Para responder a la citada consulta, partiremos de lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP, en adelante), que determina los efectos derivados de la interposición del recurso especial en materia de contratación, en los siguientes términos: “Una vez interpuesto el recurso quedará en suspenso la tramitación del procedimiento cuando el acto recurrido sea el de adjudicación, salvo en el supuesto de contratos basados en un acuerdo marco o de contratos específicos en el marco de un sistema dinámico de adquisición, sin perjuicio de las medidas cautelares que en relación a estos últimos podrían adoptarse en virtud de lo señalado en el artículo 56.3”. En este sentido, para los supuestos en los que el acto a recurrir sea la adjudicación, opera una suspensión automática en la tramitación del procedimiento por dicho mandato legal. Caso distinto es del recurso contra cualquiera de las restantes actuaciones establecidas en el artículo 44.2 de la LCSP, como, por ejemplo, la impugnación de los pliegos, que es el supuesto que nos ocupa. Para estos casos, no opera dicha suspensión automática. Además de lo anterior, el artículo 49 de la propia LCSP, permite la solicitud de medidas cautelares bajo las siguientes cautelas: “1. Antes de interponer el recurso especial, las personas legitimadas para ello podrán solicitar ante el órgano competente para resolver el recurso la adopción de medidas cautelares. Tales medidas irán dirigidas a corregir infracciones de procedimiento o impedir que se causen otros perjuicios a los intereses afectados, y podrán estar incluidas, entre ellas, las destinadas a suspender o a hacer que se suspenda el procedimiento de adjudicación del contrato en cuestión o la ejecución de cualquier decisión adoptada por los órganos de contratación. 2. El órgano competente para resolver el recurso deberá adoptar decisión en forma motivada sobre las medidas cautelares dentro de los cinco días hábiles siguientes a la presentación del escrito en que se soliciten. A estos efectos, el órgano que deba resolver, en el mismo día en que se reciba la petición de la medida cautelar, comunicará la misma al órgano de contratación, que dispondrá de un plazo de dos días hábiles, para presentar las alegaciones que considere oportunas referidas a la adopción de las medidas solicitadas o a las propuestas por el propio órgano decisorio. Si transcurrido este plazo no se formulasen alegaciones se continuará el procedimiento. (…)”. Así las cosas, el precepto mencionado supedita la suspensión del procedimiento a que, por un lado, se solicite por las personas legitimadas ante el órgano competente para resolver el recurso; y, por otro lado, que este órgano acuerde dicha suspensión y lo comunique al órgano de contratación (quien tendrá la potestad de presentar alegaciones). En cualquier caso, como podemos observar, es el propio Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC) el que debe acordar la suspensión, a instancia de quienes estén legitimados, y sin perjuicio de la operación automática que opera ex lege cuando lo que se recurre es la adjudicación del contrato, tal y como se ha indicado. De acuerdo con lo expuesto, y respondiendo a la pregunta planteada por el consultante sobre si lo más procedente es continuar con la tramitación de los expedientes, habida cuenta de que nos encontramos ante un claro supuesto de inadmisión o, por el contrario, es mejor suspender la tramitación a la espera de que el TACRC dicte resolución, hemos de indicarle que, dado que nos encontramos frente a una actuación que no es la adjudicación del contrato, y salvo que el TACRC acuerde dicha suspensión como medida cautelar, la interposición del recurso no suspenderá la tramitación del procedimiento. Finalmente indicar que, sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la presente respuesta a la consulta planteada tiene carácter meramente informativo y en ningún caso resulta vinculante. Es muy importante para el servicio InfocontrataCLM valorar la calidad de la atención que ofrecemos; para ello, ponemos a su disposición esta breve encuesta. Estaríamos encantados de recibir su opinión para poder seguir mejorando. ¡Muchas gracias por su colaboración! Califique la respuesta a esta consulta EL SERVICIO DE ASESORAMIENTO Y NORMALIZACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN
El Gobierno de Castilla-La Mancha, a través de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, activa a las 11:00 horas de hoy miércoles, en Fase de Alerta -Situación Operativa 0-, el Plan Específico ante el Riesgo por Fenómenos Meteorológicos Adversos (METEOCAM) en Castilla-La Mancha.La dirección del METEOCAM ha decretado la activación de este Plan tras la recepción de avisos de nivel naranja por lluvias, con precipitación de: 30 mm acumulada en una hora, y también por tormentas, con probabilidad de granizo y rachas muy fuertes de viento, que ha elaborado la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) para el día de hoy, en las comarcas de La Mancha albaceteña, Hellín y Almansa, en la provincia de Albacete, con inicio a las 12:00 horas y fin a las 22:00 horas.Además, la AEMET ha publicado también avisos de nivel amarillo por lluvias intensas, con precipitación acumulada en una hora de: 20 mm, en La Mancha de Ciudad Real, con inicio a las 12:00 y fin a las 21:00 horas. En la provincia de Cuenca, los avisos son de nivel amarillo por lluvias con precipitación acumulada en una hora de: 20 mm en La Mancha conquense, donde las precipitaciones más intensas se esperan en el extremo oriental de la zona de avisos, y por tormentas, con inicio a las 12:00 y fin a las 22:00 horas. Asimismo, se publican avisos de nivel amarillo por luvias con precipitación acumulada de: 15 mm en 1 hora en Alcaraz y Segura (Albacete), en la Alcarria Conquense, Serranía de Cuenca (Cuenca) y en todas las comarcas de la provincia de Guadalajara, con inicio a las 12:00 y fin a las 22:00 horas. También se activan avisos amarillos por tormentas en La Mancha de Ciudad Real (Ciudad Real) y en La Mancha toledana, con inicio a las 12:00 horas y fin a las 21:00 horas.Ante la activación del METEOCAM en fase de alerta, desde el Servicio de Atención y Coordinación de Urgencias y Emergencias 1-1-2 se ha procedido a informar a los ayuntamientos y grupos de intervención concernidos, para que puedan establecer las medidas de prevención, seguimiento y respuesta que estimen oportunas ante esta situación.Tanto la evolución de las predicciones de riesgo de la AEMET, como las incidencias que se vayan produciendo y sus posibles consecuencias serán valoradas por la dirección del Plan, para ir adaptando el nivel de respuesta.La activación del METEOCAM en fase de alerta se enmarca dentro de la acción integral del Gobierno regional para, de forma coordinada y mediante la optimización de los recursos, ofrecer una respuesta planificada ante cualquier situación de emergencia. De hecho, desde el Servicio de Emergencias 1-1-2 se iniciará un seguimiento de las incidencias que se puedan producir debido a estas lluvias.Consejos ante fuertes lluvias y tormentasAnte esta situación, si le sorprende una lluvia muy intensa en la carretera reduzca la velocidad, adaptándose a la visibilidad existente; evite pasar por tramos inundados, cauces o ramblas y, se va a pie en el campo, busque lugares elevados ante la posibilidad de una inundación.Con respecto a las lluvias copiosas, retire de su vivienda los elementos exteriores que puedan ser arrastrados por el agua. Si se inunda parte de su casa, abandone sótanos y plantas bajas y desconecte la energía eléctrica.En el exterior, durante una fuerte lluvia o tormenta evite estacionar su vehículo o vadear con él arroyos o cauces, para evitar ser arrastrado por una súbita crecida de agua. En este sentido, aléjese de vaguadas, ríos o torrentes para evitar ser sorprendidos por una riada.Finalmente se debe evitar los desplazamientos por carretera y, si es necesario hacerlos, informarse de las condiciones meteorológicas de la zona a la que se dirige y extremar las precauciones por la posible presencia de obstáculos en la vía.Por último, se recuerda que en caso de emergencia debe llamar al teléfono 1-1-2, a la vez que se invita a todos los ciudadanos a hacer un uso racional del mismo.
En respuesta a la consulta planteada, hemos de indicar que las actuaciones de una persona jurídica requieren la presencia de una o varias personas físicas que cuenten con las facultades y poderes necesarios para representarla y actuar en su nombre. Esta representación viene determinada por los estatutos o escrituras de la entidad según el órgano de administración y las facultades que ostente o, en su caso, según los poderes otorgados a una determinada persona para representarla. A este respecto, por ejemplo, el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, determina en su artículo 233 que, en las sociedades de capital, la representación de la sociedad, en juicio o fuera de él, corresponde a los administradores en la forma determinada por los estatutos. Después matiza quien tiene dicho poder de representación según el tipo de órgano de administración (único, solidario, mancomunado…). De esta manera, aunque la actual Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante, LCSP), solo hace mención expresa a la que la presentación de la oferta se haga por quien ostente la representación de la sociedad en los procedimientos abiertos simplificados (ex artículo 159.4 de la LCSP), es lógico que esta previsión debe resultar predicable para cualquier procedimiento y cualquier actuación de las diferentes entidades. Por dicho motivo, habrá que estar a lo que dispongan las escrituras notariales, a fin de determinar qué persona o personas ostentan la representación legal de la empresa para poder contratar con el sector público, siendo este un requisito indispensable para la presentación de proposiciones. En cualquier caso, el hecho de que la proposición no sea suscrita por un representante legal de la empresa, no supone un requisito automático de exclusión de la licitadora pues, como veremos a continuación, la doctrina y jurisprudencia lo considera un defecto formal subsanable. En relación con ello, el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC), en el Fundamento de Derecho Séptimo de su Resolución nº 470/2024, analiza la doctrina sobre el carácter subsanable de la falta de poderes del firmante (el resaltado es nuestro): “Expuestas las posiciones de las partes, es preciso recordar la doctrina establecida por este Tribunal en relación con al carácter subsanable de la falta de poderes del firmante de la proposición. En este sentido, en la Resolución 372/2018, se razonaba lo siguiente: «Así las cosas, de las consideraciones anteriores resulta con toda evidencia que, en el caso de varias empresas concurrentes bajo el compromiso de constitución de una UTE, la correspondiente oferta económica deberá estar firmada por todos y cada uno de los representantes (con poder bastante) de las distintas empresas en cuestión. No bastará, por el contrario, que la oferta aparezca suscrita por la persona designada como representante de la futura UTE, puesto que, no existiendo aún la misma, sus facultades se refieren a la fase de ejecución del contrato, para el caso de resultar adjudicataria la agrupación de empresarios y constituirse formalmente la UTE, careciendo en tal concepto de poder para vincular individualmente a cada una de las empresas en la fase de licitación mediante formulación de oferta en la misma, salvo que la persona que suscriba la oferta disponga de poder bastante otorgado por todas y cada una de las empresas concurrentes bajo esta fórmula. Nos encontramos, pues, en este caso ante un defecto formal de la proposición económica, que el Tribunal Supremo ha considerado subsanable (Sentencias de la Sala III, de 6 de julio de 2004-Roj STS 4839/2004, y de 21 de septiembre de 2004-Roj STS 5838/2004). Así lo ha considerado también la Audiencia Nacional, en Sentencia de 9 de enero de 2009 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (citada en nuestra Resolución 1091/2015), que en su fundamento de derecho segundo indica que: “El Tribunal Supremo en la Sentencia de 6 de julio de 2007 (recurso 265/2003), para la unificación de la doctrina, se pronunció sobre la subsanabilidad del defecto de firma en las ofertas económicas por parte de las Mesa de Contratación, señalando lo siguiente QUINTO: Tales precisiones, según se infiere del análisis de las tres últimas sentencias, forman un cuerpo de doctrina consolidado en la doctrina jurisprudencial de esta Sala que es coherente con el criterio de la subsanabilidad, que en este caso resulta de directa incidencia ante la falta de la firma de la proposición económica, según se infiere del análisis del acta 4/2001 de la Mesa de Contratación. El artículo 101, párrafo segundo, inciso segundo, del Reglamento General de Contratación del Estado, aprobado por Decreto 3.410/1975, de 25 de noviembre (redactado conforme al Real Decreto 2.528/1986, de 28 de noviembre), establece que si la Mesa observare defectos materiales en la documentación presentada podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a tres días para que el licitador subsane el error. En el caso examinado, no existe un defecto sustancial de falta de presentación de la proposición económica, la omisión de firma es subsanable y no se puso de manifiesto a la Mesa de Contratación en el momento del examen y calificación de la documentación presentada por las empresas que tomaban parte en el concurso. Al no conceder un plazo de tres días para la subsanación del defecto la Mesa infringió lo prevenido en el artículo 101 del Reglamento General de Contratación del Estado. El criterio expuesto toma en cuenta que una interpretación literalista de las condiciones exigidas para tomar parte en los procedimientos administrativos de contratación, que conduzca a la no admisión de proposiciones por simples defectos formales, fácilmente subsanables, es contraria al principio de concurrencia (…). En todo caso, la Mesa de Contratación no dispone de facultades discrecionales para decidir la exclusión de un concursante del procedimiento de contratación, sino que, ante un defecto como el que se cuestiona, debió conceder tres días para su subsanación, (…). En nuestro caso, la mesa de contratación ha concedido a los recurrentes la posibilidad de subsanación únicamente