Acuerdos del Consejo de Gobierno 26 de mayo de 2020

Acuerdos del Consejo de Gobierno

Acuerdos del Consejo de Gobierno 26 de mayo de 2020

ACUERDOS

CONVALIDACIÓN DEL DECRETO 17/2020, SOBRE MODIFICACIÓN DE LAS MEDIDAS DE CONTENCIÓN ESTABLECIDAS TRAS LA DECLARACIÓN DEL ESTADO DE ALARMA.

El Consejo de Gobierno convalida el Decreto 17/2020, de 25 de mayo, del Presidente de la Junta de Comunidades, sobre modificaciones de las medidas de contención, en relación con la flexibilización de las restricciones establecidas tras la declaración del estado de alarma, en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, con el fin de adaptarlas a la evolución de la emergencia sanitaria en Castilla-La Mancha.
 
Enlaces relacionados:
 
Decreto 17/2020, de 25 de mayo, del Presidente de la Junta de Comunidades, sobre modificaciones de las medidas de contención, en relación con la flexibilización de las restricciones establecidas tras la declaración del estado de alarma, en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, con el fin de adaptarlas a la evolución de la emergencia sanitaria en Castilla-La Mancha.
 
 

TOMA EN CONSIDERACIÓN DEL ANTEPROYECTO DE LEY DE PATRIMONIO DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA

Mediante el presente acuerdo se toma en consideración el Anteproyecto de Ley de Patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Conforme a lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 11/2003 de 25 de septiembre de Gobierno y el Consejo Consultivo, asumida la iniciativa legislativa, el Consejo de Gobierno decidirá sobre ulteriores trámites y consultas y cumplidos estos, acordará su remisión al Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, quien, en virtud de lo establecido en el artículo 54.3 de esta misma norma deberá dictaminar sobre el anteproyecto de ley. 

TOMA DE CONOCIMIENTO DE LAS DECLARACIONES DE EMERGENCIA RESPECTO DE DETERMINADAS CONTRATACIONES LLEVADAS A CABO POR LA CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS CON MOTIVO DE LA CRISIS SANITARIA OCASIONADA POR EL COVID-19.

El Consejo de Gobierno toma conocimiento de las declaraciones de emergencia realizadas por la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, desde el 21 de abril hasta el 18 de mayo de 2020, respecto de las contrataciones que han sido necesarias llevar a cabo con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. 

AUTORIZACIÓN DE LA CELEBRACIÓN DEL ACUERDO MARCO DE SERVICIOS POSTALES, BUROFAX Y TELEGRAMA DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA LA MANCHA.

Para el correcto funcionamiento de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha es imprescindible tener asegurada la cobertura de las necesidades de comunicación interna y externa por vía postal que requiere el cumplimiento de los fines institucionales de la misma por lo que se propone al Consejo de Gobierno que autorice la celebración del acuerdo marco de servicios postales, burofax y telegrama de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, al amparo de lo establecido en el artículo 58.5.b) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre. 

PUESTA EN CONOCIMIENTO DE LOS CONTRATOS EFECTUADOS POR LA CONSEJERÍA DE SANIDAD, DESDE EL 15 DE ABRIL DE 2020 AL 15 DE MAYO DE 2020, MEDIANTE TRAMITACIÓN DE EMERGENCIA, CON MOTIVO DE LA CRISIS SANITARIA PROVOCADAPARA POR EL COVID-19.

Contratos efectuados por la Consejería de sanidad, desde el 15 de abril al 15 de mayo de 2020, mediante tramitación de emergencia, para hacer frente a la crisis sanitaria provocada por  el COVID-9, de conformidad con lo establecido en el artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (BOE nº 272, de 9 de noviembre); el artículo 16 del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19 (BOE nº 65, de 13 de marzo); el artículo 10 del Decreto 9/2020, de 18 de marzo, por el que se aprueban medidas extraordinarias de carácter económico-financiero y de refuerzo de medios frente a la crisis ocasionada por el COVID-19 (DOCM nº 57 de 20 de marzo); y la Resolución de 16/03/2020, de la Dirección General de Promoción Institucional, de declaración de emergencia para la contratación de las campañas institucionales de publicidad o divulgación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha directamente vinculadas a la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COV I D-19, según la cual la contratación y gestión contable de estos expedientes se hará siguiendo lo establecido en la Resolución de 27 de diciembre de 2019, de la Dirección General de Promoción Institucional de delegación de competencias (DOCM nº 1 de 2 de enero de 2020).

