Proyecto de Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se establecen las disposiciones de aplicación relativas a los registros que se han de llevar en el sector vitivinícola.

La Ley 6/2022, de 29 de julio, de la Viña y del Vino de Castilla-La Mancha, establece como uno de sus objetivos promover la calidad, el control y la trazabilidad de las producciones vitivinícolas. A este respecto, el apartado 4 del artículo 39 establece que la consejería competente en materia de agricultura promoverá la informatización del sector en aras de mejorar la eficiencia en la gestión y la transparencia de la información.
En el marco de la anterior organización común del mercado vitivinícola y de su normativa de aplicación se publicó la Orden de 13/07/2010, de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, por la que se establecen las disposiciones de aplicación relativas a los registros que se han de llevar en el sector vitivinícola, con el fin de facilitar la aplicación y el cumplimiento de lo establecido en las disposiciones comunitarias en el territorio de Castilla-La Mancha.
El nuevo marco legislativo del sector vitivinícola, la experiencia adquirida y la necesaria informatización de los registros hacen preciso realizar cambios en la regulación de la materia, contenida en la Orden de 13/07/2010, de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, para adaptarlos al nuevo escenario aplicable y proporcionar un valor añadido a los productos, garantizando la trazabilidad y la competitividad entre los operadores. Para una mayor seguridad jurídica y dado que nos encontramos en un ciclo legislativo diferente en la normativa comunitaria, es conveniente derogarla en su totalidad y establecer una nueva regulación.
La disposición final tercera de la Ley 6/2022, de 29 de julio, regula en su apartado 2 d) que las disposiciones que contengan las normas de aplicación relativas a los registros de entradas y salidas que se han de llevar en el sector vitivinícola aludidos en el artículo 41 de la ley se desarrollarán mediante orden de la consejería, para lo que se está tramitando el expediente que se adjunta.


