En relación con la citada consulta hemos de indicar en primer lugar que de conformidad con lo establecido en el artículo 2.1 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (en adelante RBEL) y la disposición final segunda de la Ley 33/2003, de 3 noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas (en adelante LPAP), el régimen de bienes de las entidades locales se rige entre otras normas, por la LPAP. En este sentido indicar que Castilla –La Mancha cuenta con su propia ley de patrimonio, Ley 9/2020, de 6 de noviembre, de Patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha; no obstante, y de acuerdo con lo previsto en los artículos 1 y 2 de la misma, el patrimonio de las entidades locales de la región queda fuera de su ámbito de aplicación. Así las cosas, el artículo 110.1 de la LPAP dispone que: “Los contratos, convenios y demás negocios jurídicos sobre bienes y derechos patrimoniales se regirán, en cuanto a su preparación y adjudicación, por esta ley y sus disposiciones de desarrollo y, en lo no previsto en estas normas, por la legislación de contratos de las Administraciones públicas. Sus efectos y extinción se regirán por esta ley y las normas de derecho privado.” Dispone el artículo 115 de la LPAP que “para la adquisición de bienes o derechos la Administración podrá concluir cualesquiera contratos, típicos o atípicos”, contemplándose en el artículo 116.4 de la LPAP expresamente el procedimiento de adquisición directa para una serie de supuestos determinados, entre los cuales se encuentra el de la especial idoneidad del bien, como es el caso que nos ocupa, ya que ese consistorio pretende adquirir una parcela rústica que contiene restos arqueológicos. Por su parte, la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP) excluye de su ámbito de aplicación en el artículo 9.2 “a los contratos de compraventa, donación, permuta, arrendamiento y demás negocios jurídicos análogos sobre bienes inmuebles, valores negociables y propiedades incorporales, a no ser que recaigan sobre programas de ordenador y deban ser calificados como contratos de suministro o servicios, que tendrán siempre el carácter de contratos privados y se regirán por la legislación patrimonial (…)”. No obstante, respecto de las relaciones jurídicas, negocios y contratos excluidos del ámbito de la LCSP, la misma señala en su artículo 4, que “se regirán por sus normas especiales, aplicándose los principios de esta Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse”. En el caso en cuestión, al tratarse de la adquisición directa de una finca rústica con especiales características (restos arqueológicos) según resulta del texto de la consulta, nos encontramos ante un contrato excluido de aplicación de la LCSP, que se regula por la legislación patrimonial de las Administraciones Públicas, pudiéndose acudir a los principios de la LCSP para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse. En este procedimiento de adquisición directa, no hay licitación propiamente dicha y tampoco concurrencia, ya que solo habría un licitador, el propietario de la finca en cuestión. Una vez resuelto que el contrato que se pretende formalizar no se encuentra sujeto a la LCSP y respecto de su publicación en la Plataforma de Contratación del Sector Público (en adelante PLACSP), hemos de indicar que dicho contrato no precisa de publicación en dicha plataforma. En este sentido el artículo 63 de la LCSP al regular el perfil de contratante configura el mismo como “un elemento que agrupa la información y documentos relativos a la actividad contractual (se entiende respecto de los contratos a los que sea de aplicación la LCSP). La finalidad de PLACSP como señala expresamente el Portal de Administración Electrónica del Gobierno de España es convertirse en la "plaza de mercado" para la concurrencia de compradores del sector público y licitadores facilitando así el desarrollo de la contratación pública electrónica. Como ha quedado dicho anteriormente, en el caso que nos ocupa, además de tratarse de un contrato excluido de la LCSP, no hay licitación propiamente dicha, ni concurrencia, por lo que el contrato que pretende formalizar el Ayuntamiento no ha de publicarse en PLACSP. Igualmente, hemos de señalar que no rige pues, respecto de los medios de comunicación utilizables en el procedimiento en cuestión, lo dispuesto por la LCSP, en su disposición adicional decimoquinta, sobre la tramitación de los procedimientos de adjudicación, que conlleva la obligación de tramitarlos a través de medios exclusivamente electrónicos. En este caso procede la aplicación supletoria de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante LPACAP), de acuerdo con el artículo 7 de la LPAP. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante LPACAP), la persona física de la que se pretende adquirir el bien no resulta obligada a relacionarse con ese Ayuntamiento por medios electrónicos. Dice así el artículo 14.1 de la LPACAP “Las personas físicas podrán elegir en todo momento si se comunican con las Administraciones Públicas para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas (…)”. El apartado segundo del citado artículo establece quienes están obligados a relacionarse con las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos: “2. En todo caso, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos: a) Las personas jurídicas. b) Las entidades sin personalidad jurídica. c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración. e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.” De acuerdo con lo expuesto y a modo de conclusión, señalar que la adquisición directa se regula en la LPAP quedando excluida de la LCSP; consecuencia de lo anterior y dada la ausencia de concurrencia en la adquisición que pretende ese Ayuntamiento, la misma no ha de publicarse en PLACSP y del propio modo, no resulta aplicable la obligación de relacionarse por medios electrónicos, dado que el adquirente es una persona física, que no reúne los requisitos o condiciones que la LPACAP prevé para resultar obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración. Finalmente indicar que, sin perjuicio de lo señalado anteriormente, la presente respuesta a la consulta planteada tiene carácter meramente informativo y en ningún caso resulta vinculante. Es muy importante para el servicio InfocontrataCLM valorar la calidad de la atención que ofrecemos; para ello, ponemos a su disposición esta breve encuesta. Estaríamos encantados de recibir su opinión para poder seguir mejorando. ¡Muchas gracias por su colaboración! Califique la respuesta a esta consulta SERVICIO DE ASESORAMIENTO Y NORMALIZACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN
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Certificación forestal La certificación forestal es un instrumento que garantiza a la sociedad que la madera o cualquier otro recurso forestal (leñas, resina, setas…) procede de un bosque gestionado de manera sostenible, siendo dicha gestión:Ambientalmente responsable, garantizando que el aprovechamiento de madera y productos no maderables mantiene la biodiversidad, la productividad y os procesos ecológicos de las áreas forestales.Socialmente beneficiosa, contribuyendo a que la población local y la sociedad disfruten de los beneficios a largo plazo de los sistemas forestales, con una mejor gestión de los recursos locales y la implicación de más actores en los planes de gestión forestal.Económicamente viable, mejorando la eficacia y rentabilidad de las operaciones forestales, sin poner en peligro los recursos, los ecosistemas o las poblaciones del entorno.Además, una gestión forestal responsable asegura el mantenimiento de los servicios de los ecosistemas, cuidando que aquellos elementos más sensibles no se vean afectados como la conservación de especies amenazadas, las aguas superficiales, la protección de cuencas, el almacenamiento y secuestro de CO2, así como el uso recreativo de los montes.El proceso de certificación forestal acredita el cumplimiento de unas normas y estándares de referencia reconocidos internacionalmente. Los dos sellos para la certificación de la Gestión Forestal Sostenible en España son FSC® (Forest Stewardship Council o Consejo de Administración Forestal) y PEFC (Programme for the Endorsement of Forest Certification Schemes o Programa para el Reconocimiento de Esquemas de Certificación Forestal).Sistema FSC®El FSC es una organización mundial, sin fines de lucro, dedicada a promover el manejo forestal responsable a escala global. Los estándares de FSC tienen el respaldo de actores ambientales, sociales y económicos y abordan una amplia gama de temas, desde el mantenimiento de altos valores de conservación del monte, hasta las relaciones con la comunidad promoviendo la información y participación pública en la gestión de los montes y los derechos de los trabajadores, así como el seguimiento de los impactos ambientales y sociales de la gestión forestal.Los Principios y Criterios que rigen la certificación FSC se basan en los Estándares Españoles de Gestión Forestal para la certificación FSC. FSC-STD-ESP-03-2018 ES. Estos Principios son los siguientes:Cumplimiento de leyes.Derechos de los trabajadores y condiciones de empleo.Derechos de los pueblos indígenas (sin aplicación en el Estado español).Relaciones con las comunidades.Beneficios del monte.Valores e impactos ambientales.Planificación de la gestión.Seguimiento y evaluación.Altos Valores de Conservación.Aplicación de las actividades de gestión.Sistema PEFCEn 1998 surge PEFC como una iniciativa voluntaria del sector privado forestal, basada en los criterios e indicadores emanados de las Conferencias interministeriales de Helsinki (1993) y Lisboa (1998) para la protección de los bosques de Europa. En 1999 se constituye PEFC España, entidad sin ánimo de lucro y miembro fundador del Consejo PEFC a nivel internacional. Los criterios e indicadores de la certificación PEFC se basan en la norma UNE 162.002: 2013 Gestión Forestal Sostenible. Criterios e indicadores.Los seis Criterios Paneuropeos son:Mantenimiento y mejora adecuada de los recursos forestales y su contribución al ciclo global del Carbono.Mantenimiento y mejora de la salud y vitalidad de los ecosistemas forestales.Mantenimiento y potenciación de las funciones productivas de los montes.Mantenimiento, conservación y mejora apropiada de la diversidad biológica en los ecosistemas forestales.Mantenimiento y mejora apropiada de funciones de protección en la gestión del bosque (sobre todo, suelo y agua).Mantenimiento de otras funciones y condiciones socioeconómicas.Los gestores o propietarios forestales que deseen certificar la gestión de sus montes deberán cumplir los requisitos