 

El importe total de los contratos efectuados durante el antedicho período asciende a la cantidad de 1.012.665,33 euros. 

PUESTA EN CONOCIMIENTO DE LA TRAMITACIÓN DE EMERGENCIA POR LA FUNDACIÓN SOCOSANITARIA DE CASTILLA-LA MANCHA DE LOS EXPEDIENTES PARA LA CONCERTACIÓN DE PLAZAS, REFUERZO DE LIMPIEZA Y COMPRA DE MATERIAL DE PROTECCIÓN PARA HACER FRENTE AL COVID-19.

La Fundación Sociosanitaria de Castilla-La Mancha ha tramitado 7 expedientes de contratación por el procedimiento de emergencia desde  el 21 de marzo al  21 de abril de 2020, para la concertación de cuatro plazas residenciales, refuerzo de limpieza en la Residencia Comunitaria de Talavera de la Reina (Toledo) compra de material de protección (mascarillas, guantes, gel hidroalcohólico y equipos de protección), de conformidad con lo establecido en el artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (BOE nº 272, de 9 de noviembre), y artículo 10 del Decreto 9/2020, de 18 de marzo, por el que se aprueban medidas extraordinarias de carácter económico-financiero y de refuerzo de medios frente a la crisis ocasionada por el COVID-19 (DOCM nº 57 de 20 de marzo). 

 

El importe total de los contratos efectuados durante el antedicho período asciende a la cantidad de 236.336,86 euros. 

CONVALIDACION DE LA OMISIÓN DE FISCALIZACIÓN EN LA PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DE LAS AYUDAS PARA LA COOPERACIÓN ENTRE LOS AGENTES DE LA CADENA DE SUMINISTRO PARA LA CREACIÓN Y EL DESARROLLO DE CADENAS DE DISTRIBUCIÓN CORTAS Y MERCADOS LOCALES.

La Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural precisa la convalidación de la omisión del trámite de fiscalización previa a la propuesta de resolución del procedimiento de concesión de las ayudas convocadas mediante la Resolución de la Dirección General de Industrias Agroalimentarias y Cooperativas, por la que se convocan, por el procedimiento de tramitación anticipada, para el año 2019, las ayudas para la cooperación entre los agentes de la cadena de suministro para la creación y el desarrollo de cadenas de distribución cortas y mercados locales en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha para el período 2014-2020. 

 

En cuanto a la omisión del trámite de fiscalización previa el artículo 100 del TRLHCLM establece que “en los supuestos en los que, con arreglo a lo dispuesto en este título, la función interventora fuese preceptiva y se hubiese omitido, no se podrá reconocer la obligación, ni tramitar el pago ni intervenir favorablemente estas actuaciones hasta que el Consejo de Gobierno adopte decisión al respecto previo informe de la Intervención General”.  

 

Dado que la ausencia de fiscalización previa de la propuesta de resolución no está calificada en el ordenamiento jurídico como un supuesto de nulidad de pleno derecho, es posible su convalidación conforme a lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 100 indicado. 

 

Para la propuesta de convalidación se ha tenido en cuenta que se han emitido informes de los órganos instructores de 15 de julio de 2019 la Dirección Provincial de Toledo, de 18 de julio de 2019, la Dirección Provincial de Albacete y de 19 de julio de 2019, de las Direcciones Provinciales de Cuenca y Ciudad Real incluyendo tanto las personas beneficiarias que cumplían los requisitos para acceder a la ayuda como las que no la cumplían. Asimismo, consta el acta de la Comisión de Valoración de 23 de julio de 2019. Por ello, las propuestas de resolución no se han dictado prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido, ni tampoco carece de los requisitos esenciales dado que, como informan los órganos instructores, se ha comprobado sobre las solicitudes admisibles que reúnen los requisitos para ser beneficiarias de las ayudas. 

