructura tiene como objetivo la creación de una referencia de consulta científica para la investigación botánica de la región de Castilla-La Mancha, así como la contribución a la educación y formación en flora y vegetación, conservación vegetal y creación de un banco de datos sobre la biodiversidad botánica de esta región. Para más información el estudio ha sido recientemente publicado en la revista Flora Monteibérica: García-Cardo, O. Achillea × conquensis, nothosp. nov. (sect. Achillea, Asteraceae), nuevo híbrido del género Achillea para la flora ibérica. Flora Monteibérica 2025, 92, 113-115 (VIII). http://www.floramontiberica.org/FM/092/Flora_Montib_092_110-112_2025.pdf ¿Te ha gustado? Comparte:
El Centro de Investigación Agroforestal Albaladejito - CIAF -, adscrito al Instituto Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario y Forestal ( IRIAF ), inició su andadura como un centro de capacitación agraria a principios de los años 60 del pasado siglo. Con la creación de la Comunidad Autónoma de Castilla–La Mancha y el traspaso de competencias desde la Administración Central, se fueron asumiendo nuevas actividades en este centro, implicando tanto la investigación, experimentación y transferencia tecnológica, como diversos servicios de interés para el sector agrario castellano-manchego. Video de Presentación del Centro La estructura actual del centro, fue establecida a través de la orden de 23 de agosto del 2004 (DOCM Nº 158 de 30-08-2004), por la que se creaba la Red Regional de Centros de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria de Castilla–La Mancha. Por medio de la Ley 4/2015, de 26 de marzo, por la que se crea el Instituto Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario y Forestal de Castilla-La Mancha ( IRIAF ), el Centro pasa a denominarse Centro de Investigación Agroforestal de Albaladejito (CIAF). El Centro de Investigación Agroforestal de Albaladejito (CIAF) está situado a 6 km de la ciudad de Cuenca, en una finca del mismo nombre situada junto a la carretera nacional N-400 entre Toledo y Cuenca (antigua carretera de Madrid). Consta de una zona de edificios colindante con la citada carretera y una finca experimental de 58 hectáreas bordeada en su margen este–noreste por el río Júcar y su afluente el Chillarón, donde se desarrollan la mayor parte de los ensayos de campo asociados a las actividades de investigación y experimentación del centro. Formado por los departamentos de: Dirección y Unidad de Apoyo Técnico Administrativo Educación Agroforestal Centro de Investigación Agroforestal: Departamento de Gestión y Conservación de Recursos Fitogenéticos Departamento de Agronomía y Fitoquímica de Plantas Aromáticas y Medicinales Departamento de Ecología de Hongos Cultivados Departamento de Investigación Forestal Departamento de Cultivos Herbáceos Extensivos Centro de Recuperación de Fauna Silvestre Formación Agroforestal y Rural
El IRIAF consigue financiación para un estudio sobre los efectos de los plaguicidas en abejas Noticia 19 de Julio de 2022 CIAPA-IRAF. Centro de Investigación Apícola y Agroambiental En la convocatoria de 2021 de ayudas para la realización de proyectos de investigación científica y transferencia de tecnología, cofinanciados por el Fondo Europeo de Desarrollo, la Consejería de Educación ha aprobado la financiación del proyecto titulado "Estudio de los efectos subletales de la exposición crónica a plaguicidas en Apis mellifera", liderado por la Dra. Tamara Gómez Moracho como investigadora principal. El proyecto, financiado con 108.000 €, tendrá una duración de dos años y se llevará a cabo en el Centro de Investigación Apícola y Agroambiental de Marchamalo del IRIAF. El principal objetivo del proyecto es conocer el efecto de la exposición crónica de los acaricidas más frecuentes utilizados en las colmenas de abejas a través del estudio del comportamiento y capacidad de aprendizaje de estos insectos. Para ello se aplicarán técnicas básicas de condicionamiento del comportamiento como la técnica del reflejo de la extensión de la probóscide o PER (proboscis extension reflex, en inglés), así como la monitorización automática de las colonias de abejas en el campo que informen acerca de su estado de salud mediante el control de parámetros como el peso o el flujo de entrada y salida de individuos. Los resultados derivados de este estudio ayudarán a comprender los potenciales efectos nocivos de la exposición prolongada en el tiempo de los acaricidas y plaguicidas más usados en agricultura y ganadería y a establecer medidas acordes para su control. ¿Te ha gustado? Comparte:
El Centro de Investigación Apícola y Agroambiental (CIAPA) de Marchamalo del IRIAF, impulsa una mayor profesionalización del sector apícola. Noticia 20 de Septiembre de 2023 CIAPA-IRAF. Centro de Investigación Apícola y Agroambiental El sector apícola y entidades formadoras e interesadas en apicultura y desarrollo rural cuentan ya en la web de CIAPA de Marchamalo con el enlace http://apirural.com/ que permitirá la difusión abierta del material desarrollado en el proyecto APIRURAl 4.0, para su consulta y uso libre, y el apoyo a la profesionalización del sector. Este proyecto, liderado por el Centro de iniciativas para la Formación Agraria SA de Castilla La Mancha (EFA Oretana), fue concedido el 17 de diciembre de 2021 y está siendo desarrollado con financiación del Ministerio de Educación y Formación Profesional, con un presupuesto de 137.363,75 euros, en el marco de los proyectos de Innovación e Investigación Aplicadas y transferencia del Conocimiento en Formación Profesional 2021 – NextGeneration EU. A través del mismo se busca integrar la apicultura en la Formación Profesional como herramienta de aprendizaje transversal, de concienciación ecológica, investigación y emprendimiento. El Consorcio está integrado por EFA Oretana, EFA Fonteboa, IRIAF-CIAPA, Comunitelia y el sector apícola representado por Mel San Martiño. El centro adscrito al IRIAF, CIAPA de Marchamalo, es integrante del Consorcio que desarrolló el interesante material en base a su capacidad y trayectoria investigadora reconocida tanto a nivel regional, nacional como internacional, en materias de apicultura y agricultura, que tanto influyen en el desarrollo rural. Paralelamente, su ya prolongada actividad en formación apícola, y las líneas de servicios y consultoría aportados rutinariamente, influyen todavía más en su carácter estimulador sobre el sector y su interrelación como puente directo entre éste y la investigación dirigida a resolver sus dudas y problemas en materias como la calidad de los productos apícolas y la patología de las abejas. Los investigadores Amelia Virginia González Porto, Raquel Martin Hernández, Soledad Sagastume y Mariano Higes Pascual, con su personal de campo y laboratorio y su dilatada experiencia han colaborado en la elaboración de los contenidos formativos, difusión y divulgación de este importante trabajo. Enlaces relacionados Ir a portal ApiRural 4.0 ¿Te ha gustado? Comparte:
Plantea el consultante diversas cuestiones en relación con la licitación de un contrato para la prestación del servicio de transporte escolar, cuya tramitación ha resultado desierta en el procedimiento abierto simplificado abreviado, y sin participantes en el procedimiento negociado sin publicidad. Actualmente, dicho servicio se está ejecutando por una empresa adjudicataria mediante un contrato menor. El régimen jurídico de los contratos menores encuentra su fundamento en el artículo 118 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP, en adelante), que establece lo siguiente: “1. Se consideran contratos menores los contratos de valor estimado inferior a 40.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 15.000 euros, cuando se trate de contratos de suministro o de servicios, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 229 en relación con las obras, servicios y suministros centralizados en el ámbito estatal. 2. En los contratos menores la tramitación del expediente exigirá la emisión de un informe del órgano de contratación justificando de manera motivada la necesidad del contrato y que no se está alterando su objeto con el fin de evitar la aplicación de los umbrales descritos en el apartado anterior. 3. Asimismo se requerirá la aprobación del gasto y la incorporación al mismo de la factura correspondiente, que deberá reunir los requisitos que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan. 4. En el contrato menor de obras, deberá añadirse, además, el presupuesto de las obras, sin perjuicio de que deba existir el correspondiente proyecto cuando sea requerido por las disposiciones vigentes. Deberá igualmente solicitarse el informe de las oficinas o unidades de supervisión a que se refiere el artículo 235 cuando el trabajo afecte a la estabilidad, seguridad o estanqueidad de la obra. 5. Lo dispuesto en el apartado 2.º de este artículo no será de aplicación en aquellos contratos cuyo pago se verifique a través del sistema de anticipos de caja fija u otro similar para realizar pagos menores, siempre y cuando el valor estimado del contrato no exceda de 5.000 euros. 6. Los contratos menores se publicarán en la forma prevista en el artículo 63.4”. Así pues, la normativa contractual establece para los contratos menores, dada su escasa cuantía, un régimen de tramitación bastante simplificado en el que sólo se exige un informe del órgano de contratación que justifique el no fraccionamiento del contrato, la aprobación del gasto y la factura correspondiente; en el contrato menor de obras, además, debe constar el presupuesto de las obras y, en su caso, el proyecto y el informe de las oficinas o unidades de supervisión sobre estabilidad, seguridad o estanqueidad de la obra. No se exige para este tipo de contratos el resto de documentación prevista para otros adjudicados mediante el procedimiento abierto, restringido o negociado; así, no es necesario que figuren en el expediente