de los esquemas de certificación forestal (FSC y/o PEFC), y la mejor forma de realizarlo es a través de la implantación de un Sistema de Gestión Forestal Sostenible (SGFS). La Consejería de Desarrollo Sostenible pone a disposición las Directrices de gestión forestal sostenible que se aplican en los montes certificados.El SGFS implantado debe someterse a un proceso de evaluación y auditoría por parte de una entidad de certificación que verifique que se cumplen los requisitos de los estándares y normas de referencia. Esta entidad debe estar acreditada por el FSC Internacional, en el caso de FSC, o por ENAC (Entidad Nacional de Acreditación), en el caso de PEFC.La certificación forestal imprime un sello de calidad a la gestión y un carácter diferenciado a los productos forestales que proceden de montes certificados, satisfaciendo la demanda por parte de los consumidores de productos procedentes de montes gestionados con criterios de sostenibilidad. Gracias al requerimiento de Cadena de Custodia, se garantiza la trazabilidad del producto forestal de un bosque bien gestionado, conectando los bosques y los consumidores, convirtiendo la certificación forestal en una importante herramienta de mercado que genera demanda y garantiza el abastecimiento de recursos de manera responsable.El proceso de certificación forestal es voluntario y debe ser transparente y abierto a la participación pública, por este motivo cualquier ciudadano interesado o afectado por el proceso, puede aportar todo tipo de sugerencias, consultas, observaciones y/o quejas. La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en un ejercicio de transparencia, ha puesto en marcha planes de prevención de riesgos de corrupción poniendo a disposición de la ciudadanía el portal web Gobierno Abierto y Transparente (https://transparencia.castillalamancha.es/).De acuerdo a la Ley 3/2008, de Montes y Gestión Forestal Sostenible, la Administración regional se compromete a promover el desarrollo de los sistemas de certificación forestal, garantizando que el proceso sea voluntario, transparente y no discriminatorio, y velará porque dichos sistemas establezcan requisitos en relación con los criterios ambientales, económicos y sociales que permitan su homologación internacional.Así mismo, en los procedimientos de contratación pública, la Junta de Comunidades de Castila-La Mancha tratará de adoptar las medidas oportunas, de una parte, para evitar la adquisición de madera y productos derivados procedentes de talas ilegales de terceros países, y de otra, para favorecer la adquisición de aquellos procedentes de bosques certificados. Así mismo, mediante campañas de divulgación, se fomentará el consumo responsable de estos productos por parte de los ciudadanos.La Ley 3/2008, de Montes y Gestión Forestal Sostenible, establece con carácter general, que para los montes en régimen general administrativo que sustenten masas arbóreas y que tengan una superficie superior a 100 hectáreas, será exigible la presentación por parte del propietario del monte de un instrumento de gestión forestal sostenible.Certificación de producción ecológica de pastos y recolección de frutos silvestres en Montes de Utilidad Pública de Castilla-La Mancha.La producción ecológica es un sistema de producción agrícola, ganadera y de alimentos, protegida por el Reglamento (UE) 2018/848 y sus actos delegados y de ejecución. Los pastos y recolección de frutos silvestres están contenidos en la categoría “vegetales y productos vegetales no transformados, incluidas las semillas y demás materiales de reproducción vegetal” según el artículo 35 del Reglamento de la Unión Europea anteriormente mencionado.En agosto de 2023 la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha a través de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad ha certificado en esta categoría un total de 111.400,12 has de montes de utilidad pública en producción ecológica de pastos y recolección de frutos silvestres. El certificado y los montes certificados pueden consultarse en la sección de descargas.Actuaciones Relacionadas: Certificación forestal en AlbaceteCertificación forestal en Ciudad RealCertificación forestal en CuencaCertificación forestal en GuadalajaraCertificación forestal en ToledoURLs de Interés: Visor de Montes de C-LMFSC: Consejo de Certificación ForestalPEFC: Programa para el Reconocimiento de Esquemas de Certificación Forestal Documentación Documento Certificación de producción ecológica de pastos y recolección de frutos silvestres en M.U.P 72.43 KB Documento Superficie certificada pública en Castilla-La Mancha 75.73 KB Documento Directrices de gestión forestal sostenible 354.08 KB
