Acuerdos del Consejo de Gobierno 7 de mayo de 2019

Acuerdos del Consejo de Gobierno

Acuerdos del Consejo de Gobierno 7 de mayo de 2019

ACUERDOS

APROBACIÓN DEL DECRETO POR EL QUE SE REGULAN LAS UNIDADES DE IGUALDAD DE GÉNERO EN LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA

El decreto tiene por objeto regular las Unidades de Igualdad de Género, previstas por el artículo 14 de la Ley 12/2010, de 18 de noviembre, de Igualdad entre Mujeres y Hombres de Castilla-La Mancha, como unidades administrativas encargadas en cada consejería de facilitar la implantación de la transversalidad de género, haciéndola extensible a todas sus unidades administrativas, para favorecer y abrir nuevas vías de integración efectiva de la igualdad entre mujeres y hombres en el diseño, desarrollo, seguimiento y evaluación de la práctica administrativa, con el fin de impulsar, coordinar e implementar la perspectiva de género en la planificación, gestión y evaluación en sus respectivas políticas, programas y medidas.
 
Enlaces relacionados:
Decreto 38/2019, de 7 de mayo, por el que se regulan las unidades de igualdad de género en la administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 14/2018, DE 27 DE MARZO, POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES DE CARÁCTER INCENTIVADOR PARA PROYECTOS DINAMIZADORES DEL EMPLEO LOCAL

El Consejo de Gobierno ha acordado aprobar el Decreto por el que se modifica el Decreto 14/2018, de 27 de marzo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones de carácter incentivador para proyectos dinamizadores del empleo local.
 
El Decreto 14/2018, de 27 de marzo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones de carácter incentivador para proyectos dinamizadores del empleo local tiene por finalidad incentivar e impulsar la creación de empleo en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, fomentando la implantación de proyectos empresariales dinamizadores y que apuesten por la contratación indefinida.
 
La modificación del Decreto se realiza para introducir como subvencionable el contrato por tiempo indefinido fijos-discontinuo.
 
Por otra parte, se encara también, la modificación del artículo 3 y de la Disposición adicional segunda, como consecuencia de la entrada en vigor, tanto de la Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla-La Mancha, como de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
 
Enlaces relacionados:
Decreto 39/2019, de 7 de mayo, por el que se modifica el Decreto 14/2018, de 27 de marzo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones de carácter incentivador para proyectos dinamizadores del empleo local.

AUTORIZACIÓN PREVIA DE GASTO AL INSTITUTO DE FINANZAS DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A, PARA LA APORTACIÓN DE LOS FONDOS NECESARIOS PARA LA DOTACIÓN DEL FONDO DE PROVISIONES TÉCNICAS DE AVAL CASTILLA-LA MANCHA, SOCIEDAD DE GARANTÍA RECÍPROCA

El Consejo de Gobierno ha autorizado un gasto de 1.000.000 euros al Instituto de Finanzas de Castilla-La Mancha S.A., para la aportación de los fondos necesarios para la dotación del fondo de provisiones técnicas de la sociedad Aval Castilla-La Mancha, Sociedad de Garantía Recíproca.
 
A tenor de lo dispuesto en el artículo 21.4 de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018, prorrogados conforme dispone el Decreto 95/2018, de 18 de diciembre, por el que se establecen las condiciones específicas a las que debe ajustarse la prórroga de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018, la autorización previa de los gastos de los entes instrumentales mencionados en los apartados e), f) y g) del artículo 1.1 de la citada Ley, entre los que se encuentra el Instituto de Finanzas de Castilla-La Mancha S.A, se ajustará al régimen previsto en el artículo 24 de la Ley 1/2012, de 21 de febrero, de Medidas Complementarias para la aplicación del Plan de garantías de los Servicios Sociales Básicos de Castilla-la Mancha.
 
Este último precepto citado establece que la autorización de los gastos en que incurran las entidades señaladas en el apartado 1 (entre las que se encuentra el Instituto de Finanzas de Castilla-La Mancha S.A.), corresponderá al Consejo de Gobierno cuando superen los 240.000 euros.

