Funciones y competencias

Funciones y competencias de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad

La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad ejercerá las siguientes competencias, además de las que les sean encomendadas por las disposiciones vigentes:
 
1. Con carácter general:
a) Impulso para el conocimiento, formación, divulgación e información sobre las materias que son competencia de la Dirección General.
b) La conservación, uso sostenible, mejora y restauración del patrimonio natural y de la biodiversidad en Castilla-La Mancha.
c) Investigación en materia forestal y de conservación de la naturaleza.
d) Ferias y mercados de sectores y productos del ámbito de la Dirección General.
e) Programación, planificación, gestión y ejecución de infraestructuras en el ámbito de sus competencias.
f) La estadística forestal y otras relacionadas con el medio natural y los recursos naturales en el ámbito regional.
g) Restauración integral de los ecosistemas en el medio natural, así como las actuaciones necesarias para su adaptación al cambio climático.
h) Seguimiento de medidas compensatorias procedentes de declaraciones de impacto ambiental, y cuya aplicación
afecte a competencias de esta Dirección General.
i) Evaluación de los servicios ecosistémicos que proporcionan los recursos naturales.
j) Planificación, promoción y desarrollo de la infraestructura verde y de la conectividad rural y urbana.
k) Estudio y elaboración de anteproyectos normativos dentro del ámbito de sus competencias en coordinación con la Secretaría General.
l) La elaboración de programas de actuación y/o regímenes de ayudas, de fondos propios o para la aplicación de los diferentes fondos e instrumentos financieros del Estado y/o de la Unión Europea y ejecución de las correspondientes actuaciones, en el ámbito de sus competencias, en coordinación con la Viceconsejería. Para el caso de ayudas financiadas con cargo a los fondos Feader, la gestión y resolución de las ayudas de inversiones directas en el ámbito de sus competencias, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Organismo Pagador de Castilla-La Mancha.
m) Las funciones y competencias que se deriven de las distintas disposiciones legales y que afecten a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en materia de esta Dirección General, así como, cualquier otra que en un futuro pueda atribuirse a la Comunidad Autónoma, y que no esté dentro del ámbito de actuación de otra Consejería.
2. En materia de gestión forestal:
a) Planificación, programación y coordinación de política forestal a nivel regional.
b) Protección, conservación y gestión de los bienes de dominio público: montes y vías pecuarias. Supervisión y ejercicio de las competencias establecidas en la normativa forestal para los montes en régimen especial.
c) Gestión y aprovechamiento forestal sostenible. Control de la legalidad del comercio de productos forestales.
d) Certificación de la gestión forestal.
e) Regulación, supervisión y tramitación de los instrumentos de gestión forestal sostenible
f) Fomento y regulación de la actividad en el sector forestal. Propiedad forestal y asociacionismo.
g) Lucha contra la erosión y la desertización. Repoblación forestal. Cambio de uso del suelo forestal.
h) Vigilancia, prevención y tratamiento de enfermedades y plagas forestales, en coordinación con la Consejería competente en materia de sanidad vegetal.
i) Inventario y gestión de recursos genéticos en el medio natural. Informe sobre el acceso y en su caso utilización de los recursos genéticos procedentes de taxones silvestres y distribución de beneficios. Unidades de conservación de recursos genéticos forestales y catálogo de materiales de base.
j) Fomento de la actividad empresarial, tanto en materia de servicios como para la producción, transformación y comercialización de materias primas forestales, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros departamentos de la Administración Regional.
