El Reglamento 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados Miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo de Garantía Agrícola (Feaga) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y por el que se derogan los reglamentos (UE) nº 1305/2013 y (UE) nº 1307/2013, en su artículo 2.2 establece la aplicabilidad al Feader de las normas del Desarrollo Local Participativo definido en el Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados (en adelante, RDC).
El citado RDC regula en sus artículos 31, 32 y 33 el Desarrollo Local Participativo, las Estrategias de Desarrollo Local Participativo y los Grupos de Acción Local respectivamente.
El Plan Estratégico de la PAC de España, aprobado por Decisión de la Comisión Europea C(2022) 6017 final, de fecha 31/08/2022 (en adelante, PEPAC), incluye entre las intervenciones de Desarrollo Rural para Castilla-La Mancha, la 7119 Cooperación LEADER. Las entidades interesadas en adquirir la condición de Grupo de Acción Local, que para este nuevo periodo 2023-2027 en Castilla-La Mancha se denominarán Grupos de Desarrollo Rural (GDR), de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la ley 4/2004, de 18 de mayo, de la explotación agraria y del desarrollo rural en Castilla-La Mancha, deberán proponer estrategias de desarrollo local participativo (en adelante, EDLP) que incidan especialmente en el objetivo 8 de la evaluación de necesidades y estrategias de intervención del PEPAC, esto es, promover el empleo, el crecimiento, la inclusión social y el desarrollo local en las zonas rurales incluyendo la bioeconomía y la silvicultura sostenible.
Teniendo en cuenta lo establecido en los artículos 31 a 33 del RDC, procede llevar a cabo una convocatoria regional para la aplicación de la Intervención de Desarrollo Rural para Castilla-La Mancha 7119 Cooperación LEADER. En consecuencia, la orden tiene por objeto regular las condiciones de selección de los GDR y de las EDLP que han de aplicarse en Castilla-La Mancha en el periodo 2023-2027 y que gestionarán los grupos.
Resulta necesario dotar a los GDR de fondos para desarrollar la ejecución de sus estrategias durante el periodo indicado, para lo que se articula una asignación que prevé repartir 94.000.000 de euros imputables a la aplicación presupuestaria 21030000G/717A/7831H.