 

Asimismo, ha de tenerse en cuenta que la convocatoria si disponía del correspondiente gasto aprobado y está debidamente fiscalizada por la Intervención Delegada y cuenta con la aprobación del gasto por el Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, ambos documentos de fecha 27 de diciembre de 2018. 

DECRETO POR EL QUE SE DISPONE EL CESE Y EL NOMBRAMIENTO DE MIEMBROS DEL CONSEJO SOCIAL DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA.

Las Cortes regionales de Castilla-La Mancha aprobaron la Ley 7/2003, de 13 de marzo, del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, que regula su naturaleza, composición y funciones. 

 

El artículo 13.1 de la Ley del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha dispone que el Consejo Social elaborará su propio Reglamento de Régimen Interior. El pleno del Consejo Social aprobó el 18 de febrero de 2005 el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, que en su artículo 10 establece la composición del mismo: estará integrado por 19 miembros, incluido el presidente o presidenta, seis miembros en representación del Consejo de Gobierno de la Universidad y 13 en representación de los intereses sociales. 

 

Dentro de los 6 primeros son vocales natos el Rector, el Secretario General y el Gerente de la Universidad, y serán elegidos de entre sus miembros un profesor, un estudiante y un representante del personal de Administración y Servicios. 

 

Por parte de los intereses sociales de la región seis serán designados por el gobierno de la Junta de comunidades de Castilla-La Mancha, tres por parte de las Cortes y otros seis designados por las entidades empresariales, las sindicales y la federación de municipios y provincias a razón de dos cada uno. 

 

Los miembros de la representación social tienen un mandato de 4 años, pudiendo ser prorrogados una sola vez, acabarán también su representación cuando dejen de ostentar el cargo por el cual tienen la representación, o a propuesta de sus respectivas organizaciones como es el caso. 

 

Corresponde al gobierno regional el nombramiento del presidente y de todos sus miembros. 

 

Cesan como miembros del Consejo Social de la Universidad de Castilla la Mancha en representación del Consejo de Gobierno de la UCLM:  a Don Juan Carlos Ruiz Aparicio representante del sector del personal de administración y servicios y a Don Manuel Mena González representante del sector de estudiantes.

 

Se nombran como miembros del Consejo Social de la Universidad de Castilla la Mancha en representación del Consejo de Gobierno de la UCLM:  a Don Ubaldo Rafael Labrador González representante del sector del personal de administración y servicios y a Don Oscar Sánchez González representante del sector de estudiantes.

 

Se aprueba la renovación: como miembro del Consejo Social de la Universidad de Castilla la Mancha en representación del Consejo de Gobierno de la UCLM:  de Doña Carmen Díaz Mora como representante del sector personal docente e investigador.

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 18/2020, de 26 de mayo, por el que se dispone el cese y el nombramiento de miembros del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha, en representación del Consejo de Gobierno de la Universidad, por el personal docente e investigador, de administración y servicios, y de estudiantes.

 

CESIÓN AL AYUNTAMIENTO DE MAQUEDA (TOLEDO) EL TRAMO DE LA CARRETERA CM-9513, COMPRENDIDO ENTRE LA INTERSECCIÓN CON LA A-5 (P.K. 72+620) Y LA GLORIETA DE INTERSECCIÓN CON LA CARRETERA N-403.

El Consejo de Gobierno acuerda ceder al Ayuntamiento de Maqueda (Toledo), en virtud del artículo 43 de la Ley 9/1990, de 28 de diciembre, de Carreteras y Caminos de Castilla-La Mancha, el tramo de la carretera de titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha CM-9513, comprendido entre la intersección con la A-5 (p.k. 72+620) y la glorieta de intersección con la carretera N-403, con una longitud total de 995 metros.