por la vía de acreditar poder, de fecha anterior al plazo de presentación de ofertas, pero no mediante la posibilidad de que los representantes de cada empresa partícipe en la UTE firmen la oferta económica presentada, o la ratifiquen (artículos 1.259 y 1.727 del Código civil). En consecuencia, debe estimarse el recurso para que, con retroacción de actuaciones, se conceda a las empresas integrantes de la UTE recurrente la posibilidad de subsanar la falta de firmas en la oferta económica presentada, bien mediante la firma de dicha proposición, bien mediante su ratificación». Las consideraciones sobre el carácter subsanable de la falta de poderes del firmante de la proposición deben hacerse extensivas a la falta de firma electrónica de éste, ya sea porque no se ha efectuado, o porque ha caducado el correspondiente certificado de firma electrónica. En ambos casos, se trata de un defecto subsanable. Así las cosas, los defectos apreciados por la mesa de contratación en el presente caso (insuficiencia del poder del representación de la persona firmante de la proposición y caducidad del certificado de firma electrónica) tienen carácter subsanable como ha reconocido el órgano de contratación en el informe emitido con ocasión de la interposición de este recurso especial, por lo tanto, no era posible la exclusión de la entidad recurrente del procedimiento, sino que había de concederse plazo para efectuar la correspondiente subsanación”. De acuerdo con lo expuesto, la falta de poderes del firmante de la proposición es un defecto subsanable por lo que la mesa deberá concederle un plazo de tres días para que corrijan o subsanen dicho extremo, según dispone el artículo 141.2 de la LCSP. En cuanto a la cuestión de que en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (ROLECSP), tampoco consta el cambio de representación legal, hemos de indicar que, de acuerdo con el artículo 337 de la LCSP, el ROLECSP tiene por objeto la inscripción de los datos y circunstancias que resulten relevantes para acreditar las condiciones de aptitud de los empresarios para contratar con las Administraciones Públicas y demás organismos y entidades del sector público, incluidas las facultades de sus representantes y apoderados, así como la acreditación de todo ello ante cualquier órgano de contratación del sector público. Asimismo, el artículo 339 establece como inscripciones a solicitud de los interesados: los relativos a la extensión de las facultades de los representantes o apoderados con capacidad para actuar en su nombre y obligarla contractualmente. Del mismo modo, el artículo 343.1 de la LCSP establece la obligación de la actualización de la información registral por parte de los empresarios inscritos: “1. Los empresarios inscritos en los registros de licitadores y empresas clasificadas están obligados a poner en conocimiento del registro cualquier variación que se produzca en sus datos en él reflejados, así como la superveniencia de cualquier circunstancia que determine la concurrencia de una prohibición de contratar susceptible de inscripción en dichos registros”. Con relación a ello, la inscripción en el ROLECSP, tal y como establece el artículo 96.1 de la LCSP, acredita frente a todos los órganos de contratación del sector público, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera y técnica o profesional, clasificación y demás circunstancias inscritas, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en el mismo. Sin embargo, la inscripción en el ROLECSP no supone un requisito de acreditación único y exclusivo, pudiendo probarse -en este caso la representación- por otros medios válidos admitidos. Sobre esta cuestión, el TACRC en su Resolución nº 1100/2020 dispuso lo siguiente (el resaltado es nuestro): “En efecto, aunque en el ROLECE figuraba un administrador único distinto al firmante, en trámite de subsanación se aportó escritura de nombramiento de éste como administrador único de la empresa. El ROLECE, de acuerdo con lo establecido en el artículo 96.1 de la LCSP, acredita frente a todos los órganos de contratación (…). Pero ello no supone que sea un medio de prueba excluyente de cualquier otro. La escritura presentada prueba el nombramiento de la persona firmante del DEUC como administrador único, estando dicha escritura inscrita en el Registro Mercantil. Debió, por tanto, admitirse la subsanación”. Por tanto, y como conclusión a todo lo anterior: La falta de poderes de la persona firmante de la proposición se trata de un defecto formal subsanable por lo que la Mesa podrá requerir a la licitadora para que corrija o aclare dicho extremo. El ROLECSP no supone el único medio de acreditación de la representación por parte de la empresa por lo que el órgano de contratación podrá admitir otros medios como, por ejemplo, las escrituras inscritas en el Registro Mercantil. Finalmente, indicar que la presente respuesta a la consulta planteada tiene carácter meramente informativo y, en ningún caso, resulta vinculante. Es muy importante para el servicio InfocontrataCLM valorar la calidad de la atención que ofrecemos; para ello, ponemos a su disposición esta breve encuesta. Estaríamos encantados de recibir su opinión para poder seguir mejorando. ¡Muchas gracias por su colaboración! Califique la respuesta a esta consulta EL SERVICIO DE ASESORAMIENTO Y NORMALIZACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN
Primeros pasos Imagen Búsqueda y selección de convocatoriaEl primer paso fundamental para acceder a la financiación de la Unión Europea de gestión directa es conocer las convocatorias de propuestas de proyectos, a través de:El Portal Funding & Tenders concentra la amplia mayoría de las convocatorias publicadas por la Unión Europea. Contiene una potente herramienta de filtrado para identificar convocatorias según su ámbito de actuación.El portal Erasmus+ publica por separado las convocatorias del programa dedicado a proyectos de ámbito de la educación, formación profesional, juventud y deporte.Desde la Oficina de Proyectos Europeos hacemos un cribado de las convocatorias de especial interés para Castilla-La Mancha, que puedes encontrar en nuestro buscador de convocatorias.Preparación de una propuestaEs muy importante leer detenidamente la convocatoria de propuestas de proyecto para asegurar el cumplimiento de los criterios de elegibilidad del consorcio, requisitos financieros, los tiempos de ejecución del proyecto, etc.Durante el proceso de redacción de la propuesta es clave prestar atención a tres aspectos fundamentales y complementarios que se informan mutuamente:La configuración del consorcio, que deberá estar ajustado a las actividades que se van a desarrollar en el marco del proyecto, donde todas las entidades tienen un papel relevante.La redacción del contenido de la propuesta, que deberá mantener un enfoque que concuerde con la magnitud del presupuesto. El equilibrio entre la ambición, el impacto y la viabilidad del proyecto es clave para que la propuesta tenga éxito durante el proceso de evaluación, siguiendo criterios de relevancia, impacto y calidad.El presupuesto debe diseñarse con el objetivo de que sea suficiente para cubrir los gastos elegibles imputables al proyecto, atendiendo a la magnitud del consorcio y de las actividades del proyecto, siguiendo principios de eficiencia.Búsqueda de sociosLa amplia mayoría de los proyectos financiados por la Unión Europea requieren de un componente internacional mediante la presentación del proyecto por un consorcio de entidades procedentes de varios países. Existen una gran cantidad de plataformas para realizar la búsqueda de socios:El Portal Funding & Tenders contiene una potente herramienta de búsqueda de socios que permite encontrar entidades interesadas en los programas europeos y convocatorias de financiación de interés.Cada uno de los Programas Europeos tiene un Punto Nacional de Contacto en cada uno de los países de la UE, incluyendo España. Estas unidades especializadas pueden facilitar el contacto con otras entidades de un determinado sector. Por ejemplo, para entidades de ámbito social, existe el Punto Europeo de Ciudadanía.La Enterprise Europe Network apoya a Pymes a crecer e innovar a través de la internacionalización.En el ámbito de la educación son útiles las plataformas de búsquedas de socios EPALE, eTwinning y la red SALTO-YOUTH.Desde la Oficina de Proyectos Europeos también asistimos en la búsqueda de socios para proyectos impulsados por entidades castellanomanchegas.Configuración del presupuestoCada convocatoria sigue una modalidad de financiación diferente, lo cual define cuáles son los gastos elegibles, cómo se calculan y cómo se deben justificar. Estas modalidades son:Costes reales.Costes a tasa fija (flat rate).Costes unitarios (Unit costs).Sumas a tanto alzado (lump sum).Normalmente se prevé un porcentaje del presupuesto asignado a costes indirectos, aquellos que no están vinculados directamente al proyecto pero forman parte del gasto administrativo y de funcionamiento ordinario de la entidad beneficiaria de la financiación.Envío y evaluaciónLa propuesta de proyecto deberá ser presentada por la entidad coordinadora del proyecto a través del Portal Funding & Tenders utilizando una cuenta EULogin. Bajo nuestra sección de recursos encontrará un vídeo en el que explicamos cómo podemos darnos de alta en el Portal Funding & Tenders y presentar una propuesta de proyecto.Una vez cierra el plazo de presentación de solicitudes un comité de expertos independiente evaluará todas las propuestas de proyecto, dando a cada una una puntuación. La Comisión Europea selecciona los proyectos elegibles con mayor puntuación para pasar a firmar el acuerdo de subvención (Grant Agreement) con las entidades que conforman el consorcio del proyecto seleccionado. Este documento será el documento legal que regulará la ejecución del proyecto a lo largo de su desarrollo.
OBJETIVOS DEL CURSO Capacitar a monitores ambientales, profesores y futuros profesionales del ámbito agrario, forestal o ambiental, para organizar e implementar actividades de educación ambiental sobre sensibilización y prevención de incendios forestales de jóvenes y escolares. Este programa pretende que los alumnos sean capaces de alcanzar, asimilar y transmitir los objetivos conceptuales siguientes: Los bosques son elementos naturales modificados intensamente por los habitantes de la región mediterránea desde hace miles de años, es decir, son bosques antrópicos y no son bosques vírgenes o salvajes. Cuando llegamos a las causas de un incendio forestal, el daño ya está hecho. El enfoque actual de la prevención de incendios forestales tiene en el punto de mira la causa de la ignición y es necesario reorientar los esfuerzos hacia la causa de la propagación. Esta idea tan simple está directamente correlacionada con la gestión forestal. Plantear el fuego no como un elemento destructor y maligno sino como la perturbación natural y habitual en las regiones mediterráneas, entender que los incendios no los eliminaremos nunca, que, incluso, son necesarios para garantizar la perpetuación de algunas especies. Los objetivos formativos o pedagógicos que se quiere alcanzar con este programa son los siguientes: Formar y dar capacidad de organización de actividades de educación ambiental sobre prevención de incendios forestales. Formar en los conceptos clave: ecología del fuego, gestión forestal, educación ambiental y sensibilización. Formar y dar entrenamiento a monitores ambientales y profesores para poder transmitir e implementar los objetivos conceptuales mencionados anteriormente a través de actividades de educación ambiental. ORGANIZA Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales. Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural. A QUIÉN VA DIRIGIDO? · Guías y Monitores de actividades ambientales · Profesores universitarios de Escuelas o Facultades relacionadas con los objetivos del curso · Profesores de Escuelas de Capacitación Agraria (ECA) · Alumnos de enseñanzas relacionadas: Escuelas de Ingeniería Forestal y de Montes, Facultad de Ciencias Ambientales, Técnico Superior en Gestión Forestal y del Medio Natural,… · Profesionales de la enseñanza en general relacionada con los objetivos del curso · Otras personas cuya actividad se realice o pueda realizarse en el entorno rural, contribuyendo a la prevención de los incendios forestales PARTICIPACIÓN DE ALUMNADO DE EDICIONES ANTERIORES Será objetivo prioritario involucrar en la organización y celebración del curso, a alumnos de ediciones anteriores del mismo. Asegurar la viabilidad pedagógica de esta tipología de actividades, la transmisibilidad de conceptos y la creación de una red de monitores formados y habilitados para la organización e impartición de estas actividades cumpliendo las bases y objetivos conceptuales ya definidos. Será también objetivos la generación de sinergias con las entidades origen de estos alumnos para asegurar el fortalecimiento de la red de monitores. CONTENIDO La presencia del incendio forestal como fenómeno inevitable en nuestros bosques mediterráneos y con episodios recurrentes. El fuego controlado vs. fuego descontrolado; discusión y efectos de la alta y baja intensidad. La fragilidad de los bosques ante los incendios forestales, estructuras vulnerables y resistentes - El bosque maduro sostenible. La gestión forestal como protección efectiva frente al incendio, objetivos, herramientas, rendimientos y mantenimiento. Convivir con el fuego: Los grandes incendios forestales, PAS y autoprotección. Herramientas comunicativas para jóvenes y niños Organización de una actividad de divulgación. Ejemplos. MODALIDAD Y FECHAS DE CELEBRACIÓN · Fase online teórica: 12 horas – del 6 al 16 de Noviembre de 2017 · Fase presencial práctica: 5 horas – en una jornada de mañana en fecha por determinar de la semana del 20 al 24 de Noviembre. LUGAR DE LA PRÁCTICA El curso constará de 2 ediciones, por lo que las prácticas se desarrollarán en centros educativos de Castilla-La Mancha con alumnos de primaria, una edición por provincia en Albacete y Toledo respectivamente. FINANCIACIÓN Actividad financiada por FEADER http://ec.europa.eu/agriculture/index_es.htm INSCRIPCIONES Y PLAZOwww.paucostafoundation.org Plazo de inscripción: hasta el 29 de octubre de 2017 NOTA IMPORTANTE: para formalizar el proceso de inscripción es necesario indicar localidad de preferencia para realizar la formación práctica.