APROBACIÓN DE LA ADENDA AL CONVENIO DE COOPERACIÓN ECONÓMICA ENTRE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TOLEDO Y LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA REGULADOR DE LA APORTACIÓN FINANCIERA PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS DESEMPLEADAS POR ENTIDADES LOCAL

El Consejo de Gobierno ha acordado aprobar la adenda al convenio de cooperación económica entre la Diputación Provincial de Toledo y la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha regulador de la aportación financiera para la contratación de personas desempleadas por entidades locales en la anualidad 2018/19.
 
El objeto del proyecto de adenda es incorporar la cláusula segunda bis y cuarta bis al convenio de cooperación económica entre la Diputación Provincial de Toledo y la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, regulador de la aportación financiera para la contratación de personas desempleadas por entidades locales en la anualidad 2018-19, suscrito con fecha 22 de octubre de 2018.
 
En virtud del Real Decreto 1462/2018, de 21 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2019, se ha producido un incremento del salario mínimo interprofesional en un 22,3% respecto del fijado en el pasado año 2018. Su disposición final segunda determina que procede el abono del salario establecido con efectos desde el 1 de enero de 2019.
 
Tanto la Consejería de Economía, Empresas y Empleo como la Diputación Provincial, consideran necesario incorporar dicho incremento a los importes de las subvenciones para la contratación temporal de personas desempleadas por entidades locales, sus entidades dependientes o vinculadas o las agrupaciones de municipios de la provincia de Toledo, en aquéllas contrataciones que continúan en vigor durante el año 2019.
 
A tal fin, por la firma de la adenda, la Diputación Provincial de Toledo aportará la cantidad adicional de 1.146.235,69 euros para la continuidad al programa de empleo para la contratación temporal de personas en situación de desempleo.
 
Resolución de 22/05/2019, de la Secretaría General, por la que se dispone la publicación de la adenda al convenio de cooperación económica entre la Diputación Provincial de Toledo y la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, regulador de la aportación financiera para la contratación de personas desempleadas por entidades locales en la anualidad 2018

INFORME SOBRE LOS CONVENIOS CONCERTADOS POR LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA E INSCRITOS EN EL REGISTRO GENERAL DE CONVENIOS ENTRE EL 1 DE ENERO DE 2019 Y EL 31 DE MARZO DE 2019

La acción administrativa se despliega muchas veces en forma de concertación de convenios interadministrativos de colaboración, que al mismo tiempo suponen compromisos de gasto para la Hacienda autonómica o ingresos procedentes de otras Administraciones, particularmente de la Administración General del Estado. Por ello, la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, previa audiencia a todas las Consejerías de la Administración regional, considera de interés poner en conocimiento del Consejo de Gobierno el informe correspondiente a los convenios inscritos en el Registro General de Convenios en el primer trimestre del año 2019.

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 66/2017, DE 19 DE SEPTIEMBRE, DE LA CERTIFICACIÓN TÉCNICO-SANITARIA DEL TRANSPORTE SANITARIO POR CARRETERA

El Decreto 66/2017, de 19 de septiembre, de la Certificación Técnico-Sanitaria del transporte sanitario por carretera, regula en el artículo 1 el procedimiento para la obtención inicial y renovación de la certificación técnico-sanitaria de transporte sanitario por carretera y las características que han de tener los vehículos utilizados en dicho transporte en el territorio de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha. En este artículo se introduce un nuevo apartado, de conformidad con lo establecido en el artículo 3.1  del Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios, con el fin de que la autorización concedida a un vehículo de transporte sanitario por otra comunidad autónoma será válida en Castilla-La Mancha, sin la necesidad de suscribir acuerdos o convenios, mediante una comunicación del titular del vehículo antes del inicio de la actividad del vehículo y regulando cuándo los ambulancias deben cumplir, además de los requisitos exigidos a nivel nacional, los requisitos específicos de nuestra Comunidad.
 
Asimismo se han presentado algunas dificultades en las ambulancias de clase C, cuando el paciente a trasladar es una persona menor de edad, pues no puede ir acompañado de un familiar por sobrepasar las plazas estipuladas en el decreto; esta misma circunstancia se produce en los casos de la existencia de alumnos de prácticas o cuando es necesario el apoyo de más personal sanitario. Por ello, se hace necesario aumentar el número de plazas para este tipo de ambulancias.
 
