Acuerdos del Consejo de Gobierno 23 de febrero de 2021

Acuerdos del Consejo de Gobierno

Acuerdos del Consejo de Gobierno 23 de febrero de 2021

ACUERDOS

DECRETO POR EL QUE SE NOMBRA MIEMBRO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DEL ENTE PÚBLICO DE RADIO-TELEVISIÓN DE CASTILLA-LA MANCHA A D. MIGUEL MORALES SERRANO.

El apartado primero del artículo 4 de la Ley 3/2000, de 26 de mayo, por la que se crea el Ente Público de Radio-Televisión de Castilla-La Mancha establece que el Consejo de Administración estará integrado por trece miembros elegidos, para cada legislatura, por el Pleno de las Cortes de Castilla-La Mancha y que los mismos son nombrados por el Consejo de Gobierno. 
 
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Decreto 13/2021, de 23 de febrero, por el que se nombra un miembro del Consejo de Administración del Ente Público de Radio-Televisión de Castilla-La Mancha.

AUTORIZACIÓN A LA FUNDACIÓN PÚBLICA IMPULSA CASTILLA-LA MANCHA PARA LA REALIZACIÓN DE GASTOS SUPERIORES A 240.000 EUROS, DERIVADOS DEL EXPEDIENTE DEL CONTRATO DE DISEÑO Y DESARROLLO DE UN CANAL DE VENTA DIRECTA “ON LINE”, PLATAFORMA MARKET PLACE.

El expediente se instrumenta en aplicación de lo establecido en el artículo 25 de la Ley 11/2020, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2021, dedicado al régimen de autorización previa de gastos de los sujetos del sector público regional con presupuesto estimativo, que establece que la autorización previa de los gastos en que incurran las empresas y fundaciones públicas, cuando dichos gastos sean superiores a 240.000 euros, corresponde al Consejo de Gobierno. 

 

Esta autorización requiere de previo informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, según establece el artículo 25.4 de la Ley 11/2020, de 28 de diciembre. 

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 83/2020, DE 21 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE REGULAN LAS AYUDAS PARA EL INICIO Y MANTENIMIENTO DE LA ACTIVIDAD DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS Y DEL FAMILIAR COLABORADOR, AFECTADAS POR EL COVID-19.

El Decreto modifica las previsiones del Decreto 83/2020, de 21 de diciembre, en lo siguiente: 
 

1. Se modifica el título para reflejar la cofinanciación del Fondo Social Europeo.

 

2. Se modifica el artículo 7 con el fin de ampliar el crédito inicialmente destinado a la financiación de las subvenciones, que ascendería a 10.000.000 euros, amparándose en el artículo 8.1 del Decreto 9/2020, de 18 de marzo, por el que se aprueban medidas extraordinarias de carácter económico-financiero y de refuerzo de medios frente a la crisis ocasionada por el COVID-19.

 

3. Se introducen los artículos 20 y 21, al recoger la posibilidad de cofinanciación del Fondo Social Europeo, con las referencias necesarias sobre dicha cofinanciación.

 

4. Finalmente a través de la disposición final, se contempla la entrada en vigor el mismo día de su publicación en el Diario oficial de Castilla-La Mancha.

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 14/2021, de 23 de febrero, por el que se modifica el Decreto 83/2020, de 21 de diciembre, por el que se regulan las ayudas para el inicio y mantenimiento de la actividad de las personas trabajadoras autónomas y del familiar colaborador, afectadas por el COVID-19.

APROBACIÓN DE LA ADHESIÓN AL COMPARTIMENTO FONDO DE LIQUIDEZ AUTONÓMICO DEL FONDO DE FINANCIACIÓN A COMUNIDADES AUTÓNOMAS PARA EL EJERCICIO 2021.

Aprobar la adhesión al compartimento Fondo de Liquidez Autonómico previsto en el Real Decreto-ley 17/2014, de 26 de diciembre, de medidas de sostenibilidad financiera de las comunidades autónomas y entidades locales y otras de carácter económico, y el compromiso de cumplir lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, en el citado Real Decreto-ley 17/2014, de 26 de diciembre, en los Acuerdos del Consejo de Política Fiscal y Financiera, en los Acuerdos de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, en el Programa de aplicación anexo, así como en lo previsto en cualquier disposición que desarrolle este mecanismo de financiación. 

