EL IRIAF y la UCLM estudian la obtención de bebidas mixtas de uva blanca, manzana y naranja. Noticia 06 de Febrero de 2026 IVICAM-IRIAF. Instituto de Investigación de la Vid y el Vino Existe una creciente demanda de productos naturales, saludables y sostenibles, junto con un creciente interés en nuevos aromas, sabores y texturas. Esto ha dado lugar al desarrollo de nuevos productos en todos los sectores agroalimentarios, incluido el vitivinícola. La co-fermentación de uvas con otras frutas es una práctica innovadora en este sector, que ofrece múltiples beneficios y oportunidades. Esta técnica permite una sinergia entre los compuestos químicos de las uvas y las frutas, creando unas bebidas híbridas con perfiles sensoriales diferenciados y mayor diversidad de nutrientes. Además, la incorporación de frutas no vinícolas permite aprovechar excedentes agrícolas y frutas locales o de temporada. Este trabajo en concreto busca desarrollar bebidas híbridas co-fermentadas a partir de mosto de uva y zumos de frutas con una alta producción y excedentes a nivel nacional, como son la naranja y la manzana. La fermentación se ha realizado mediante inoculación simple con Saccharomyces cerevisiae (SC) y secuencial con Torulaspora delbrueckii (TD) y SC. Los zumos se combinaron en proporción 1:1 para mosto-manzana y mosto-naranja y en proporción 2:1:1 para mosto-manzana-naranja. Posteriormente se fermentaron bajo condiciones ya mencionadas. Finalizada la fermentación, las bebidas obtenidas se filtraron, embotellaron y almacenaron hasta su análisis químico y sensorial. Tanto la composición del zumo como la estrategia de fermentación influyeron significativamente en la dinámica de fermentación y el perfil químico de las bebidas resultantes. Las mezclas con jugos no derivados de uva, en particular de naranja, y la inoculación secuencial mostraron fases de latencia prolongadas y una producción de CO₂ modificada. Los cofermentos lograron un menor contenido de alcohol, mayor acidez y un pH equilibrado en comparación con los vinos de control. La inoculación secuencial mejoró significativamente la producción de ésteres y acetatos, como el acetato de isoamilo y el acetato de 2-feniletilo, lo que aportó aromas frutales y florales. El zumo de naranja introdujo altos niveles de terpenos, mientras que el zumo de manzana lo enriqueció con norisoprenoides C13, lo que mejoró la complejidad aromática de los cofermentos. Desde el punto de vista sensorial, los fermentados de mosto-naranja presentan una nota cítrica elevada, mientras que los fermentados mosto-manzana contienen aromas florales y a manzana verde. Las muestras de mosto-manzana y naranja alcanzan un equilibrio entre las notas cítricas y florales, siendo las bebidas mejor valoradas por los catadores. En conclusión, al combinar zumos con diferente composición química, como la alta acidez de los zumos de naranja y manzana, y la riqueza en azúcar del mosto de uva, estas bebidas a base de vino lograron un pH equilibrado, una menor graduación alcohólica y una mayor acidez en comparación con los vinos de control, lo que resultó en bebidas con mejor estructura y frescura. Se trata por tanto de un enfoque prometedor y sostenible para crear nuevas bebidas en línea con la demanda de los consumidores de productos innovadores y con menor contenido de alcohol. Para más información: S. Parra-Cadenas, V. Molero-Gutiérrez, E. Romero-Bercebal, E. García-Romero, M.S. Pérez-Coello, M.C. Díaz-Maroto (2026) Aroma profile of wine-based beverages produced by co-fermentation of white grape must, apple and orange juices. Food and Humanity, 6, 101058. https://doi.org/10.1016/j.foohum.2026.101058 Agradecimientos: Este artículo forma parte del proyecto de investigación SBPLY/23/180225/000035, financiado por la Unión Europea (UE) a través del FEDER y por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (JCCM) a través de INNOCAM. Más Información en el Portal de Investigación ¿Te ha gustado? Comparte:
Se proponen cursos de adaptación positiva al proceso de envejecimiento. ¿Qué es?Se trata de cursos de adaptación positiva al proceso de envejecimiento, dirigidos a personas mayores que quieran aprender a afrontar con éxito esta nueva etapa de la vida. Tienen el objetivo de entrenar a los asistentes en las estrategias de afrontamiento más efectivas para adaptarse a la nueva situación de jubilado, obtener un estilo de vida gratificante y saludable, mantenerse en las mejores condiciones personales y disfrutar de la vida.Esta acción formativa se estructura en grandes ejes, dentro de los cuales se desarrollan distintas actividades: 1) Envejecer ¿qué supone para mí? (cambios que se producen en esta etapa, tanto físicos como cognitivos, familiares, sociales y de actividad).2) Cómo potenciar mis puntos fuertes.3) Cómo modificar los puntos débiles. Los hábitos saludables: la alimentación, la higiene, el ejercicio físico, el sueño, el autocontrol emocional.4) Las relaciones personales. La comunicación, la base de las relaciones personales. Las habilidades de comunicación (las habilidades de conversación, las habilidades asertivas, la expresión de emociones). Las relaciones afectivas.5) Las funciones cognitivas. La capacidad de aprendizaje, la memoria, estrategias implicadas en la memoria, el olvido.¿Dónde se desarrolla?Los cursos se realizarán en aquellos Centros de Mayores, Servicios Sociales de Base y Asociaciones de Mayores que soliciten su participación en el mismo.¿A quién va dirigido?Pueden participar personas mayores de 60 años individualmente o con sus respectivas parejas. Los grupos serán de 20 personas como máximo.Información y OrientaciónDirección General de Atención a Personas Mayores, Personas con Discapacidad y Personas en Situación de Dependencia (Servicio de Programas de Atención a Mayores).
23 de septiembre de 2024 Duración: 8 horas INSCRIPCIÓN GRATUITA Máximo 15 participantes* PROGRAMA Antecedentes sobre propóleos Novedades e investigación sobre propóleos Producción de propóleos. Métodos de recogida Venta de propóleos crudos y elaborados: comercialización, etiquetado y legislación Control de calidad: contaminantes y otros Productos con propóleos en el mercado Ámbito de aplicación de los productos con propóleos Normas calidad de propóleos (ISO 24381:2023 Bee propolis y otras normas) Apiterapia y riesgos asociados al uso/consumo de productos con propóleos Retirada de propóleos de las mallas/rejillas de la colmena. Conservación Elaboración de tinturas/extractos oleosos e hidroalcohólicos/blandos Elaboración de un preparado de miel con propóleos rojo o verde brasileño Elaboración de fórmulas cosméticas HORARIO Y LUGAR DE CELEBRACIÓN De 09:30 a 13:30 y de 15:00 a 19:00 Centro de Investigación Apícola y Agroambiental de Marchamalo (CIAPA-IRIAF). Camino San Martín, s/n. 19180 MARCHAMALO (GUADALAJARA) PONENTE: Dr. Félix Adanero Jorge. Investigador Universidad de León. Funcionario Salud Pública Junta de Castilla y León. COORDINADORA: Ana María AventínPuértolas. Tel. 949 888619. aaventin@jccm.es PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: Delegación Provincial de Agricultura Ganadería y Desarrollo Rural de Guadalajara. Oficinas Comarcales Agrarias, CIAPA de Marchamalo Cualquier oficina de Registro Único o Registro Electrónico de la JCCM, o secretaria.ciapa@jccm.es, Hasta el día 2 de septiembre INSCRIPCIÓN GRATUITA Máximo 15 participantes*
24 de septiembre de 2024 Duración: 8 horas PROGRAMA Antecedentes sobre propóleos Novedades e investigación sobre propóleos Producción de propóleos. Métodos de recogida Venta de propóleos crudos y elaborados: comercialización, etiquetado y legislación Control de calidad: contaminantes y otros Productos con propóleos en el mercado Ámbito de aplicación de los productos con propóleos Normas calidad de propóleos (ISO 24381:2023 Bee propolis y otras normas) Apiterapia y riesgos asociados al uso/consumo de productos con propóleos Retirada de propóleos de las mallas/rejillas de la colmena. Conservación Elaboración de tinturas/extractos oleosos e hidroalcohólicos/blandos Elaboración de un preparado de miel con propóleos rojo o verde brasileño Elaboración de fórmulas cosméticas HORARIO Y LUGAR DE CELEBRACIÓN De 09:30 a 13:30 y de 15:00 a 19:00 Centro de Investigación Apícola y Agroambiental de Marchamalo (CIAPA-IRIAF). Camino San Martín, s/n. 19180 MARCHAMALO (GUADALAJARA) PONENTE: Dr. Félix Adanero Jorge. Investigador Universidad de León. Funcionario Salud Pública Junta de Castilla y León. COORDINADORA: Ana María Aventín Puértolas. Tel. 949 888619. aaventin@jccm.es PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: Delegación Provincial de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de Guadalajara Oficinas Comarcales Agrarias, CIAPA de Marchamalo. Cualquier oficina de Registro Único o Registro Electrónico de la JCCM o secretaria.ciapa@jccm.es, Hasta el día 2 de septiembre INSCRIPCIÓN GRATUITA Máximo 15 participantes