Con este decreto se añade un nuevo apartado 3 al artículo 1 y se da una nueva redacción al artículo 9 del citado Decreto 66/21017, de 19 de septiembre. Asimismo se introducen modificaciones del Anexo I, de las características técnico-sanitarias de las ambulancias, actualizándose los requisitos de equipamiento de los vehículos, adaptándolos a las nuevas necesidades.
 
Enlaces relacionados:
Decreto 40/2019, de 7 de mayo, por el que se modifica el Decreto 66/2017, de 19 de septiembre, de la Certificación Técnico-Sanitaria del transporte sanitario por carretera.

AUTORIZACIÓN A GEACAM PARA LA CONTRATACIÓN DE LAS “OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE TORRES DE VIGILANCIA POR LOTES (7 METÁLICAS Y 2 DE HORMIGÓN)"

El Consejo de Gobierno ha autorizado a la empresa pública regional “Gestión Ambiental de Castilla-La Mancha, S.A.” (GEACAM) el gasto de 508.731,29 EUROS, (IVA INCLUIDO) para la contratación de las “obras de construcción de torres de vigilancia por lotes (7 metálicas y 2 de hormigón) en diferentes puntos estratégicos de Castilla-La Mancha. Expediente nº: 103-TT-0- 014-17/OB53.
 
El Dispositivo de Defensa contra Incendios Forestales ha de disponer de unas infraestructuras e instalaciones de vigilancia fija de características y condiciones óptimas para su utilización por el personal asignado a este Dispositivo. Todo ello, al objeto de que puedan cumplir correctamente la finalidad que tienen asignada que es la observación visual de una zona forestal lo más amplia posible. Las torres de vigilancia fija deben de ser habitables,  funcionales y a la vez cumplir los condicionantes técnicos establecidos en el Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
 
Así, el expediente de contratación que se pretende tramitar tiene su justificación en la Adenda Nº 2 al Acuerdo entre la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural y GEACAM S. A., aprobada el día 13 de noviembre de 2018 para la encomienda de gestión de las actuaciones de tratamientos selvícolas preventivos y vigilancia fija y móvil en las campañas de prevención para la lucha contra incendios forestales en Castilla – La Mancha para las anualidades 2016-2020. Programa de Desarrollo Rural 2014-2020. Submedida 8.3. Prevención de daños causados a los bosques por incendios, desastres naturales y catástrofes, con el objeto de establecer medidas de protección del valor medioambiental de los terrenos forestales o montes, a través de la construcción de infraestructuras de protección y de defensa contra incendios, y del mantenimiento de las mismas.
 
El objeto del contrato es la construcción de 9 torres de vigilancia fija (2 de hormigón y 7 metálicas) en los siguientes términos municipales: Villatoya (Albacete), Villaverde de Guadalimar (Albacete), Boniches (Cuenca), Tinajas (Cuenca), Valdeolivas (Cuenca); Cuenca (Cuenca), Talayuelas (Cuenca), Abia de la Obispalía (Cuenca) y Calzada de Calatrava (Ciudad Real), cuyo presupuesto estimado asciende a la cantidad de: 508.731,29 Euros, (IVA incluido).
 
Por tanto, a fin de que GEACAM S.A., pueda llevar a cabo la contratación de las referidas conforme dispone el artículo 21.4 de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2018, (prorrogada por el Decreto   95/2018,   de  18 de  diciembre)    requiere de previa autorización al Consejo de Gobierno, a través de la Consejería de adscripción, al superar los 240.000 euros de gasto.

AUTORIZACIÓN A GEACAM PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO EN RÉGIMEN DE RENTING FLEXIBLE DE VEHÍCULOS (TODO-TERRENOS, PICK UP, FURGONETAS Y TURISMOS), POR DOS AÑOS, PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES PROPIAS

El Consejo de Gobierno ha autorizado AUTORIZACIÓN A LA EMPRESA PÚBLICA REGIONAL “GESTIÓN AMBIENTAL DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A.” (GEACAM) PARA COMPROMETERSE EN EL GASTO DE 2.099.525,45 Euros, (IVA INCLUIDO) PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO EN RÉGIMEN DE RENTING FLEXIBLE DE VEHÍCULOS (TODO-TERRENOS, PICK UP, FURGONETAS Y TURISMOS), POR DOS AÑOS, PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES PROPIAS DE GEACAM S.A., QUE LE SEAN ENCARGADAS POR LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA, POR SER MEDIO PROPIO PERSONIFICADO. EXPEDIENTE Nº 000-TT-0-000-15/SU5.
 