k) Servicios ecosistémicos generados en los montes de la región. Cálculo, compensación y almacenamiento de CO2 en las masas forestales, incluida su contribución a la mitigación del cambio climático.
3. En materia de gestión de los recursos naturales y biodiversidad:
a) Planificación, programación, establecimiento de directrices de gestión y criterios orientadores para la conservación, vigilancia, tutela, promoción, divulgación, sensibilización, investigación y seguimiento en materia de recursos naturales de naturaleza biológica, ecológica, geológica y paisajística en el ámbito regional.
b) Estudio, protección, conservación del suelo, del patrimonio geológico y del paisaje. Elaboración y desarrollo del Catálogo de Elementos Geomorfológicos de protección especial. Propuesta de declaración y conservación de puntos o lugares de interés geológico o geomorfológico.
c) Estudio, protección, conservación de la vegetación y de los hábitats naturales. Elaboración y desarrollo del catálogo de hábitats amenazados.
d) Estudio, protección, conservación y recuperación de las especies de flora y fauna silvestre y sus hábitats, excluidas las especies objeto de aprovechamiento cinegético y piscícola. Elaboración y desarrollo del catálogo de especies de flora y fauna amenazadas. Inventario y catalogación de árboles y rodales singulares. Gestión de centros de conservación “ex-situ” de especies de flora y fauna amenazadas. Gestión del Convenio de Nagoya.
e) Elaboración y desarrollo de planes de recuperación y conservación de especies amenazadas y de lucha contra amenazas para la biodiversidad.
f) Elaboración y desarrollo de planes de prevención y control de las especies exóticas y especies exóticas invasoras.
g) Sanidad de la fauna silvestre, en coordinación con la Consejería competente en materia de sanidad animal.
4. En materia de Espacios Naturales protegidos:
a) Gestión compartida, con la Administración General del Estado, de los Parques Nacionales existentes en la región hasta su transferencia. Propuesta de declaración y gestión de nuevos Parques Nacionales en la región.
b) Propuesta, informe, participación en la gestión, coordinación y divulgación de espacios naturales protegidos declarados al amparo de convenios internacionales suscritos por España: humedales de importancia internacional; geoparques y reservas de la biosfera; y sitios naturales de la Lista del Patrimonio Mundial. La gestión, la coordinación y la divulgación de las actividades de la Reserva de la Biosfera de la Mancha Húmeda.
c) Propuesta de declaración y gestión de espacios naturales protegidos de carácter regional: Parques Naturales, Reservas Naturales, Microrreservas, Monumentos Naturales y Paisajes Protegidos y otras zonas sensibles.
d) Establecimiento y promoción de la imagen corporativa de la Red Regional de Áreas Protegidas, así como la formación y divulgación en la materia.
e) Emisión de las autorizaciones e informes ambientales requeridos por la normativa específica de las actividades en las que puedan verse afectadas áreas o recursos naturales, así como la autorización de actividades en los parques nacionales y otros espacios naturales protegidos, y sus zonas periféricas de protección, regulada por su normativa específica.
f) La propuesta de declaración y gestión de espacios de la Red Natura 2000. Elaboración de planes de gestión y acciones para su conservación. La valoración de afecciones de programas, planes y proyectos sobre la Red Natura 2000 y la emisión de los correspondientes certificados, pronunciamientos e informes.
g) Seguimiento de los caudales y sus componentes para la conservación de los recursos naturales de la Red Natura 2000.
h) Desarrollo, gestión y seguimiento de marcas de calidad de productos elaborados en espacios naturales protegidos y reservas de la biosfera y otras relacionadas con sus competencias.
i) Ordenación y gestión del uso público y del turismo de la naturaleza en el medio natural. Planificación y gestión del uso público en los espacios naturales protegidos, así como el desarrollo de programas de interpretación, divulgación y sensibilización de las áreas y recursos naturales protegidos de la región.
 