De conformidad con lo establecido en el artículo 133.1.- de la Ley 39/2015 de 1/oct, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de las normas; con carácter previo a la elaboración del borrador de la Orden de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se regulan los servicios de prevención y extinción de incendios forestales, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Junta de Comunidades de Castilla–La Mancha, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de: Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa. La necesidad y oportunidad de su aprobación. Los objetivos de la norma. Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias. Los interesados podrán hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados, desde hoy día 1 de Marzo de 2018 hasta el día 20 de Marzo de 2018, a través del siguiente buzón de correo electrónico: dgpfen@jccm.es 1. Antecedente de la futura Orden.- La anterior Orden de 25/05/2013 de la Consejería de Agricultura por la que se regulan los servicios de prevención y extinción de incendios forestales (publicada en el DOCM nº 103 de 29/May/2013), ha estado vigente hasta la actualidad, acompañándonos durante las 5 últimas Campañas (2013, 14, 15, 16 y 17). Durante estos años ha pasado por 2 pequeñas modificaciones: La primera en 2016, al objeto de cambiar la disponibilidad de los Agentes de Investigación de causas (BIIF) de relativa a absoluta (Orden de 18/05/2016 publicada en DOCM nº 100 de 24/May/2016). La segunda en 2017, al objeto de dar cumplimiento a Sentencia nº 4/2017 del Tribunal Superior de Justicia de C-LM (Orden 91/2017 de 8/may publicada en el DOCM nº 98 de 22/May/2017). Pero la actual Orden de 2013 requiere ser adaptada a los tiempos actuales y también requiere que su contenido se amolde a las exigencias de la última revisión del Plan Especial de Emergencias por Incendios Forestales (Plan Infocam) aprobada por Orden 187/2017 de 20/Oct de la Consejería de Hacienda y Admones. Públicas. 2. Problemas que se pretende solucionar con la nueva Orden.- La modificación de la normativa vigente hasta ahora pretende solucionar los actuales problemas, creando categorías funcionales nuevas, a la vez de adaptarse a nuevas normativas como: Revisión del Plan Especial de Emergencias por Incendios Forestales (Plan Infocam) aprobada por Orden 187/2017 de 20/Oct de la Consejería de Hacienda y Admones. Públicas. Real Decreto 893/2013 de 15/Nov, por el que se aprueba la Directriz básica de planificación de protección civil de emergencia por incendios forestales (BOE de 7/Dic/2013). 3. Necesidad y oportunidad de su aprobación.- La aprobación de esta Orden es necesaria, dado que con la misma se derogará la vigente hasta la actualidad: Orden de 25/05/2013 de la Consejería de Agricultura por la que se regulan los servicios de prevención y extinción de incendios forestales (publicada en el DOCM nº 103 de 29/May/2013). 4. Objetivos de la futura Orden.- El objeto de la modificación de la normativa vigente hasta ahora pretende solucionar los actuales problemas, a la vez de adaptarse a nueva normativa; incluyendo algunos aspectos nuevos como: Las épocas de peligro pasan de 3 a 4. Los conceptos de “Índice de Gravedad Potencial” y de “Situación Operativa del Plan” sustituyen al anterior concepto de “Nivel de Gravedad Potencial”. Necesidad de delimitar las Áreas de actuación preferente de cada BIIF. Se crean 3 nuevas categorías funcionales: Técnico COR en época de peligro bajo y medio Jefe de Patrulla Móvil Agente de Apoyo, cuya idoneidad es para los Agentes de más edad o aquellos que no superen la aptitud médica. En todo el articulado, se refuerzan aspectos como: la formación, la prevención de riesgos laborales, la colaboración con las BIIF. También hay aspectos que desaparecen, como: Se elimina la categoría funcional de “Encargado de Mantenimiento de Material y Equipos”, y sus funciones pasan a ser asumidas por la figura del “Agente de Apoyo”. 5. Posibles soluciones alternativas.- No existen soluciones alternativas a la elaboración de esta futura Orden.
En relación con la citada consulta hemos de indicar que el artículo 326.5. párrafo tercero de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP) establece que “En ningún caso podrán formar parte de las Mesas de contratación ni emitir informes de valoración de las ofertas los cargos públicos representativos ni el personal eventual. Podrá formar parte de la Mesa personal funcionario interino únicamente cuando no existan funcionarios de carrera suficientemente cualificados y así se acredite en el expediente. Tampoco podrá formar parte de las Mesas de contratación el personal que haya participado en la redacción de la documentación técnica del contrato de que se trate, salvo en los supuestos a que se refiere la Disposición adicional segunda”. La Junta Consultiva de Contratación pública del Estado ha tenido ocasión de pronunciarse sobre la interpretación de este precepto en varias ocasiones; en concreto, y respecto de los dispuesto en el apartado cinco del mismo, ha señalado, en su Informe 3/2018 relativo a la composición de las mesas de contratación, lo siguiente: “(…) del precepto que hemos analizado (se refiere la Junta Consultiva al artículo 326 de la LCSP) se deduce la voluntad inequívoca del legislador de restringir la participación en la mesa de contratación del personal que haya participado en la redacción de cualquier documentación técnica del contrato, con lo que se transmite la idea de que hay una parte de la documentación preparatoria, la que afecta a aspectos técnicos del contrato, representada normal pero no únicamente en el pliego de prescripciones técnicas, cuya elaboración impide a quienes han participado en ella la posibilidad de formar parte de en un órgano como la mesa de contratación, órgano que ostenta importantes funciones en el seno del procedimiento de selección del contratista. La finalidad de la norma claramente es favorecer la transparencia de la contratación pública y evitar los conflictos de intereses en la actuación de los miembros de la mesa. Sentado el anterior criterio, que explica el origen y la finalidad del precepto cuestionado, podemos determinar cuál es el alcance de la expresión que emplea la ley, referida a la participación en la redacción de la documentación técnica del contrato. Desde el punto de vista subjetivo, el precepto alude al personal en sentido amplio, pero desde el punto de vista objetivo acota su aplicación a los componentes del personal de la Administración contratante que hayan participado en la redacción del documento técnico. Por tanto, es el acto de redactar efectivamente o de participar en el proceso de redacción del pliego el que genera la prohibición de formar parte de la mesa. Si la finalidad de la norma es evitar el conflicto de intereses potencialmente concurrente en el redactor de las condiciones técnicas, la prohibición no puede alcanzar a quien no haya participado en la redacción de la regla técnica del contrato, ni tampoco a quien simplemente la haya visto o incluso visado, que no aprobado, puesto que la aprobación de los pliegos es una competencia del órgano de contratación según establece el artículo 124 de la Ley. Bajo esta perspectiva, sin embargo, lo que no cabe es establecer apriorísticamente soluciones a todos los casos concretos de cada órgano de contratación, puesto que la medida de la intervención de cada empleado público en la redacción del pliego técnico puede variar según el caso de que se trate. De este modo, un mero conocimiento de las condiciones del pliego no generaría la prohibición de formar parte de la mesa y, sin embargo, una participación efectiva en la confección del mismo, dando instrucciones o haciendo observaciones de obligado cumplimiento, sí vedaría la participación en el órgano de asistencia. Consecuentemente no cabe decir en términos generales si el personal de la unidad proponente del contrato puede o no participar en la mesa de contratación, pues tal circunstancia dependerá de en qué medida haya intervenido realmente en la redacción del pliego técnico (…)”. De acuerdo con lo expuesto podemos concluir señalando que el impedimento que se predica en el mencionado precepto afectaría los ingenieros y técnicos concretos ya que, según lo expuesto en la consulta, habrían participado directamente en la redacción del pliego técnico. Finalmente indicar que, sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la presente respuesta a la consulta planteada tiene carácter meramente informativo y en ningún caso resulta vinculante. Es muy importante para el servicio InfocontrataCLM valorar la calidad de la atención que ofrecemos; para ello, ponemos a su disposición esta breve encuesta. Estaríamos encantados de recibir su opinión para poder seguir mejorando. ¡Muchas gracias por su colaboración! Califique la respuesta a esta consulta SERVICIO DE ASESORAMIENTO Y NORMALIZACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN
El presidente del Ejecutivo autonómico, Emiliano García-Page, ha visitado este martes las obras del nuevo edificio del Servicio de Atención y Coordinación de Urgencias y Emergencias 1-1-2 de Castilla-La Mancha, una infraestructura que multiplicará por cuatro la capacidad actual, con una superficie total de 4.500 metros cuadrados. Durante la visita ha estado acompañado por el consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, Juan Alfonso Ruiz Molina. Durante el recorrido, el presidente autonómico ha podido comprobar el buen ritmo al que avanzan las obras de esta infraestructura clave que permitirá dotar a este servicio público esencial de unas instalaciones más amplias, modernas, funcionales y energéticamente sostenibles. Un espacio en el que trabajan cerca de 200 profesionales las 24 horas, los 365 días del año.Tras la visita, Ruiz Molina ha explicado que estas nuevas instalaciones se distribuyen en tres plantas. En el semisótano, albergará un hangar para vehículos y camiones de emergencia. En la planta baja, “el corazón del inmueble”, estará la sala de coordinación de 1-1-2, donde se reciben todas las llamadas de emergencia y se gestionan las incidencias. Una sala, ha dicho, “dotada de los soportes tecnológicos más modernos, además de estar preparada para adaptarse a futuros aumentos de personal y equipamiento”. Y en la primera planta, se ubicarán los despachos de mando del servicio de Emergencias, de la Dirección General de Protección Ciudadana, y la sala de reuniones del Centro de Coordinación Operativa (CECOP).Un edificio con un consumo energético prácticamente nuloEn este contexto, el consejero ha destacado que el nuevo edificio va a contar con un “consumo energético prácticamente nulo”, al incorporar sistemas de eficiencia energética, con paneles fotovoltaicos, aerotermia o ventilación mecánica, para la renovación del aire interior. Se trata, por tanto, así lo ha indicado, de un espacio que tiene como principal fin “mejorar la capacidad operativa de este servicio”, y ofrecer a los profesionales el “máximo confort” en sus puestos de trabajo. Unos profesionales, ha continuado, que atienden con gran diligencia profesional las situaciones de urgencia y emergencia en la región. Y un servicio que a lo largo de 2025 ha gestionado cerca de 1,5 millones de llamadas, 3.900 diarias, y que ha recibido una valoración sobresaliente por parte los usuarios y usuarias.El consejero ha indicado que se ha contado con una inversión de 14 millones de euros, cofinanciados en un 85 por ciento por los Fondos FEDER, dentro del Programa Operativo 2021-2027. Una obra que se ha estimado concluya a finales de 2026, coincidiendo en el tiempo, aproximadamente, con el inicio de la construcción de la nueva Escuela de Protección Ciudadana, para dotar a este centro de instalaciones modernas que permitan “mejorar la calidad de la formación dirigida a los grupos de intervención del Sistema Regional de Protección Civil”; con una inversión de algo más de 15 millones de euros, cofinanciado también a cargo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en un mismo porcentaje. Una importante infraestructura en materia de seguridadEn este sentido, el consejero de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, ha puesto en valor cómo Castilla-La Mancha se ha dotado de una importante infraestructura en materia de seguridad, capaz de actuar de manera coordinada con todas las administraciones. Un avance, que como ha dicho, ha sido posible gracias al “esfuerzo presupuestario” que se ha hecho estos años para aumentar los medios materiales y humanos destinados al área de protección ciudadana, y en el que desde que gobierna Emiliano García-Page se ha invertido algo más de 140 millones. Y que más concretamente, se ha incrementado en 2026 un 74,5 por ciento con respecto al año anterior, hasta los 26,5 millones. Este respaldo ha permitido mejorar la capacidad operativa del 1-1-2; impulsar una transformación digital mediante la implantación de una nueva plataforma tecnológica que mejora la interconexión con el resto de los servicios. Se trata, en definitiva, de invertir en “prevención, en la seguridad de la ciudadanía”, porque como ha dicho, “invertir en seguridad, es invertir en calidad de vida y bienestar para toda la ciudadanía de Castilla-La Mancha”. En el recorrido junto al presidente ha estado el viceconsejero de Administración Local y Coordinación Administrativa, Eusebio Robles; la secretaria general de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, Macarena Saiz; el delegado de la Junta en Toledo, Álvaro Gutiérrez; el director general de Protección Ciudadana y el de Política Financiera, Tesorería y Coordinación del FEDER, Emilio Puig y Francisco Hernández, y representantes del Ministerio de Hacienda, de la Comisión Europea y de la gestión del FEDER.