 

De conformidad con las previsiones realizadas y las autorizaciones legalmente establecidas, de acuerdo con lo estipulado en el 66 de la Ley 11/2020, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2021, es necesaria la aprobación por parte del Consejo de Gobierno de la formalización de todas las operaciones de préstamo a largo plazo necesarias para la disposición de los nuevos fondos que se deriven del Programa en aplicación del compartimento Fondo de Liquidez Autonómico a Comunidades Autónomas. 

TOMA CONOCIMIENTO DEL INFORME SOBRE LA CONTRATACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO REGIONAL DE CASTILLA-LA MANCHA DURANTE EL EJERCICIO ECONÓMICO 2019.

El informe supone un estudio global de la contratación formalizada durante el año 2019 por el Sector Público Regional de Castilla-La Mancha (Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, Organismos Autónomos, Universidad de Castilla-La Mancha y Entes, Empresas Públicas y Fundaciones dependientes del Sector Público), comparándola con la del ejercicio anterior. 

CONVALIDACIÓN DE LA OMISIÓN DE LA FUNCIÓN INTERVENTORA Y SE AUTORIZA EL RECONOCIMIENTO DE OBLIGACIONES Y LA TRAMITACIÓN DE UN PAGO POR IMPORTE DE 5.025,26 EUROS, EN CONCEPTO DE INTERESES DE DEMORA E INDEMNIZACIÓN POR COSTES DE COBRO.

De conformidad con lo establecido en el artículo 100 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, corresponde al Consejo de Gobierno convalidar la omisión de la función interventora, previo informe de la Intervención General.

AUTORIZACIÓN DEL GASTO PARA EL CONTRATO DE SUMINISTRO DE DERECHOS DE ACTUALIZACIÓN, LICENCIAS Y SERVICIOS DE ASISTENCIA TÉCNICA, CONSULTORÍA Y SOPORTE DE SOFTWARE MICROSOFT.

El presupuesto base de licitación del contrato supera el límite de 750.000,00 €, por lo que la autorización de dicho gasto compete al Consejo de Gobierno, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley 11/2020, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2021.

DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTES DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA LA MANCHA EN EL CONSEJO REGIONAL DE PROVINCIAS.

Dado que la estructura organizativa de la Comunidad Autónoma es diferente a la existente en el momento de aprobación del reglamento y no existen en este momento las direcciones generales de Administración Local, de Servicios Sociales especializados, de Cultura, de Obras Públicas, de Hacienda, se hace necesario modificar dicho reglamento para adaptarlo a la realidad organizativa actual.  

 

Puesto que existen asuntos urgentes que deben ser tratados por el Consejo, procede realizar, con carácter provisional, el nombramiento de los representantes autonómicos hasta la modificación del reglamento citado, conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 2/1991 de 14 de marzo, de Coordinación de Diputaciones. 

 

Enlaces relacionados:

 

Acuerdo de 23/02/2021, del Consejo de Gobierno, por el que se designan representantes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en el Consejo Regional de Provincias.

AUTORIZACIÓN AL GABINETE JURÍDICO DE LA JUNTA DE COMUNIDADES EL EJERCICIO DE LA ACCIÓN PROCESAL DE ALLANAMIENTO O DESISTIMIENTO EN LOS RECURSOS CONTENCIOSOS ADMINISTRATIVOS, DE APELACIÓN Y CASACIÓN.

El Consejo de Gobierno autoriza al Gabinete Jurídico el ejercicio de la acción procesal de allanamiento o desistimiento en los procesos contencioso administrativos en los que, el objeto de los mismos es la valoración del mérito de servicios prestados en centros educativos o puestos que estuvieron calificados de especial dificultad en los concursos de traslados de personal docente no universitario. 

 

El Tribunal Supremo, sala de lo contencioso- administrativo, sección 4ª, ha dictado sentencias en dos recursos de casación presentados por la Junta de Comunidades, en las que fijan la jurisprudencia sobre cómo debe valorarse el tiempo de servicios prestados en centros calificados de especial dificultad en los concursos de traslados del personal docente no universitario. 