Funciones y competencias de la Secretaría General de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural

La Secretaría General ejercerá las siguientes funciones:
 
a) Dirección y supervisión de las unidades administrativas dependientes de la misma.
b) Jefatura de personal de la Consejería, así como la gestión y administración de sus recursos humanos y, específicamente, el nombramiento y cese del personal interino, la rescisión y aceptación de renuncias de contratos laborales de duración temporal, así como las propuestas a la consejería competente en la materia de las relaciones de puestos de trabajo y propuestas de provisión de los mismos y, en su caso, la concesión de gratificaciones extraordinarias y asignación del complemento de productividad.
c) Estudio, informe y preparación de los expedientes propuestos por los órganos de la Consejería para su elevación al Consejo de Gobierno.
d) Elaboración y tramitación de los proyectos de normas de carácter general y la supervisión de las normas específicas de los restantes órganos de la Consejería, y su remisión al Diario Oficial de Castilla-La Mancha, una vez aprobadas, así como la inserción en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de las disposiciones, actos y anuncios cuya publicación le corresponda ordenar, según lo dispuesto en la normativa vigente.
e) Asesoramiento jurídico de los órganos de la Consejería, la formulación de propuestas de resolución de los recursos administrativos interpuestos contra los actos de aquélla, la tramitación y resolución de las reclamaciones de responsabilidad patrimonial y de revisión de oficio, la llevanza de las relaciones con el Gabinete Jurídico de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el seguimiento de resoluciones y sentencias de los órganos del poder judicial.
f) Preparación, bajo la dirección del titular de la Consejería, del anteproyecto de presupuestos y de los proyectos de reforma organizativa, desconcentración de funciones y modificación de la relación de puestos de trabajo.
g) Seguimiento de la ejecución de los créditos presupuestarios y de la tramitación de sus modificaciones. Dirección de la contabilidad y demás actuaciones de control financiero y la gestión y ejecución de los programas presupuestarios asignados.
h) Dirección y supervisión de la contratación administrativa. Gestión del patrimonio e inventario, así como, la gestión del patrimonio procedente de las Cámaras Agrarias.
i) Régimen interior de la Consejería.
j) Dirección ordinaria y la coordinación, bajo la superior autoridad de la persona titular de la Consejería, del Organismo pagador de las ayudas del Feaga y del Feader.
k) Contabilidad de las intervenciones y ayudas financiadas con cargo al Feaga y al Feader.
l) Dirección, en coordinación con el órgano competente, de la ordenación de las telecomunicaciones y las tecnologías de la información, y de las políticas de informática propias de la Consejería, así como, el impulso de las mejoras organizativas.
m) Coordinación y seguimiento de las actuaciones de la Consejería financiadas con cargo a los fondos estructurales u otros procedentes de la Unión Europea.
n) Seguimiento de las relaciones de la Consejería con los organismos de la Unión Europea y de la Administración General del Estado, cuando los temas a tratar afecten a varias direcciones generales.
ñ) Programación, dirección y coordinación de estudios sectoriales, informes de coyuntura y análisis de evolución y previsiones sectoriales.
o) Elaboración de estadísticas regionales que sean competencia de la Consejería y no estén atribuidas a otras direcciones generales.
p) El Archivo de oficina.
q) Normalización, racionalización, coordinación y simplificación de los procedimientos administrativos de la Consejería. Las medidas de acercamiento de la Administración al ciudadano, así como el desarrollo de la administración electrónica en el ámbito de los diferentes procedimientos de la Consejería y sus unidades provinciales y comarcales.
r) Dirección de la Oficina Supervisora de los Proyectos, la realización de la cartografía temática de la Consejería y el mantenimiento de un sistema de información geográfica que preste sus servicios a todas las direcciones generales de la Consejería, y que esté en coordinación con el organismo responsable de la coordinación de las tareas en materia de información geográfica de la Junta de Comunidades.
s) Realización de inventarios, seguimiento, investigación, y elaboración de informes de situación del ámbito de la Secretaría.
t) Coordinación de las actuaciones necesarias en relación con el Consejo Asesor Agrario.
u) Mantenimiento y explotación del sistema de identificación de parcelas Sigpac.
v) Controles sobre el terreno de las ayudas por superficies del Organismo pagador.
w) Mantenimiento y la explotación de los registros dependientes de la Consejería, en coordinación con las direcciones generales competentes.
x) Ejercerá las funciones de Organismo intermedio de certificación y de gestión de las ayudas asociadas Fondo Europeo del Mar y de la Pesca (FEMP) y del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura (Fempa).
y) Cualquier otra competencia atribuida a la Consejería que no esté asignada a ningún otro órgano directivo de la misma, salvo que por identidad jurídica con la materia corresponda a alguno de éstos.