Cronología de emergencias En esta sección puede consultar un resumen histórico de las emergencias extraordinarias gestionadas por el Servicio de Atención y Coordinación de Urgencias y Emergencias 1-1-2 de Castilla-La Mancha en los últimos años.A través de estas actuaciones se puede comprobar la importancia que el Centro Coordinador 1-1-2 tiene a la hora de gestionar una serie de incidentes que, por su complejidad, requiere de la actuación de varios grupos de actuación y numerosos efectivos. Emergencias extraordinarias de 202605 de mayo. METEOCAM. En previsión de los avisos de nivel amarillo y naranja por fuertes lluvias y tormentas elaborados por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) para el día de hoy, a las 11:00 horas se activa el Plan Específico ante el Riesgo por Fenómenos Meteorológicos Adversos (METEOCAM), en nivel de alerta -fase operativa 0-, en toda la región. La desactivación del Plan se llevó a cabo a las 22:00 horas del mismo día, contabilizándose un total de 11 incidencias, por obstáculos en la calzada y la vía pública. 29 de abril. METEOCAM. Tras los avisos de nivel naranja y amarillo por lluvias y tormentas emitidos por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET), a las 11:00 horas, se activa el Plan Específico ante el Riesgo de Fenómenos Meteorológicos Adversos (METEOCAM) -en nivel de alerta Fase Operativa 0- en toda la región. A las 10:00 horas del día 30 se desactiva el METEOCAM en las provincias de Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara y Toledo, permaneciendo activo en la provincia de Albacete. El 1 de mayo, a las 13:00 horas, la Dirección del Plan ordena la activación del METEOCAM en Guadalajara y Albacete. Y el día 2, a las 13:00 horas, ante las desfavorables previsiones meteorológicas, la Dirección del Plan activa el METEOCAM en Cuenca, sumándose a las provincias de Albacete y Guadalajara. El Plan fue desactivado el día 3 de mayo, a las 21:00 horas, habiéndose registrado 33 incidentes. 5 de febrero. PRICAM.El jueves, 5 de febrero, se activa a las 12:00 horas el PRICAM en toda la región como consecuencia de las previsiones de desembalses y seguimientos de aforos en toda la región. El plan fue desactivado 13 días después, el 17 de febrero. Durante el mismo, se contabilizaron 423 incidentes, localizándose la mayor parte de ellos en las provincias de Toledo, con 191, y Ciudad Real, con 110. En el resto de la región, se han registrado un total de 57 incidencias en la provincia de Cuenca; 35 en la provincia de Albacete y 30 en la provincia de Guadalajara. Además, durante el mismo se lanzaron un total de 11 mensajes Es-Alert en diferentes puntos de Castilla-La Mancha. 27 de enero. METEOCAM.El martes, 27 de enero, se activa a las 22:00 horas el METEOCAM en toda la región. Esta activación viene motivada tras valorar los avisos de nivel naranja y amarillos por viento, y amarillos por acumulación de nieve y lluvias, que ha elaborado la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET). El Plan Específico se mantuvo activado hasta el sábado, 31 de enero, desactivándose a las 18:00 horas y registrando un total de 867 incidentes. 06 de enero. METEOCAM.Debido a un boletín de aviso rojo por riesgo bajas temperaturas emitido por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) para la comarca de Parameras de Molina, en Guadalajara, a las 21:00 horas se activa el Plan Específico ante el Riesgo de Fenómenos Meteorológicos Adversos (METEOCAM) para la provincia de Guadalajara. Dicho plan se desactivó el día siguiente, a las 09:00 horas, habiéndose registrado una incidencia. 04 de enero. METEOCAM. Tras los avisos de nivel amarillo, por nevadas, emitidos por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) para diversas comarcas de la región, a las 08:00 horas se activa el Plan Específico ante el Riesgo de Fenómenos Meteorológicos Adversos (METEOCAM) para la provincia de Albacete. El Plan fue desactivado el día 6 a las 9:00 horas, habiéndose registrado 48 incidentes.Emergencias extraordinarias de 202514 de diciembre. METEOCAM. Tras los avisos de nivel naranja y nivel amarillo, por fuertes lluvias, emitidos por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) para las comarcas albaceteñas de Alcaraz y Segura y Hellín y Almansa, a las 08:00 horas se activa el Plan Específico ante el Riesgo de Fenómenos Meteorológicos Adversos (METEOCAM) para la provincia de Albacete. El Plan fue desactivado el día 15 a las 8:00 horas, 24 horas después de su activación, sin que se registrase ningún incidente. 15 de noviembre. METEOCAM. Debido a un boletín de aviso naranja por riesgo importante de lluvias emitido por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) para la comarca toledana de la Sierra de San Vicente, a las 09:00 horas se activa el Plan Específico ante el Riesgo de Fenómenos Meteorológicos Adversos (METEOCAM) para la provincia de Toledo. Dicho plan se desactivó ese mismo día, a las 23:59 horas, habiéndose registrado un total de cuatro incidencias, no relacionadas con las lluvias, sino con el viento. 13 de octubre. METEOCAM.Tras los avisos por fenómenos observados por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET), de nivel naranja por fuertes lluvias en Albacete, se activa a las 17:30 horas el Plan Específico ante el Riesgo por Fenómenos Meteorológicos Adversos (METEOCAM) en Fase de Alerta -Situación Operativa 0-. Este Plan fue desactivado a las 07:15 horas del día 14, habiéndose registrado una única incidencia. 08 de octubre. METEOCAM.Con motivo de los avisos de nivel naranja elaborados por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) por fuertes lluvias para zonas de las provincias de Albacete y Cuenca, a las 16:00 horas se procede a la activación, en Fase de Alerta -Situación Operativa 0-, del Plan Específico ante el Riesgo por Fenómenos Meteorológicos Adversos (METEOCAM) en ambas provincias, ampliándose al día siguiente a la provincia de Albacete. Dicho Plan fue desactivado a las 13:00 horas del día 10 de octubre con un total de cinco incidencias registradas durante su tiempo de aplicación. 28 de septiembre. METEOCAM. El Gobierno de Castilla-La Mancha, a través de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, ha activado a las 17:00 horas el Plan Específico ante el Riesgo por Fenómenos Meteorológicos Adversos (METEOCAM) en las provincias de Albacete y Cuenca. El motivo ha sido la emisión, por parte de la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) de un aviso de nivel naranja por lluvias en diferentes comarcas de ambas provincias. El Plan se desactivó el lunes, 29 de septiembre, a las 8:00 horas registrándose un total de 12 incidentes. 13 de agosto. METEOCAM. El Gobierno de Castilla-La Mancha, a través de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, ha activado a las 17:00 horas el Plan Específico ante el Riesgo por Fenómenos Meteorológicos Adversos (METEOCAM) en la provincia de Albacete. El motivo ha sido la emisión, por parte de la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) de un aviso de nivel naranja por lluvias y tormentas observadas en las comarcas de La Mancha y Alcaraz y Segura, ambas en la provincia de Albacete. El Plan se desactivó a las 21:00 horas sin que se registrase ningún incidente. 1 de agosto. METEOCAM. El Gobierno de Castilla-La Mancha, a través de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, ha activado a las 15:10 horas el Plan Específico ante el Riesgo por Fenómenos Meteorológicos Adversos (METEOCAM) para toda la región. El motivo ha sido la emisión, por parte de la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) de un aviso de nivel naranja por lluvias y tormentas, con acumulación de 30 mm en una hora, en las comarcas de Alcaraz y Segura, en la provincia de Albacete, así como por avisos de nivel amarillo en el resto de Castilla-La Mancha. El Plan se desactivó a las 22:00 horas y durante su tiempo de aplicación se han registrado un total de seis incidencias en toda Castilla-La Mancha. 24 de julio. METEOCAM. A las 11:00 horas del jueves 24 de julio, el Gobierno de Castilla-la Mancha activa el Plan Específico ante el Riesgo por Fenómenos Meteorológicos Adversos (METEOCAM) en Fase de Alerta -Situación Operativa 0-, para las provincias de Albacete y Cuenca. La motivación ha sido la emisión, por parte de la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET), de avisos de nivel amarillo y naranja por riesgo de fuertes precipitaciones y tormentas en amplias zonas de ambas provincias. El Plan fue desactivado a las 08:00 horas del día siguiente, habiéndose contabilizado un total de 22 incidentes: 17 en Albacete y 5 en Cuenca. La mayor parte de los incidentes se han producido por obstáculos en la calzada (árboles y ramas), inundaciones en la vía pública y acumulaciones de agua en espacios cerrados. 4 de julio. PLATECAM. Debido a un incendio en una fábrica de reciclaje de pilas y baterías de Azuqueca de Henares, a las 20:15 horas se decide activar el PLATECAM, en fase de alerta para la provincia de Guadalajara. La columna de humo generada es visible desde varios kilómetros a la redonda. Las poblaciones de Azuqueca de Henares, Alovera y Cabanillas del Campo han recibido un Es-Alert con la recomendación de confinarse en los domicilios, con puertas y ventanas cerradas y también con los aparatos de climatización apagados. Durante el tiempo de aplicación del PLATECAM y atendiendo a las variaciones de las condiciones meteorológicas, especialmente a los cambios en la dirección del viento, se envían un total de cinco mensajes Es-Alert a la población con consejos de prevención y autoprotección. A las 19:30 del día 11, bomberos en el lugar confirman que el incendio ha quedado controlado, por lo que la Dirección del Plan desactiva el PLATECAM, el sábado, día 12 de julio, a las 10:30 horas. 19 de junio. METEOCAM. A las 13:00 horas del jueves 19 de junio, el Gobierno de Castilla-la Mancha activa el Plan Específico ante el Riesgo por Fenómenos Meteorológicos Adversos (METEOCAM) en Fase de Alerta -Situación Operativa 0-, para provincia de Albacete. La motivación ha sido un aviso naranja, emitido por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) por riesgo de fuertes precipitaciones en las comarcas de Hellín y Almansa. El Plan fue desactivado esa misma noche, a las 22:00 horas, una vez finalizado el aviso que motivó la activación del METEOCAM. Durante las horas que estuvo activo se ha registrado un único incidente. 15 de junio. METEOCAM. El Gobierno de Castilla-La Mancha, a través de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, activa a las 13:00 horas del domingo 15, en Fase de Alerta -Situación Operativa 0-, el Plan Específico ante el Riesgo por Fenómenos Meteorológicos Adversos (METEOCAM) en la provincia de Albacete. Al día siguiente, el lunes, se activa la Fase de Alerta -Situación Operativa 0-, en las provincias de Ciudad Real, Guadalajara y Toledo, ampliando así la activación que ya estaba en vigor en Albacete y también Cuenca. El Plan fue desactivado a las 22:00 horas del miércoles, habiéndose registrado un total de 87 incidencias. La mayoría de ellas se han producido en la provincia de Albacete y, más concretamente, en La Roda. 14 de junio. METEOCAM. El 14 de junio, a las 13:00 horas, se activa el Plan Específico por Fenómenos Meteorológicos Adversos (METEOCAM), en fase de alerta, en las provincias de Albacete, Cuenca y Guadalajara, debido a los avisos de nivel amarillo y naranja publicados por AEMET por lluvias intensas y tormentas, en diversas comarcas de estas tres provincias. El Plan fue desactivado a las 00:00 del día 15, una vez finalizados los avisos meteorológicos. Durante estas 11 horas se contabilizaron un total de 2 incidentes. 9 de junio. METEOCAM. El 9 de junio, a las 13:00 horas, se activa el Plan Específico por Fenómenos Meteorológicos Adversos (METEOCAM), en fase de alerta, en toda la región, teniendo en cuenta los avisos de nivel amarillo publicados por AEMET, por lluvias intensas y tormentas, en todas las provincias excepto Ciudad Real. El Plan fue desactivado a las 00:00 horas,, una vez finalizados los avisos emitidos por AEMET, y habiéndose contabilizado en toda la región un total de 27 incidentes. 3 de junio. METEOCAM. El 3 de junio, a las 14:00 horas, se activa el Plan Específico por Fenómenos Meteorológicos Adversos (METEOCAM), en fase de alerta, en toda la región, debido a los avisos de nivel amarillo por lluvias y tormentas que podrían ir acompañadas de granizo. El Plan se desactivó a las 23:00 horas, una finalizados dichos avisos y habiéndose contabilizado un total de 30 incidencias en toda la región. 10 de mayo. METEOCAM. El día 10 de mayo a las 11:00 horas se activaba el Plan tras la recepción de avisos de nivel naranja por lluvias intensas, tormentas con probabilidad de granizo y rachas muy fuertes de viento en la Serranía de Cuenca y en la comarca albacetense de Hellín y Almansa; así como los avisos de nivel amarillo por precipitaciones en el resto de comarcas de las provincias de Cuenca y Albacete y en la provincia de Guadalajara. El METEOCAM fue desactivado esa misma noche, a las 22:00 horas, habiéndose contabilizado un total de 17 incidencias. 2 de mayo. METEOCAM. Los avisos de nivel naranja por tormentas con probabilidad de granizo y rachas muy fuertes de viento, elaborados por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET), en la provincia de Guadalajara, así como en la comarca de la Serranía de Cuenca y las comarcas albaceteñas de la Mancha y Hellín y Almansa; sumados a los avisos de nivel amarillo por precipitaciones de hasta 15 mm en una hora y tormentas con probabilidad de granizo en el resto de la región, motivaron la activación del Plan Específico ante el Riesgo por Fenómenos Meteorológicos Adversos (METEOCAM), en Fase de Alerta Situación Operativa 0, para toda la comunidad autónoma a las 9:25 horas. El METEOCAM fue desactivado esa misma noche, a las 21:15 horas, habiéndose contabilizado un total de 62 incidencias. 28 de abril. PLATECAM. Ante la situación extraordinaria provocada por el apagón generalizado que ha afectado a gran parte de la Península Ibérica, el Gobierno regional ha activado el Plan Territorial de Castilla-La Mancha (PLATECAM), en fase de emergencia nivel 1, para toda la comunidad autónoma. Ese mism día y ante la incertidumbre respecto a la posible duración de crisis energética, se eleva el Plan su Nivel 2 de emergencia. Entre las medidas tomadas en el marco de aplicación del PLATECAM destacan la suspensión de las actividades lectivas y también de aquellas citas médicas y demás actividades sanitarias programadas previamente para el día siguiente. Por la noche, el Ejecutivo autonómico solicita al Gobierno de España la declaración de Nivel 3 de emergencia nacional por el episodio del apagón eléctrico tras recibir un correo durante la tarde del Centro Nacional de Emergencias (CENEM) remitido a todas las comunidades autónomas. Finalmente, la activación del Nivel 3 de emergencia se hizo efectiva a las 23:23 horas del lunes 28 de abril. Ya el día siguiente, martes 29 de abril, el Gobierno regional solicita al Ministerio desactivar la emergencia nacional y bajar al Nivel 2 tras la evolución favorable de la situación. El Plan fue desactivado el miércoles 30 de abril, tras la evolución favorable de la situación y la ausencia de incidentes generados por el apagón general, 8 de marzo de 2025. PRICAM. Las lluvias intensas, acompañadas de tormentas en algunas provincias, podrían llegar a producir aumentos de caudal que provoquen crecidas de barrancos, ríos y arroyos. Se ha procedido al desembalse de varias presas, por lo que se ha informado a las poblaciones que podrían verse afectadas por la crecida de los cauces mediante el sistema de avisos Es-Alert. Varias carreteras de la provincia de Guadalajara se han visto afectadas por acumulaciones de agua y obstáculos en la calzada. Además, una pequeña pedanía de Sigüenza ha quedado aislada por la anegación del camino de acceso al pueblo. Se intensifica la vigilancia del caudal del río Alberche, en la provincia de Toledo, ya que ha aumentado considerablemente debido al agua desembalsada por las presas de San Juan y Picadas, ambas en la Comunidad de Madrid. Algunos colegios de Talavera de la Reina cerraron como medida de precaución. El Plan se desactivó 30 días después, el 7 de abril, habiéndose registrado un total de 265 incidentes, la mayoría de ellos en las provincias de Guadalajara y Toledo. 