Artículo Científico Apicultura The Haptomonad Stage of Crithidia acanthocephali in Apis mellifera Hindgut (ir a artículo) 17 de Junio de 2022 CIAPA-IRAF. Centro de Investigación Apícola y Agroambiental Crithidia acanthocephali es una especie tripanosomátida descrita inicialmente en el tracto digestivo de Hemiptera. Sin embargo, este parásito fue detectado recientemente en colonias de abejas melíferas en España, planteándose la cuestión de si las abejas pueden actuar como verdaderos huéspedes de esta especie. Para abordar esta hipótesis, abejas obreras fueron experimentalmente infectadas con choanomastigotes de los primeros estadios de su fase de crecimiento y después de 12 días, se extrajo su intestino posterior para el análisis por microscopía óptica y TEM. Aunque no se observaron lesiones celulares en el tejido de la abeja melífera, los tripanosomátidos diferenciaron y adoptaron una morfología de haptomóna, transformando sus flagelos en un accesorio similar a una almohadilla (flagelopodio). Esta estructura permite que los protozoos permanezcan adheridos a las paredes intestinales a través de hemidesmosomas, como uniones. El impacto de esta especie en la salud de las abejas melíferas, así como los mecanismos patogénicos involucrado, sigue siendo desconocido. Sin embargo, estos resultados sugieren que los insectos tripanosomátidos pueden tener una gama más amplia de hosts de lo que se pensaba inicialmente. Revista Veterinary erinary erinary Sciences. Sciences. Sciences. 2022, 9, 298. 2022, 9, 298. Autores María Buendía-Abad , Pilar García Abad , Pilar García-Palencia, Luis Miguel de Pablos, Raquel Martín-Hernández Hernández and Mariano Higes Modalidad Artículo Revistas SCI Tema Apicultura Descargar Resumen IRIAF. Artículo Científico 2022. Apicultura. 150.91 KB
En respuesta a la consulta planteada, la Oficina de Evaluación Financiera de Castilla-La Mancha (OEF-CLM, en lo sucesivo) se regula en el artículo 16 del Decreto 104/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital: “1. La Oficina de Evaluación Financiera de Castilla-La Mancha se configura como un órgano técnico adscrito a la consejería competente en materia de Hacienda cuya finalidad es analizar la sostenibilidad financiera de los contratos de concesión de obras y de concesión de servicios y emitir, en el ámbito del sector público regional definido en el artículo 4 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, los informes preceptivos previstos en el artículo 333 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Asimismo, la Oficina de Evaluación Financiera informará la sostenibilidad financiera de otros instrumentos de colaboración público-privada de acuerdo con lo que disponga la orden por la que se regula su estructura y funciones. (…)”. De este modo, la Orden 112/2023, de 19 de mayo, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se regula la organización y funcionamiento de la Oficina de Evaluación Financiera de Castilla-La Mancha señala, en el artículo 2.1, que: “1. Corresponde a la OEF-CLM, de acuerdo con la normativa básica de contratos del sector público, con carácter previo a la licitación de los contratos de concesión de obras y de concesión de servicios a celebrar por los poderes adjudicadores del sector público regional, informar preceptivamente en los siguientes casos: a) Cuando el valor estimado del contrato sea superior a un millón de euros y se realicen aportaciones públicas a la construcción o a la explotación de la concesión, así como cualquier medida de apoyo a la financiación del concesionario. b) Las concesiones de obras y concesiones de servicios en las que la tarifa sea asumida total o parcialmente por el poder adjudicador concedente, cuando el importe de las obras o los gastos de primer establecimiento superen un millón de euros. Igualmente, informará, con carácter previo a su adopción, los acuerdos de restablecimiento del equilibrio del contrato, en los casos previstos en los artículos 270.2 y 290.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, respecto de las concesiones de obras y concesiones de servicios que hayan sido informadas previamente conforme a lo dispuesto en las letras a) y b) anteriores o que, sin haber sido informadas, supongan la incorporación en el contrato de alguno de los elementos previstos en estas, siempre y cuando el valor estimado del contrato sea superior a un millón de euros”. Entre dichas funciones, como podemos observar, no se encuentra la de emitir informe preceptivo sobre la estructura de costes, quedando fuera de su ámbito objetivo de actuación. Además, el ámbito subjetivo de aplicación de la OEF-CLM se limita, tal y como señalan tanto el Decreto como la Orden: “al sector público regional definido en el artículo 4 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre”, quedando fuera del mismo, por tanto, las entidades locales como son los Ayuntamientos (como es el caso que nos ocupa). Al no encuadrarse dentro del ámbito