Funciones y competencias

Funciones y Competencias de la Dirección General de Formación Profesional

La Dirección General de Formación Profesional tiene encomendadas las siguientes funciones:
1. La planificación de la oferta formativa de formación profesional inicial.
2. La ordenación académica, la definición de los perfiles profesionales y de los programas formativos de la formación
profesional inicial y el diseño, experimentación y desarrollo curricular de estas enseñanzas.
3. El desarrollo, aplicación y actualización del Plan Regional de Formación Profesional en lo referente a la formación profesional inicial, y la coordinación con otras instituciones en relación con la Formación Profesional para el empleo.
4. La gestión de las enseñanzas artísticas y de las enseñanzas deportivas.
5. El impulso y la planificación de la formación práctica en las empresas.
6. El fomento de la cultura emprendedora del alumnado de formación profesional inicial.
7. La gestión de las ayudas procedentes del Fondo Social Europeo, y el diseño, desarrollo y ejecución de los programas
europeos o iniciativas comunitarias relacionadas con la formación profesional inicial, sin perjuicio de las competencias en la materia de otros órganos de la Administración Regional.
8. El diseño, regulación y programación de la formación profesional para los alumnos y alumnas con necesidades educativas específicas.
9. La elaboración y ejecución de planes que promuevan la igualdad de oportunidades ante la formación profesional.
10. El diseño y desarrollo de planes de orientación sobre la transición del sistema educativo al mundo laboral.
11. La programación, ordenación, promoción y difusión de la oferta de educación de personas adultas y su desarrollo curricular.
12. La organización de la oferta de enseñanzas no universitarias a distancia.
13. Cuantas funciones le sean encomendadas por la normativa  vigente.

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Funciones y Competencias de la Viceconsejeria de Ciencia y Tecnología

1. A la persona titular de la Viceconsejería de Ciencia y Tecnología le corresponden las funciones previstas en el artículo 28 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, en el Decreto de nombramiento y, en particular, las siguientes:
a). La dirección, propuesta, gestión, ejecución y evaluación de la política en materia de enseñanzas universitarias.
b). La gestión de las propuestas de creación, modificación y supresión, de Facultades, Escuelas e Institutos Universitarios de Investigación y otros centros universitarios cuya creación no corresponda a las Universidades, así como de las titulaciones que impartan.
c)La elaboración de las propuestas de subvención, la planificación
y el seguimiento de las inversiones, la propuesta de precios públicos y tasas, la emisión de informes sobre los costes del personal para las universidades y otros centros de enseñanza superior.
d) La gestión de la participación de la Consejería en la Conferencia General de Política Universitaria y de las relaciones con los Consejos Sociales de las Universidades Públicas radicadas en Castilla-La Mancha.
e) La dirección, ordenación, gestión y supervisión de la política en materia de becas y residencias universitarias.
los programas de formación y movilidad de estudiantes y personal de las universidades, especialmente de la Unión Europea.
g) La dirección de las políticas de recursos humanos, infraestructuras, proyectos y programas de cooperación, en materia de investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica en el marco regional, nacional e internacional de los sectores público y privado, en todas las áreas del conocimiento científico, sin perjuicio de las competencias que las disposiciones legales de carácter básico o autonómico, atribuyan a la Consejería competente en materia de sanidad,
h) Las demás funciones que le atribuye la normativa vigente.
2. Para el ejercicio de estas funciones, de la Viceconsejería de Ciencia y Tecnología depende la Dirección General de Investigación e Innovación.

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Funciones y Competencias de Participación e Igualdad

La Dirección General de Participación e Igualdad tiene encomendadas las siguientes funciones:
1. La programación y seguimiento de planes y programas orientados a la igualdad en la educación en Castilla-La Mancha y el fomento de la educación en valores.
2. La gestión y el seguimiento de los programas orientados a la mejora del rendimiento escolar y del éxito educativo, de apoyo y refuerzo al alumnado, y de prevención del abandono escolar.
3. El desarrollo de acciones y programas dedicados al fortalecimiento de la convivencia escolar.
4. El seguimiento de los planes y acciones para la prevención
e intervención en el absentismo escolar y de la exclusión escolar y social.
5. El análisis y la propuesta de medidas de respuesta a la diversidad del alumnado para el desarrollo de una escuela inclusiva.
6. El impulso y la gestión de las actividades relacionadas con el Plan de Lectura, con la potenciación de las bibliotecas escolares y con el fomento en la comunidad educativa de la práctica de la escritura creativa.
7. El desarrollo de planes y programas orientados a la mejora de la competencia lingüística en el uso de idiomas para alumnado y profesorado.
8. La gestión y coordinación del programa y las actuaciones relativas a los centros docentes bilingües.
9. La gestión de los intercambios y estancias formativas del alumnado y del profesorado en materia de aprendizaje de idiomas.
10. La gestión de los Programas Europeos relacionados con las enseñanzas no universitarias.
11. El análisis y la propuesta en materia de desarrollo curricular de las enseñanzas no universitarias.
12. La ordenación académica de las enseñanzas no universitarias,
sin perjuicio de las funciones atribuidas a la Dirección General de Formación Profesional.
13. El fomento de la participación de los distintos sectores educativos en la vida de los centros docentes y el impulso a la constitución de los Consejos escolares de localidad, así como la convocatoria de elecciones a Consejos escolares de los centros docentes.
14. Las relaciones con las Confederaciones de Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos, y con las organizaciones de Alumnos y Alumnas.
15. La gestión del Registro de Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos, y de Alumnos y Alumnas, así como sus federaciones y confederaciones.
16. La comunicación con colectivos y entidades que tengan relación con la Consejería.
17. La coordinación de las funciones de información al ciudadano desarrolladas por cada una de las áreas y servicios de la Consejería.
18. La coordinación de la respuesta a las solicitudes y demandas de instituciones regionales tales como la Oficina del Defensor del Pueblo de Castilla-La Mancha.
19. La tramitación de las quejas y reclamaciones presentadas
por los ciudadanos relacionadas con el funcionamiento del Sistema Educativo.
20. Cuantas otras le atribuya la normativa vigente.

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Funciones y Competencias DG de la Familia

La Dirección General de la Familia ejercerá las funciones siguientes:

a) Dirección y planificación de los servicios de infancia y menores.
b) Desarrollo y ejecución de los programas que configuren los planes de apoyo a la familia en relación con las competencias que ejerza.
c) Gestión de las ayudas y prestaciones de carácter económico y en particular las previstas en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia y demás normativa de desarrollo, como son las prestaciones económicas vinculadas al servicio, para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales, de asistencia personal y ayudas económicas para facilitar la autonomía personal
d) Gestión del conjunto de la red de centros y servicios, propios, convenidos y concertados, dirigidos a los colectivos de su competencia.
e) Desarrollo y ejecución de los programas de adopción y acogimiento familiar.
f) Desarrollo y ejecución de los programas de prevención, protección, defensa e integración de menores.
g) Dirección y planificación de los centros, tanto propios, convenidos como concertados, de atención a la infancia y menores, dentro del marco establecido por la normativa vigente.
h) Elaboración de estudios de necesidades, planes y programas en relación con las competencias asignadas.
i) Promoción del servicio social especializado de mediación familiar.
j) Gestión y ejecución de los programas presupuestarios asignados.
k) Cuantas otras determine la normativa vigente o le sean delegadas.

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Funciones y Competencias de la Consejería de Cultura, Turismo y Artesanía

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