 

La doctrina que fija es que la valoración, a efectos del concurso de traslado, del desempeño como personal funcionario de carrera de una plaza, puesto o centro que tenga la calificación de especial dificultad puede referirse tanto al momento en el que se participa en el concurso como a un momento anterior, en que ese mismo puesto, o centro hubiese estado catalogado como de especial dificultad.

 

Se da respuesta a la cuestión planteada en el auto de admisión de los respectivos recursos de casación: el apartado 1.1.3 del Anexo I del Real Decreto 1364/2010 debe interpretarse en el sentido de que los servicios prestados en centros que estuvieron calificados de especial dificultad deben ser valorados, incluso si el centro desde el que se concursa no tiene en ese momento tal calificación. Esta posición es contraria la mantenida por esta administración que solo valoraba como mérito esta circunstancia cuando el funcionario docente participaba en el concurso desde una plaza o centro calificado de especial dificultad, no así cuando en el pasado desempeñó una plaza clasificada de especial dificultad, pero en el momento de participar en el concurso de traslado ocupaba una plaza sin dicha calificación.

 

Esta jurisprudencia es contraria a la posición mantenida por la Junta de Comunidades y a alguna sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha. 

 

Por ello, para evitar la condena en costas y alargar los procedimientos judiciales con el consiguiente perjuicio para las partes demandantes, procede desistir o allanarse en los procesos judiciales pendientes en los que se ventile esta cuestión. 

 

AUTORIZACIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN CON LA FUNDACIÓN PARQUE CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO DE CASTILLA-LA MANCHA PARA LA FINANCIACIÓN DE LA CONTINUIDAD DE LOS INVESTIGADORES DEL PROGRAMA INCRECYT EN CENTROS DE INVESTIGACIÓN, Y DEL GASTO.

El Consejo de Gobierno ha adoptado el acuerdo por el que: 

 

PRIMERO. Autoriza a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes para la suscripción del convenio de colaboración con la Fundación Parque Científico y Tecnológico de Castilla-La Mancha para la financiación de la continuidad de los investigadores del Programa Increcyt en centros de investigación de Castilla-La Mancha. 

 

SEGUNDO. Autoriza un gasto por importe de 942.901,86 euros para la ejecución del convenio de colaboración citado.

CREACIÓN DEL INSTITUTO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA “JOSEFINA ALDECOA” POR TRANSFORMACIÓN DEL INSTITUTO DE EDUCACIÓN OBLIGATORIA “JOSEFINA ALDECOA” EN LA LOCALIDAD DE ILLESCAS (TOLEDO).

El Consejo de gobierno  adopta el acuerdo por el que se crea el instituto de educación secundaria “Josefina Aldecoa” de Illescas (código de centro 45014204), (Toledo) por transformación del instituto de educación secundaria obligatoria “Josefina Aldecoa” de Illescas (código de centro 45014204), (Toledo), de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, que establece que la  creación y supresión de centros públicos se efectuará por el Gobierno o por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma correspondiente, en el ámbito de sus respectivas competencias.
 
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Acuerdo de 23/02/2021, del Consejo de Gobierno, por el que se crea el Instituto de Educación Secundaria Josefina Aldecoa por transformación del Instituto de Educación Secundaria Obligatoria Josefina Aldecoa en la localidad de Illescas (Toledo).

DECRETO POR EL QUE SE TRANSFIERE LA TITULARIDAD DE UN TRAMO DE LA CARRETERA PROVINCIAL TO-2935 (CM-410 A DOSBARRIOS POR VILLANUEVA DE BOGAS) DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TOLEDO AL AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE BOGAS (TOLEDO).

El Consejo de Gobierno aprueba el Decreto por el que se aprueba la transferencia de titularidad de un tramo de 800 metros de la carretera provincial TO-2935 (CM-410 a Dosbarrios por Villanueva de Bogas) y dispone su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
 
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Decreto 15/2021, de 23 de febrero, por el que se transfiere la titularidad de un tramo de la carretera provincial TO-2935 (CM-410 a Dosbarrios por Villanueva de Bogas) de la Diputación Provincial de Toledo al Ayuntamiento de Villanueva de Bogas (Toledo).