Por Orden 178/2018, de 3 de diciembre, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, (DOCM núm. 240, de 11 de diciembre de 2018), se regula el régimen de ayudas para la reforestación y creación de superficies forestales establecido en el artículo 1 a) del artículo 21 del Reglamento (UE) 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), que resulta aplicable en los términos establecidos en su disposición transitoria primera a los compromisos derivados de la Orden de 15 de mayo de 2008, de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural.
Las primas solicitadas para el año 2021 están cofinanciadas por el Programa de Desarrollo Rural (PDR) 2014-2020 para Castilla-La Mancha que ha sido aprobado por Decisión de la Comisión de la Unión Europea C(2015) 7561, de 30 de octubre de 2015, al amparo del citado Reglamento (UE) nº 1305/2013 del Parlamento europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1698/2005 del Consejo. Este Reglamento en su artículo 89 “Disposiciones transitorias” establece que “A fin de facilitar la transición del régimen establecido por el Reglamento (CE) nº 1698/2005 al establecido por el presente Reglamento, se otorgan a la Comisión competencias para adoptar actos delegados de conformidad con el artículo 83 en la referente a las condiciones en que las ayudas aprobadas por la comisión en virtud del Reglamento (CE) nº 1698/2005 puedan integrarse en las ayudas prevista en el presente Reglamento”.
Por su parte, el Reglamento (UE) nº 1310/2013 del Parlamento europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, que establece disposiciones transitorias relativas a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) contempla en su artículo 3.2 que los gastos relativos a los compromisos jurídicos con los beneficiarios contraídos en virtud de las medidas previstas en los artículo 20 y 36 del Reglamento (CE) nº 1698/2005, podrán beneficiase de una contribución del FEADER en el período de programación 2014-2020.
Así, los compromisos existentes de estas ayudas están cofinanciados por el PDR 2014-2020 y tendrán los siguientes porcentajes de cofinanciación:
- El 75% con cargo a los fondos Feader de la Unión Europea.
- El 7,5% con cargo a los presupuestos de la Administración General del Estado.
- El 17,5% restante se financiará con fondos de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Para las solicitudes presentadas en la convocatoria 2021, aprobada la Orden 5/2021, de 2 de febrero, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se establece la solicitud única de las ayudas de la Política Agrícola Común en Castilla-La Mancha para el año 2021, su forma y plazo de presentación se dispone de un crédito de 7.700.000 euros imputable a la partida presupuestaria 21060000G/718A/77318, Fondo 0000000420 y su fondo propio asociado, con el que se atenderán las solicitudes anuales de pago de los compromisos vigentes de estas ayudas para la reforestación y creación de superficies forestales. El pago de las solicitudes de la anualidad 2021 está previsto en las anualidades 2021 y 2022.
Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 58.5 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre al tratarse de la publicación del crédito para 2020 de una convocatoria por importe superior a los 5.000.000 millones de euros, previamente a la aprobación del gasto, deberá recabarse la autorización del Consejo de Gobierno.
Enlaces relacionados:
Resolución de 26/03/2021, de la Dirección General de Políticas Agroambientales, por la que se publican los créditos disponibles para atender las solicitudes de las primas anuales correspondientes a compromisos vigentes, en virtud de la Orden 178/2018, de 3 de diciembre, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se regulan las ayudas para la reforestación y creación de superficies forestales, en relación con las solicitudes anuales de pago presentadas al amparo de la Orden 5/2021, de 2 de febrero, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se establece la solicitud única de las ayudas de la Política Agrícola Común en Castilla-La Mancha para el año 2021, su forma y plazo de presentación.