los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas, no se requiere la prestación de garantías, ni la formalización de contrato. Además, los contratos menores no requieren de publicidad previa y licitación, pudiendo adjudicarse directamente a un determinado operador económico. Por su parte, el artículo 29.8. de la LCSP establece que “Los contratos menores definidos en el apartado primero del artículo 118 no podrán tener una duración superior a un año ni ser objeto de prórroga”. De acuerdo con lo expuesto, son dos los límites generales que para los contratos menores establece la normativa contractual: El límite cuantitativo: su valor estimado debe ser inferior a 15.000 euros, para el contrato de servicios, que es el que nos ocupa (artículo 118.1). El límite temporal: su duración no podrá ser superior a un año ni ser susceptible de prórroga (artículo 29.8). Además, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 99.2 de la LCSP no podrá fraccionarse un contrato con la finalidad de disminuir la cuantía del mismo y eludir así los requisitos de publicidad o los relativos al procedimiento de adjudicación que correspondan. Asimismo, el artículo 131.3 de la LCSP indica que: “Los contratos menores podrán adjudicarse directamente a cualquier empresario con capacidad de obrar y que cuente con la habilitación profesional necesaria para realizar la prestación, cumpliendo con las normas establecidas en el artículo 118”. En el caso planteado, el contrato menor vigente tiene como finalidad cubrir la prestación del servicio hasta la formalización del contrato definitivo; no obstante, esta no ha podido llevarse a cabo ya que el procedimiento de adjudicación (abierto simplificado abreviado) quedó desierto, y al posterior procedimiento negociado sin publicidad no ha concurrido ningún candidato. Ante esta situación se formulan dos preguntas: 1ª - Una vez agotado el plazo del menor, ¿podríamos adjudicar otro contrato menor a otro empresario con capacidad de obrar y con habilitación profesional necesaria? 2ª.- ¿Lo podríamos adjudicar al mismo adjudicatario que esta prestando el servicio actualmente, si es que quiere continuar? La normativa vigente, a diferencia de la anterior redacción del apartado 3 del artículo 118 de la LCSP (En el expediente se justificará que no se está alterando el objeto del contrato para evitar la aplicación de las reglas generales de contratación, y que el contratista no ha suscrito más contratos menores que individual o conjuntamente superen la cifra que consta en el apartado primero de este artículo. El órgano de contratación comprobará el cumplimiento de dicha regla. Quedan excluidos los supuestos encuadrados en el artículo 168.a).2.º) no establece ninguna limitación en cuanto a la posibilidad de adjudicar varios contratos menores a la misma entidad, por lo que, si fuera posible la celebración de un contrato menor, cabría su adjudicación a la misma contratista. La cuestión, entonces, se centra en determinar si es viable la celebración de un nuevo contrato menor con el mismo objeto que el que está ejecutándose, una vez que este finalice. Para dar respuesta a esta cuestión, es preciso tener en cuenta que en ningún caso cabe la utilización de dicha contratación con carácter fraudulento, con el fin de eludir las normas de publicidad en materia de contratación. Este carácter puede deducirse de la celebración con carácter recurrente de varios contratos menores en lugar de licitar un procedimiento que garantice los principios que deben regir toda contratación: igualdad, publicidad, concurrencia y transparencia. Esta circunstancia restringe la posibilidad de adjudicar un nuevo contrato menor, aun cuando sea un empresario distinto que cuente con capacidad de obrar y habilitación profesional necesaria, dado que debe respetarse la prohibición de fraccionamiento del objeto del contrato establecida en la LCSP, así como la garantía de los citados principios. En el sentido indicado, la Resolución de 6 de marzo de 2019, de la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación (OIReScon), por la que se publica la Instrucción 1/2019, de 28 de febrero, sobre contratos menores, regulados en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, -cuya aplicación es obligatoria dentro del ámbito de la Administración General del Estado pero existen discrepancias en cuanto su alcance respecto a Comunidades Autónomas y Entidades Locales, considerándose, para algunos autores, no vinculante para estas- señalaba lo siguiente dentro del Punto I: Ámbito objetivo de las limitaciones establecidas en el artículo 118.3 de la LCSP. Naturaleza excepcional del contrato menor y criterios de distinción del posible fraccionamiento de la prestación: “(…). Habida cuenta de lo anterior y teniendo en cuenta el marco establecido del apartado 3 del artículo 118 de la LCSP, la suscripción de contratos menores debe realizarse siguiendo las siguientes directrices: 1. La justificación de su necesidad y causa de su falta de planificación, por lo que no podrán ser objeto de un contrato menor prestaciones que tengan carácter recurrente, de forma que, año tras año, respondan a una misma necesidad para la entidad contratante, de modo que pueda planificarse su contratación y hacerse por los procedimientos ordinarios. 