objetivo, ni subjetivo, de la OEF-CLM, hay que preguntarnos si el informe sobre estructura de costes se debe emitir desde algún órgano de la administración regional o, por el contrario, solicitarse directamente al Comité Superior de Precios de Contratos del Estado. Para responder a ello, es imprescindible remitirnos al Acuerdo 1/2022, de 20 de enero de 2022, del Pleno de la Junta Central de Contratación de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (en adelante, JCC). En el citado Acuerdo, el Pleno de la JCC, declaró carecer de competencia para emitir el informe preceptivo valorativo de la estructura de costes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.7 del Real Decreto 55/2017, de 3 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española, e indicó que debía recabarse, tal y como indica el citado artículo, del Comité Superior de Precios de Contratos del Estado. Los argumentos esgrimidos por el Pleno de la JCC para llegar al citado Acuerdo fueron, básicamente, los siguientes que reproducimos a continuación: “(…) El artículo 9 del Real Decreto se refiere a un informe preceptivo valorativo de la estructura de costes del contrato que el órgano de contratación deberá incluir en su expediente y que deberá ser emitido por el Comité Superior de Precios de Contratos del Estado (en adelante, Comité). Este Comité es un órgano colegiado que se encuentra dentro de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado (en adelante, Junta Consultiva) (…) No obstante, el propio artículo permite que este informe pueda ser recabado “del órgano autonómico consultivo en materia de contratación pública, si existiera”. (…) Corresponde pues analizar la naturaleza de esta Junta Central como órgano consultivo y si puede entenderse equiparable a la Junta Consultiva del Estado pudiendo sustituirla en sus funciones en aquellos casos previstos legalmente, como es el que ahora nos ocupa. La Junta Central se crea a través del Decreto 74/2018, de 23 de octubre, por el que se regula la Oficina de Contratación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el sistema de contratación centralizada (en adelante, Decreto 74/2018); este Decreto se modifica posteriormente mediante Decreto 78/2020, de 7 de diciembre, y se amplían las funciones de aquélla en materia consultiva, definiéndose en su artículo 7.1. como un “órgano colegiado, integrado en la Oficina de Contratación, con funciones de carácter consultivo y de asistencia en materia de contratación pública de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de sus organismos autónomos y entidades que integran el sector público regional en los términos previstos en el artículo 2”. Pero, además de estos organismos de ámbito regional, las entidades locales también pueden solicitar el asesoramiento de la Junta Central; así, el artículo 7.8., en su párrafo segundo indica “También podrán solicitar informes y elevar consultas a la Junta Central, sobre cuestiones de carácter general en materia de contratación pública, los representantes de las entidades locales del ámbito territorial de Castilla-La Mancha”. Con la citada modificación, el Decreto únicamente amplía las funciones de consulta que la Junta Central ya tenía en la redacción original del mismo, sin que en ningún caso puedan equipararse con las que viene desempeñando la Junta Consultiva a la que se refiere el artículo 328 LCSP, o cualquier otra junta consultiva de carácter autonómico en materia de contratación. (…) Si en algo puede asemejarse esta Junta Central a la Junta Consultiva únicamente lo es en sus funciones de asesoramiento sobre cuestiones de carácter contractual, no correspondiéndole otras que las que más allá establece el apartado dos del artículo 7 del Decreto 74/2018, entre las cuales no figuran aquéllas que le atribuya la legislación de contratos, como podría ser, en este caso, la de emitir un informe preceptivo valorativo de estructura de costes, en el caso en que se haya previsto la revisión de precios del contrato. Por otra parte, tampoco cuenta esta Junta Central con un órgano similar al Comité a que se refiere el artículo 9.7 del RD 55/2017, con conocimiento suficiente en la materia para informar al respecto. (…)”. De acuerdo con lo expuesto, y respondiendo a la consulta planteada, el Ayuntamiento desde el que se realiza la consulta deberá dirigir la solicitud del informe a que se refiere el artículo 9.7 del Real Decreto 55/2017, al Comité Superior de Precios del Estado. Finalmente indicar que, sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la presente respuesta a la consulta planteada tiene carácter meramente informativo y en ningún caso resulta vinculante. Es muy importante para el servicio InfocontrataCLM valorar la calidad de la atención que ofrecemos; para ello, ponemos a su disposición esta breve encuesta. Estaríamos encantados de recibir su opinión para poder seguir mejorando. ¡Muchas gracias por su colaboración! Califique la respuesta a esta consulta EL SERVICIO DE ASESORAMIENTO Y NORMALIZACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN
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En primer lugar, y dando respuesta a la primera cuestión planteada por esa Fundación: “¿Qué plazo prevé la Ley de Contratos para ampliar la ejecución de la obra?”, hemos de indicarle que la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP), contempla en el artículo 195 la ampliación del plazo de ejecución de los contratos, señalando expresamente que el mismo será, “por lo menos, igual al tiempo perdido, a no ser que el contratista pidiese otro menor”, siempre que, como dice el citado precepto ”el retraso fuese producido por motivos no imputables al contratista y este ofreciera cumplir sus compromisos”. Respecto de la tramitación del mismo y dando respuesta a la segunda cuestión planteada: Y jurídicamente ¿Qué tramitación conllevaría a efectos de formalización del expediente?, el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, regula en su artículo 100 el modo de proceder cuando el contratista solicita una “prórroga de ejecución” (denominada actualmente en la LCSP “ampliación de plazo”); conforme al mismo, el procedimiento sería el siguiente: 1º.- Petición de ampliación del plazo de ejecución por parte del contratista. Dicha petición habrá de efectuarse en un plazo máximo de quince días desde aquél en que se produzca la causa originaria del retraso, alegando las razones por las que estime no le es imputable y señalando el tiempo probable de su duración. 2º.- Resolución de la Administración. A la vista de dicha petición, la Administración, siempre antes de la terminación del plazo de ejecución del contrato, habrá de resolver sobre la ampliación del mismo. En el caso de que la ampliación se hubiera solicitado en el último mes de ejecución del contrato, la Administración deberá resolver antes de los quince días siguientes a la terminación del plazo. En este caso, durante este plazo de quince días, no podrá continuar la ejecución del contrato, el cual se considerará extinguido el día en que expiraba el plazo previsto si la Administración denegara la prórroga solicitada, o no resolviera sobre ella. Si el contratista no formulara su petición en el plazo antes señalado, la Administración podrá conceder dentro del mes último del plazo de ejecución, la prórroga que juzgue conveniente, con imposición, si procede, de las penalidades que establece el artículo 193.3 de la LCSP o, en su caso, las que se señalen en el pliego de cláusulas administrativas particulares, salvo que considere más aconsejable esperar a la terminación del plazo para proceder a la resolución del contrato. Todo lo anterior, sin perjuicio de lo que pueda establecer sobre esta cuestión el pliego rector del correspondiente procedimiento. Finalmente indicar que, sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la presente respuesta a la consulta planteada tiene carácter meramente informativo y en ningún caso resulta vinculante. Es muy importante para el servicio InfocontrataCLM valorar la calidad de la atención que ofrecemos; para ello, ponemos a su disposición esta breve encuesta. Estaríamos encantados de recibir su opinión para poder seguir mejorando. ¡Muchas gracias por su colaboración! Califique la respuesta a esta consulta SERVICIO DE ASESORAMIENTO Y NORMALIZACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN
El Gobierno de Castilla-La Mancha ha expresado en reiteradas ocasiones, a las entidades autorizadas por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones para ofrecer los servicios y actuaciones del Sistema de Acogida, su ofrecimiento para colaborar en la mejora de la acogida en la Región a personas solicitantes y beneficiarias de Protección Internacional y a niños, niñas y adolescentes (NNA) desplazados desde otras comunidades autónomas, así como su disponibilidad para ampliar la capacidad de acogida a este colectivo en esta Comunidad Autónoma y para colaborar preferentemente en el cumplimiento de los compromisos de reubicación y reasentamiento que el Gobierno español tiene contraídos con la Unión Europea. Para poder hacer efectivo este ofrecimiento es necesario profundizar en la coordinación de las actuaciones, y en la colaboración y complementariedad de todos los recursos destinados a la acogida de las personas solicitantes y beneficiarias de protección internacional, entre el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, la Comunidad Autónoma y las Entidades Locales. Es por ello, por lo que en la Comisión Regional de Acogida Migratoria e Inclusiva CRAMI, grupo de trabajo creado en el seno del Consejo Asesor de Servicios Sociales, se ha elaborado el Protocolo de Coordinación en la Acogida e Integración de personas solicitantes o beneficiarias de Protección Internacional y Atención Humanitaria en Castilla-La Mancha. Por otra parte, con independencia de lo dispuesto en el Manual de Gestión y Procedimientos