03 de febrero de 2025. PETCAM. El vuelco de un camión cisterna que transportaba propano ha motivado la activación, a las 13:09 horas, del Plan Especial de Emergencias de Transporte de Mercancías Peligrosas de Castilla-La Mancha (PETCAM) en fase de alerta, situación operativa 0, en la provincia de Ciudad Real. El vehículo ha tenido un accidente en el kilómetro 42 de la carretera CM-4202, perteneciente al término municipal de Alamillo (Ciudad Real). Tras el vuelco, el camión ha sufrido una fuga de la carga. El PETCAM fue desactivado a las 23:50 horas del día siguiente, una vez realizado el trasvase de la carga del camión accidentado y su retirada, habiéndose producido la reapertura total de la CM-4202. Además, el conductor del vehículo pesado, un hombre de 51 años, fue trasladado al Hospital Santa Bárbara de Puertollano. 26 de enero de 2025. METEOCAM. Las previsiones de la Agencia Estatal de Meteorología sobre el paso de la borrasca Herminia por Castilla-La Mancha motivan la activación del Plan Específico ante el Riesgo por Fenómenos Meteorológicos Adversos (METEOCAM) , en Fase de Alerta Sitiuación Operativa 0, para toda la comunidad autónoma. El Plan fue desactivado el día 29 de enero, habiéndose contabilizado un total de 310 incidentes, la mayoría registrados en la provincia de Albacete, debidos especialmente a daños causados por las fuertes rachas de viento.Emergencias extraordinarias de 202425 de enero de 2024. PRATMV. La densa niebla que cubría la autovía A-4 entre los kilómetros 211 y 214, a su paso por la localidad de Santa Cruz de Mudela (Ciudad Real), provocó un accidente múltiple en el que resultaron implicados un total de 23 vehículos: 12 camiones, 2 furgonetas y 9 turismos. El alto número de medios de emergencia desplazados al lugar del suceso aconsejó la activación del Plan de Respuesta ante Accidentes de Tráfico con Múltiples Víctimas (PRATMV) a las 11:00 horas,en la provincia de Ciudad Real. Finalmente, fueron 18 las personas afectadas por este múltiple accidente, de las cuales tres de ellas fallecieron. El Plan fue desactivado a las 17:20 horas, cuando todas las víctimas habían sido trasladadas y la carretera había quedado limpia y el tráfico restablecido.24 de marzo de 2024. PRICAM. El posible desborde del río Bañuelo, situado en la localidad de Fernán Caballero (Ciudad Real), y el corte de varias carreteras en esta misma provincia, debido a las intensas lluvias caídas durante esos días, y ante la previsión de la Agencia Estatal de Meteorología de continuar con las tormentas, se decidió la activación del Plan Especial de Protección Civil ante el Riesgo de Inundaciones en Castilla-La Mancha (PRICAM), en fase de alerta. El Plan fue desactivado el día 2 de abril, a las 9:00 horas, tras la evolución favorable de las predicciones meteorológicas y la resolución de la mayor parte de las incidencias producidas por la lluvia. No hubo que lamentar daños personales.3 de junio de 2024. METEOCAM. A las 12:00 horas se activó el Plan Específico ante el Riesgo por Fenómenos Meteorológicos Adversos (METEOCAM), en fase de alerta, para toda la comunidad autónoma debido a la previsión de fuertes tormentas y presencia de granizo, realizadas por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) en la mayor parte de la región, con avisos de nivel amarillo y naranja. Dicho Plan fue desactivado a las 08:00 horas del día 4 de junio, tras la finalización en la región de los avisos de la AEMET, así como la ausencia de un número significativo de incidentes. En total se registraron 35 incidencias.8 de junio de 2024. METEOCAM. A las 13:00 horas se activó el Plan Específico ante el Riesgo por Fenómenos Meteorológicos Adversos (METEOCAM), en fase de alerta, para toda la comunidad autónoma debido a la previsión de fuertes lluvias y tormentas, realizadas por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) en la mayor parte de la región, con avisos de nivel amarillo y naranja. Dicho Plan fue desactivado a las 00:00 horas del día 9 de junio, tras la finalización en la región de los avisos de la AEMET, así como la ausencia de un número significativo de incidentes. En total se registraron 20 incidencias.10 de junio de 2024. METEOCAM. A las 13:00 horas se activó el Plan Específico ante el Riesgo por Fenómenos Meteorológicos Adversos (METEOCAM), en fase de alerta, en la provincia de Albacete debido a la previsión de fuertes lluvias y tormentas, realizadas por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) en las comarcas de Hellín y Almansa, con avisos de nivel naranja. Dicho Plan fue desactivado a las 00:00 horas del día 11 de junio, tras la finalización en la región de los avisos de la AEMET, así como la ausencia de un número significativo de incidentes. En total se registraron 7 incidencias.28 de junio de 2024. METEOCAM. A las 11:00 horas se activó el Plan Específico ante el Riesgo por Fenómenos Meteorológicos Adversos (METEOCAM), en fase de alerta, en toda Castilla-La Mancha debido a la previsión de fuertes lluvias y tormentas, realizadas por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) en gran parte de la región, con avisos de nivel amarillo y naranja. Dicho Plan fue desactivado a las 08:00 horas del día 29 de junio, tras la finalización en la región de los avisos de la AEMET, así como la ausencia de un número significativo de incidentes. En total se registraron 51 incidencias.25 de agosto de 2024. METEOCAM. Ante las previsiones desfavorables realizadas por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) por fuertes lluvias y tormentas, la Dirección General de Protección Ciudadana procedió a la activación del Plan ante el Riesgo por Fenómenos Meteorológicos Adversos (METEOCAM), en fase de alerta, para las provincias de Albacete, Cuenca y Guadalajara a las 13:00 horas. El Plan fue desactivado el mismo día a las 22:00 horas, habiéndose contabilizado 9 incidentes menores (7 en Cuenca y 2 en Guadalajara) por achiques de agua. No hubo heridos.30 de agosto de 2024. METEOCAM. Con motivo de las previsiones desfavorables realizadas por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) por fuertes lluvias y tormentas para la comarca guadalajareña de Parameras de Molina, la Dirección General de Protección Ciudadana procedió a la activación del Plan ante el Riesgo por Fenómenos Meteorológicos Adversos (METEOCAM), en fase de alerta, en la provincia de Guadalajara, a las 17:45 horas. Pasadas unas horas y ante la evolución desfavorable del episodio, la dirección del METEOCAM decretó la activación de este Plan en fase de Emergencia a las 23:30 horas. tras la valoración del aviso de nivel naranja por tormentas observadas, que emitió esa misma noche la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET), para la comarca de la Alcarria de Guadalajara. El Plan fue desactivado a las 13:00 horas del domingo, habiéndose contabilizado en toda la provincia alcarreña un total de 197 incidentes, causados principalmente por inundaciones en espacios cerrados y abiertos, por la presencia de obstáculos en la calzada y por la falta de suministro eléctrico en domicilios. No hubo personas heridas.28 de octubre de 2024. METEOCAM. Debido a la previsón del aviso naranja por lluvias intensas que ha elaborado la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) para la comarca albaceteña de Alcaraz y Segura, el día 28 de octubre, a las 23:00 horas, se procede a la activación del Plan Específo de Protección Civil ante el Riesgo por Fenómenos Meteorológicos Adversos (METEOCAM), en Fase de Alerta, en la provincia de Albacete. Atendiendo a los nuevos avisos de nivel naranja en la Serranía de Cuenca, así como a avisos amarillos en el resto de la región, se amplía de la zona de aplicación del Plan a toda Castilla-La Mancha. A las 15:00 horas del día 29 de octubre, se eleva el METEOCAM a Fase de Emergencia Situación Operativa 1 en la provincia de Albacete. Dicha escalada de nivel viene motivada por la evolución desfavorable de los episodios de lluvias y tormentas que han afectado de manera intensa a la localidad albaceteña de Letur. En la madrugada del día 30 de octubre, concretamente a las 4:40 horas, el METEOCAM para a Fase de Emergencia Situación Operativa 2 en la provincia de Cuenca, debido a los episodios de lluvias y tormentas que han afectado de manera intensa a la localidad conquense de Mira, con el fin de poner a disposición de los recursos intervinientes todos los medios adscritos Plan, así como para solicitar recursos extraordinarios. A lo largo de la tarde del mismo día 30 de octubre, se procede a la desescalada del nivel de activación del METEOCAM a Fase de Emergencia Situación Operativa 1, la cual vino motivada por las favorables condiciones meteorológicas, la disminución del número de incidentes provocados por las fuertes lluvias y la finalización de las labores de rescate de personas en situación de riesgo vital. El día 12 de noviembre, tras 15 días de aplicación, se desactiva el METEOCAM tras la finalización del dispositivo de búsqueda de las personas desaparecidas en Letur y su posterior identificación, la ausencia de nuevos incidentes y el progreso en la resolución de las incidencias más graves provocadas por la conocida “gota fría”, y que afectaron especialmente a las localidades de Letur (Albacete) y Mira (Cuenca). Durante los 15 días en los que ha estado en vigor, la Sala de Coordinación del 1-1-2 ha registrado un total de 346 incidentes causados por las intensas precipitaciones, que han afectado a 149 municipios. La provincia que ha registrado un mayor número de incidentes ha sido Guadalajara, donde se han contabilizado un total de 88 incidentes, seguida por la provincia de Cuenca, con 86. Después se sitúa Ciudad Real, que ha registrado 77 incidentes. Ya con más diferencia, la provincia de Toledo, con 54 incidencias. La provincia que ha registrado un menor número de incidencias es Albacete, con un total de 41. Las lluvias torrenciales causaron la muerte de siete personas: tres hombres y tres mujeres en el municipio albaceteño de Letur, y una vecina de la localidad conquense de Mira.Emergencias extraordinarias de 20232 de noviembre de 2023. METEOCAM. A las 00:00 horas se activó el Plan Específico ante el Riesgo por Fenómenos Meteorológicos Adversos (METEOCAM), en fase de alerta, para toda la comunidad autónoma debido a la previsión de fuertes rachas de viento, realizadas por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) en la mayor parte de la región, con avisos de nivel amarillo y naranja. Dicho Plan fue desactivado a las 09:00 horas del día 5 de noviembre, tras la finalización en la región de los avisos de la AEMET, así como la ausencia de un número significativo de incidentes. En total se registraron 716 incidencias.19 de octubre de 2023. METEOCAM. A las 23:59 horas se activó el Plan Específico ante el Riesgo por Fenómenos Meteorológicos Adversos (METEOCAM), en fase de alerta, para toda la comunidad autónoma debido a las previsiones de abundantes lluvias y fuertes vientos, realizadas por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) en la mayor parte de la región, con avisos de nivel amarillo y naranja. Dicho Plan fue desactivado a las 20:00 horas del día 20 de octubre, tras la finalización en la región de los avisos de la AEMET, así como la ausencia de un número significativo de incidentes. En total se registraron 678 incidencias.2 de septiembre de 2023. METEOCAM. Debido a los fenómenos observados por la Agencia Estatal de Metereología (AEMET), a las 10:00 horas se activa el Plan Específico ante el Riesgo por Fenómenos Meteorológicos Adversos (METEOCAM), en fase de alerta, en toda la región. A consecuencia de las precipitaciones acaecidas en la región y las previsiones desfavorables de AEMET, a las 23:45 de ese mismo día, la Dirección del Plan actualiza el nivel de activación. En consecuencia, declara el METEOCAM en Fase de Emergencia Nivel 1, para toda Castilla-La Mancha. El Plan se desactivó 20 días después, a las 14:00 horas del día 22 de septiembre, una vez ya normalizada la situación y resueltos los principales problemas e incidentes provocados por las intensas lluvias que azotaron gran parte de la comunidad autónoma, en varios episodios consecutivos. Se registraron un total de 2.993 incidencias.29 de junio de 2023. PETCAM. Como consecuencia del vuelco y posterior incendio de un camión cisterna que transportaba gasoil, el cual circulaba por la autovía A-3, en sentido Madrid, en un tramo perteneciente al término municipal de Graja de Iniesta, en Cuenca, a las 15:00 horas se proceció a la activación del Plan de Emergencias de Transporte de Mercancías Peligrosas de Castilla-La Mancha (PETCAM), en fase de alerta, en la provincia de Cuenca. El PETCAM fue desactivado a las 16:15 horas, una vez controlada la situación que motivó su activación, manteniendo habilitado uno de los dos carriles de la autovía para circulación del tráfico rodado sin entorpecer el trabajo de los equipos de emergencia desplazados al lugar del accidente, y una vez realizado el traslado de la conductora del camión, una mujer de 53 años, a un centro sanitario.21 de junio de 2023. METEOCAM. Ante las previsiones de fuertes lluvias y tormentas realizadas por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) en la mayor parte de la región, con avisos de nivel amarillo y naranja, a las 9:00 horas se activó el Plan ante el Riesgo por Fenómenos Meteorológicos Adversos (METEOCAM), en fase de alerta, en toda Castilla-La Mancha. El METEOCAM se desactivó a las 8:00 horas del día 22, tras desaparecer los episodios de lluvias y tormentas intensas que dejaron un total de 87 incidentes en toda la región.5 de junio de 2023. METEOCAM. Debido a las previsiones de fuertes lluvias y tormentas realizadas por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) en la mayor parte de la región, con avisos de nivel amarillo y naranja, a las 10:00 horas se activó el Plan ante el Riesgo por Fenómenos Meteorológicos Adversos (METEOCAM), en fase de alerta, en toda Castilla-La Mancha. Dicho plan fue desactivado a las 00:00 del día 6 de junio, habiéndose contabilizado