2. El valor estimado de la contratación menor, en ningún caso podrá superar los límites establecidos en el artículo 118.1 de la LCSP, calculado conforme a las reglas indicadas en el artículo 101 de la misma norma. 3. Debe justificarse la ausencia de fraccionamiento del objeto de contrato. Es decir, debe justificarse que no se han separado las prestaciones que forman la «Unidad funcional» del objeto del contrato con el único fin de eludir las normas de publicidad en materia de contratación. En este sentido, el criterio relativo a la «Unidad funcional» para distinguir si existe fraccionamiento en un contrato menor estriba en si se pueden separar las prestaciones que integran el citado contrato; y en el caso de que se separen, si las prestaciones cumplen una función económica o técnica por sí solas. Así, la justificación debe versar sobre la indispensable e intrínseca vinculación entre las prestaciones en cuestión para la consecución de un fin, esto es, la satisfacción de la necesidad que motiva la celebración del contrato. En sentido contrario, las prestaciones que tienen una función técnica individualizada pero forman parte de un todo (Unidad operativa), estando gestionadas por una Unidad organizativa (Unidad gestora) no suponen fraccionamiento y podrán ser objeto de contratación menor si se cumplen el resto de requisitos para esta modalidad. Así, no existirá fraccionamiento en el caso de prestaciones contratadas separadamente que sirven un mismo objetivo o necesidad, pero que de manera individualizada no sufre menoscabo en su ejecución, conservando su sentido técnico o económico, pudiéndose ejecutar separadamente. En aquellos supuestos en los que las prestaciones son completamente diferentes y no supongan un fraccionamiento del objeto, aunque sea un mismo tipo de contrato, podrán celebrarse varios contratos menores con el mismo contratista, si bien, como se ha indicado anteriormente, estas circunstancias deberán quedar debidamente justificadas en el expediente”. Como podemos observar, la OIReScon limita el uso de la contratación menor para prestaciones que tengan carácter recurrente y que año tras año respondan a la misma necesidad, abogando, para estos casos, por la utilización de los procedimientos ordinarios. Al mismo tiempo, vela por la justificación del no fraccionamiento del contrato con el fin de eludir las normas de publicidad en materia de contratación. De acuerdo con lo indicado, este servicio considera que la celebración de un nuevo contrato menor, con carácter recurrente (ya que responde a la misma necesidad y con identidad de objeto), implicaría la adjudicación vulnerando los requisitos de publicidad o los relativos al procedimiento de adjudicación que correspondan. Al respecto, el consultante indica que “No es con intención de fraccionar el contrato, ni mucho menos, sino por fuerza mayor, ya que si no adjudicamos el contrato, los escolares no disponen de transporte escolar que los traslade a los centros, a lo que tienen derecho, y tras el intento de adjudicar el contrato por diferentes procedimientos no se ha conseguido adjudicar, además de que ya no disponemos de tiempo material para intentar nuevamente el procedimiento simplificado abreviado, aún volviendo a repetir el procedimiento, esperando que esta vez alguien quiera presentar oferta”. También justifica la utilización del contrato menor indicando que “El servicio es complicado de contratar ya que no hay empresarios por esa zona y el acceso al lugar de recogida de los alumnos no es precisamente fácil”. No obstante, lo cierto es que en la actualidad la prestación sí está llevándose a cabo; ante esta situación, y considerando que existe un contratista que actualmente ejecuta el servicio, lo cual evidencia el interés empresarial en el contrato, el problema podría derivar de un incorrecto planteamiento a la hora de elaborar el correspondiente pliego de cláusulas administrativas particulares (criterios de solvencia, de adjudicación, división en lotes del objeto del contrato, etc.). Tratándose de un contrato al que, quizá, sea al sector de la pequeña y mediana empresa, y autónomos al que le pueda resultar más atractivo concurrir, el escollo podría estar en la exigencia de una elevada solvencia que les impida participar en la correspondiente licitación, al no reunir los necesarios requisitos de aptitud para ello. Sobre ello, conviene recordar que el órgano de contratación, conforme a lo dispuesto en los artículos 87 a 91 de la LCSP, dispone de una facultad discrecional para determinar los requisitos mínimos de solvencia que garanticen la capacidad económica y financiera suficiente para ejecutar el contrato correctamente. En este