de Gestión de plazas y ayudas del Sistema Nacional de Acogida, a través del cual se desarrolla y concreta la protección dispensada por España a las personas solicitantes y beneficiarias de Protección Internacional, en los últimos años se han producido cambios que afectan al marco normativo y de actuación general para las distintas líneas de actuación. En consonancia con este marco, la finalidad principal de este protocolo es: Contribuir a estandarizar los procedimientos específicos de intervención con las personas destinatarias y garantizar el acceso a las ayudas y prestaciones en igualdad de condiciones. Adicionalmente, el presente protocolo persigue los siguientes objetivos: Contribuir a la detección de factores de vulnerabilidad de las personas destinatarias. Facilitar el abordaje de los itinerarios de integración de forma individualizada y gradual hasta alcanzar la autonomía de las personas destinatarias en el ámbito territorial donde se ubique el recurso de acogida. Principios y valores del Protocolo Desde este Protocolo se hace hincapié en la aplicación, tanto en las actuaciones y servicios del sistema como en el acceso de las personas usuarias a los servicios públicos que presta esta Comunidad Autónoma, de los siguientes principios[1]: La garantía de las condiciones materiales de acogida. El mantenimiento de la unidad familiar. La garantía del interés superior de la persona menor. La protección de la privacidad y confidencialidad de las personas destinatarias. La Dirección General de Acción Social, velará por que se incardinen estos principios dentro de un enfoque de defensa de los Derechos Humanos. Asimismo, pretende establecer como ejes transversales la igualdad de género y la igualdad de trato, propiciando que ambos estén presentes en todos los proyectos y actuaciones dirigidos a este colectivo, sin olvidar el reconocimiento de la discriminación y la violencia que afecta específicamente a las mujeres y la prevención y atención a las violaciones de los derechos humanos de las personas LGTBI y de las personas por su origen nacional o étnico. Además, todos los servicios y actuaciones previstos en este protocolo deben tener en cuenta la situación de vulnerabilidad como criterio prioritario para su prestación a las personas destinatarias, así como las necesidades de acogida particulares que precisen. Sin perder de vista la perspectiva intercultural en los servicios que se presten. Se considera una prioridad la detección y actuación ante posibles casos de trata de seres humanos, para lo que se aplicarán las recomendaciones y protocolos nacionales e internacionales, así como los específicos para la detección y actuación ante posibles casos de trata de seres humanos con fines de explotación sexual. En las actuaciones objeto de este protocolo también se persigue que sean tenidas en cuenta otras recomendaciones y protocolos nacionales e internacionales existentes en materias como tortura, infancia y familia, violencia de género, o explotación laboral. Por último, con este protocolo se recomienda la aplicación, respecto de las personas usuarias y en el ámbito propio de los Servicios públicos de la Administración regional a los que éstas tengan acceso, de otros principios que rigen la prestación de los servicios de acogida mediante acción concertada, como son los de publicidad y transparencia en los procedimientos, proporcionalidad, eficacia y eficiencia en el uso de los fondos públicos, y no duplicidad en la financiación de los servicios y prestaciones de acogida, procurando que los prestados en otros niveles sean complementarios de éstos. Sobre el papel institucional de la Consejería de Bienestar Social Por lo tanto, desde la Consejería de Bienestar Social se va a coordinar este protocolo con el objetivo de que el conjunto de las instituciones y entidades castellanomanchegas ofrezcamos una acogida digna a las personas que decidan establecerse en nuestro territorio. Igualmente, colaboraremos con la Secretaría de Estado de Migraciones (SEM) y vamos a procurar que la acogida de estas personas represente un desafío y una oportunidad para nuestros municipios ya que nuestro amplio, despoblado y envejecido territorio necesita de personas jóvenes que quieran establecerse en nuestros pueblos y ciudades, que hagan de esta "migración forzada" una nueva oportunidad de vida y futuro, para ello debemos trabajar también en el ámbito de la sensibilización y el fomento de la convivencia intercultural. De la misma manera, y en virtud de las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma, garantizaremos el acceso a los servicios públicos y velaremos porque se cumplan todos los derechos que les corresponden por su condición de personas refugiadas. [1] El Real Decreto 220/2022, de 29 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula el sistema de acogida en materia protección internacional en su título II, artículo 6 establece los principios generales de actuación.