25 de septiembre de 2024 Duración: 8 horas PROGRAMA INTRODUCCIÓN Y CALIDAD -Factores que afectan a la producción/recogida de propóleos -Control de calidad en el laboratorio -Buenas Prácticas Apícolas (BPA) con propóleos NORMATIVA Y COMERCIALIZACIÓN -Normativa de calidad del propóleos crudo: ISO 24381:2023 Bee propolis -Legislación de productos crudos y elaborados con propóleos -Procedimiento de autorización en España para la producción, recogida y/o elaboración de propóleos -Sistema gestión seguridad alimentaria: autocontrol (prerrequisitos, APPCC, GPCH) -Comercialización de productos con propóleos PRÁCTICAS -Elaboración de preparados cosméticos y alimenticios con propóleos: champú sólido, polvos pédicos, dentífrico, gominolas, etc. HORARIO Y LUGAR DE CELEBRACIÓN De 09:30 a 13:30 y de 15:00 a 19:00 Centro de Investigación Apícola y Agroambiental de Marchamalo (CIAPA-IRIAF). Camino San Martín, s/n. 19180 MARCHAMALO (GUADALAJARA) PONENTE: Dr. Félix Adanero Jorge. Investigador Universidad de León. Funcionario Salud Pública Junta de Castilla y León. COORDINADORA: Ana María Aventín Puértolas. Tel. 949 888619. aaventin@jccm.es PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: Delegación Provincial de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rurall de Guadalajara OficinasComarcalesAgrarias, CIAPA de Marchamalo Cualquier oficina de Registro Único , Registro Electrónico de la JCCM ó secretaria.ciapa@jccm.es, Hasta el día 2 de septiembre PARA PODER PARTICIPAR SERÁ NECESARIO ACREDITAR HABER REALIZADO PREVIAMENTE LA JORNADA PROPÓLEOS. OBTENCIÓN Y PROCESADO EN EL CIAPA DE MARCHAMALO INSCRIPCIÓN GRATUITA Máximo 15 participantes*
Webinar sobre cómo la restauración fluvial se perfila como una estrategia clave para abordar los retos ambientales, sociales y urbanos que enfrentan nuestras ciudades. En respuesta a la degradación ecológica de muchas vías fluviales urbanas, cada vez más proyectos en toda Europa trabajan para restaurar la dinámica natural de los ríos mediante la promoción de soluciones basadas en la naturaleza (SbN) y tecnologías como la bioingeniería. Este seminario web reúne diferentes experiencias europeas para compartir conocimientos sobre la restauración fluvial urbana. Presentará acciones del proyecto Manzanares-Gavia-Bulera en Madrid, desarrollado en el marco de la infraestructura verde y azul del Bosque Metropolitano, junto con intervenciones destacadas en Portugal, Alemania e Italia. Estas iniciativas no solo mejoran la calidad del agua y la biodiversidad, sino que también ayudan a reconectar a los ciudadanos con su entorno natural. También tendremos un espacio de diálogo para reflexionar sobre el papel transformador de estas intervenciones. ¿Cómo influyen en la percepción pública de estos ríos? ¿Qué retos y oportunidades surgen al aplicar soluciones basadas en la naturaleza en entornos urbanos? Este evento pretende convertirse en un foro técnico y estratégico para promover ciudades más verdes, saludables y conectadas a través de los ecosistemas fluviales. Más información e inscripciones. Este evento se alinea directamente con los siguientes ODS:
Indica el consultante que el ayuntamiento pretende llevar a cabo la ejecución de una obra; para ello, ha previsto tramitar tres contratos: uno para la redacción del proyecto (mediante contrato menor); otro para la dirección de la obra y coordinación de la seguridad y salud; y el tercero para la propia ejecución de la obra. Los dos últimos prevé tramitarlos mediante el procedimiento abierto simplificado. Se cuestiona la legalidad de la contratación menor para la redacción de proyecto. Tal y como indicamos en la consulta 101/2025 de 25 de noviembre de 2025: “Sobre la naturaleza jurídica de los contratos menores, se ha pronunciado este servicio en numerosas ocasiones, destacando, entre otros aspectos, su tramitación simplificada, su limitación cuantitativa y temporal, así como la prohibición de fraccionamiento ilícito del contrato cuando se utiliza esta figura. Así, y sin ánimo de exhaustividad, en la reciente consulta 098/2025, señalábamos lo siguiente: “Así pues, la normativa contractual establece para los contratos menores, dada su escasa cuantía, un régimen de tramitación bastante