II PLAN DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA EMPLEADAS Y EMPLEADOS PÚBLICOS
“La Ley 12/2010, de 18 de noviembre, de Igualdad de Mujeres y Hombres de Castilla-La Mancha, en su artículo 41 dispone que “La Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha elaborará, para su personal, un Plan de Igualdad de Oportunidades en la Función Pública. Este plan deberá contemplar el acceso al empleo, la promoción, la formación, la igualdad retributiva, la conciliación de las responsabilidades profesionales y familiares, la formación específica en materia de igualdad entre mujeres y hombres, la prevención del acoso sexual y del acoso relacionado con el sexo, así como criterios y mecanismos de seguimiento y evaluación del impacto de género que tengan las actuaciones desarrolladas.”
Agotada la vigencia del I Plan de Igualdad, se hace necesario contar con un nuevo Plan que venga a satisfacer las necesidades que todavía hoy subsisten, en consonancia con el II Plan Estratégico para la Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres de Castilla-La Mancha 2019-2021, aprobado por el Consejo de Gobierno el 23 de octubre de 2018.
El ámbito de aplicación del Plan, con una vigencia de tres años, se extiende a todos los sectores del empleo público de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (personal funcionario docente no universitario, personal funcionario de administración general, personal estatutario del Servicio de Salud, persona laboral).”