ACUERDO POR EL QUE SE DA CUENTA AL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA AUTORIZACIÓN DEL VICEPRESIDENTE PRIMERO DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA‐LA MANCHA, PARA AUTORIZAR AL GABINETE JURÍDICO PARA DESISTIR DE RECURSO CONTENCIOSO‐ ADMINISTRATIVO

El Consejo de Gobierno toma conocimiento de la autorización del Vicepresidente Primero de la Junta de Comunidades de Castilla‐La Mancha, al Gabinete Jurídico, de acuerdo con el artículo 9.4 de la Ley 5/2013, de 17 de octubre, de ordenación del servicio jurídico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla‐La Mancha, para desistir del recurso contencioso‐administrativo interpuesto por la Junta de Comunidades de Castilla‐La Mancha contra el Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Yepes de 4 de mayo de 2018, por el que se concede a don Jesús Ortiz Florín licencia de obras para la construcción de caseta para aperos en la parcela 127, polígono 46, del citado término municipal.
 

AUTORIZACIÓN DEL GASTO PARA DAR CONTINUIDAD A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SISTEMA DE ABASTECIMIENTO DE LA MANCOMUNIDAD DEL GIRASOL Y CONDUCCIÓN ALMOGUERA‐ALGODOR (TOLEDO)

EL CONSEJO DE GOBIERNO DE CASTILLA‐LA MANCHA AUTORIZA UN GASTO DE 1.052.748,90
€ PARA QUE INFRAESTRUCTURAS DEL AGUA DE CASTILLA‐LA MANCHA –IALCM‐ DÉ CONTINUIDAD, A TRAVÉS DE LA ACTUAL EMPRESA QUE PRESTA LOS SERVICIOS, A LA EXPLOTACIÓN                             Y        MANTENIMIENTO                                 DEL SISTEMA                       DE       ABASTECIMIENTO                                     DE     LA MANCOMUNIDAD DE EL GIRASOL Y LA CONDUCCIÓN ALMOGUERA‐ALGODOR, DURANTE UN PERÍODO DE 9 MESES.
 
PASADO DICHO PERÍODO, SE ESPERA TENER ADJUDICADO EL NUEVO CONTRATO DE ESTOS SERVICIOS, POR UN PERÍODO DE DOS AÑOS CON UNA POSIBLE PRÓRROGA DE OTROS DOS, PARA LO CUAL EL CONSEJO DE GOBIERNO, EL PASADO 2 DE ABRIL, APROBÓ UN GASTO DE 24.775.871,47 €.
 
LA POBLACIÓN SERVIDA POR DICHAS DEPURADORAS ES DE ALGO MÁS  DE  23.000 HABITANTES CENSADOS. EL NÚMERO DE MUNICIPIOS ES DE 13, 12 DE ELLOS EN LA  PROVINCIA DE CUENCA Y UNO EN LA DE TOLEDO.
 
EL OBJETO DE ESTA ACTUACIÓN ES CUMPLIR CON LA VIGENTE NORMATIVA EN MATERIA TÉCNICO‐SANITARIA EN RELACIÓN CON EL ABASTECIMIENTO DE AGUA A POBLACIONES.
 

AUTORIZACIÓN DEL GASTO PARA DAR CONTINUIDAD A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SISTEMA DE ABASTECIMIENTO DE PICADAS‐ ALMOGUERA (TOLEDO)

EL CONSEJO DE GOBIERNO DE CASTILLA‐LA MANCHA AUTORIZA UN GASTO DE 4.089.713,77€ PARA QUE INFRAESTRUCTURAS DEL AGUA DE CASTILLA‐LA MANCHA –IACLM‐ DÉ CONTINUIDAD, A TRAVÉS DE LA ACTUAL EMPRESA QUE PRESTA LOS SERVICIOS, A LA EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SISTEMA DE ABASTECIMIENTO DE PICADAS‐ ALMOGUERA (TOLEDO), DURANTE UN PERÍODO DE 9 MESES.
 