simplificado en el que sólo se exige un informe del órgano de contratación que justifique el no fraccionamiento del contrato, la aprobación del gasto y la factura correspondiente; en el contrato menor de obras, además, debe constar el presupuesto de las obras y, en su caso, el proyecto y el informe de las oficinas o unidades de supervisión sobre estabilidad, seguridad o estanqueidad de la obra. No se exige para este tipo de contratos el resto de documentación prevista para otros adjudicados mediante el procedimiento abierto, restringido o negociado; así, no es necesario que figuren en el expediente los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas, no se requiere la prestación de garantías, ni la formalización de contrato. Además, los contratos menores no requieren de publicidad previa y licitación, pudiendo adjudicarse directamente a un determinado operador económico. Por su parte, el artículo 29.8. de la LCSP establece que “Los contratos menores definidos en el apartado primero del artículo 118 no podrán tener una duración superior a un año ni ser objeto de prórroga”. De acuerdo con lo expuesto, son dos los límites generales que para los contratos menores establece la normativa contractual: - El límite cuantitativo: su valor estimado debe ser inferior a 15.000 euros, para el contrato de servicios, que es el que nos ocupa (artículo 118.1). - El límite temporal: su duración no podrá ser superior a un año ni ser susceptible de prórroga (artículo 29.8). Además, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 99.2 de la LCSP no podrá fraccionarse un contrato con la finalidad de disminuir la cuantía del mismo y eludir así los requisitos de publicidad o los relativos al procedimiento de adjudicación que correspondan. Asimismo, el artículo 131.3 de la LCSP indica que: “Los contratos menores podrán adjudicarse directamente a cualquier empresario con capacidad de obrar y que cuente con la habilitación profesional necesaria para realizar la prestación, cumpliendo con las normas establecidas en el artículo 118” (…). De acuerdo con lo expuesto, y según los datos aportados por el ayuntamiento, podemos indicar que el contrato de redacción de proyecto a que se refiere la consulta respetaría los límites temporal (un mes) y cuantitativo (8.000€ más IVA ) que requiere la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP), para poder celebrar un contrato menor. Además de los citados límites, el apartado segundo del artículo 118 de la LCSP, requiere la emisión de un informe del órgano de contratación justificando la necesidad del contrato y que no se está alterando su objeto con el fin de evitar la aplicación de los umbrales descritos en el apartado primero. Esto es consecuencia de la prohibición de fraccionamiento ilícito de los contratos, señalada en el artículo 99.2 de la LCSP: no podrá fraccionarse un contrato con la finalidad de disminuir la cuantía del mismo y eludir así los requisitos de publicidad o los relativos al procedimiento de adjudicación que correspondan. En el caso que nos ocupa, en el que resulta necesario contratar tanto la redacción de proyecto como la dirección de obra, surge la duda de si es posible la contratación por separado de ambas prestaciones o si deben adjudicarse de manera conjunta, pudiendo constituir un supuesto de fraccionamiento indebido del contrato. Para determinarlo, es preciso analizar si ambas prestaciones constituyen una unidad funcional- de forma que deberían tramitarse conjuntamente- o, si por el contrario, son separables, en cuyo caso podrían contratarse de forma independiente sin incurrir en el citado fraccionamiento. Tal y como están reguladas en la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (en adelante, LOE), podemos indicar que, técnicamente, nos encontramos ante prestaciones diferentes. El artículo 4 de la LOE define el proyecto como el “conjunto de documentos mediante los cuales se definen y determinan las exigencias técnicas de las obras contempladas en el artículo 2. El proyecto habrá de justificar técnicamente las soluciones propuestas de acuerdo con las especificaciones requeridas por la normativa técnica aplicable”, siendo el proyectista (artículo 10.1 de la LOE) el “agente que, por encargo del promotor y con sujeción a la normativa técnica y urbanística correspondiente, redacta el proyecto”. Por su parte, el director de obra, según