Funciones y competencias

Funciones y Competencias Comisión Regional de la Competencia

 
Competencias y funciones
1 Corresponde a la Comisión Regional de la competencia el ejercicio en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha de las competencias ejecutivas correspondientes a los procedimientos que tengan por objeto las conductas previstas en los artículos 1, 2 y 3, de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, de acuerdo a lo dipuesto en la misma y en la Ley 1/2002, de 21 de febrero, de coordinación de las competencias del Estado y las Comunidades autónomas en materia de Defensa de la Competencia.
 Fines
1. La Comisión Regional de la Competencia tiene como fin general promover  y preservar en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, el funcionamiento compettivo de los mercados y la existencia de una competencia efectiva en los mismos.
2. Para el cumplimiento de sus fines, la Comisión Regional de la Competencia tiene los mismos derechos y prerrogativas que se reconocen al órgano equivalente del Estado. En consecuencia, puede efectuar requerimientos e imponer las sanciones y multas coercitivas prevista en la legislación de defensa de la competencia.

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Funciones y Competencias IES

 

  • a) Promover, dirigir y coordinar la actividad estadística pública de interés para la región.
  • b) Elaborar el Plan Regional de Estadística de Castilla-La Mancha y los Programas Anuales de Estadística, en coordinación con el resto de unidades que forman parte de la organización estadística regional.
  • c) Elaborar informes y estudios económicos, demográficos, sociológicos u otros con base en las estadísticas regionales.
  • d) Realizar las actividades estadísticas que le sean encomendadas en el Plan Regional de Estadística y en los Programas Anuales Estadísticos.
  • e) Elaborar y actualizar el inventario de operaciones estadísticas de la Comunidad Autónoma.
  • f) Recopilar, ordenar, almacenar y llevar a cabo el tratamiento de la información estadística de interés para la región.
  • g) Desarrollar bases de datos sobre información estadística de interés para la región.
  • h) Promover la difusión de las estadísticas relativas a Castilla-La Mancha a través de publicaciones, medios informáticos y las nuevas tecnologías de información.
  • i) Proponer la normalización de conceptos, definiciones, clasificiaciones, nomenclaturas y códigos para la clasificación de los datos y presentación de resultados e impulsar su utilización en la actividad estadística de la Comunidad.
  • j) Promover la coordinación metodológica con las estadísticas de Ayuntamientos, de otras Comunidades Autónomas, de la administración del Estado, de la Unión Europea y de organismos internacionales.
  • k) Promover la investigación estadística y la formación y el perfeccionamiento profesional del personal estadístico.
  • l) Representar a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en las relaciones con unidades y organismos municipales, organismos autonómicos, estatales e internacionales especializados en materia estadística, promoviendo la coordinación y colaboración con ellos en la actividad estadística. En el ejercicio de dicha representación contará con las unidades especializadas de las Consejerías, pudiendo delegar funciones en tal ámbito.
  • m) Velar por la aplicación y el respeto del secreto estadístico.
  • n) Informar, preceptivamente, todo proyecto de convenio en el que participe la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha cuando tenga entre sus objetivos la realización de estadísiticas.
  • o) Iniciar e instruir expedientes sancionadores en las materias reguladas en la presente Ley.
  • p) En general, proponer a la Consejería de Economía y Hacienda cuantas acciones considere necesarias para la promoción de la investigación estadística y de la economía regional.

 

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Funciones y Competencias IPEX

Son funciones principales del Instituto:

  • a) Impulsar, fomentar y ejecutar, todas aquellas acciones que favorezcan la promoción exterior de Castilla-La Mancha.
  • b) Coordinar las acciones y servicios que en las áreas de asesoramiento, información, formación y promoción exterior se realicen.
  • c) Colaborar con otras entidades públicas y privadas que ejerzan su actividad en el marco de los objetivos y funciones del Instituto.
  • d) Promover el asociacionismo exportador, así como la creación de diferentes formas de colaboración entre empresas para actuar comercialmente en la apertura y penetración en los mercados exteriores.
  • e) Promocionar la internacionalización de empresas de la Región a través de servicios de asesoramiento para proyectos de inversión en el exterior.
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Descargas: 