Funciones y Competencias de la Dirección General de Carreteras

1. A la Dirección General de Carreteras le corresponde la planificación, gestión y desarrollo de las competencias en materia de carreteras que discurran íntegramente en la región, además de las que le sean encomendadas por la Ley 9/1990, de 28 de diciembre, de Carreteras y Caminos de Castilla-La Mancha, o norma que la sustituya, y las demás disposiciones vigentes.

 

2. En particular, le corresponden las siguientes funciones:

 

a. La elaboración, seguimiento y control de los siguientes planes o programas:

1º. De nuevas carreteras, incluidos sus estudios informativos, anteproyectos y proyectos.

2º. Del Plan Regional de Carreteras.

3º. De los programas viarios de carreteras.

4º. De los planes y programas de seguridad vial.

b. La elaboración de estudios y normas sobre proyectos y en materia de construcción, conservación y explotación de carreteras. c. Los estudios, informes, coordinación y control de las carreteras en régimen de gestión indirecta.

d. La elaboración, seguimiento, supervisión y control de los anteproyectos y proyectos de las carreteras de titularidad regional, así como su construcción, conservación y explotación.

e. La gestión de maquinaria y de las instalaciones afectas a la conservación y explotación de las carreteras.

f. La elaboración, revisión y actualización del catálogo de la red de carreteras de castilla-la mancha y de sus elementos funcionales, así como la gestión de las cesiones o cambios de titularidad de tramos de carreteras pertenecientes a distintas Administraciones Públicas.

g. El fomento y mejora de la calidad paisajística de las carreteras.

h. La conservación, protección y gestión del dominio público viario y sus servidumbres y zonas de protección, así como la elaboración de informes sectoriales a planes, estudios y proyectos que afecten al mismo.

i. Seguridad vial, incluyendo la señalización.

j. La tramitación de los expedientes de autorización de actividades e instalaciones previstas en la legislación sectorial de carreteras.

k. La inspección del cumplimiento de la normativa en materia de carreteras, así como la tramitación de los expedientes sancionadores derivados de su infracción.

 

3. La Dirección General de Carreteras ejercerá cuantas otras competencias determine la normativa vigente o le sean expresamente delegadas o atribuidas.

Funciones y Competencias de la Dirección General de Vivienda

1. La Dirección General de Vivienda es el órgano competente de la Consejería en materia de políticas públicas de vivienda, vivienda protegida, inspección y calidad de la edificación. le corresponden las competencias derivadas de la Ley 2/2002, de 7 de febrero, por la que se establecen y regulan las diversas modalidades de viviendas de protección pública en Castilla-La Mancha, o norma que la sustituya, y las demás disposiciones vigentes.
 
2. En materia de planificación y relaciones institucionales le compete a la Dirección General:
 
a. La elaboración, ejecución y seguimiento del Plan Regional de Vivienda de Castilla-La Mancha.
b. La elaboración, seguimiento y evaluación del Plan Regional de Inspección de Vivienda.
c. El seguimiento, análisis y evaluación del mercado inmobiliario residencial.
d. El seguimiento de las políticas de suelo en el ámbito de la vivienda.
 
3. En materia de garantía del derecho a una vivienda digna y adecuada le corresponde:
 
a. La ejecución, desarrollo y evaluación en castilla-la mancha de los planes estatales sobre vivienda, rehabilitación y suelo residencial.
b. El fomento y desarrollo de programas públicos de garantía de acceso a la vivienda, en las distintas formas de tenencia.
c. El desarrollo de procedimientos de conciliación o intermediación en procedimientos judiciales de desahucio, recuperación de la posesión y ejecución hipotecaria de personas en situación de vulnerabilidad económica.
d. La coordinación de las oficinas de asistencia, asesoramiento e intermediación hipotecaria.
e. El fomento de la rehabilitación de viviendas, desde el punto vista de la conservación, la accesibilidad o la mejora de la eficiencia y ahorro energético.
f. El fomento y desarrollo de programas públicos de rehabilitación de viviendas en el medio rural.
g. El fomento de la rehabilitación, la regeneración y renovación urbana.
 