La normativa vigente en materia de Protección Jurídica del Menor establece como requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. A tal efecto, quien pretenda el acceso a tales profesiones, oficios o actividades debe acreditar esta circunstancia mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales. Al objeto de dar cumplimiento a dicha exigencia, se ha publicado con fecha 14 de Noviembre de 2016 en el DOCM nº 221 la, Resolución, de 26/10/2016, de la Dirección Gerencia del SESCAM, para la aplicación del artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, tras la modificación realizada por la Ley 26/2015, de 28 de julio, a los profesionales pertenecientes al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha., Ámbito de aplicación, El certificado del Registro Central de Delincuentes Sexuales será exigible para los siguientes profesionales: a) Todos aquellos pertenecientes a categorías de, personal estatutario sanitario, , en los términos establecidos en el artículo 6 de la Ley 55/2003, de 18 de diciembre por la que se aprueba el Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, así como las desempeñadas por, personal funcionario y laboral, , con la excepción de los puestos adscritos a la Gerencia de Coordinación e Inspección. b) Los pertenecientes a las categorías de, celador y trabajador social, independientemente de su vinculación de empleo con el Sescam: estatutarios, funcionarios o laborales. c) Aquellos que presten sus servicios en las, unidades de Pediatría, de tratamiento de trastornos alimentarios y/o de salud mental infanto/juvenil, en las que se encuentre adscrito personal estatutario, funcionario o laboral (independientemente de su categoría profesional). Tendrán la obligación de presentar la certificación negativa los profesionales en servicio activo que no la hayan presentado y estén incluidos en el ámbito de aplicación de la resolución. Está, asimismo, sujeto a la obligación de presentar la certificación negativa el, personal en formación por el sistema de residencia que presta servicios en unidades y centros sanitarios del SESCAM acreditados para la docencia, , en cualquiera de las especialidades en ciencias de la salud que aparecen relacionados en el anexo I del Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero., Procedimiento para la obtención del certificado para el personal en servicio activo (OPCIONES), Los profesionales en servicio activo en el momento de la entrada en vigor de la Resolución, y que se encuentren dentro del ámbito de aplicación de la misma, deberán realizar alguna de las siguientes actuaciones:, AUTORIZAR al SESCAM, a través del E-PORTAL DEL PROFESIONAL,, para que compruebe y verifique los datos contenidos en el Registro Central de Delincuentes Sexuales. Para ello se habilitará un, trámite, en el E-Portal del Profesional denominado “, Autorización para solicitar certificación del Registro Central de Delincuentes Sexuales, ”., En el caso de que el profesional afectado no autorice, la consulta de datos por parte del SESCAM, deberá, PRESENTAR EL CERTIFICADO, del Registro Central Delincuentes Sexuales, a través de las Unidades de Personal de su Gerencia en el plazo establecido., Plazo de presentación, Personal en servicio activo:, el plazo establecido para presentar la autorización o, en su defecto, el certificado es desde el, 1 de enero de 2017 hasta el 31 de marzo de 2017, , incluidos., Supuestos de nuevo acceso a través de procesos selectivos, de movilidad o formas de provisión:, se exigirá la aportación de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, con carácter previo, a la efectividad de la resolución, nombramiento o contratación de que se trate., Profesionales en formación por el sistema de residencia:, deberán aportar en el acto de, toma de posesión, de sus plazas certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales.
El Portal de Transparencia y Salud de Castilla-La Mancha es un espacio online abierto a los ciudadanos que responde al compromiso de garantizar la transparencia en lo que concierne a la asistencia sanitaria. Desde este momento podrá acceder fácilmente a nuevos contenidos útiles, a través de la portada principal de la página web de Sanidad Castilla-La Mancha.. En este espacio podrá consultar cómodamente toda la información relacionada con los tiempos de acceso y espera de determinados servicios sanitarios, así como la opinión de los pacientes, trámites online o cambio de domicilio de su tarjeta sanitaria, entre otros. Las administraciones articulamos así el derecho de acceso a la información pública generando total transparencia a la hora de explicar la gestión realizada, los resultados conseguidos y los recursos empleados para infundir confianza entre los ciudadanos. Trámites y Prestaciones Trámites y Prestaciones La Voz del Paciente Calendario vacunal Cambios Tarjeta Sanitaria
La información que aquí se facilita lo es a mero título informativo, no teniendo carácter vinculante para la Administración. Oferta de Empleo Público 2022 para la estabilización de empleo temporal en ejecución de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre., ¿Cuáles son las modalidades de los procesos selectivos para la provisión de las plazas?, - Se convocan plazas por concurso-oposición. (Artículo 2.1 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre). El concurso-oposición consiste en la celebración sucesiva de las fases de oposición y de concurso. La fase de oposición no tendrá carácter eliminatorio. - Se convocan plazas por concurso (disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre). En el concurso se valoran los méritos de las personas aspirantes. La valoración del proceso selectivo se efectuará sobre una puntuación máxima de 100 puntos, distribuidos de forma que la valoración de los méritos por experiencia profesional constituirá el 60 por ciento de la puntuación total, suponiendo, por tanto, la valoración de los méritos correspondientes a otras actividades el 40 por ciento restante. ¿Se puede participar por ambos