un total de 65 incidencias.11 de abril de 2023. PETCAM. La sobrepresión de un tanque de gas natural, en la localidad conquense de Cañete, tras la recarga del mismo por parte de un camión cisterna provocó el desalojo de personas en un radio de 200 metros. El Plan de Emergencias de Transporte de Mercancías Peligrosas se activó a las 15:15 horas, en fase de alerta, en la provincia de Cuenca. El PETCAM se desactivó a las 18:50 de ese mismo día, una vez que el personal técnico de Gas Natural y los bomberos del parque de Motilla del Palancar consiguieron controlar y estabilizar el nivel de presión en el depósito., tras lo cual los vecinos desalojados pudieron regresar a sus viviendas.21 de febrero de 2023. PLATECAM. Una rotura accidental de la tubería general del gaseoducto Guadalajara-Madrid en el polígono industrial de Cabanillas del Campo, en Guadalajara, motivó la activación del Plan Territorial de Emergencia de Castilla-La Mancha (PLATECAM) a las 12:00 horas, en fase de alerta, en la provincia de Guadalajara. El Plan fue desactivado a las 14:30 horas de ese mismo día, tras la resolución de la incidencia que provocó el confinamiento de los trabajadores de empresas cercanas al lugar en el que se produjo la fuga, así como la restricción del tráfico rodado en las inmediaciones y la suspensión de trenes de cercanías de una línea próxima. No hubo personas heridas.16 de enero de 2023. METEOCAM. Ante las previsiones desfavorables realizadas por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) por una tormenta invernal de nieve y viento, la Dirección General de Protección Ciudadana procedió a la activación del Plan ante el Riesgo por Fenómenos Meteorológicos Adversos (METEOCAM), en fase de alerta, en toda Castilla-La Mancha a las 23:00 horas. El Plan fue desactivado el dia 18 de enero a las 19:00 horas, habiéndose contabilizado un total de 189 incidentes por viento y nieve (54 en Toledo, 46 en Albacete, 42 en Cuenca, 28 en Ciudad Real y 19 en Guadalajara). No hubo personas heridas.Emergencias extraordinarias de 202226 de agosto de 2022. METEOCAM. Ante las previsiones desfavorables realizadas por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) por fuertes lluvias y tormentas, la Dirección General de Protección Ciudadana procedió a la activación del Plan ante el Riesgo por Fenómenos Meteorológicos Adversos (METEOCAM), en fase de alerta, para las provincias de Cuenca y Guadalajara a las 16:00 horas. El Plan fue desactivado al día siguiente a las 8:00 horas, habiéndose contabilizado 20 incidentes menores (14 en Albacete y 6 en Cuenca) por achiques de agua. No hubo heridos.09 de agosto de 2022. Plan de Emergencia Exterior de Manchasol II. El incendio producido en un colector general de la planta termosolar Manchasol II, situada en la localidad ciudarrealeña de Alcázar de San Juan, a consecuencia de la cual se incendió el aceite térmico que alberga, fue la causa de la activación del Plan de Emergencia Exterior de esta factoría, en fase de emergencia. El Plan estuvo activo entre las 11:58 y las 13:10 horas del mismo día, durante el tiempo en que se desarrollaron las labores de extinción. No hubo que lamentar heridos.14 de junio de 2022. METEOCAM. Las previsiones de la Agencia Estatal de Meteorología por altas temperaturas en el Valle del Tajo de la provincia de Toledo, que podían superar los 44 grados, aconsjeron la activación del Plan ante el Riesgo por Fenómenos Meteorológicos Adversos, en fase de alerta, en esta zona. El Plan estuvo activo hasta las 21 horas del mismo día, cuando se redujeron los avisos de nivel rojo de AEMET.2 de mayo de 2022. METEOCAM. Las previsiones de la Agencia Estatal de Meteorología sobre fuertes tormentas en varias zonas de la región aconsejan la activación del Plan ante el Riesgo por Fenómenos Meteorológicos Adversos, en fase de alerta, en toda la comunidad autónoma. El Plan fue desactivado el día 4 del mismo mes, siendo contabilizados un total de 10 incidentes.Emergencias extraordinarias de 202122 de noviembre de 2021. METEOCAM. A las11:00 horas, tras valorar los avisos emitidos por la Agencia Estatal de Meteorología con niveles amarillo y naranja por posibles nevadas, se decide la activación del Plan Específico ante el Riesgo por Fenómenos Meteorológicos Adversos (METEOCAM) para las provincias de Cuenca y de Guadalajara. Durante los casi dos días que estuvo activo el Plan, se contabilizaron un total de 38 incidentes, la mayor parte de ellos referidos a accidentes de tráfico sin heridos, dificultad de circulación por determinadas carreteras y asistencias técnicas por motivo de hielo o nieve. La provincia más afectada fue Guadalajara, donde se contabilizaron 22 incidentes, mientras que en Cuenca se produjeron 16. El METEOCAM se desactivó el día 24, a las 9:00 horas.30 de octubre de 2021. METEOCAM. A las 18:00horas, tras valorar los avisos emitidos por la Agencia Estatal de Meteorología con previsión de fuertes lluvias, se activó el Plan Específico ante el Riesgo por Fenómenos Meteorológicos Adversos (METEOCAM) en fase de alerta en toda la región. El Plan fue desactivado el día 1 de noviembre, habiendo contabilizado un total de 153 incidentes, muchos de ellos debido a achiques de agua sin importancia o a caída de ramas o árboles.31 de agosto de 2021. METEOCAM. A las 20:00horas, tras valorar los avisos emitidos por la Agencia Estatal de Meteorología con previsión de fuertes lluvias y tormentas localmente intensas, se activó el Plan Específico ante el Riesgo por Fenómenos Meteorológicos Adversos (METEOCAM) en fase de alerta en toda la región. El Plan fue activado en nivel de emergencia 1 al día siguiente, debido a las fuertes lluvias y tormentas que afectaron especialmente a la provincia de Toledo y, más concretamente, a la capital regional y los pueblos de alrededor. El Plan fue desactivado el día 7 de septiembre, habiéndose contabilizado un total de 850 indicentes debido a las lluvias torrenciales que asolaron principalmente las provincias de Toledo y Cuenca y, en menor medida, Albacete, Ciudad Real y Guadalajara.14 de agosto de 2021. METEOCAM. A las 10:00horas, tras valorar los avisos emitidos por la Agencia Estatal de Meteorología con niveles naranja y rojo por altas temperaturas, especialmente en las provincias de Toledo, Cuenca y Albacete, se activó el Plan Específico ante el Riesgo por Fenómenos Meteorológicos Adversos (METEOCAM) en toda la región. El Plan fue desactivado el día 16, sin que se hubiesen registrado incidentes de importancia.28 de julio de 2021. PETCAM. A las17:00 horas, y a consecuencia del accidente sufrido por un camión cisterna que transportaba 6.000 litros de gasoil en el término municipal de Mazarete (Guadalajara), se activó en Plan de Emergencia de Transporte de Mercancias Peligrosas (PETCAM) en la provincia alcarreña, en fase de alerta. El camión comenzó a arder afectando a la zona forestal colindante. Tras ser sofocadas las llamas, sobre las 18:30 horas de ese mismo día, el Plan fue desactivado.5 de junio de 2021. METEOCAM. A las 9:36 horas, tras valorar los avisos emitidos por la Agencia Estatal de Meteorología con niveles amarillo y naranja por fuertes lluvias y tormentas, se decide la activación del Plan Específico ante el Riesgo por Fenómenos Meteorológicos Adversos (METEOCAM) para toda la región. Durante las escasas 24 horas en las que estuvo activo el Plan se contabilizaron un total de 178 incidentes, la mayor parte de ellos el día 5 en la provincia de Ciudad Real y, casi todos, por achiques y balsas de agua. El METEOCAM se desactivó el día 6, a las 8:00 horas, tras haber cesado las tormentas.6 de enero de 2021. METEOCAM. Las previsiones de la Agencia Estatal de Meteorología sobre fuertes nevadas y bajas temperaturas se materializan en la tormenta 'Filomena' que durante varios días asola toda Castilla-La Mancha, con intensas nevadas que llegan a cortar carreteras y a colapsar ciudades y pueblos; así como con temperaturas nocturnas que llegan a alcanzar los 16º Centígrados bajo cero. Ante estas previsiones, el día 6 de enero a las 18 horas se activó el Plan Específico ante el Riesgo por Fenómenos Meteorológicos Adversos (METEOCAM) en fase de emergencia nivel 2, que estuvo en vigor hasta las 15 horas del día 22. Durante estos 17 días se registraron en toda la comunidad autónoma un total de 3.803 incientes causados por la nieve y el hielo, siendo la provincia más afectada Toledo, con 2.268 incidencias. La segunda fue Guadalajara con 754; seguida de Cuenca con 421; Albacete con 227 y, por último, Ciudad Real con 113 incidentes. Emergencias extraordinarias de 202002 de octubre de 2020. METEOCAM. Las previsiones de fuertes vientos y lluvias emitidas por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET), aconsejaron la activación del Plan Específico ante el Riesgo por Fenómenos Meteorológicos Adversos (METEOCAM) para toda la comunidad autónoma, por parte de la Dirección General de Protección Ciudadana. Así, durante este día 2 se contabilizaron un total de 173 incidentes. La mayor parte de ellos fueron producidos por caídas de árboles y ramas en la vía pública y desprendimiento de elementos de fachadas, ocasionados por el viento, sin que se registrasen cortes de calles ni de carreteras. No hubo que lamentar desgracias personales. La provincia más afectada fue Toledo, donde se contabilizaron 75 incidentes; seguida de Albacete con 38, Ciudad Real con 31, Cuenca 19 y Guadalajara con 10. Finalmente, el METEOCAM fue desactivado el mismo día 2, una vez que cesaron los episodios de vientos y lluvia.10 de agosto de 2020. PEEP. La caída de un rayo en el complejo petroquímico de Puertollano ocasionó la explosión de dos cisternas que albergaban fuel-oil y su posterior incendio, generando una gran columna de humo. El incidente fue abordado por 50 bomberos del propio complejo apoyados, posteriormente, por 5 dotaciones del Consorcio provincial de bomberos. Esta situación provocó que la Dirección General de Protección Ciudadana activase el Plan de Emergencia Exterior de Puertollano (PEEP), en nivel 1, con el fin de alertar a la población sobre las medidas a tomar en caso necesario. Aunque se recomendó el cierre de ventanas y el confinamiento de aquellas personas con problemas respiratorios, en las localidades de Puertollano y Argamasilla de Calatrava, no existió peligro para la población. Finalmente, sobre las 18:40 el PEEP fue desactivado, al extinguirse el incendio de los dos tanques de fuel-oil, dando por concluida la emergencia. No hubo que lamentar ningún herido en el incidente.18 de enero de 2020. METEOCAM. Tras las previsiones de posibles nevadas y bajada acentuada de las temperaturas emitidas por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET), aconsejaron a la Dirección General de Protección Ciudadana a activar el Plan Específico ante el Riesgo por Fenómenos Meteorológicos Adversos (METEOCAM) para toda la comunidad autónoma. Durante los cinco días que duró la emergencia se contabilizaron un total de 396 incidentes, la mayor parte de ellos relacionados con la nieve, el hielo y problemas de desprendimientos de mobiliario urbano y elementos arquitectónicos debido al viento. La provincia más afectada fue Guadalajara, donde se contabilizaron 142 incidentes; seguida de Albacete con 97 y Toledo con 71. Finalmente, el METEOCAM fue desactivado el día 23, una vez que cesaron los episodios relacionados con la adversidad meteorológica.Emergencias extraordinarias de 201919 de diciembre de 2019. METEOCAM. Tras las previsiones de fuertes vientos y lluvias intensas emitidas por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET), aconsejaron a la Dirección General de Protección Ciudadana a activar el Plan Específico ante el Riesgo por Fenómenos Meteorológicos Adversos (METEOCAM) para toda la comunidad autónoma. Durante los tres días que duró la emergencia se contabilizaron un total de 693 incidentes, la mayor parte de ellos relacionados con caídas de árboles, ramas, tendidos eléctricos y elementos de fachadas, ocasionados por el viento; así como por balsas de agua y achiques en calzadas y viviendas. La provincia más afectada fue Toledo, donde se contabilizaron 385 incidentes; seguida de Guadalajara con 119 y Cuenca con 84. Finalmente, el METEOCAM fue desactivado el día 23, una vez que cesaron los episodios de vientos y lluvia.11 de septiembre de 2019. METEOCAM. Ante las previsiones de la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) de que el fenómeno de 'gota fría' alcanzase la provinica de Albacete, la Dirección General de Protección Ciudadana activó el Plan Específico ante el Riesgo por Fenómenos Meteorológicos Adversos, en fase de alerta, en la provincia de Albacete. Tras el temporal de lluvia del día 12, con dos personas fallecidas y varias carreteras y autovías cortadas, se incrementó la respuesta del METEOCAM activándole en emergencia nivel 1 en la provincia de Albacete. La extensión de las lluvias al resto de las provincias aconsejó, el día 13 la activación del METEOCAM en fase de emergencia nivel 1 en toda la región, siendo reducido el nivel el día 17, cuando pasó la mayor parte del temporal. Finalmente, el día 22 fue desactivado totalmente en la comunidad autónoma. Durante los 11 días de activación, se registraron un total de 701 incidentes. Las lluvias causaron graves inundaciones en toda la región, con importantes daños materiales.26 de agosto de 2019. METEOCAM. Ante las previsiones de fuertes lluvias y tormentas elaboradas por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET), la Dirección General de Protección Ciudadana procedió a la activación del Plan Específico ante el Riesgo por Fenómenos Meteorológicos Adversos, en fase de alerta, en toda la región. El Plan fue desactivado el día 28 de agosto a las 8 horas. Durante los dos días que estuvo activo el METEOCAM se registraron en el 1-1-2 un total de 298 incidentes, la mayor parte de los cuales, 209, tuvieron lugar en Toledo. En Guadalajara se contabilizaron 33; en Cuenca un total de 27 y en Ciudad Real 14.27 de junio de 2019. METEOCAM. Ante las previsiones de altas temperaturas dadas a conocer por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET), la Dirección General de Protección Ciudadana procedió a la activación del Plan Específico ante el Riesgo por Fenómenos Meteorológicos Adversos, en fase de alerta, en toda la región. Este Plan fue desactivado el día 2 de julio, una vez que se normalizaron las temperaturas y pasó la ola de calor. Durante estos días no se registró ningún incidente.Emergencias extraordinarias de 201817 de septiembre de 2018. METEOCAM. Ante las previsones de fuertes lluvias y tormentas dadas a conocer por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET), la Dirección General de Protección Ciudadana procedió a la activación del Plan Específico por Fenómenos Meteorológicos Adversos, en fase de alerta, en toda la región. El Plan fue desactivado el día 20, una vez que mejoraron las condiciones meteorológicas. Durante los dos días y medio que estuvo activo el METEOCAM se registraron un total de 59 incidentes que supusieron, principalmente, el corte de varias carreteras en las provincias de Guadalajara, Albacete y Cuenca. Por provincias, el número de incidentes fueron: 23 en Guadalajara, 15 en Albacete, 10 en Ciudad Real, 8 en Cuenca y 3 en