4. En materia de información y estadística de vivienda será competente en:
 
a. La gestión del portal de internet de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en materia de vivienda, en coordinación con los órganos competentes en materia de comunicación.
b. El desarrollo y gestión de sistemas de información territoriales y estadísticos sobre vivienda.
c. El diseño y programación de campañas publicitarias y de divulgación de proyectos y programas, en coordinación con los órganos competentes en materia de comunicación.
 
5. En materia de patrimonio de vivienda:
 
a. La adquisición, protección, defensa, administración, uso y demás actuaciones de gestión y el ejercicio de cualquier acto de disposición sobre el patrimonio de gestión separada de la consejería de viviendas, locales comerciales, edificaciones, servicios complementarios de promoción pública y suelo residencial.
b. El desarrollo de actuaciones de reforma, conservación y rehabilitación integral en las viviendas del patrimonio de la junta de comunidades de castilla-la mancha, con la finalidad de garantizar su función.
c. Fijar las líneas generales y estratégicas de actuación de la empresa pública gestión de infraestructuras de castillala mancha, de conformidad con las directrices establecidas por el Consejo de Gobierno.
 
6. En materia de vivienda protegida:
 
a. La programación, control y seguimiento de viviendas con protección pública.
b. La promoción de vivienda social, en coordinación con la Consejería de Bienestar Social.
c. El fomento y la gestión de actuaciones dirigidas a la construcción de viviendas protegidas en suelo público.
d. El fomento de iniciativas, tanto públicas como privadas, para la obtención y preparación de suelo destinado a cualquier tipo de vivienda protegida.
e. Fomento de viviendas asequibles incentivadas.
f. La gestión del registro de viviendas protegidas de castilla-la mancha.
g. La tramitación y resolución de calificaciones de actuaciones protegibles en materia de vivienda, suelo para vivienda y rehabilitación y aplicación del régimen legal propio de las viviendas protegidas.
h. La coordinación del registro de demandantes de vivienda protegida, así como de los procesos derivados del registro, como las adjudicaciones de vivienda protegida.
 
7. En materia de inspección:
 
a. La inspección para el control de la legalidad de la actividad de vivienda, incluida la adopción de medidas para asegurar la protección y restauración de la legalidad.
b. La cooperación con las entidades locales y otras administraciones públicas en materia de inspección de vivienda.
c. La inscripción registral de las actuaciones públicas en materia de vivienda.
d. La gestión, control y registro de las fianzas de los contratos de arrendamiento de vivienda y uso distinto del de vivienda, y de suministros de agua, gas y electricidad, así como la aplicación de sus recursos a la financiación de la creación, ampliación, rehabilitación o mejora de los parques públicos de vivienda, en los términos del artículo 27.2 de la ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda.
 
8. En materia de calidad de la edificación, será competente en:
 
a. El fomento de la calidad en la arquitectura.
b. La inspección y control sobre la calidad de la edificación residencial.
c. La gestión del registro de informes de evaluación de los edificios.
d. El desarrollo de las medidas de control y seguimiento administrativo de los “Libros del Edificio”.
e. Garantizar, en la esfera de su competencia y a través de los laboratorios y centros homologados en la región, la correcta ejecución de los diferentes sistemas constructivos, con especial incidencia en los laboratorios y entidades de calidad de la edificación.
 
9. La Dirección General de Vivienda ejercerá cuantas otras competencias determine la normativa vigente o le sean expresamente delegadas o atribuidas.