punto cabe recordar que, si el órgano de contratación ha optado en el pliego por que los licitadores acrediten su solvencia por referencia a su volumen de negocios, no necesariamente este debe suponer un importe equivalente a una vez y media el valor estimado del contrato. La ley, en su artículo 87, únicamente establece este valor, con carácter general, como un límite máximo para el órgano de contratación en el caso de que haya optado por este medio para acreditar la solvencia económica de los licitadores, por lo que aquél podrá establecer en los pliegos un importe inferior, siempre que esté vinculado y sea proporcional al objeto del contrato y su complejidad y dimensión económica. Otra posibilidad pudiera ser el desconocimiento de la necesidad del servicio objeto de la consulta por parte de las empresas del sector, por lo que podría ser conveniente ampliar la publicidad del contrato, más allá de la obligatoria en el perfil de contratante, pudiendo realizarla, por ejemplo, a través de alguna asociación o confederación del sector del transporte. En cuanto a la última de las cuestiones: “ ¿De otra manera la única solución sería dejar de prestar el servicio, o hay alguna otra alternativa?”, es preciso indicar que el servicio de transporte escolar, sobre el que versa la consulta, se encuentra regulado en la Ley 7/2010, de 20 de julio, de educación de Castilla-La Mancha, cuyo artículo 141 establece lo siguiente (el resaltado es nuestro): “1. El servicio de transporte escolar estará dirigido al alumnado escolarizado en centros públicos que esté obligado a desplazarse fuera de su localidad de residencia, por inexistencia en la misma de oferta de la etapa educativa correspondiente. 2. La prestación del servicio de transporte escolar será gratuita para el alumnado escolarizado en centros públicos que curse las enseñanzas básicas. También será gratuita para el alumnado residente en las zonas rurales escasamente pobladas y en riesgo de despoblación que tenga que desplazarse fuera de su localidad de residencia para cursar la etapa de bachillerato en institutos de educación secundaria. La Consejería competente en materia de educación regulará las condiciones para hacer efectiva esta prestación”. De acuerdo con lo anterior, dicho servicio es de prestación obligatoria para la Consejería competente en materia de educación, por lo que no comprende este servicio la pregunta indicada en la consulta sobre si la única solución, si no fuera posible la contratación menor, sería no prestar el servicio. Así pues, la tramitación del correspondiente procedimiento de contratación no puede ser un obstáculo para la prestación de un servicio de carácter obligatorio para la Administración competente para ello. De lo anteriormente expuesto, podemos concluir lo siguiente: No es posible adjudicar sucesivos contratos menores para el mismo objeto, aunque sea a distintos empresarios, por la prohibición de fraccionamiento y el respeto de los principios informadores de toda contratación: igualdad, transparencia, publicidad y libre concurrencia. La frustración de los procedimientos que ha llevado a cabo el órgano de contratación (abierto simplificado abreviado y negociado sin publicidad) evidencia la necesidad de revisar los pliegos, como pueden ser los requisitos de solvencia, para evitar restricciones desproporcionadas que limiten la participación de potenciales licitadoras. Se recomienda impulsar un nuevo procedimiento de licitación conforme a la LCSP, corrigiendo las causas que impidieron la concurrencia, ajustando condiciones y garantizando la competencia efectiva. Ante el posible desconocimiento de la necesidad del servicio objeto de la consulta por parte de las empresas del sector, podría ser conveniente ampliar la publicidad del contrato, más allá de la obligatoria en el perfil de contratante, pudiendo realizarla, por ejemplo, a través de alguna asociación o confederación del sector del transporte. El servicio de transporte escolar debe seguir prestándose, dado que se encuentra dentro de las competencias atribuidas al órgano de contratación y responde a razones de interés público. En cualquier caso, la utilización del contrato menor exigirá un informe justificativo que acredite que no se está fraccionando el contrato con objeto de eludir los requisitos de publicidad o los relativos al procedimiento de adjudicación que correspondan. Finalmente, indicar que la presente respuesta a la consulta planteada tiene carácter meramente informativo y, en ningún caso, resulta vinculante. Es muy importante para el servicio InfocontrataCLM valorar la calidad de la atención que ofrecemos; para ello, ponemos a su disposición esta breve encuesta. Estaríamos encantados de recibir su opinión para poder seguir mejorando. ¡Muchas gracias por su colaboración! Califique la respuesta a esta consulta EL SERVICIO DE ASESORAMIENTO Y NORMALIZACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN.
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