Autoconsumo, Almacenamiento e Instalaciones Térmicas El pasado 30 de junio de 2021 se publicó en el BOE, el Real Decreto 477/2021 por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.Las actuaciones que se convocan mediante la presente orden se corresponden con los programas de incentivos establecidos en el artículo 13 del citado Real Decreto, enumerados a continuación:Programa de incentivos 1: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector servicios, con o sin almacenamiento.Programa de incentivos 2: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento.Programa de incentivos 3: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos.Programa de incentivos 4: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento.Programa de incentivos 5: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector.Programa de incentivos 6: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial.Presupuesto total de la convocatoria tras la ampliación publicada en el DOCM de 23/04/2024 : 87.098.966,14 euros. El presupuesto, podrá ser ampliado, en su totalidad o por cada categoría, en su caso, si existiese disponibilidad presupuestaria para esta misma finalidad, y siempre que no hubiera expirado el plazo de vigencia de los mismos, previa solicitud de la comunidad autónoma y posterior autorización de IDAE.Régimen de las ayudasLas ayudas se concederán en régimen simplificado de concurrencia, por riguroso orden de presentación.Periodo de vigenciaSe podrán presentar solicitudes, desde la fecha de publicación de la convocatoria en el DOCM, hasta el 31 de diciembre de 2023.Incompatibilidad de las ayudasLas ayudas de los programas de incentivos que se aprueban por este real decreto serán incompatibles con otras subvenciones o ayudas que pudieran concederse para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.Ayudas adicionales por reto demográficoEn el RD 477/2021 se establecen ayudas adicionales por reto demográfico, para municipios de hasta 5.000 habitantes y los municipios no urbanos de hasta 20.000 habitantes en los que todas sus entidades singulares de población sean de hasta 5.000 habitantes. Consultar el estado de tramitatación de un expediente y aportación de documentación al mismo Se puede consultar el estado de tramitación de las solicitudes o expedientes en la sede electrónica de JCCM (www.jccm.es), opción “como van mis trámites”, seleccionado “entrar” en “Acceso a tus trámites y gestiones electrónicos con la JCCM sin certificado digital”, con el NIF, CIF, PASAPORTE o NIE con el que se cumplimentó la solicitud y el número de registro de la solicitud o el número del expediente, y pulsando “enviar”. En esta pantalla, al final aparece la opción para “adjuntar documentos” al expediente. Breve descripción del estado del expediente Para expedientes en fase de evaluación de la solicitud de ayudaSolicitud entrada en el órgano competente: Se ha presentado solicitud de ayuda, creado el expediente y se puede aportar documentación al mismo. El expediente se encuentra pendiente de revisión e iniciar la tramitación de lo solicitado.Subsanación: En el expediente, de la revisión de la solicitud de ayuda y/o documentación presentada, se ha detectado que falta o es necesario subsanar documentación o información, que se ha requerido a la persona interesada.Solicitud en estudio: El expediente se encuentra en tramitación y está en algún estado intermedio de la misma.Lista de reserva provisional por insuficiencia de crédito: Actualmente no hay crédito en la partida correspondiente al tipo de persona solicitante del expediente para poder conceder la ayuda.Emitida resolución: Se ha emitido y notificado resolución sobre el expediente en algún sentido (concesión, desestimación, desistimiento, etc.).Para expedientes en fase de justificación de la ayuda concedidaSolicitud entrada en el órgano competente: Se ha presentado solicitud de abono y/o documentación para la justificación de la ejecución de la actuación objeto de la ayuda. El expediente se encuentra pendiente de revisión e iniciar la tramitación de lo solicitado.Subsanación: En el expediente, de la revisión de la solicitud de abono y/o documentación presentada para la justificación de la ejecución de la actuación objeto de la ayuda, se ha detectado que falta o es necesario subsanar documentación o información, que se ha requerido a la persona interesada.Solicitud en estudio: El expediente se encuentra en tramitación y está en algún estado intermedio de la misma.Solicitud en proceso de pago: El expediente se encuentra en proceso de pago de la ayuda correspondiente a lo justificado.Transferencia realizada: En el expediente, se ha procedido a realizar la transferencia del pago de la ayuda correspondiente a lo justificado.Emitida resolución: En el expediente, se ha emitido resolución sobre la justificación en algún sentido (pérdida de derecho al cobro total o parcial de la subvención, aceptación de la renuncia, etc.)Para