el artículo 12.1 de la LOE, es el “agente que, formando parte de la dirección facultativa, dirige el desarrollo de la obra en los aspectos técnicos, estéticos, urbanísticos y medioambientales, de conformidad con el proyecto que la define, la licencia de edificación y demás autorizaciones preceptivas y las condiciones del contrato, con el objeto de asegurar su adecuación al fin propuesto”. En la LCSP, el proyecto de obras se regula en el artículo 231, cuyo apartado primero establece: 1. En los términos previstos en esta Ley, la adjudicación de un contrato de obras requerirá la previa elaboración, supervisión, aprobación y replanteo del correspondiente proyecto que definirá con precisión el objeto del contrato. La aprobación del proyecto corresponderá al órgano de contratación salvo que tal competencia esté específicamente atribuida a otro órgano por una norma jurídica”. De la regulación de la propia LCSP, podemos indicar que la contratación del servicio de redacción de proyecto es posible realizarla independientemente de la del servicio de dirección de obras, dado que existe en la norma contractual un régimen específico relativo a la “subsanación de errores, indemnizaciones y responsabilidades en el contrato de elaboración de proyectos de obras”; así, el artículo 314.1 indica (el resaltado es nuestro): “1. Cuando el contrato de servicios consista en la elaboración íntegra de un proyecto de obra, el órgano de contratación exigirá la subsanación por el contratista de los defectos, insuficiencias técnicas, errores materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios que le sean imputables, otorgándole al efecto el correspondiente plazo que no podrá exceder de dos meses”. Es más, a raíz de la modificación de la LCSP por la Ley 9/2022, de 14 de junio, de Calidad de la Arquitectura, lo cierto es que la contratación conjunta de la redacción de proyecto y la dirección de obra es excepcional, tal y como resulta de lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 308 de la LCSP, que establece que (el resaltado es nuestro) “Podrá contratarse de forma conjunta la redacción de proyectos y la dirección de obra cuando la contratación separada conllevase una merma en la calidad de las prestaciones objeto del contrato, dificultando la coordinación y continuidad entre la fase de redacción del proyecto y su ejecución en obra. El órgano de contratación motivará debidamente en el expediente que concurren estas circunstancias”. Así pues, podemos indicar que no habría inconveniente en realizar los dos tipos de contratos de servicios a que se refiere el ayuntamiento. Sobre la posibilidad de celebrar un contrato menor de servicios de redacción de proyecto de obra, ha tenido ocasión de pronunciarse la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado, en el Expediente 92/2018, en el que señala que “el contrato menor sí cabe en la contratación de proyectos de obras o instalaciones o cualquier otra prestación de arquitectura, ingeniería, consultoría y urbanismo siempre que por la cuantía y por cumplimiento de los demás requisitos exigidos en la LCSP para este tipo de contratos fuese posible acudir a esta figura”. Teniendo en cuenta lo anterior, y habiendo sido analizados, para el caso que nos ocupa, los requisitos establecidos en la LCSP para la utilización del contrato menor, este servicio considera que no existiría inconveniente en celebrar un contrato menor para la redacción del proyecto de obra a que se refiere el ayuntamiento. Sin perjuicio de lo anterior, es preciso tener en cuenta que el artículo 183.3 de la LCSP exige que se apliquen las normas relativas al concurso de proyectos para la adjudicación de redacciones de proyectos de especial complejidad: “3. Cuando el objeto del contrato de servicios que se vaya a adjudicar se refiera a la redacción de proyectos arquitectónicos, de ingeniería y urbanismo que revistan especial complejidad y, cuando se contraten conjuntamente con la redacción de los proyectos anteriores, a los trabajos complementarios y a la dirección de obra, los órganos de contratación deberán aplicar las normas de esta sección. A efectos de estimar la especial complejidad de un proyecto, el órgano de contratación podrá tomar en consideración la existencia de condicionantes técnicos, medioambientales, paisajísticos, funcionales, urbanísticos o de otra índole que precisen de una especial