Derechos de Ayuda Básica PAC 2024
Real Decreto 1045/2022, de 27 de diciembre, sobre derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad de la Política Agrícola Común (artículo 31)
CARACTERÍSTICAS DE LAS CESIONES DE DERECHOS DE AYUDA BÁSICA A LA RENTA PARA LA SOSTENIBILIDAD
Cesionarios: Sólo se pueden ceder a una agricultora o un agricultor considerados activos.
Ámbito de cesión: Sólo se pueden ceder dentro de la misma región.
Tipos de cesiones: Se pueden VENDER o ARRENDAR derechos con o sin tierras.
La finalización de un arrendamiento donde se transmiten los derechos a la persona arrendadora se considerarán cesiones con tierra.
Peajes: Las cesiones sin tierra tendrán una retención del 30% del valor de cada derecho, excepto si:
- Son la totalidad de los derechos de una persona titular que tiene un importe total menor de 300 €.
- Se ceden a una nueva agricultora o nuevo agricultor.
- La persona cedente o cesionaria ve modificada su superficie en alguna región a causa de una intervención pública.
- Se ceden a una joven agricultora o joven agricultor.
Las cesiones con tierra, las herencias, jubilaciones, fusiones, escisiones y cambios de denominación no tienen ningún peaje.
Plazos: Entre el 1 de febrero de 2024 y el fin del plazo de modificación de la solicitud única de 2024.
Si tiene intención de realizar algún tipo de cesión de derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad para su utilización en la campaña 2024, podrá presentar la solicitud de forma electrónica a través de cualquiera de las entidades agrarias colaboradoras reconocidas por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural en el modo y forma que se especifica en el correspondiente convenio de entidad agraria colaboradora para la captura de solicitudes de cesiones de derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad, o bien en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
La cumplimentación de los impresos se realizará con los modelos de cesiones que la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural a través de la Dirección General de Agricultura y Ganadería ha puesto a su disposición.
Modelos de Cesión de Derechos de Ayuda Básica a la Renta para la Sostenibilidad de la Campaña 2024:
V1.-Venta de derechos sin tierra (30% de peaje).
V2.-Venta de derechos sin tierra de la totalidad de los derechos de un productor que percibe menos de 300€ de importe total de sus derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad (0% de peaje).
V3.- Venta de derechos sin tierra a un nuevo agricultor (0% de peaje).
V4 A.- Venta o cesión definitiva de derechos con tierra (0% peaje).
V4 B.- Venta o cesión definitiva de derechos mediante contrato tripartito entre dos arrendatarios y el propietario de las tierras (0% peaje).
V4 C.- Venta o cesión definitiva de derechos de una explotación ganadera con concesión de pastos comunales (0% peaje).
V4 D.- Finalización de arrendamiento de tierras con devolución al propietario de las tierras y cesión definitiva de derechos al mismo (0% peaje).
V4 E.- Venta o cesión definitiva de derechos de un heredero mediante arrendamiento de tierras (0% peaje).
V5.- Venta de derechos sin tierra donde el cedente o el cesionario hubiese visto modificada su superficie en alguna región a causa de una intervención pública (0% de peaje).
V6.- Venta de derechos sin tierra a un joven agricultor (0% de peaje).
AC.- Arrendamiento de derechos sin tierra donde el cedente o el cesionario hubiese visto modificada su superficie en alguna región a causa de una intervención pública (0% de peaje).
AJ.- Arrendamiento de derechos sin tierra a un joven agricultor (0% de peaje).
AS.-Arrendamiento de derechos sin tierra (30% de peaje).
AA. –Finalización anticipada de arrendamiento (0 % de peaje).
AR.- Arrendamiento de derechos con tierra (0% de peaje).
HE.-Herencias, legados y usufructos de derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad (0% de peaje).
HA.-Transmisiones ínter-vivos de derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad: Jubilaciones de la actividad agraria o incapacidad laboral permanente del cedente en las que el cesionario de los derechos sea familiar de hasta tercer grado del cedente, y programas aprobados de cese anticipado (0% de peaje).
CD.- Cambios del régimen o estatuto jurídico o del titular de la explotación que conlleven una modificación de su NIF (denominación jurídica). (0% de peaje).
FU. -Fusiones o Agrupaciones en personas jurídicas o entes sin personalidad jurídica, incluidas las fusiones por absorción con continuación de una de las sociedades iniciales: (0% de peaje)
ES. - Escisiones de personas jurídicas o de agrupaciones de personas físicas, incluidas aquellas debidas a escisiones parciales con continuación de la sociedad original. (0% de peaje).
RV. - Renuncia voluntaria a favor de la reserva nacional (100% de peaje).