ambas fasesCerrado: El expediente está cerrado tras finalizar la tramitación correspondiente. Se inserta a continuación información, actualizada a 13 de julio de 2026, relativa a las ayudas concedidas que se encuentran en fase de justificación:Actualmente se está revisando la documentación justificativa presentada para los programas 1, 2 y 3, aportada en noviembre del 2025 de los expedientes que ya tenían fecha de resolución de concesión.Actualmente se está revisando la documentación justificativa presentada para los programas 4 y 5, aportada en mayo de 2025 de los expedientes que ya tenían fecha de resolución de concesión.Actualmente se está revisando la documentación justificativa para el programa 6, aportada en enero de 2025 de los expedientes que ya tenían fecha de resolución de concesión. Así mismo, se informa que, con fecha 13 de junio de 2025, se publicó en el DOCM Resolución de 04/06/2025, de la Dirección General de Transición Energética, por la que se hace público el agotamiento del crédito presupuestario asignado por convocatoria de ayudas correspondiente a los programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU. Resolución agotamiento de crédito presupuestario asignado ayudas autoconsumo.pdf 497.4 KB Actuaciones relacionadas Resoluciones de concesión y desestimación ayudas autoconsumo Publicación de planes estratégicos (RD 477/2021) Documentos de interés Nota informativa deficiencias más comunes detectadas en las solicitudes 128.51 KB Cartel publicitario para persona física - (no obligatorio cuando los beneficiarios sean personas físicas y la ejecución se realice en espacios de carácter particular, conforme la nueva versión del manual de imagen del programa (julio 2024)) 627.27 KB Componente 7 - cartel publicitario 307.36 KB Componente 7 y 8 - cartel publicitario 327.82 KB Componente 8 - cartel publicitario 308.63 KB Componente 31 - cartel publicitario 303.31 KB Informe Reducción 80% GEI Biomasa 136.4 KB URLs de Interés Enlace Diario Oficial con la Convocatoria I.D.A.E. Manual de Imagen del programa Pregunas Frecuentes del programa Modelos de informe
En esta segunda conferencia dentro del ciclo “Una aproximación cultural a la Violencia sobre las mujeres” la periodista deportiva Paloma del Río nos hará recorrido por la historia del deporte femenino en España que ha culminado, en los últimos años, en importantes victorias internacionales de nuestras deportistas. Paloma del Río posee una carrera profesional ligada a la retransmisión y a programas deportivos en televisión, donde ha ocupado cargos de redactora jefa, locutora y directora de programas. A lo largo de su larga y fructífera trayectoria profesional de más de 37 años, ha recibido premios tales como el Ondas de Televisión a la Mejor Presentadora, la Medalla de Oro de la Real Orden del Mérito Deportivo, el Premio Talento de la Academia de Televisión y el Premio Iris de la Crítica. Ha sido una mujer pionera en el ámbito del periodismo deportivo, altavoz de la diversidad y un referente para todas las personas que se dedican al periodismo deportivo en España, contribuyendo, con rigor y honestidad, a un deporte más inclusivo. Como mujer ha dado voz a la diversidad en un entorno masculinizado y ha sido capaz de acercar al gran público deportes minoritarios, combinando rigor periodístico, amplio conocimiento técnico, profesionalidad, pasión y calidez humana. Nadie como Paloma del Río para ensalzar el esfuerzo y los logros conseguidos por el deporte español femenino. Entrada libre hasta completar aforo.
El comienzo del verano y la subida de las temperaturas nos invitan a conocer nuestros senderos y espacios naturales y no hay nada mejor para hacerlo a través actividades específicas enfocadas en conocer nuestra región. En este caso adaptándonos a la nueva estación: lugares fresquitos, actividades nocturnas, talleres en los centros...Como ya sabéis, Vive Tu Espacio es un programa de sensibilización e interpretación ambiental de nuestro patrimonio natural que acerca a los visitantes y a la población local los espacios naturales protegidos de nuestra región. Su objetivo es crear una mayor concienciación y ayudar a su conocimiento para poder protegerlos, conservarlos y disfrutarlos de una manera sostenible y ecológica. Todo lo necesario para que disfrutes y conozcas de la mano de personal especializado del sector las maravillas de nuestros espacios naturales.A lo largo de este trimestre tendremos un amplio programa de actividades gratuitas y aptas para todos los públicos.Saldremos de ruta tempranera por los espacios naturales, observaremos el cielo nocturno y descubriremos nuestra fauna nocturna más desconocida; realizaremos rutas en bicicleta y anillamientos científicos ,jugaremos a ser exploradores y practicaremos nuestra destreza fotográfica así como un largo etcétera. Todo ello con el objetivo de VIVIR nuestros espacios naturales protegidos.Aunque para los colegios el programa "EXPLORA TU