respuesta, innovación u originalidad en aras a obtener prestaciones de gran calidad”. Finalmente, y pese a lo indicado sobre la posibilidad de la contratación menor, este servicio recomienda hacer uso de otros procedimientos de adjudicación, como puede ser el procedimiento abierto simplificado -que es el que se prevé utilizar para la adjudicación del contrato de Dirección de la obra y coordinación de la seguridad y salud-, más ágil que el procedimiento abierto ordinario pero que, como este, garantiza el respeto a los principios de publicidad y concurrencia, al requerir la publicación de un anuncio de licitación, a diferencia de la contratación menor en la que cabe la adjudicación directa del contrato. Por tanto, y como conclusión a todo lo anterior, podemos indicar lo siguiente: El contrato de servicios de redacción de proyecto de obra y el contrato de dirección de obra podrán contratarse de forma separada. No obstante, si la contratación separada conlleva una merma en la calidad de las prestaciones del contrato, dificultando la coordinación y continuidad entre la fase de redacción de proyecto y la de ejecución de la obra, el ayuntamiento deberá valorar la contratación conjunta de ambas prestaciones, justificándolo en el expediente de contratación. Cabe la contratación menor de la redacción del proyecto de obra, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la LCSP para su utilización, y no se trate de proyectos de especial complejidad a que se refiere el artículo 183 de la LCSP, pues, en este caso, deberán aplicarse las normas relativas al concurso de proyectos a que se refieren los artículos 183 y siguientes de la LCSP. No obstante, pese a la posibilidad de utilizar la contratación menor para la redacción de proyectos, este servicio recomienda hacer uso de otros procedimientos de adjudicación que, a diferencia de aquella, garantizan los principios de libre concurrencia, igualdad, transparencia y publicidad, como el procedimiento abierto simplificado. Finalmente, indicar que la presente respuesta a la consulta planteada tiene carácter meramente informativo y, en ningún caso, resulta vinculante. Es muy importante para el servicio InfocontrataCLM valorar la calidad de la atención que ofrecemos; para ello, ponemos a su disposición esta breve encuesta. Estaríamos encantados de recibir su opinión para poder seguir mejorando. ¡Muchas gracias por su colaboración! Califique la respuesta a esta consulta EL SERVICIO DE ASESORAMIENTO Y NORMALIZACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN
FONDOS MRR El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia elaborado por el Gobierno de España está enmarcado dentro de los planes nacionales que han elaborado los 27 estados miembros de la Unión para acogerse al Plan de Recuperación para Europa NextGenerationEU. En concreto es el instrumento que permitirá acceder a los Fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) del que a España le corresponden 140.000 millones de euros, de los que aproximadamente 70.000, el 50%, son ayudas no reintegrables. En el siguiente buscador puedes informarte sobre los diferentes contratos gestionados por la administración regional financiados total o parcialmente con los fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR). Planes anuales de contratación MMR Nro. Expediente Objeto del contrato Consejería - Todos -Agencia del Agua de Castilla La ManchaConsejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La ManchaConsejeria de Bienestar SocialConsejeria de Desarrollo SostenibleConsejeria de Economía, Empresas y EmpleoConsejeria de Educación, Cultura y deportesConsejeria de FomentoConsejeria de Hacienda y Administraciones PublicasConsejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La ManchaConsejeria de SanidadEmpresa Pública de Promoción del Turismo y la Artesanía de Castilla-La Mancha (ETURIA), S.A.Fundación para el Impulso de la Investigación Aplicada y la Innovación Tecnológica en Castilla-La ManchaFundación Parque Científico y Tecnológico de Castilla-La ManchaGestión Ambiental de Castilla-La Mancha, S.A (Geacam)Grupo Instituto de Finanzas de Castilla-La ManchaInfraestructuras del Agua de Castilla-La ManchaInstituto de la MujerInstituto Regional de Investigacion y Desarrollo Agroalimentario y Forestal de Castilla-La Mancha (IRIAF)Servicio de Salud de Castilla - La Mancha (Sescam) Nro. Expediente