Ley 3/2002, de 07-03-2002 de Constitución del IPEX

Formato pdf: 
PDF icon ley203202002.pdf

Funciones y Competencias Oficina de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en Bruselas

La Oficina de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en Bruselas, bajo la dirección del Director/a General de Asuntos Europeos, desarrollará la siguientes funciones:

  • a) Asesoramiento e información en relación con las políticas, normas y programas comunitarios que afecten a los intereses socioeconómicos de los ciudadanos, empresas, colectivos e instituciones de la Comunidad Autónoma.
  • b) Impulso, ante las Instituciones Europeas, de los proyectos e iniciativas presentados por la Administración Regional en el marco de los diferentes programas comunitarios.
  • c) Asistencia logística a colectivos, empresas, entidades o instituciones de la Región ante los organismos de la Unión Europea.
  • d) La organización y promoción de encuentros de los agentes socioeconómicos y representantes de colectivos e instituciones de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
  • e) La colaboración en la acción de promoción exterior de los intereses económicos de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
  • f) Cualesquiera otras que le sean encomendadas por la Consejera de Economía y Hacienda.
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Funciones y Competencias SODICAMAN

  1. Realizar estudios para promover e impulsar el desarrollo industrial, así como prestar asesoramiento de todo tipo, ya sea técnico, de gestión, financiero o económico a las Empresas de la región.
  2. Fomentar entre las Empresas de la región acciones comunes tendentes a la mejora de las estructuras empresariales en orden a una mayor competitividad.
  3. Promover inversiones en la región, participando en el capital de Sociedades a constituir o ya existentes.
  4. Otorgar préstamos y avales a las Empresas en que participe.
  5. Captar recursos ajenos para canalizarlos, hacia las Empresas en que participe, en la forma prevista en los artículos quinto y sexto de este Real Decreto, así como concertar créditos de todo tipo y negociar empréstitos.
  6. Tramitar ante las Entidades oficiales de crédito solicitudes en favor de las Empresas en que participe.
  7. Prestar servicios que, encomendados al Estado, Entes, locales y delegados en SODICAMAN, no impliquen el ejercicio de poderes que sean necesarias para el cumplimiento de sus fines. 
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Descargas: 

Real Decreto 3004/1981, de 13 de noviembre por el que se crea la Sociedad de Desarrollo Industrial de Castilla-La Mancha (SODICAMAN)

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Funciones y Competencias DG Promocion Cultural

A la Dirección General de Promoción Cultural le corresponde las siguientes funciones:
a) La promoción, ordenación y regulación de la actividad cultural.
b) El impulso y organización de eventos culturales en el territorio de Castilla-La Mancha.
c) El estímulo y apoyo a la iniciativa privada para la realización de toda clase de actividades culturales.
d) La elaboración de estrategias para dinamizar la creación de industrias culturales relacionadas con el teatro, la danza, la música, el folclore, la cinematografía y las artes audiovisuales así como su modernización y profesionalización.
e) La alta dirección, gestión y regulación de la Red de Teatros de Castilla-La Mancha y la programación de las Artes Escénicas y la Música en nuestra Región.
f) El fomento de la creación cultural, la promoción y apoyo a los creadores y artistas castellano-manchegos, asociaciones y entidades culturales.
g) El impulso y programación de toda clase de actividades que provoquen la creatividad artística y sus distintos tipos de manifestación.
h) La organización y programación de exposiciones artísticas.
i) El fomento, producción y difusión de la cinematografía y el audiovisual en nuestra región, así como la recuperación del patrimonio cinematográfico y audiovisual propio de nuestra región.
j) El Registro de Entidades y Asociaciones Culturales y Artísticas.
k) La cooperación cultural con entidades públicas y privadas, tanto en el ámbito nacional como internacional.
l) El estudio, planificación y fomento de las inversiones referidas a las infraestructuras y equipamientos culturales en la Región.
m) La coordinación de las publicaciones de la Junta de Comunidades.
n) El fomento de la creación literaria y el impulso de las Ferias del Libro, especialmente la Feria del Libro y la Lectura de Castilla-La Mancha.
ñ) El apoyo a las industrias culturales relacionadas con el sector del libro y la edición, así como su promoción dentro y fuera de la Región.
o) Cuantas funciones les sean encomendadas por la normativa vigente.

