Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural

Consulta pública sobre el Anteproyecto de Ley del Estatuto de las Mujeres Rurales de Castilla La Mancha

De conformidad con lo establecido en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objetivo de mejorar la participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de las normas, con carácter previo a la elaboración del Anteproyecto de Ley, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en la que se recabará la opinión de las personas y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma acerca de:
 

a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c) Los objetivos de la norma.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias
 
La ciudadanía y las entidades que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados, desde hoy día 9 de agosto de 2018, fecha en la que se publica en la web, hasta el día 31 de agosto de 2018, a través del siguiente buzón de correo electrónico: “dgdr@jccm.es”.

 

 

  1. Antecedentes de la futura ley
     

El Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha establece en su artículo 4.3 que “la Junta de Comunidades propiciará la efectiva igualdad del hombre y de la mujer, promoviendo la plena incorporación de ésta a la vida social y superando cualquier discriminación laboral, cultural, económica o política”. Respondiendo a este mandato, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha ha promulgado, entre otras, la Ley 5/2001, de 17 de mayo, de Prevención de Malos Tratos y de Protección a las Mujeres Maltratadas, la Ley 11/2002, de 27 de junio, de modificación de la Ley 5/1986, de 23 de diciembre, Electoral de Castilla-La Mancha, a través de la cual se incorporó la paridad electoral y, finalmente,  la Ley 12/2010, de 18 de noviembre, de Igualdad entre Mujeres y Hombres de Castilla-La Mancha.
 
Actualmente está en tramitación en las Cortes Regionales el proyecto de ley para una sociedad libre de violencia de género.
 
En cuanto a los principios generales que deben regir y orientar las actuaciones de las Administraciones Públicas la Ley 12/2010, de 18 de noviembre, de Igualdad entre Mujeres y Hombres de Castilla-La Mancha enumera, entre otros, la integración de la igualdad de trato y de oportunidades y la transversalidad de género en todas las políticas públicas; la especial protección de aquellas mujeres o colectivos de mujeres que se encuentren en situación de vulnerabilidad; la conciliación de la vida personal, familiar y profesional de mujeres y hombres; la participación y representación equilibrada de hombres y mujeres en los órganos públicos de decisión, y la erradicación de la violencia de género, la violencia familiar y todas las formas de acoso sexual y acoso por razón de género.
 
Con ese objetivo se implementó el Plan Estratégico para la Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres de Castilla-La Mancha 2011-2016, el cual incluye un eje estratégico dedicado específicamente a la mujer del medio rural (Eje 8).  Recientemente se ha evaluado dicho plan y elaborado el II Plan Estratégico (2019-2024), que será aprobado próximamente y actualiza y continúa la labor del anterior.
 
 

  1. Problemas que se pretende solucionar con la ley.

     

El grave problema de despoblamiento que sufre Castilla-La Mancha es la gran amenaza a combatir desde la política de desarrollo rural.  La ley pretende facilitar y promover la presencia de las mujeres en el medio rural, favoreciendo y facilitando su participación en la toma de decisiones en los ámbitos económico, social y cultural de este medio, lo que permitirá diversificar y fortalecer el propio medio rural en el que se vertebra la mayoría de la población de esta comunidad autónoma.
 
Esta ley se promueve con el objetivo de disminuir los factores que pudieran provocar una doble discriminación de las mujeres que viven en el medio rural.
 
En el ámbito rural se perpetúan en mayor medida los roles de género, que atribuyen a las mujeres los trabajos reproductivos y de cuidados y la resistencia a los cambios es mayor. Esto supone un gran obstáculo por lo que la valorización de la igualdad de género mediante políticas, intervenciones e inversiones focalizadas es un requisito necesario ya que puede influir considerablemente en las actitudes y percepciones acerca de los roles de uno y otro género y mejorar los niveles de igualdad en la práctica.
 
Se pretende también dar una respuesta a la demanda social que actualmente existe en este sentido y que las administraciones tienen la responsabilidad de atender.
 

  1. Necesidad y oportunidad de su aprobación.

     

El artículo 24 de la ley 12/2010 recoge como prioridad garantizar los derechos de las mujeres rurales. Para ello, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha ha de integrar la perspectiva de género en las actuaciones de desarrollo rural de manera que estas intervenciones contemplen las necesidades de las mujeres y promuevan medidas para favorecer su incorporación al mundo laboral; la participación en el desarrollo sostenible de su entorno a partir del impulso de servicios para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, y la puesta en marcha de programas formativos relacionados con la incorporación al mercado laboral, de forma específica en materia de acceso y formación en tecnologías de la información y de las comunicaciones.
 
Hasta la fecha no se ha elaborado una norma de la Comunidad Autónoma que recoja este mandato y la sociedad actual está demandando medidas concretas que faciliten el cumplimiento de estas prioridades.
 

  1. Objetivos de la futura ley

     

El objeto de la futura Ley es avanzar en la aplicación del principio de igualdad de trato y oportunidades tal y como se establece en los fines recogidos en la Ley 12/2010 de Igualdad entre Mujeres y Hombres de Castilla-La Mancha.
 
A tales efectos, la ley propondrá el establecimiento de un plan de medidas para la igualdad efectiva en el medio rural que visibilice el papel de las mujeres, garantice sus derechos y promueva su profesionalización y especialización al tiempo que apuesta por la diversificación económica del medio rural, procurando también facilitar la incorporación activa a la vida social, cultural y política, que favorezca una evolución y transformación de los valores, las normas y las prácticas culturales de una sociedad más equitativa en las oportunidades y acceso y disfrute de los recursos.
 
Además, esta ley garantizará el ejercicio efectivo de los derechos de las mujeres que trabajan específicamente en el sector agrario, promoviendo su reconocimiento profesional y el acceso a los derechos derivados de su actividad laboral.
 

  1. Posibles soluciones alternativas

     

La elaboración de una norma autonómica que garantice los derechos de las mujeres rurales es la forma adecuada al cumplimiento del mandato establecido en el artículo 24 de la ley 12/2010.
Desde las competencias de la Comunidad Autónoma, se podrán estudiar diferentes medidas alternativas que puedan o no recogerse finalmente en esa norma.

 

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