El Decreto se aprueba de conformidad con el artículo 45.4 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, es preciso aprobar con anterioridad al día 30 de septiembre de 2024, el calendario laboral que ha de regir en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla-la Mancha para el año 2025.
Las fiestas laborales de carácter retribuido y no recuperables en el año 2025, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, serán las siguientes:
1 de enero, Año Nuevo
6 de enero, Epifanía del Señor
17 de abril, Jueves Santo
18 de abril, Viernes Santo
1 de mayo, Fiesta del Trabajo
31 de mayo, Día de Castilla-La Mancha, en sustitución de la fiesta correspondiente al día 19 de marzo, San José
19 de junio, celebración de la Fiesta del Corpus Christi, en sustitución del descanso laboral correspondiente al día 12 de octubre, Fiesta Nacional de España
15 de agosto, Asunción de la Virgen
1 de noviembre, Día de Todos los Santos
6 de diciembre, Día de la Constitución Española
8 de diciembre, Inmaculada Concepción
25 de diciembre, Natividad del Señor
Enlaces relacionados:
Decreto 30/2024, de 25 de junio, por el que se fija el calendario laboral para el año 2025 en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.