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Funciones y Competencias SGT

A la Secretaría General Técnica le corresponde las siguientes funciones:
a) Asesoramiento jurídico de los órganos de la Consejería, la formulación de propuestas de resolución de los recursos administrativos interpuestos contra los actos de aquélla, la tramitación y propuesta de las reclamaciones previas a la vía judicial, civil y laboral, de las reclamaciones
de responsabilidad patrimonial y de revisión de oficio, así como las relaciones con el Gabinete Jurídico y el seguimiento de resoluciones y sentencias.
b) La elaboración y tramitación de los proyectos de normas de carácter general y la supervisión de las normas específicas elaboradas por los restantes órganos de la Consejería, y su remisión al Diario Oficial de Castilla-La Mancha, una vez aprobadas.
c) Ordenar la publicación e inserción en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de las disposiciones, actos y anuncios que sean competencia por razón de la materia de la Consejería.
d) Estudio, informe y preparación de los expedientes propuestos por los órganos de la Consejería para su elevación al Consejo de Gobierno.
e) Ordenar la inscripción de los convenios y de los actos incluidos en el ámbito de aplicación del Decreto 315/2007, de 27 de diciembre, por el que se regula el Registro de Convenios de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, que suscriba la persona titular de la Consejería.
f) Asistencia administrativa y técnica.
g) Iniciativa, impulso, coordinación y racionalización de los procedimientos administrativos, así como de las medidas de acercamiento de la Administración al ciudadano.
h) La planificación, coordinación, inspección, control y mejora de las estructuras organizativas y de recursos humanos.
i) La jefatura superior e inspección del personal de los servicios centrales y periféricos y, específicamente, la propuesta de provisión de puestos de trabajo, el nombramiento y cese del personal interino, la autorización y cancelación de comisiones de servicio dentro de la Consejería y la formalización y rescisión de contratos laborales de duración temporal y la atribución del desempeño provisional de un puesto de trabajo en los casos y condiciones previstos por la normativa de función pública.
j) Régimen interior y registro general.
k) Gestión del patrimonio e inventario de la Consejería.
l) La dirección, gestión y seguimiento de las actuaciones informáticas de la Consejería y sus centros dependientes.
m) Elaboración del anteproyecto de presupuestos de la Consejería y de los proyectos de reforma organizativa, desconcentración de funciones y de modificación de la relación de puestos de trabajo.
n) La gestión y seguimiento de los presupuestos y de la ejecución de los programas presupuestarios asignados.
ñ) La aprobación de gastos, autorizar su compromiso y reconocimiento de obligaciones de los programas presupuestarios asignados, hasta la cantidad de 300.000 euros.
o) Conforme la normativa reguladora de las subvenciones, la elaboración y tramitación de los planes estratégicos de la Consejería, así como de sus modificaciones, la elaboración y remisión a la Intervención General de los informes de seguimiento y, en su caso, de los planes actualizados.
p) Normalización, control y seguimiento de la contratación
administrativa.
q)La tramitación de los expedientes de contratación y las demás facultades atribuidas al órgano de contratación por la legislación de contratos del sector público, incluida la aprobación, disposición del gasto y reconocimiento de la obligación, sin la limitación cuantitativa contemplada en el apartado “ñ” de este artículo.
r) Cuantas funciones no están específicamente encomendadas a otros órganos directivos de la Consejería.
s) Y aquéllas otras funciones que le sean encomendadas por la normativa vigente.