Funciones y Competencias de la Dirección General de Digitalización e Inteligencia Artificial

A la Dirección General de Digitalización e Inteligencia Artificial le corresponden las siguientes funciones:
a) La programación, coordinación, gestión y ejecución, de los proyectos y actuaciones en materia de tecnologías de la información, transformación digital, digitalización e inteligencia artificial de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, sus organismos autónomos y entidades públicas vinculadas o dependientes
b) La propuesta, desarrollo e implantación de las medidas y actuaciones que se consideren necesarias para el adecuado cumplimiento de la normativa vigente en materia de servicios para la sociedad de información en el ámbito de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, sus organismos autónomos y entidades públicas vinculadas o dependientes
c) El impulso y coordinación de actuaciones para garantizar que los procedimientos administrativos se tramiten electrónicamente por la Administración.
d) El impulso y apoyo a la modernización de procesos y adaptación de los canales para lograr un uso de los servicios electrónicos masivo, eficaz y seguro por la ciudadanía y las empresas.
e) El impulso y promoción de modelos de colaboración público-privados que garanticen la incorporación a la administración pública de la tecnología digital de forma segura y sostenible; en especial, de las tecnologías disruptivas como la inteligencia artificial.
f) La elaboración de estudios, estadísticas, formación, difusión y propuestas de actuación en el sector regional en materia de sociedad de la información y demás competencias propias de la Dirección General.
g) La elaboración, diseño e implantación de la cartera de servicios digitales a la ciudadanía.
h) La propuesta de las normas autonómicas en materia de protección de datos.
i) La asistencia, información, apoyo y asesoramiento a los órganos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, sus organismos autónomos y entidades públicas vinculadas o dependientes en materia de protección de datos; en especial, sobre el adecuado cumplimiento de las obligaciones impuestas por la normativa vigente en la materia.
j) El control y supervisión del adecuado cumplimiento de las obligaciones impuestas por la normativa vigente en materia de protección de datos en el ámbito de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, sus organismos autónomos y entidades públicas vinculadas o dependientes.
k) La realización de auditorías en el ámbito de la protección de datos de carácter personal.
l) La coordinación de las relaciones y actuaciones de colaboración entre la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y la Agencia Española de Protección de Datos.
m) El impulso y apoyo a la digitalización de las empresas de la región para facilitar su transformación digital; en particular de las pymes y autónomos, tanto en las zonas urbanas como en las zonas rurales.
n) El impulso, promoción y apoyo a la capacitación digital del tejido empresarial de Castilla-La Mancha para incrementar su productividad, competitividad y sostenibilidad; con especial atención a las micropymes y las empresas emergentes de base tecnológica e innovadoras.
ñ) El diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de programas de capacitación y certificación de competencias digitales como factor clave para el desarrollo socioeconómico y la empleabilidad.

 

Funciones y Competencias de la Viceconsejería

A la Viceconsejería le corresponde las funciones que se determinan en el apartado 1 del artículo anterior, así como las funciones en materia de transporte; siendo estas últimas específicamente las siguientes:
a) El impulso y seguimiento de la ejecución de la política en materia de transportes.
b) La ordenación y planificación del transporte de mercancías y viajeros.
c) La inspección de transporte de mercancías y viajeros.
d) La elaboración y seguimiento del Plan Director de Transportes.
e) Promover la colaboración de los representantes del sector y de los usuarios en el ejercicio de las funciones administrativas
que les afecten en la forma prevista en las disposiciones vigentes.
f) La programación y ejecución de inversiones en infraestructuras para el transporte.
g) El otorgamiento de títulos habilitantes para el ejercicio de actividades relacionadas con el transporte.
h) La tramitación de cuantas actuaciones sea competente la Comunidad Autónoma en materia de transporte aéreo.
i) La coordinación con otras Administraciones en materias relacionadas con el transporte.