Toledo.9 de septiembre de 2018. METEOCAM. Ante las previsiones de lluvias copiosas y tormentas localmente fuertes elaboradas por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET), la Dirección General de Protección Ciudadana procedió a la activación del Plan Específico por Fenómenos Meteorológicos Adversos, en fase de alerta, en toda la región. Este Plan fue desactivado el día 12, una vez que mejoraron las condiciones meteorológicas. Durante los tres días que estuvo el METEOCAM en vigor se registraron un total de 105 incidentes relacionados con inundaciones de vías públicas, garajes y bajos de viviendas, sin que hubiese que lamentar desgracias personales. Por provincias Albacete fue la más perjudicada, con un total de 34 sucesos de este tipo; seguida de Guadalajara con 24; Ciudad Real con 22 incidentes, Cuenca con 21 y finalmente Toledo, en donde tan solo se contabilizaron 4 incidentes por inundaciones.1 de agosto de 2018. METEOCAM. Ante las previsiones de altas temperaturas dadas a conocer por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET), la Dirección General de Protección Ciudadana procedió a la activación del Plan Específico ante el Riesgo por Fenómenos Meteorológicos Adversos, en fase de alerta, en toda la región. Este Plan fue desactivado el día 6, una vez que se normalizaron las temperaturas y pasó la ola de calor. Durante estos días, el único incidente relevante relacionado con esta alerta meteorológica fue el ingreso en la Unidad de Cuidados Intensivos del Hospital General de Ciudad Real de un hombre de 56 años, que presentaba síntomas compatibles con un golpe de calor.2 de junio de 2018. PRICAM. A consecuencia de los desembalses realizados por la Confederación Hidrográfica del Segura en los embalses de la Fuensanta y El Cenajo, así como la previsión de fuertes lluvias en la serranía albaceteña, el Gobierno regional activó el Plan Especial ante el Riesgo de Inundaciones en Castilla-La Mancha, en fase de alerta, en la provincia de Albacete. El PRICAM fue desactivado el día 4, tras registrar el Servicio 1-1-2 un total de 21 incidentes relacionados con inundaciones y avenidas de agua, algunos de ellos de consideración. No hubo que lamentar desgracias personales.11 de abril de 2018. METEOCAM. Ante el inicio de fuertes tormentas de nieve en varios puntos de la comunidad autónoma el Gobierno regional activó el Plan Específico ante el Riesgo por Fenómenos Meteorológicos Adversos, en fase de alerta, en las provincias de Cuenca y Guadalajara. Estas tardías tormentas de nieve provocaron cortes de carreteras, así como suspensiones del suministro eléctrico en diversas localidades conquenses. El Plan fue desactivado el día 13, tras haber registrado el Servicio 1-1-2 un total de 83 incidentes por nieve, localizándose 47 en la provincia de Guadalajara y el resto en Cuenca.14 de marzo de 2018. METEOCAM. Ante los avisos de la Agencia Estatal de Meteorología sobre el riesgo de fuertes vientos (con velocidades de hasta 100 kilómetros por hora), el Gobierno regional activó el Plan ante el Riesgo por Fenómenos Meteorológicos Adversos, en fase de alerta, en toda Castilla-La Mancha. El Plan fue desactivado al día siguiente, tras registrar un total de 30 incidentes, siendo Toledo la provincia más afectada.3 de febrero de 2018. METEOCAM. El Gobierno regional activó el Plan ante el Riesgo por Fenómenos Meteorológicos Adversos en toda la región, en fase de alerta, debido a la previsión de fuertes nevadas. El día 5 se incrementó el nivel del Plan a nivel 1 de emergencia, debido al incremento del número de incidentes, se registraban 151, y a la gravedad de los mismos (los 2.000 abonados del servicio eléctrico de la localidad albaceteña de Ossa de Montiel se quedaban sin suministro por causa de la nieve). La evolución favorable de la meteorología y la resolución de los incidentes motivaron que se desactivase el nivel de emergencia 1 del METEOCAM, pasando de nuevo a fase de alerta. Finalmente, el METEOCAM fue desactivado totalmente el día 8, tras 5 días, habiéndose contabilizado un total de 403 incidentes por nieve en toda la región, especialmente en las provincias de Guadalajara (179) y Cuenca (137).6 de enero de 2018. METEOCAM. Con esta fecha se activó en toda Castilla-La Mancha el Plan Específico ante el Riesgo por Fenómenos Meteorológicos Adversos, en fase de alerta, debido al riesgo de fuertes nevadas en diversos puntos de la comunidad autónoma, según las previsiones de la Agencia Estatal de Meteorología. La emergencia extraordinaria se produjo durante tres días, durante los cuales se contabilizaron un total de 140 incidentes por acumulación de nieve en calles y carreteras. La mayor parte de ellos se produjeron en la provincia de Guadalajara (117), seguida de Cuenca y Toledo. En las provincias de Ciudad Real y Albacete no se contabilizó ninguna incidencia. El METEOCAM fue desactivado el día 9 de enero, una vez una vez que finalizaron las advertencias de la AEMET y se solucionaron los incidentes generados por la nieve.Emergencias extraordinarias de 201710 de diciembre de 2017. METEOCAM. Ante los avisos de fuertes vientos, de hasta 120 kilómetros por hora, previstos en la región por la Agencia Estatal de Meteorología, el Gobierno autonómico activó el Plan ante el Riesgo por Fenómeno Meteorológicos Adversos, en fase de alerta, en toda Castilla-La Mancha. El Plan fue desactivado el día 11, cuando cambiaron las condiciones climatológicas. La provincia más afectada por los fuertes vientos fue Toledo, registrándose en toda la región un total de 128 incidentes, principalmente por caída de ramas y árboles y obstáculos en la calzada.13 de julio de 2017. METEOCAM. La activación del Plan ante el Riesgo por Fenómeno
Expedientes 2023 EXPTE 2023/017309 Redacción proyecto a partir de Proyecto Básico + Dirección de Obra para Sustitución de 0+4 uds + SS.CC. (Fase 2) en la Sección del C.R.A. Elena Fortún en CHILLARÓN DE CUENCA. _______________________________________________________________________________________________ EXPTE 2023/016185 Obras para la construcción de un Centro de día para atención a personas con discapacidad intelectual grave en Torrijos (Toledo) _______________________________________________________________________________________________ EXPTE 2023/017542 Obras para la construcción de un recurso residencial formado por seis viviendas de apoyo para la atención a personas con discapacidad intelectual en Torrijos (Toledo) _______________________________________________________________________________________________ EXPTE 2023/016549 Obras para la construcción de un Centro de Mayores y un Centro de día en Talavera de la Reina (Toledo). _______________________________________________________________________________________________ EXPTE 2023/016614 Obras de reforma integral de edificio para su adaptación como centro de día de atención a personas con discapacidad intelectual grave y centro de día para personas con discapacidad intelectual mayores de 50 años. _______________________________________________________________________________________________ EXPTE 2022/018534 Obra de Sustitución del edificio Nave-Talleres de F.P. en el I.E.S. Juan Bosco de ALCÁZAR DE SAN JUAN (Ciudad Real). Nueva licitación por procedimiento desierto. _______________________________________________________________________________________________ EXPTE 2023/016532 Obra para la realización de trabajos de mejora de la eficiencia energética en la sede de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, ubicada en la calle Pintor Matías Moreno, 4, en Toledo. _______________________________________________________________________________________________ EXPTE 2023/015723 Obra de reforma y ampliación del Centro de Salud de Cardenete (Cuenca) _______________________________________________________________________________________________ EXPTE 2023/015074 Obra de construcción del Centro de Salud "Mota del Cuervo" en Mota del Cuervo (Cuenca) _______________________________________________________________________________________________ EXPTE 2023/015208 Obras para la construcción de un centro de mayores y centro de día en Tarancón (Cuenca) _______________________________________________________________________________________________ EXPTE 2023/015197 Obras para la construcción de un centro de día y dos viviendas con apoyo en Alcaraz (Albacete) ._______________________________________________________________________________________________ EXPTE 2023/007348 Obras para la ejecución del proyecto de construcción: Conexión peatonal y ciclista entre Ciudad Real y Miguelturra sobre la A-43 (Ciudad Real). _______________________________________________________________________________________________ EXPTE 2023/010917 Obras para la construcción de un Centro de Mayores y un Centro de Día en Talavera de la Reina (Toledo) _______________________________________________________________________________________________ EXPTE 2023/010807 Obra de ejecución de una planta solar fotovoltaica para autoconsumo sin excedentes en el Centro de Investigación Apícola y Agroambiental en Marchamalo. ________________________________________________________________________________________________________________ EXPTE 2023/005747 Obras de construcción del Centro de Salud de Horcajo de Santiago (Cuenca) Parte 1 Parte 2 __________________________________________________________________________________________________________________ EXPTE 2023/006578 Obra de terminación del CEIP Nº34 FASE 1 construcción DE 6 + 0 UDS + SSCC en Albacete __________________________________________________________________________________________________________________ EXPTE 2023/000349 Obras de ampliación y reforma para la implantación de una Base del 112 en el Centro de Salud Santa Bárbara de Toledo Parte 1 Parte 2 __________________________________________________________________________________________________________________ EXPTE 2023/010520 Obras de reforma integral de edificio para su adaptación como centro de día de atención a personas con discapacidad intelectual grave y centro de día para personas con discapacidad intelectual mayores de 50 años, en Motilla del Palancar (Cuenca) __________________________________________________________________________________________________________________ EXPTE 2023/001615 Control de Calidad de las obras de construcción del nuevo Centro de Salud de Bargas (Toledo) __________________________________________________________________________________________________________________ EXPTE 2023/001637 Obras de construcción del Centro de Salud de Cabanillas del Campo (Guadalajara) __________________________________________________________________________________________________________________ EXPTE 2023/002481 Obras de construcción del Centro de referencia de atención a personas con enfermedad de Alzhéimer y otras demencias de Albacete. Parte 1 Parte 2 Parte 3 __________________________________________________________________________________________________________________ EXPTE 2023/002479 Proyecto de Obras para la construcción de la Nueva Sede de la Residencia de Mayores "Los Olmos" en Guadalajara 1. Memoria - Pliego - Presupuesto 2. Media Tensión 3. Baja Tensión 4. Fotovoltaica 5. Térmicas 6. Gases Medicinales (Oxígeno) P.1. Arquitectura P.2. Arquitectura P.3.1. Estructura P.3.2. Estructura P.4. Instalaciones P.5. Instalaciones P.6. Instalaciones P.7. Seguridad y Salud Lista de Planos Residencia Los Olmos (archivo bc3) __________________________________________________________________________________________________________________ EXPTE 2023/001392 Obras inherentes a las concentraciones parcelarias de varios términos municipales de Castilla-La Mancha LOTE 1. Proyecto Fontanarejo LOTE 2. Proyecto el Arcornocal __________________________________________________________________________________________________________________ EXPTE 2023/001597 Obra de Construcción del Conservatorio Superior de Música de Castilla-La Mancha en Avda. La Mancha, 2 de ALBACETE. Parte 1 Obra de Construcción del Conservatorio Superior de Música de Castilla-La Mancha en Avda. La Mancha, 2 de ALBACETE. Parte 2 ________________________________________________________________________________________________________________
En respuesta a la citada consulta hemos de señalar, en primer lugar, lo dispuesto por el artículo 139 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante, LCSP), relativo a las proposiciones de los interesados, en cuyo apartado 1 establece: “1. Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y documentación que rigen la licitación, y su presentación supone la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna, así como la autorización a la mesa y al órgano de contratación para consultar los datos recogidos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o en las listas oficiales de operadores económicos de un Estado miembro de la Unión Europea”. Por su parte, la cláusula 39.2 del PCAP que rige el Acuerdo Marco, tal y como expresa la consultante, establece la siguiente previsión (el subrayado es nuestro): “1. Precio: En todos los procedimientos de contratación basada y con independencia del lote al que corresponda, se utilizará el precio como criterio de adjudicación debiendo asignarle una ponderación mínima del 80%. En todo caso, los precios unitarios homologados en el acuerdo marco tendrán el carácter de máximos, pudiéndose mejorar a la baja en función de la consulta realizada. Las empresas deberán ofertar precio, distinto de cero, a todos y cada uno de los elementos evaluables establecidos en el contrato basado, en el caso que no oferten precio a una categoría o este sea cero serán excluidas del procedimiento”. En el mismo sentido, la cláusula 7.2 del pliego dispone que: “Los precios ofertados por las empresas que resulten adjudicatarias de los distintos lotes de este acuerdo marco, tendrán la consideración de precios máximos de referencia para los contratos basados del mismo”. De este modo, el hecho de que los pliegos establezcan unos precios máximos unitarios sobre los que ofertar, supone la sujeción de la oferta de las licitadoras a dichos precios. Sobrepasar dichos precios unitarios supondría una causa de exclusión. En este sentido, el artículo 84 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP), se refiere al rechazo de proposiciones en el siguiente sentido (el resaltado es nuestro): “Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variara sustancialmente el modelo establecido, o comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la mesa, en resolución motivada. Por el contrario, el cambio u omisión de algunas palabras del modelo, con tal que lo uno o la otra no alteren su sentido, no será causa bastante para el rechazo de la proposición”. Sobre los efectos de la superación de los precios unitarios en la oferta económica, en un supuesto de hecho similar, tuvo ocasión de pronunciarse el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales en su Resolución nº 416/2019, en la que señalaba lo siguiente: “Y, en lo relativo a la superación de precios unitarios, hemos rechazado que su superación se convierta en causa de exclusión si el modelo de proposición económica, el tipo de licitación y la fórmula no contemplaban