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Funciones y Competencias DG Desarrollo Rural

La Dirección General de Desarrollo Rural ejercerá las siguientes funciones:
a) La planificación y programación de la política de desarrollo rural.
b) Infraestructuras para el Desarrollo Rural y regadíos cuyo beneficiario sea la Administración.
c) Fomento de la adaptación y desarrollo endógeno de las zonas rurales.
d) Experimentación, formación y divulgación agraria. Gestión de proyectos y equipos de investigación agraria de la Consejería.
e) Coordinación de la Red Regional de Centros de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria.
f) La autorización y registro de los laboratorios que trabajan con organismos modificados genéticamente, así como la utilización confinada y la liberación voluntaria de los mismos.
g) Ordenación de la propiedad territorial.
h) La dirección de la Oficina Supervisora de los Proyectos.
i) Fomento de la mejora de las estructuras de comercialización y transformación de los productos agroalimentarios.
j) Ayudas comunitarias a las agrupaciones de productores del sector de las frutas y hortalizas.
k) Ordenación, orientación, defensa y promoción de la Marca de Calidad Agroalimentaria de Castilla-La Mancha y de las figuras de calidad agroalimentarias y otras indicaciones y certificaciones sobre características específicas de productos agroalimentarios, sin perjuicio de las competencias de la Dirección General de Producción Agropecuaria en materia de ordenación de la producción integrada.
l) Autorización y supervisión de las entidades de control de productos agroalimentarios. Relaciones con los organismos de acreditación y normalización.
m) Reconocimiento y supervisión de las agrupaciones de productores de frutas y hortalizas y del sector vitivinícola, así como de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias y de los órganos de gestión de las figuras de calidad. Tramitación de expedientes de extensión de norma de organizaciones interprofesionales agroalimentarias.
n) Fomento del cooperativismo de producción, transformación y comercialización de productos agrícolas y ganaderos.
ñ) Autoridad competente en las siguientes materias:
- Control oficial de la calidad agroalimentaria.
- Agricultura ecológica y su indicación en los productos alimenticios.
- Etiquetado facultativo de productos agroalimentarios.
o) Gestión, resolución y reconocimiento de las obligaciones de las ayudas a favor de la competitividad del sector agrícola, cofinanciadas con cargo al FEADER y correspondientes a las siguientes medidas:
- Aumento del valor añadido de los productos agrícolas.
- Apoyo a los agricultores que participen en programas relativos a la calidad de los alimentos.
- Apoyo a las agrupaciones de productores y organizaciones interprofesionales agroalimentarias para actividades de información y promoción en el marco de programas relativos a la calidad de los alimentos.
p) Gestión, resolución y reconocimiento de las obligaciones de las ayudas en materia de acuicultura, pesca interior, transformación y comercialización de productos de la pesca y de la acuicultura cofinanciadas con cargo al Fondo Europeo de Pesca (FEP) y correspondientes a las inversiones en el ámbito de la transformación y comercialización.
q) Ordenación y gestión de los Registros relacionados con las competencias de esta Dirección General.
r) Estudio y elaboración de anteproyectos normativos dentro del ámbito de su competencia, en coordinación con la Secretaría General Técnica.
s) Cualquier otra que en un futuro pueda atribuirse a la Comunidad Autónoma y que quede dentro del ámbito de actuación de esta Dirección General.

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Funciones y Competencias SGT de Industria, Energía y Medio Ambiente