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Decreto 125/2011, de 07/07/2011, por el que se establecen la estructura orgánica y las competencias de los distintos órganos de la Consejería de Fomento

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Funciones y Competencias de la Dirección General de Formación Profesional

A la persona titular de la Dirección General de Formación Profesional, bajo la dirección de la persona titular de la Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación, le corresponden las siguientes funciones:
 
1. La propuesta de creación, transformación o supresión de unidades y de centros docentes públicos de Formación Profesional, Enseñanzas de Régimen Especial y educación de personas adultas, y la tramitación del procedimiento de autorización de los centros privados que impartan estas enseñanzas.
2. La planificación, la organización, la gestión y la evaluación de la oferta formativa de formación profesional básica, grado medio y grado superior, de las enseñanzas artísticas y deportivas que sean competencia de la Administración Autonómica.
3. La ordenación académica, la definición de los perfiles profesionales y de los programas formativos de la formación profesional básica, grado medio y grado superior y el diseño, experimentación y desarrollo curricular de estas enseñanzas.
4. El desarrollo, aplicación y actualización del Plan Regional de Formación Profesional y la coordinación con otras instituciones en relación con la Formación Profesional para el empleo.
5. El impulso y la planificación de la formación práctica en las empresas.
6. El fomento de la cultura emprendedora e innovadora del alumnado de formación profesional.
7. La gestión de las ayudas procedentes del Fondo Social Europeo relacionadas con las enseñanzas de formación profesional, sin perjuicio de las competencias en la materia de otros órganos de la Administración Regional.
8. Cuantas funciones le sean encomendadas por la normativa vigentes.

Funciones y Competencias de la Dirección General de Juventud y Deportes

1. A la persona titular de la Dirección General de Juventud y Deportes, bajo la dirección de la persona titular de la Viceconsejería de Cultura y Deportes, le corresponden las siguientes funciones:
 
a) El fomento de la práctica deportiva y del ejercicio físico.
b) La propuesta de acuerdos para la extensión de la práctica físico-deportiva y sus eventos a través de la colaboración con el Consejo Superior de Deportes, Comité Olímpico Español y Federaciones Deportivas Españolas.
c) El desarrollo de la actividad deportiva en edad escolar y actividades extracurriculares vinculadas al juego y al deporte, singularmente la organización de las campañas de educación integral y en valores en el ámbito del deporte, así como las propias derivadas de la competición del deporte en edad escolar.
d) La planificación, en su caso, en colaboración con las corporaciones locales, de la red de instalaciones deportivas de la Región.
e) El inventario de espacios deportivos de uso público de Castilla-La Mancha, así como su actualización.
f) La propuesta de homologación de proyectos y normas relacionadas con los distintos tipos de instalaciones deportivas.
g) La promoción y el impulso del asociacionismo deportivo, en especial, el apoyo a los programas de las federaciones deportivas de Castilla-La Mancha y clubes deportivos de la Región, el acuerdo de inscripción de los clubes,
federaciones y demás asociaciones en el Registro de entidades deportivas, así como la aprobación de sus estatutos y reglamentos.
h) El apoyo y atención al deportista de Alto Nivel de Castilla La Mancha.
i) La propuesta de becas y ayudas a los deportistas castellano-manchegos de alto nivel.
j) La propuesta del reconocimiento al Mérito Deportivo para personas físicas y jurídicas que se hayan distinguido por sus resultados, enseñanza, fomento, investigación, o gestión de la actividad físico-deportiva en Castilla-La Mancha.
k) Promover las condiciones para la participación de la juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural, así como el impulso de la cooperación y actividad asociativa juvenil, la información y formación de los jóvenes y el apoyo a las iniciativas y proyectos de las asociaciones juveniles y de jóvenes particulares, de interés social.
l) Efectuar la coordinación, seguimiento y supervisión de las actuaciones departamentales o interdepartamentales en el ámbito de la juventud, fomentar las relaciones y la cooperación entre organismos en el ámbito regional, nacional e internacional. En especial, las iniciativas relacionadas con el empleo juvenil promovidas por otros departamentos de la administración regional.
m) Potenciar la existencia de dinamizadores juveniles, con especial atención a las zonas rurales.
n) La promociónón, gestión y seguimiento de programas de actividades juveniles, especialmente aquellos orientados a la educaciónón no formal en el ocio y tiempo libre.
ñ) La gestión, promoción y dinamización del Carné Joven de la Comunidad.
o) La planificación y gestión de los albergues y otras instalaciones juveniles dependientes de la consejería.
p) Cuantas funciones le sean encomendadas por la normativa vigente.
 