ESPACIO" se toma un respiro hasta septiembre, las asociaciones y otras entidades pueden concertar visitas con el. Visita este enlace y elige tu espacio natural. PINCHE AQUÍ PARA ACCEDER A TODA LA INFORMACION SOBRE EL PROGRAMA EXPLORA TU ESPACIOLas más de 30 actividades en el medio natural que ofrece el Programa de Vive Tu Espacio se complementan además con las visitas guiadas "DEL CENTRO AL SENDERO" que aúnan naturaleza y conocimiento en los Centros de Recepción de Visitantes de la región por parte de nuestros monitores y guías. Nos adaptamos a las altas temperaturas.Las zonas en las que podrás encontrar nuestras rutas guiadas son:CENTRO DE VALDEMECA + RUTA "FUENTE ARDILLA" Parque Natural de la Serranía de Cuenca.CENTRO DE YESTE + RUTA "CALAR DEL MUNDO POR LA VEREDA DE SILES". Parque Natural Calares del Mundo y de la SimaCENTRO DE RIÓPAR+ RUTA "POR DEFINIR". Parque Natural de los Calares del Mundo y de la SimaCENTRO DE CANTALOJAS + RUTA "SENDA DE CARRETAS". Parque Natural de la Sierra Norte de GuadalajaraCENTRO DE EL CARDOSO DE LA SIERRA + 3 RUTAS DIFERENTES. Parque Natural de la Sierra Norte de GuadalajaraCENTRO DE OREA+RUTA "RIO DE PIEDRAS". Parque Natural del Alto TajoCENTRO DE CHECA + RUTA "AGUASPEÑAS". Parque Natural del Alto TajoCENTRO DE BRAZATORTAS + RUTA "EL OJUELO". Parque Natural Valle de Alcudia y Sierra MadronaCENTRO DE MANYONA. Parque Natural Barranco del rio DulcePara INSCRIBIRTE en estas rutas y visita: Inscripción Visita guiada + ruta Para más información de cada actividad y sus requisitos e información detallada tendrás que acceder a la web de Áreas Protegidas: ACTIVIDADES ORGANIZADASLas inscripción a las actividades se abrirán, por defecto, entre 16 y 17 días antes de que tenga lugar la actividad salvo excepciones que quedarán especificadas en la web. Todas las inscripciones deben realizarse a través del siguiente enlace: Inscripción Programa Vive Tu Espacio Naturalea en Castilla-La Mancha, estamos al alcance de tu bota.
CIAPA: El Gobierno regional impulsa la reintroducción de la gallina negra castellana en el medio rural a través de un programa de recuperación Noticia 05 de Abril de 2021 CIAPA-IRAF. Centro de Investigación Apícola y Agroambiental Desde el Centro de Investigación Apícola y Agroambiental de Marchamalo (CIAPA), pertenececiente al Instituto Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario y Forestal de Castilla-La Mancha (IRIAF), adscrito a la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, se han repartido huevos para incubar o ejemplares de un día de vida a cerca de 500 personas interesadas en recuperar esta especie en sus explotaciones, en 183 localidades de Guadalajara. La Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural ha impulsado la reintroducción de la gallina negra castellana, una raza en peligro de extinción, en el medio rural, a través de un programa de recuperación que se desarrolla desde el Centro de Investigación Apícola y Agroambiental de Marchamalo, en la provincia de Guadalajara, dependiente del Instituto Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario (IRIAF) de la Administración agraria. Desde aquí, se trabaja en la recuperación, conservación y potenciación de determinadas razas ganaderas presentes en la región que se encuentras, en la actualidad, en grave regresión o en peligro de desaparición, estando catalogadas por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente como Razas Autóctonas en Peligro de Extinción, como es el caso de esta gallina de plumaje negro, patas de color pizarra, que pone unos huevos blancos de enorme calidad y que se adapta perfectamente a la climatología de la provincia de Guadalajara. El proyecto de recuperación partió con tan solo diez gallinas y se centra en incubar huevos a pequeña escala para posteriormente distribuir los pollos de tan solo un día de vida de forma gratuita, sobre todo a nivel rural, para repoblar el medio rural con estos animales que en su día fueron sustituidos de las explotaciones por otras razas híbridas menos adaptadas al territorio y climatología. Desde el inicio del programa de recuperación, se han repartido ya más de 6.000 pollos y cerca de 1.400 huevos engallados para su incubación, a cerca de 500 personas interesadas en recuperar esta especie en sus explotaciones, en 183 localidades de la provincia de Guadalajara. Una vez se consolide en esta zona de la región, se continuará el trabajo ampliando la reintroducción de estos ejemplares al resto de la Comunidad Autónoma. Desde el Centro de Investigación Apícola y Agroambiental de Marchamalo, se está también en contacto con organizaciones que desarrollan una labor similar a nivel nacional, como es Ganeca, para lograr la recuperación, mejora y divulgación de la gallina castellana negra. ¿Te ha gustado? Comparte:
Artículo Científico Cultivos Leñosos Manejo de las polillas de almacén como plaga del pistacho ecológico almacenado. 18 de Enero de 2022 CIAG-IRIAF. Centro de Investigación Agroambiental "El Chaparrillo" Las plagas de almacén constituyen un elemento de gran importancia económica para las producciones agrarias. La bibliografía existente en cuanto al control de este tipo de insectos está en su mayor parte centrada en los cereales, por ello se ha considerado importante repasar la situación y métodos de control existentes en el pistacho ecológico almacenado. Es especialmente abundante en Castilla - La Mancha la conocida vulgarmente como polilla de la harina (Plodia interpunctella H.). De entre los principales países productores, esta plaga se encuentra referenciada en Irán, Estados Unidos y España (Couceiro et al., 2017). En Irán es considerada la plaga más importante en pistacho almacenado, causando daños cuantitativos y cualitativos de elevada magnitud (Bakhshi et al., 2020). Estas polillas son capaces de penetrar en una amplia gama de alimentos generando un notable impacto económico debido a la pérdida directa de producto y a factores indirectos tales como el coste del control de la plaga y el deterioro de la calidad del producto. Los adultos se esconden en grietas y desarrollan poblaciones residuales, las cuales son responsables de nuevas infestaciones. Existe una enorme falta de estudios acerca de las plagas asociadas al pistacho almacenado en la Península Ibérica. El destacado aumento de la superficie dedicada a este atractivo fruto seco llevará consigo un inevitable incremento del número de almacenes que deberán contar con estrategias adecuadas para el manejo de los insectos que puedan dañar los granos de pistacho, con el perjuicio económico que podría suponer. En este artículo se repasan los métodos de control compatibles con las normativas europeas de producción ecológica y se estudian sus posibilidades. El control químico parece ser poco eficaz, y a la vez problemático por la generación de resistencias que van aumentando de modo gradual en el tiempo. Revista Revista Agricultura, nº Revista, volumen, páginas: 1056, 63-65. Autores Sara Rodrigo Gómez, Stéfano Armadoro, Luc Autores a Armadoro, Esaú Martínez Burgos. Modalidad Artículo Divulgativos Área Investigación de Leñosos Tema Cultivos Leñosos Descargar Resumen IRIAF. Artículo Científico 2021. Cultivos Leñosos. Polillas de Almacen como plaga pistacho ecologico. CIAG 106.45 KB
Hasta el 31 de julio de 2025 se encuentra abierto el plazo para solicitar participar con una comunicación en el Congreso Internacional sobre arquitectura y economía circular RESTBUILT, organizado por el Departamento de Construcciones Arquitectónicas de la Escuela Técnica de Arquitectura de Valladolid y la Agencia de Innovación del Ayuntamiento de Valladolid. El congreso se se llevará a cabo en la ETSAVA el 17 de octubre de 2025 con el objetivo de establecer un espacio de encuentro y reflexión sobre el papel transformador de la arquitectura en el contexto de la economía circular. Se pueden plantear comunicaciones presenciales o virtuales, las cuales serán evaluadas por el sistema de doble par ciego. Previo al congreso, se publicará un libro de resúmenes/Actas con ISBN. Posteriormente se solicitará a los autores el texto completo de la ponencia para su publicación como libro con ISBN. Las líneas de investigación sobre las que deberán tratar las comunicaciones son muy variadas abarcando un amplio espectro: reciclaje de materiales para la construcción, reconversión de arquitecturas fuera de uso, gestión sostenible, etc. Tanto la participación con comunicaciones como la inscripción al congreso es gratuita. Toda la Información sobre el congreso puede consultarse en la página de eventos de la Universidad de Valladolid en: http://eventos.uva.es/go/Restbuilt Este evento está directamente vinculado con el ODS 12 Producción y consumo responsables
El Diario Oficial de Castilla-La Mancha de fecha 27 de julio de 2016 publica la resolución de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, de 20 de julio, por la que se convocan los Premios y Distinciones al Mérito Deportivo para el año 2015. Las propuestas pueden ser presentadas por personas y por instituciones o entidades castellano manchegas, finalizando el día 29 de agosto el plazo de presentación de propuestas. PLAZO AMPLIADO HASTA EL 12 DE SEPTIEMBRE DE 2016 Las solicitudes pueden presentarse de forma telemática, mediante el envío de los datos a través del formulario disponible en la dirección de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es//tramitesygestiones/premios-y-distinciones-al-merito-deportivo-de-castilla-la-mancha) o en el registro de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, en sus Direcciones Provinciales o en los cauces previstos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: Como en años anteriores, el acto de entrega de estos Premios y Distinciones tendrá lugar en la Gala del Deporte, un acto solemne en el que estas personas y entidades recibirán públicamente el merecido reconocimiento a su labor.