PASADO DICHO PERÍODO, SE ESPERA TENER ADJUDICADO EL NUEVO CONTRATO DE ESTOS SERVICIOS, POR UN PERÍODO DE DOS AÑOS CON UNA POSIBLE PRÓRROGA DE OTROS DOS, PARA LO CUAL EL CONSEJO DE GOBIERNO, EL PASADO 2 DE ABRIL, APROBÓ UN GASTO DE 24.775.871,47 €.
 
CON ELLO, SE POSIBILITA LA CORRECTA GESTIÓN, MANTENIMIENTO Y FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA DE SUMINISTRO DE AGUA POTABLE EN ALTA PARA 67 MUNICIPIOS DE LAS COMARCAS TOLEDANAS DE LA SAGRA (INCLUIDA TOLEDO CAPITAL), TORRIJOS Y LA ZONA DEL ALBERCHE, BENEFICIANDO A CASI 320.000 HABITANTES CENSADOS.
 
EL OBJETO DE ESTA ACTUACIÓN ES CUMPLIR CON LA VIGENTE NORMATIVA EN MATERIA TÉCNICO‐SANITARIA EN RELACIÓN CON EL ABASTECIMIENTO DE AGUA A POBLACIONES.
 

AUTORIZACIÓN AL GABINETE JURÍDICO PARA LA INTERPOSICIÓN DE UN RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO CONTRA EL ACUERDO DE LA CCEATS DE 10 DE DICIEMBRE DE 2018, POR LA QUE SE AUTORIZÓ UN TRASVASE DESDE LOS EMBALSES DE ENTREPEÑAS‐ BUENDÍA

AUTORIZACIÓN AL GABINETE JURÍDICO PARA LA INTERPOSICIÓN DE UN RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO CONTRA EL ACUERDO DE LA CCEATS DE 10 DE DICIEMBRE DE 2018, POR LA QUE SE AUTORIZÓ UN TRASVASE DESDE LOS EMBALSES DE ENTREPEÑAS‐ BUENDÍA, A TRAVÉS DEL ACUEDUCTO TAJO‐SEGURA, PARA EL MES DE DICIEMBRE DE 2018 DE 38 HM3/MES
 
El Consejo de Gobierno acuerda impugnar el Acuerdo de 10 de diciembre de 2018, de la Comisión Central de Explotación del Acueducto Tajo‐Segura, por el que se autoriza un trasvase desde los embalses de Entrepeñas‐Buendía, a través del acueducto Tajo‐Segura, de 38 hm³ para el mes de diciembre de 2018 y autorizar al Gabinete Jurídico de la Junta de Comunidades de Castilla‐La Mancha para que ejerza las acciones jurisdiccionales oportunas contra la referida Orden.

AUTORIZACIÓN AL GABINETE JURÍDICO PARA LA INTERPOSICIÓN DE UN RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO CONTRA EL ACUERDO DE LA CCEATS DE 9 DE ENERO DE 2019, POR LA QUE SE AUTORIZÓ UN TRASVASE DESDE LOS EMBALSES DE ENTREPEÑAS‐ BUENDÍA

AUTORIZACIÓN AL GABINETE JURÍDICO PARA LA INTERPOSICIÓN DE UN RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO CONTRA EL ACUERDO DE LA CCEATS DE 9 DE ENERO DE 2019, POR LA QUE SE AUTORIZÓ UN TRASVASE DESDE LOS EMBALSES DE ENTREPEÑAS‐ BUENDÍA, A TRAVÉS DEL ACUEDUCTO TAJO‐SEGURA, PARA EL MES DE ENERO DE 2019 DE 38 HM3/MES.
 
El Consejo de Gobierno acuerda impugnar el Acuerdo de 9 de enero de 2019, de la Comisión Central de Explotación del Acueducto Tajo-Segura, por el que se autoriza un trasvase desde los embalses de Entrepeñas- Buendía, a través del acueducto Tajo-Segura, de 38 hm³ para el mes de enero de 2019 y autorizar al Gabinete Jurídico de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para que ejerza las acciones jurisdiccionales oportunas contra la referida Orden.
 