2. Queda adscrita a la Dirección General de Juventud y Deportes la Comisión Territorial de Juventud.

Funciones y Competencias de la Dirección General de Recursos Humanos

La persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos, bajo la dirección de la persona titular de la Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación, tiene encomendadas las siguientes funciones:
 
1. La gestión del personal docente, funcionario y laboral, de las enseñanzas no universitarias, incluida la gestión y control de nóminas.
2. La gestión del personal no docente de apoyo a las enseñanzas no universitarias y a las escuelas infantiles.
3. La programación anual de las plantillas de personal de los centros educativos.
4. La determinación y provisión del personal necesario para la aplicación de los programas y planes educativos de la Consejería.
5. La gestión y mantenimiento de la sección de personal docente del Registro General de Personal.
6. La elaboración de la propuesta de oferta de empleo público docente.
7. La organización de las pruebas de acceso al empleo público docente.
8. La gestión de los programas de acción social del personal docente.
9. Las relaciones con los representantes sindicales del personal docente.
10. La elaboración de los planes de autoprotección y seguridad en los centros educativos dependientes de la Consejería.
11. Cuantas funciones le sean encomendadas por la normativa vigente.

Funciones y Competencias de la Dirección General de Universidades, Investigación e Innovación

1. La persona titular de la Dirección General de Universidades, Investigación e Innovación, bajo la dirección de la persona titular de la Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación, tiene encomendadas las siguientes funciones:
 
a) La gestión de la participación de la Consejería en las relaciones ministeriales referidas a política universitaria, investigación e innovación, así como en los Consejos Sociales de las Universidades Públicas radicadas en CastillaLa Mancha.
b) La dirección, ordenación, gestión y supervisión de la política en materia universitaria, dentro del ámbito competencial de la Consejería y con respeto a la autonomía universitaria.
c) La gestión de las propuestas de creación, modificación y supresión, de Facultades, Escuelas e Institutos Universitarios de Investigación u otras estructuras universitarias, así como de las titulaciones que impartan, conforme ́ a la vigente legislación.
d) La elaboración en materia universitaria de las propuestas de subvención y transferencias, la planificación y el seguimiento de las inversiones, la propuesta de precios públicos y tasas, la emisión de informes sobre los costes del personal para las universidades y otros centros de enseñanza superior, exceptuadas las enseñanzas superiores no universitarias.
e) La coordinación de actuaciones respecto de las Pruebas de Acceso a los Estudios de Grado y de las actuaciones conjuntas en materia de enseñanzas superiores no universitarias.
f) Planificación y ejecución de los programas de becas y ayudas al estudio de la competencia de la Comunidad Autónoma, relacionadas con estudios universitarios y la elaboración de las propuestas de precios públicos conducentes a la obtención de títulos oficiales y las propuestas de los costes del personal docente e investigador, así como de administración y servicios de las universidades de la región.
g) Fijar las políticas generales de I+D+i y los programas de ayudas e incentivos a la I+D+i, incluyendo el fomento y promoción de infraestructuras y servicios de apoyo a la investigación, desarrollo e innovación pública y privada.
h) Determinar el diseño, gestión, seguimiento y evaluación de los planes o estrategias regionales de investigación e innovación.
i) Coordinar y fijar las políticas de promoción de los organismos públicos de investigación y centros tecnológicos de la región.
j) La elaboración de estadísticas sobre las materias propias de su competencia.
k) Cuantas funciones le sean encomendadas por la normativa vigente
 
2. De conformidad con su norma de creación, la Agencia de Investigación e Innovación de Castilla-La Mancha, queda adscrita a la Consejería a través de la Dirección General de Universidades e Investigación. Así mismo, quedan adscritas a la Consejería, a través de la Dirección General de Universidades, Investigación e Innovación, la Fundación Parque Científico y Tecnológico de Castilla-La Mancha y la Fundación Centro Tecnológico del Metal de Castilla-La Mancha.

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