La Secretaría General Técnica desarrolla las funciones previstas en el artículo 32 de la Ley 11/2003, 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha y, en particular, las siguientes:
a) La dirección y supervisión de las unidades administrativas dependientes de la misma, pudiendo establecer directrices y coordinar las actuaciones de las Delegaciones Provinciales, en su ámbito funcional.
b) La asesoría jurídica de los órganos de la Consejería, estudio e informe de los recursos administrativos, procedimientos de revisión de oficio, reclamaciones de responsabilidad patrimonial y previas a la vía civil y laboral interpuestos contra los actos y disposiciones de aquéllos.
c) El seguimiento de las resoluciones y sentencias y las relaciones con el Gabinete Jurídico de la Junta.
d) El estudio e informe de los expedientes propuestos por los órganos de la Consejería para su elevación al Consejo de Gobierno.
e) La elaboración y tramitación de los proyectos de normas de carácter general.
f) La remisión para su publicación al Diario Oficial de Castilla-La Mancha de las disposiciones, resoluciones y actos de la competencia de la Consejería.
g) La asistencia administrativa y técnica a los órganos de la Consejería.
h) La planificación, coordinación, inspección, control y optimización de los servicios administrativos.
i) La iniciativa, impulso, coordinación y ejecución de la actividad de racionalización administrativa en el ámbito de la Consejería,  mediante:
1º. La simplificación y adecuación de los procedimientos administrativos.
2º. La implantación de medios informáticos y la dirección, ejecución y seguimiento del sistema electrónico de gestión y tramitación administrativa de la Consejería.
3º. La implantación de las medidas de acercamiento de la actividad administrativa de la Consejería al ciudadano.
j) La dirección de la política de informática de la Consejería y sus centros dependientes.
k) El informe y preparación de los proyectos de reforma y adecuación de estructuras organizativas, de organización de recursos humanos y de desconcentración y delegación de funciones de los órganos de la Consejería.
l) La jefatura de personal de los servicios centrales y periféricos de la Consejería y, específicamente, la propuesta de provisión de puestos de trabajo, el nombramiento y cese del personal interino, la autorización y cancelación de comisiones de servicio dentro de la propia Consejería y la formalización y rescisión de contratos laborales de duración temporal.
m) El régimen interior y registro general.
n) La gestión del patrimonio e inventario de la Consejería.
ñ) La elaboración del anteproyecto de Presupuestos de la Consejería.
o) El seguimiento de la ejecución de los créditos presupuestarios de la Consejería.
p) La coordinación y seguimiento de las actuaciones de la Consejería financiadas con cargo a los Fondos estructurales u otros procedentes de la Unión Europea.
q) La autorización y disposición de gastos y reconocimiento de obligaciones de los programas presupuestarios asignados, hasta 300.000 euros.
r) La normalización, control y seguimiento de la contratación administrativa.
s) Las facultades atribuidas al órgano de contratación por la legislación de contratos del sector público hasta 300.000 euros.
t) La presidencia de la mesa de contratación de la Consejería, salvo cuando le corresponda ser el órgano de contratación y según lo dispuesto en la letra f) del artículo siguiente.
u) La tramitación y formalización de contratos administrativos, salvo lo dispuesto en la letra g) del artículo siguiente.
v) Cuantas funciones le sean encomendadas por las disposiciones vigentes y aquellas otras no específicamente atribuidas a otros órganos de la Consejería.

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Funciones y Competencias de la Dirección General de Formación Profesional

La Dirección General de Formación Profesional tiene encomendadas las siguientes funciones:
1. La planificación de la oferta formativa de formación profesional inicial.
2. La ordenación académica, la definición de los perfiles profesionales y de los programas formativos de la formación
profesional inicial y el diseño, experimentación y desarrollo curricular de estas enseñanzas.
3. El desarrollo, aplicación y actualización del Plan Regional de Formación Profesional en lo referente a la formación profesional inicial, y la coordinación con otras instituciones en relación con la Formación Profesional para el empleo.
4. La gestión de las enseñanzas artísticas y de las enseñanzas deportivas.
5. El impulso y la planificación de la formación práctica en las empresas.
6. El fomento de la cultura emprendedora del alumnado de formación profesional inicial.
7. La gestión de las ayudas procedentes del Fondo Social Europeo, y el diseño, desarrollo y ejecución de los programas
europeos o iniciativas comunitarias relacionadas con la formación profesional inicial, sin perjuicio de las competencias en la materia de otros órganos de la Administración Regional.
8. El diseño, regulación y programación de la formación profesional para los alumnos y alumnas con necesidades educativas específicas.
9. La elaboración y ejecución de planes que promuevan la igualdad de oportunidades ante la formación profesional.
10. El diseño y desarrollo de planes de orientación sobre la transición del sistema educativo al mundo laboral.
11. La programación, ordenación, promoción y difusión de la oferta de educación de personas adultas y su desarrollo curricular.
12. La organización de la oferta de enseñanzas no universitarias a distancia.
13. Cuantas funciones le sean encomendadas por la normativa  vigente.

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