Objeto del Contrato/Encargo Consejería Tipo de contrato/Encargo Procedimiento de adjudicación Estado de Licitación/encargo Valor estimado (IVA incluido) 2020/012742 Obras de reforma y acondicionamiento de la planta primera de la Residencia de Mayores Las Hoces de Cuenca. Consejeria de Bienestar Social Contrato de obras Procedimiento Abierto Adjudicado 1.531.397,73€ 2020/012742 Obras de reforma y acondicionamiento de la planta primera de la Residencia de Mayores Las Hoces de Cuenca. Consejeria de Bienestar Social Contrato de obras Procedimiento Abierto Adjudicado 1.531.397,73€ 2020/012833 Obras de Reforma de la primera planta de la Residencia para Personas Mayores situada en la Avenida de Barber en Toledo. Consejeria de Bienestar Social Contrato de obras Procedimiento Abierto Adjudicado 2.285.365,45€ 2020/012833 Obras de Reforma de la primera planta de la Residencia para Personas Mayores situada en la Avenida de Barber en Toledo. Consejeria de Bienestar Social Contrato de obras Procedimiento Abierto Adjudicado 2.285.365,45€ 2021/000288 Suministro de 40 camiones auto-bomba de categoría 3 para la lucha contra incendios forestales, susceptible de ser financiado a través del mecanismo de recuperación y resilencia(MRR) Consejeria de Desarrollo Sostenible Contrato de suministros Procedimiento Abierto Adjudicado 12.200.000,00€ 2021/000288 Suministro de 40 camiones auto-bomba de categoría "3" para la lucha contra incendios forestales, susceptible de ser financiado a través del mecanismo de recuperación y resilencia(MRR) Consejeria de Desarrollo Sostenible Contrato de suministros Procedimiento Abierto Adjudicado 12.200.000,00€ 2021/001728 Servicios consultoría, diseño, implantación y mto evolutivo del Gobierno del Dato JCCM y prestación servicios para construcción de sist de inform basados en analítica avanzada Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha Contrato de servicios Procedimiento Abierto Anulado 6.225.383,38€ 2021/001728 Servicios consultoría, diseño, implantación y mto evolutivo del Gobierno del Dato JCCM y prestación servicios para construcción de sist de inform basados en analítica avanzada Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha Contrato de servicios Procedimiento Abierto Anulado 6.225.383,38€ 2021/002010 Servicios consultoría, diseño, implantación y mto evolutivo del Gobierno del Dato JCCM y prestación servicios para construcción de sist de inform basados en analítica avanzada Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha Contrato de servicios Procedimiento Abierto Finalizado 5.397.447,18€ 2021/002010 Servicios consultoría, diseño, implantación y mto evolutivo del Gobierno del Dato JCCM y prestación servicios para construcción de sist de inform basados en analítica avanzada Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha Contrato de servicios Procedimiento Abierto Finalizado 5.397.447,18€ Paginación Página actual 1 Página 2 Página 3 … Siguiente página › Última página »
Prestaciones no periódicas, de carácter económico, destinadas a atender situaciones de urgente y grave necesidad, excepcionales y previsiblemente irrepetibles, que no puedan ser atendidas a través de ningún otro recurso, con el fin de evitar o paliar situaciones de exclusión social y favorecer la integración de las personas. Son también objeto de esta prestación las ayudas destinadas a cubrir necesidades de emergencia por razones humanitarias o de fuerza mayor, entendiendo como tales las ayudas para prevenir o evitar la pérdida de vivienda, cortes de suministros u otras situaciones especiales acreditadas en el informe social. La situación de emergencia social se acreditará mediante el informe social emitido por el trabajador o la trabajadora social de los servicios sociales de atención primaria del municipio de residencia de la persona interesada. PERSONAS BENEFICIARIAS Las personas solicitantes deben reunir los siguientes requisitos: • Residencia y empadronamiento en Castilla-La Mancha con al menos un año de antelación a la solicitud, o ser emigrante retornado/a o por retornar. • Ser mayor de edad. • Encontrarse en situación de emergencia social. • No haber recibido otras prestaciones para la misma finalidad de cualquier Administración Pública o Privada. • No superar el baremo de ingresos. • No poder hacer frente al gasto con los recursos propios disponibles. • No ser propietario/a o