sistemas de provisión a la vez? Sí, tanto para la misma categoría como para categorías diferentes. No obstante, para la provisión de plazas por concurso-oposición, sólo se podrá participar, para cada categoría, a través de uno de los Sistemas de Acceso: libre o de personas con discapacidad. En esta oferta de empleo no hay plazas para el acceso por promoción interna. ¿Quién puede participar? Todas aquellas personas que reúnan los requisitos establecidos en la Base 2 de las respectivas convocatorias., ¿Se necesita haber prestado un tiempo mínimo de servicios para poder participar?, No es requisito necesario haber prestado un tiempo mínimo de servicios en Instituciones Sanitarias. ¿Dónde puedo encontrar los temarios de las categorías a las que se accede por concurso-oposición? Visitando los siguientes enlaces:, TEMARIO OFERTA ESTABILIZACIÓN EMPLEO TEMPORAL, ¿Hasta qué día se computan los méritos en la fase de concurso? Hasta el último día del plazo del plazo de presentación de las solicitudes de participación en el proceso selectivo., REQUISITOS, Todavía no tengo la titulación requerida para participar en los procesos, pero la obtendré pronto, ¿podría presentarme? No, tal y como establecen las bases de la convocatoria, los requisitos necesarios para participar en los procesos selectivos deben poseerse a fecha del último día de presentación de solicitudes, y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta la fecha de toma de posesión como personal estatutario fijo. ¿Tengo que justificar y aportar documentos que acrediten que cumplo los requisitos para poder participar en el proceso selectivo? ¿Cuándo? El cumplimiento de requisitos NO debe acreditarse junto con la solicitud. Los requisitos generales de participación los tendrán que acreditar únicamente aquellos aspirantes que al finalizar hayan superado el proceso selectivo, y lo tendrán que hacer una vez hayan concluido las fases de oposición y concurso, de acuerdo con lo establecido en las respectivas bases de convocatoria. Para ello dispondrán de un plazo que se establecerá en la resolución que al efecto se publique en el DOCM. ¿Tengo que aportar algún certificado de título académico para justificar mi nivel de estudios? No. Para la realización de la inscripción en pruebas selectivas no es necesario que adjunte ningún certificado o título que acredite su nivel de estudios. ¿Se podrán presentar por el sistema de acceso de personas con discapacidad aquellas que tienen reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado total, absoluta o gran invalidez, y los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad? Sí, podrán presentarse; para ello deben poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. Para su acreditación documental, también se está a lo dispuesto en el Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad. ¿Puedo solicitar la adaptación de tiempos y medios para realizar las pruebas selectivas con independencia de que me presente por el turno libre o de discapacidad? Sí, para aspirantes con discapacidad acreditada de un 33% o superior. Puede solicitar la adaptación de pruebas con independencia de que se presente a las pruebas por el turno de discapacidad o por el turno libre. En ambos casos, se deberá cumplimentar dicho apartado de la solicitud con los siguientes criterios: • Eliminación de barreras arquitectónicas y mesa adaptada a la silla de ruedas. • Ampliación del tiempo de duración de la prueba. • Aumento del tamaño de los caracteres del ejercicio escrito, por dificultad de visión. • Necesidad de intérprete, debido a sordera. • Sistema braille de escritura, o ayuda de una persona por ser invidente. • Otras, especificando cuáles. ¿Cuándo puedo solicitar la adaptación de tiempos y medios? Los aspirantes a las pruebas selectivas por concurso-oposición que deseen solicitar adaptación de tiempo y medios deberán indicarlo expresamente en el apartado habilitado al efecto en la solicitud. Además deberán presentar junto a la solicitud y en el mismo plazo, el Dictamen técnico Facultativo (DTF). La persona interesada deberá señalar en los apartados correspondientes de la solicitud, si el dictamen técnico facultativo obra en poder de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. En este caso, el grado de discapacidad y el dictamen técnico facultativo serán comprobados de oficio por el órgano gestor convocante, salvo que la persona participante manifieste su oposición expresa, en cuyo caso deberá aportarlo escaneado junto con la solicitud electrónica o presencial en los términos establecidos en la convocatoria. Cuando se haya reconocido en otra Comunidad Autónoma diferente, deberá aportarlo el interesado/a junto con la solicitud electrónica o presencial., CONVOCATORIA, No encuentro las bases de las convocatorias, ¿dónde puedo consultarlas? Puede consultar las bases de las convocatorias en el portal web del SESCAM en el siguiente enlace:, BASES CONVOCATORIAS OEP 2022, Desde el SESCAM se recomienda encarecidamente a todos los aspirantes, que lean con detenimiento las bases de los procesos selectivos, puesto que en ellas se encuentra toda la información necesaria para comprender el funcionamiento de los mismos. ¿Qué sucede si he marcado en la solicitud, "ME OPONGO"? Si marca las casillas de "ME OPONGO", imposibilita que el órgano gestor acceda a los datos que la Administración ya