un sistema de determinación por precios unitarios, «y menos aún con carácter limitativo» (Res.634/2018); y hemos ratificado la exclusión si el sistema de determinación de precios lo era por precios unitario, así como su valoración (Res.856/2017). Aplicando esta doctrina a nuestro caso, el PCAP es genérico, y contempla en su cláusula 7 (transcrita en los Antecedentes) una mención que podría entenderse referida al presupuesto total por cada lote: en el 7.1, y tras indicar que «El presupuesto base de licitación asciende a la cantidad señalada en el Apartado E del Anexo I de este pliego. Las proposiciones que se presenten superando el presupuesto base de licitación serán automáticamente excluidas», señala varios párrafos después que «En el caso de que el servicio deba ejecutarse de forma sucesiva por precio unitario y con presupuesto limitativo, estando condicionada la prestación a las necesidades de la Administración», en cuyo caso «el presupuesto máximo a comprometer será el indicado en el Apartado E del Anexo I de este pliego». Pero el 7.3 aclara que, si hay precios unitarios, éstos se constituyen también en máximos y excluyentes: «En su caso, si existen precios máximos unitarios vendrán establecidos en el Apartado E del Anexo I de este pliego. Igualmente, si se superara dicho importe en la oferta, ésta será excluida». Acudiendo, pues a la concreción del cuadro de características del Anexo I, el apartado E, en lo referido a la «DETERMINACIÓN DEL PRECIO», el pliego señala con toda claridad que se hace en función de «X Precios unitarios Referidos …X A las unidades de la prestación que se entreguen o ejecuten»; y, por tanto, de acuerdo con el 7.3 PCAP ya transcrito, cuya superación máxima se convierte en causa de exclusión Y en el ANEXO VIII, «MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA», el cuadro descrito en nuestros Antecedentes asigna inequívocamente un «Precio unitario» que se define como «máximo». Por el contrario, la fórmula contenida en la Cl. LL para valorar el precio no atiende a los precios unitarios ofertados, sino «a la oferta económica total más barata». Pese a este último extremo (que separa nuestro supuesto del resuelto en nuestra Res. 856/2017 ya citada), entendemos que un licitador normalmente diligente debería, dado el tenor de la cl.7.3 del PCAP y el E “in fine” del Anexo I, así como el Anexo VIII, haber comprendido que los precios unitarios se formulaban como máximos y determinantes de la exclusión. Por ello, no es admisible la interpretación del recurrente, según el cual, del pliego se derivaría que su única virtualidad era servir como «como precios con los que se ha obtenido el precio unitario de licitación»”. En la misma Resolución, el TACRC apoyándose en su Resolución nº137/2017, se pronuncia sobre la posibilidad de subsanar este extremo: “En consecuencia, como ya dijimos en nuestra Resolución nº 535/2016 la aclaración, que es posible, no puede propiciar el otorgamiento de un trato de favor a un interesado en detrimento de los demás, en el sentido de que diera lugar a que aquél, después de conocer el contenido de las otras ofertas, pudiera alterar la proposición inicialmente formulada. Así se entiende el sentido del último inciso del artículo 84 del Reglamento, cuando admite que se puedan variar algunas palabras del modelo cuando no alteren su sentido”. (…). Aplicando dicha doctrina al presente caso, debe descartarse que la oferta económica fuera susceptible de subsanarse, puesto que implicaría una auténtica reformulación de la misma, a la baja y tras conocer ya la oferta contraria, en detrimento del principio de igualdad que debe regir la licitación”. En un sentido similar, la Resolución nº 477/2021 del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía, establecía lo siguiente (el resaltado es nuestro): “La controversia es clara, la recurrente ha sido excluida por superar su oferta el presupuesto base de licitación. En este sentido, afirma que se ha producido un error de transcripción en el momento de la redacción de la oferta, dado que el precio unitario ofertado en el anexo corresponde a un precio redondeado. (…). En este sentido, queda claro que la proposición económica de la entidad ahora recurrente debía ajustarse a las previsiones establecidas en el pliego de cláusulas administrativas particulares (PCAP), en el que se indica que el precio de los bienes se establece por precios unitarios en los términos previstos en el artículo 16.3.a) de la LCSP. Además, ello se puede constatar en la documentación anexa al PCAP en la que se indica que el precio para cada uno de los lotes 52 y 53 se configura por precios unitarios, lo que a su vez se puede confirmar en la oferta presentada por la recurrente, que forma parte del expediente remitido a este Tribunal, y en la que se puede observar que queda confeccionada indicando el valor unitario de cada lote. Sobre lo anterior, no es objeto de discusión, ya que la recurrente lo reconoce, que su oferta supera el importe unitario establecido en el PCAP respecto de los lotes 52 y 53. En este sentido, y como argumenta el órgano de contratación, el artículo 84 del RGLCAP, establece que: «Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variara sustancialmente el modelo establecido, o comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la mesa, en resolución motivada. Por el contrario, el cambio u omisión de algunas palabras del modelo, con tal que lo uno o la otra no alteren su sentido, no será causa bastante para el rechazo de la proposición». Al respecto, como el órgano de contratación afirma, no se discute que la oferta de la recurrente podría haber sido la más ventajosa al ser la única licitadora si hubiera respetado la limitación establecida en los pliegos, pero lo que resulta un hecho cierto es que uno de los supuestos en los que procede el rechazo de la oferta se produce en el caso de que la misma supere el presupuesto de licitación, en este caso, los importes unitarios de los lotes citados, que es el supuesto ante el que nos encontramos”. (…). Por tanto, teniendo en cuenta que el sistema de determinación del precio de la presente licitación queda configurada de forma clara por precios unitarios y aunque no se indique de modo taxativo en el PCAP la exclusión por su superación, este Tribunal considera que una entidad licitadora razonablemente informada y normalmente diligente debe conocer que su oferta no puede exceder en ningún caso los precios unitarios establecidos ya que a estos efectos se entienden asimilables al presupuesto de licitación cuya superación supone causa de exclusión como queda recogido en el artículo 84 del RGLCAP. Visto todo lo anteriormente argumentado, este Tribunal considera que la mesa de contratación actuó correctamente en lo relativo a la exclusión de la oferta de la recurrente por haber superado su proposición económica los precios unitarios máximos establecidos para los lotes 52 y 53, procediendo así la desestimación del recurso presentado”. Igualmente, la reciente Resolución nº 049/2025 del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid se ha pronunciado en el mismo sentido (el resaltado en negrita es nuestro): “Así, de modo específico, en relación a la subsanación de la oferta que pretende el recurrente, el art. 83.6 del RGLCAP dispone, respecto al momento de la apertura de las proposiciones, “sin que en este momento pueda aquélla (la Mesa de contratación) hacerse cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, o el de corrección o subsanación de defectos u omisiones a que se refiere el artículo 81.2 de este Reglamento (esto es, de la documentación administrativa)”. Por tanto, no cabe subsanar las ofertas, especialmente las de cifras o porcentajes, salvo aclaraciones o errores materiales manifiestos, pero no es un error el ofertar en una de las partidas un precio unitario por encima del tipo de licitación , puesto que ello supone modificar su oferta económica. En el caso que nos ocupa, tampoco sería susceptible de aplicar la doctrina antiformalista que este Tribunal ha mantenido en diversas resoluciones en cuanto a la posibilidad de subsanar las ofertas. En consonancia con la doctrina del resto de Tribunales de resolución de recursos contractuales, consideramos que el límite de la subsanación viene determinado por la prohibición de la modificación de la oferta, ya que en otro caso se verían vulnerados los principios de igualdad de trato y no discriminación. La jurisprudencia admite, con carácter excepcional, la subsanación de defectos en la oferta económica, si los errores u omisiones son de carácter puramente formal o material, pues de otro modo se estaría aceptando la posibilidad de que las proposiciones puedan ser modificadas de modo sustancial después de presentadas, lo que es radicalmente contrario a los principios de igualdad de trato, no discriminación y transparencia. En lo que concierne a este recurso, la subsanación supondría no la aclaración de una oferta, sino la realización de una nueva oferta respecto a una de las partidas que el PCAP exige ofertar de manera individualizada”. Por tanto, y como conclusión, este servicio considera, en virtud de la doctrina expuesta a lo largo de la respuesta a la consulta, que la superación en la oferta de los precios unitarios máximos homologados establecidos en los pliegos, supone la exclusión de la licitadora, sin que quepa la posibilidad de subsanación de la misma, salvo aclaraciones o errores materiales manifiestos, según lo dispuesto en el artículo 84 del RGLCAP. Finalmente, indicar que la presente respuesta a la consulta planteada tiene carácter meramente informativo y, en ningún caso, resulta vinculante. Es muy importante para el servicio InfocontrataCLM valorar la calidad de la atención que ofrecemos; para ello, ponemos a su disposición esta breve encuesta. Estaríamos encantados de recibir su opinión para poder seguir mejorando. ¡Muchas gracias por su colaboración! Califique la respuesta a esta consulta EL SERVICIO DE ASESORAMIENTO Y NORMALIZACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN
> Proyectos Clima El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, a través del Fondo de Carbono FES-CO2, creó en mayo de 2012 la primera convocatoria para la presentación de “Proyectos Clima”, apoyando a los proyectos que permitan aprovechar las oportunidades de crecimiento y empleo que ofrece la economía verde en nuestro país, al tiempo que permiten mitigar el cambio climático. Mediante la adquisición de créditos de carbono vinculados a proyectos o iniciativas de reducción de emisiones desarrolladas en el territorio nacional, el Fondo de Carbono moviliza recursos y elimina barreras a la inversión privada, fomentando la actividad de las empresas en los sectores asociados a la lucha contra el cambio climático. El objetivo final es reducir las emisiones de gases de efecto invernadero en sectores difusos (no sujetos al régimen europeo de comercio de derechos de emisión) e impulsar una economía baja en carbono. Por ello, los Proyectos Clima son actuaciones desarrolladas en el territorio nacional que contribuyen a la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero en dichos sectores difusos, como son el sector del transporte, residencial, residuos, agricultura y ganadería, gases fluorados e industrias que no estén cubiertas por el régimen de comercio de derechos de emisión. No están incluidos en esta convocatoria los proyectos para absorción de emisiones por sumideros. Convocatoria 2016 para la selección de Proyectos Clima > Plan de Impulso al Medio Ambiente «PIMA Aire» El Plan «PIMA Aire», destinado a la mejora de la calidad del aire en España mediante la renovación de vehículos comerciales y su sustitución por otros modelos más eficientes y de menor impacto ambiental, integra la política de mejora de la calidad del aire y la de lucha contra el cambio climático. En febrero de 2013 se regula la concesión directa de ayudas del Plan «PIMA Aire» para la adquisición de vehículos comerciales con el objetivo de reducir, de forma significativa, las emisiones de contaminantes atmosféricos, principalmente partículas, así como las emisiones de CO2 mediante la renovación del parque actual por modelos más eficientes y de menor impacto ambiental disponibles en el mercado español. Modificaciones legislativas posteriores permitieron dotar de mayor flexibilidad al Plan e incluir entre los vehículos susceptibles de recibir ayuda todos aquellos, que de acuerdo con la filosofía del Plan pudieran permitir a los autónomos aprovechar aún más las potencialidades del programa. Con el Plan «PIMA Aire 2», para la adquisición de motocicletas, ciclomotores eléctricos y bicicletas de pedaleo asistido por motor eléctrico, se pretende dar continuación a las medidas impulsadas por el «PIMA Aire», contribuyendo al cumplimiento de los objetivos de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero en sectores difusos y, al mismo tiempo, reduciendo los contaminantes atmosféricos como partículas en suspensión y óxidos de nitrógeno que afectan de forma directa a la salud, según estudios de la Organización Mundial de la Salud. Convocatoria de ayudas del Plan de Impulso al Medio Ambiente "PIMA Aire 4" > Plan de Impulso al Medio Ambiente «PIMA Sol» El Plan «PIMA Sol»es una iniciativa destinada a la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) del sector turístico español. En concreto, promueve la reducción de las emisiones directas de GEI en las instalaciones hoteleras conseguida mediante la rehabilitación energética de éstas. El Real Decreto 635/2013, de 2 de agosto, de desarrollo del Plan «PIMA Sol», regula la adquisición de créditos futuros de carbono por el Fondo de Carbono para una economía sostenible. Esta iniciativa, impulsada conjuntamente por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, representa una apuesta por un nuevo modelo de lucha contra el cambio climático y refuerza el objetivo de avanzar en la protección del medio ambiente e impulsar la actividad económica y el empleo. El Plan pretende ser un impulso para la renovación de las infraestructuras hoteleras, contando con una orientación hacia una reducción significativa de las emisiones de CO2 en este sector (entre un 40% y un 70%), pero también de otros contaminantes como el óxido de nitrógeno (NOx) y las partículas. > Plan de Impulso al Medio Ambiente «PIMA Tierra» El objetivo de las ayudas del Plan de Impulso al Medio Ambiente «PIMA Tierra», que forma parte de una estrategia más amplia del Gobierno de lucha contra el cambio climático, es reducir de forma significativa las emisiones de contaminantes atmosféricos, principalmente partículas, así como las emisiones de CO2 mediante la renovación del parque actual de tractores de uso agrícola por modelos más eficientes y de menor impacto ambiental disponibles en el mercado español. Más del 55% de los tractores que se utilizan en la agricultura española tiene una antigüedad superior a los 16 años. Precisamente, son estos tractores uno de los principales responsables de la contaminación atmosférica en el campo español. Tomando como referencia las emisiones de las normas europeas, la reducción promedio por tractor sustituido, será de un 94% de partículas, así como un 15-20% de las emisiones de CO2 por tractor.