AUTORIZAR LA SUPERACIÓN DE LOS PORCENTAJES PREVISTOS EN EL ART.48.3 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA, DERIVADO DE LA TRAMITACIÓN DEL CONTRATO DE SUMINISTRO DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA CENTROS DE LA DP DE BIENESTAR SOCIAL DE GUADALAJARA

AUTORIZAR LA SUPERACIÓN DE LOS PORCENTAJES PREVISTOS EN EL ART.48.3 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2020, DERIVADO LA TRAMITACIÓN DEL CONTRATO DE SUMINISTRO DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA CENTROS DEPENDIENTES DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE BIENESTAR SOCIAL DE GUADALAJARA.
 
Como consecuencia de su tramitación, se superan los porcentajes establecidos en el artículo 48.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, en la anualidad 2020 , en el vinculante 2704.313C.22, hasta alcanzar un total de 72,16%.
 
En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el apartado 4 del citado artículo, previo informe de la Dirección General de Presupuestos, corresponde al Consejo de Gobierno autorizar la superación del citado porcentaje.

AUTORIZACIÓN POR LA QUE SE MODIFICA EL PORCENTAJE DE GASTO PLURIANUAL EN LAS APLICACIONES 18.08.458A. 422 Y 18.08.458A.430, EN LA ANUALIDAD 2020 HASTA EL 250,00 % Y EL 233,33 %, RESPECTIVAMENTE

El gasto a realizar para la convocatoria de subvenciones con destino a la

financiación de proyectos de investigación del patrimonio arqueológico y

paleontológico de Castilla-La Mancha para 2019. determina que se supere el

porcentaje de gasto plurianual establecido en el artículo 48.3 del texto

refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por

Decreto legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.

 

Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 48.4 del citado texto

legal, previo informe de la Consejería de Hacienda, se solicita del Consejo de

Gobierno su modificación.

DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE UNA SUBVENCIÓN A LA CONFEDERACIÓN REGIONAL DE EMPRESARIOS DE CASTILLA‐LA MANCHA (CECAM), VINCULADA A LA FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL PARA EL AÑO 2019

El Consejo de gobierno concede una subvención directa y de carácter excepcional a la Confederación Regional de Empresarios de Castilla‐La Mancha (CECAM), para realizar acciones destinadas al impulso de la Formación Profesional Dual en Castilla‐La Mancha.

 

El importe de la subvención corresponde con el 100% de los gastos realizados con el límite máximo de 290.703,51 euros, con financiándose con el fondo finalista con cargo a la

aplicación presupuestaria 1802.422B.48711 (fondo 773) correspondiente al ejercicio 2019 de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla‐La Mancha.

 

Enlaces relacionados:

Decreto 41/2019, de 7 de mayo, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Confederación Regional de Empresarios de Castilla-La Mancha (Cecam), vinculada a la Formación Profesional Dual para el año 2019.

AUTORIZACIÓN DE UN GASTO DERIVADO DE DOS RESOLUCIONES DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A LAS ENTIDADES ASOCIACIÓN COLABORA Y ASOCIACIÓN DE MUJERES PARA LA FORMACIÓN Y EL DESARROLLO (AMFORMAD)

AUTORIZACIÓN DE UN GASTO DERIVADO DE DOS RESOLUCIONES DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A LAS ENTIDADES ASOCIACIÓN COLABORA Y ASOCIACIÓN DE MUJERES PARA LA FORMACIÓN Y EL DESARROLLO (AMFORMAD), PARA EL DESARROLLO DE SERVICIOS Y PROGRAMAS DE PREVENCIÓN Y ATENCIÓN A LA INFANCIA Y A LAS FAMILIAS.
 
La Consejería de Bienestar Social, al amparo de la Orden 150/2018, de 10 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el desarrollo de servicios y programas de prevención y atención a la infancia y a las familias, y de la Resolución de 21/12/2018 por la que se convocan estas subvenciones para el año 2019, ha propuesto la concesión, mediante dos Resoluciones, de dos subvenciones por importe total de 2.291.385,00 euros,  una a la Asociación Colabora por importe 1.102.485,00 euros y la otra a la Asociación de Mujeres para la Formación y el Desarrollo (AMFORMAD), por importe de 1.188.900,00 euros.
 
Enlaces relacionados:

Orden 150/2018, de 10 de octubre, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el desarrollo de servicios y programas de prevención y atención a la infancia y a las familias.
 
Resolución de 21/12/2018, de la Dirección General de las Familias y Menores, por la que se convocan para el año 2019 las subvenciones para el desarrollo de servicios y programas de prevención y atención a la infancia ya las familias.