usufructuario/a de bienes muebles e inmuebles salvo la vivienda habitual. • En caso de ayuda a la salud, haber solicitado la prestación al Sistema Nacional de Salud. • Cumplir el baremo de puntos. • No concurrir ninguna de las circunstancias previstas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a excepción de la circunstancia prevista en la letra e). En las ayudas de emergencia por razones humanitarias o de fuerza mayor, no serán exigibles los siguientes requisitos: • Residencia previa de un año • Ser mayor de edad. • No haber recibido otra prestación para la misma finalidad de cualquier Administración Pública. IMPORTE El límite máximo de concesión será el del IPREM anual. El importe de la ayuda se modulará en función de la necesidad y de los recursos existentes y de las posibilidades económicas del beneficiario. TRAMITACIÓN DE LA SOLICITUD La persona interesada debe personarse en los Servicios Sociales de Atención Primaria de su localidad de residencia, donde el trabajador o trabajadora social le informará y asesorará sobre la posibilidad de acceso a esta ayuda. DÓNDE PRESENTAR LA SOLICITUD En el registro de los servicios centrales de la Consejería competente en materia de servicios sociales o en el de sus Direcciones Provinciales, así como en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. CONSULTA DEL ESTADO DE SU EXPEDIENTE: https://historiasocial.castillalamancha.es/historiasocial
¿Qué es? El Servicio de Promoción de la Autonomía Personal SEPAP-MejoraT es un servicio público y gratuito de atención a personas mayores de edad en situación de dependencia Grado I y Grado II. Consiste en terapias de rehabilitación con la finalidad de realizar con mayor autonomía las actividades de la vida diaria. ¿Cuáles son sus objetivos? · Prevenir o retrasar el agravamiento del grado de dependencia, mediante el desarrollo de actuaciones de carácter preventivo y de rehabilitación. · Reducir el impacto que la dependencia provoca sobre quienes la padecen y quienes ejercen su cuidado. ¿En qué consiste? El servicio SEPAP-MejoraT incluye: · Servicio de Fisioterapia. · Servicio de Terapia Ocupacional. · Servicio de Estimulación Cognitiva. · Servicio de Logopedia. · Servicio de Psicomotricidad. · Servicio de Atención Psicológica. · Servicio de Promoción de Estilos de Vida Saludables. Acceso al servicio: Son los Servicios Sociales de Atención Primaria quienes pueden prescribir este servicio a las personas con Grado I y II. Si lo consideran idóneo para Vd., le derivarán al centro mas cercano a su domicilio.
La actividad de los centros sociales para personas mayores y para persona con discapacidad se ha visto alterada por la situación epidemiológica generada por la COVID-19. Ante esta situación urge adoptar medidas para garantizar las recomendaciones de distanciamiento interpersonal, higiénicas, sanitarias y de promoción de la salud. La Consejería de Bienestar Social tiene intención de acometer diversas actuaciones urgentes en centros sociales y de atención a la dependencia y de promoción de la autonomía personal titularidad de la JCCM para la adaptación de espacios a las nuevas necesidades sanitaria derivadas de la COVID-19. Con estas actuaciones también se pretende la modernización, la mejora de la accesibilidad y de la eficiencia energética, así como para promover el cambio innovador en el modelo de los cuidados a las personas usuarias de los centros. Para ello, con fecha 18 de marzo de 2021, la Consejería de Bienestar Social ha formalizado el encargo a TRAGSA para que esta entidad ejecute las actuaciones previstas, las cuales se desarrollarán durante 2021 y 2022. El importe del encargo asciende a 9.329.730,54 €. Estas inversiones son susceptibles de ser cofinanciadas por la Unión Europea.
Curso SOS Mascotas: Primeros Auxilios, Nutrición Inteligente y Salud en el Campo Centro de investigación CIAPA-IRAF. Centro de Investigación Apícola y Agroambiental Fecha Inicio 08 de Junio de 2026 Fecha Fin 09 de Junio de 2026 Horas 10.00 Centro de Investigación Apícola y Agroambiental. CIAPA-IRIAF Camino de San Martín s/n 19180 Marchamalo (Guadalajara) Marchamalo (Guadalajara) Programa e Inscripciones Programa Curso SOS Mascotas: Primeros Auxilios, Nutrición Inteligente y Salud en el Campo 442.19 KB Solicitud de Asistencia. Presentar Rellenada y Firmada 136.3 KB Modalidad Presencial Fecha Fin de inscripción 25 de Mayo de 2026