tiene sobre su persona a los efectos de verificar los que afectan a su identificación personal, titulación, condición de demandante de empleo, condición de discapacidad. ¿Es posible anular o modificar una solicitud registrada de forma electrónica? No. Una vez que la solicitud ha quedado registrada, ya no es posible ni su anulación, ni tampoco su modificación a través de la aplicación de Inscripción en pruebas selectivas. Cualquier corrección o modificación que se desee realizar una vez presentada la solicitud, deberá efectuarse en el plazo de presentación de las mismas. En el caso de que se quiera modificar alguno de los datos de la solicitud presentada, se deberá registrar una nueva solicitud o solicitar la corrección de los datos mediante escrito dirigido a la Dirección General de Recursos Humanos del Sescam, Avda. Río Guadiana, nº 4 CP 45071 de Toledo. En el caso de que decida registrar una nueva solicitud y de que la primera solicitud que llevó a efecto ya estuviese pagada, NO es necesario que vuelva a realizar de nuevo el procedimiento de pago. Los errores materiales, de hecho o aritméticos que no conlleven la exclusión del proceso selectivo podrán subsanarse en cualquier momento, mediante escrito dirigido a la Dirección General de Recursos Humanos. ¿Cómo corrijo los errores materiales, de hecho o aritméticos comunicados en una solicitud que ya he presentado? Tendrá que comunicar al órgano gestor los datos correctos. Para ello, deberá presentar un escrito indicando: a) Nombre, apellidos, DNI. b) Identificación del medio electrónico, o en su defecto, lugar físico en que desea que se practique la notificación. c) Hechos, razones y petición en que concreta, con toda claridad, su solicitud. • Expone: - Que el día XX/XX/XXXX, presenté una solicitud de inscripción por vía electrónica/presencial para el proceso selectivo de ingreso al Cuerpo... - Que en el modelo normalizado de solicitud ya presentado consta un error en el siguiente campo (nombre, apellidos, fecha de nacimiento, domicilio, etc.) - Que el dato correcto es el siguiente: X...... •Solicita: - Que se subsane dicho error. Lugar y fecha. Firma o acreditación de la autenticidad de su voluntad expresada por cualquier medio. Este escrito debe ir dirigido a la Direccion General de Recursos Humanos del Sescam, Avda. Río Guadiana, nº 4 CP 45071 de Toledo., SOLICITUD, Las solicitudes se presentarán preferentemente por vía telemática., Cumplimentación:, La solicitud de participación en el proceso selectivo estará disponible en: - La página web del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha:, SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN, - El enlace de trámites de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha., SEDE ELECTRÓNICA. SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN, Quien desee participar en alguno de los procesos convocados deberá acceder a la solicitud mediante una aplicación ubicada en la dirección mencionada que le permitirá registrarse como usuario y obtener una contraseña. 1. Solicitud Telemática A través de la aplicación indicada, se cumplimentará la solicitud y se procederá, siguiendo las instrucciones que indique la propia aplicación, al registro electrónico de la misma, con la posibilidad de dos modalidades de pago de la tasa por derechos de examen: -, Pago electrónico:, En el mismo acto de presentación electrónica de la solicitud y siguiendo las instrucciones que la plataforma de pago electrónico de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas vaya indicando. -, Pago presencial en banco:, En cuyo caso la aplicación genera el modelo de pago 046 denominado: “Tasas, precios públicos y otros ingresos” para su impresión y posterior pago presencial en cualquiera de la Entidades colaboradoras que se incluyen en la página http://tributos.jccm.es/entidades.php . Si se opta por esta modalidad de pago, se deberá presentar el ejemplar para la administración debidamente validado por la entidad bancaria, mediante documento escaneado junto con la solicitud telemática, dentro del plazo de presentación de solicitudes. Con la presentación telemática se podrá adjuntar, en su caso, la documentación relativa a: - Acreditación del grado de discapacidad. - Dictamen técnico facultativo. - Documentación relativa a la justificación de la condición de demandante de empleo no ocupado (desempleado), grado de discapacidad y título de familia numerosa de categoría especial, si ha solicitado la exención del pago de la correspondiente tasa. El acceso a la solicitud telemática permitirá la descarga e impresión de un documento que contendrá los datos de la solicitud así como el número de registro correspondiente y de transacción telemática de pago, para el caso de que se abonen los derechos de examen de forma telemática; este documento servirá, a todos los efectos, como justificante de su presentación. 2) Solicitud cumplimentada por medios informáticos que es firmada y registrada de modo presencial. Quienes opten por la cumplimentación y presentación de la solicitud en papel, deben cumplimentar e imprimir por duplicado el documento de solicitud de participación que se encuentra disponible en la señalada aplicación para su posterior firma y presentación en las Oficinas de Información y Registro de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, además de en cualquiera de los registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones. Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas antes de ser certificadas, acompañándose, en su caso, la siguiente documentación:, TASA POR DERECHOS DE EXAMEN:, Documento 046 debidamente sellado por la Entidad Bancaria, acreditativo del abono de la tasa por derechos de examen, o bien la documentación relativa a la justificación de la condición de demandante de empleo no ocupado (desempleado), grado de discapacidad y título de familia numerosa de categoría especial si ha solicitado la exención del pago de la correspondiente tasa. Asimismo y en su caso, deberá presentar:, DATOS DISCAPACIDAD, Acreditación del grado de discapacidad. Dictamen técnico facultativo. Si he cumplimentado y tramitado solicitudes de distintas categorías, ¿se atenderá a todas ellas? En este caso, todas las solicitudes serán válidas siempre y cuando cumplan con los requisitos que se indica en la convocatoria, pero no se garantiza que el personal aspirante pueda realizar las correspondientes pruebas por posibles coincidencias en fechas. En todo caso, no será procedente la devolución de la tasa a aquellas personas aspirantes que hayan sido admitidas para participar en más de una prueba selectiva correspondiente a distintas categorías o especialidades y que no puedan realizar alguna de ellas por coincidencia de fecha, hora o lugar de celebración de los ejercicios., TASAS, No pagué la tasa por creer que cumplía alguna de las causas de exención y luego me he dado cuenta de que no era así, ¿puedo pagarla? El pago de la tasa deberá efectuarse, en todo caso, en el plazo de presentación de solicitudes de participación que establezca la convocatoria del proceso selectivo. La falta de pago en dicho plazo será causa de exclusión, no siendo posible su subsanación. ¿Quiénes están exentos del pago de la tasa? Estarán exentas del pago de las tasas por derechos de examen en los términos del artículo 368.4 de la Ley 9/2012, de 29 de noviembre, las personas participantes que: a) Tengan la condición de demandante de empleo, no ocupado (desempleado), durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria del proceso selectivo. b) Acrediten tener un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento en el momento del devengo de la tasa. c) Pertenezcan a familias numerosas de categoría especial Quienes pertenezcan a familias numerosas de categoría general tendrán una bonificación del cincuenta por ciento. Asimismo, las personas que presenten la solicitud y paguen la tasa por medios electrónicos se les aplicará una bonificación del diez por ciento sobre la cuantía correspondiente de la tasa. ¿Quién tiene derecho a la devolución del importe de la tasa? Tendrán derecho a la devolución del importe de las tasas, según lo dispuesto en la norma que la regula, quienes resulten excluidos de su participación en las pruebas selectivas, siempre que formulen la reclamación correspondiente en el plazo de un mes a partir de la publicación de la relación definitiva de personas excluidas. He pagado las tasas de examen y no puedo presentarme, ¿cómo solicito la devolución? No existe derecho a la devolución de las tasas por ese supuesto, al haberse realizado el Hecho Imponible. Solamente se puede solicitar la devolución en el caso de que la persona opositora resulte excluida de su participación en las pruebas selectivas. ¿Qué es la relación provisional de admitidos y excluidos? ¿Dónde se publica? ¿Qué puedo hacer si aparezco como excluido? En estas relaciones provisionales aparecen las personas que han sido admitidas o, en su caso, excluidas del proceso selectivo por carecer de alguno de los requisitos establecidos en la convocatoria. A.- Terminado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de Recursos Humanos del Sescam publicará resolución el Diario Oficial de Castilla-La Mancha por la que se aprueban los listados de aspirantes admitidos y excluidos al proceso selectivo convocado. En el listado de aspirantes excluidos constará la causa o causas de exclusión. El listado provisional de aspirantes admitidos y excluidos se publicará en la web del Sescam, https://sanidad.castillalamancha.es/profesionales/atencion-al-profesiona... y en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha http://www.jccm.es . Si se aparece en la relación provisional de excluidos, dispondrá de un plazo de 5 días hábiles para subsanar los defectos que motivaron la exclusión. Quienes no subsanen los defectos dentro del plazo señalado, justificando el derecho a su admisión, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo. La falta de pago de la tasa en el plazo de presentación de solicitudes será causa de exclusión, no siendo posible su subsanación. B.- Las subsanaciones, se podrán presentar: mediante registro electrónico o registro presencial, cumplimentando un impreso de subsanación, que estará disponible en la página web del Sescam ( https://sanidad.castillalamancha.es/profesionales/ ) y en el enlace de trámites de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha ( http:www.jccm.es ) y al que se accederá introduciendo el usuario y contraseña que utilizó para su registro en la aplicación y posterior obtención de la solicitud de participación. a), Registro Electrónico:, una vez hecha la subsanación y se haya indicado, en su caso, el tipo de documento que se adjuntará de forma electrónica para subsanar la misma, se deberán seguir las instrucciones que la propia aplicación le indique para proceder a su registro electrónico y generar el documento de subsanación del defecto de la causa de exclusión, que servirá a todos los efectos como justificante de su presentación en tiempo y forma. b), Registro Presencial:, Una vez realizada la subsanación, se deberán seguir las instrucciones que la propia aplicación le indique para generar el documento. De esta manera, se creará un documento que, al imprimirlo a continuación en soporte papel, constará de dos copias «ejemplar para la Administración» y «ejemplar para el interesado”, que deberá firmar y aportar junto con la documentación, en su caso, que motive la subsanación del defecto de la causa de exclusión dentro del plazo antes indicado, presentándola en las oficinas de información y registro de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, o en cualquiera de los registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el funcionario/a de correos antes de ser certificadas. ¿Cómo sabré si he sido admitido/excluido de forma definitiva? Transcurrido el plazo fijado para subsanar los defectos, la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha publicará en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha resolución por la que se aprueban los listados definitivos de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas de la categoría convocada. Los listados definitivos de aspirantes admitidos y excluidos se publicará en la web del Sescam, ( https://sanidad.castillalamancha.es/profesionales/ ), y en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha www.jccm.es ., ¿Qué documentación necesito acreditar para la realización de las pruebas selectivas?, El DNI o Pasaporte. En el caso de aspirantes que no tengan la nacionalidad española y tengan derecho a participar, deberán presentar documento equivalente en el país de origen expedido por la autoridad competente. No obstante, se recomienda conservar la copia de la solicitud y del documento de pago de la tasa por si fuera requerida su presentación en algún momento del desarrollo del proceso de selección., ¿Dónde se publica la relación de aspirantes que hayan superado la fase de oposición?, La relación de los aspirantes que superen la fase de oposición, por orden de puntuación, se publicará en la web del Sescam, ( https://sanidad.castillalamancha.es/profesionales/ ) y en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha www.jccm.es ., ¿Qué plazo tengo para presentar los méritos para la fase de concurso?, Finalizada la fase de oposición, las personas aspirantes que la hayan superado, dispondrán de un plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de la relación de aspirantes que han superado la fase de oposición, para presentar los méritos previstos en las respectivas convocatorias según la Categoría y, en su caso, Especialidad en la que se haya participado., ¿Dónde puedo consultar la Resolución Provisional de la valoración de la fase de Concurso?, En los mismos lugares establecidos en el punto 12. Publicada la resolución provisional de valoración de la fase de concurso, ¿qué plazo tengo para reclamar y cuál es el procedimiento? Contra la resolución que contenga la valoración provisional de los méritos, los aspirantes afectados podrán presentar ante el Tribunal calificador las reclamaciones que estimen oportunas en el plazo máximo de 5 días hábiles a contar desde el día siguiente de su publicación. A estos efectos los Tribunales tendrán su sede en el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, Avda. Rio Guadiana, 4, CP 45071 de Toledo. ¿Cómo se estiman o desestiman las reclamaciones? Las reclamaciones se entenderán resueltas con la publicación, por el Tribunal, en la web del Sescam, ( https://sanidad.castillalamancha.es/profesionales/ ), y en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha www.jccm.es . de la relación de aspirantes por orden de la puntuación alcanzada, que será la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y de oposición., ¿Dónde puedo consultar la relación de aspirantes por orden de puntuación?, En los mismos lugares establecidos en el punto anterior., ¿Dónde se publicarán las plazas ofertadas y como se adjudicarán?, Por Resolución de la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos del Sescam, que se publicará en la web del Sescam, ( https://sanidad.castillalamancha.es/profesionales/ ) y en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha www.jccm.es , se aprobará la relación de plazas que se ofertan a los aspirantes y el procedimiento, para que éstos puedan efectuar su opción a plaza. Las plazas se adjudicarán entre los aspirantes de acuerdo con su solicitud y por el orden de la puntuación alcanzada. ¿Qué plazo tienen las personas que han aprobado para presentar la documentación exigida en la convocatoria? El que se establezca en la resolución por la que se aprueba la relación de plazas que se ofertan a los aspirantes. ¿Dónde se publican los nombramientos como personal estatutario? Adjudicadas las plazas y presentada la documentación pertinente, se acordará el nombramiento como personal estatutario fijo de los aspirantes aprobados, con indicación de la plaza adjudicada, que se publicará en el Diario Oficial de Castilla La Mancha.