Acuerdos del Consejo de Gobierno 2 de mayo de 2017

Acuerdos del Consejo de Gobierno 2 de mayo de 2017

ACUERDOS

Autorización para la imputación a los créditos del ejercicio corriente de obligaciones derivadas de compromisos de gasto debidamente adquiridos en el ejercicio de 2015

El apartado 1 del artículo 14 de la Ley 1/2016, de 22 de abril, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla‐La Mancha para 2016, dedicado a las imputaciones de los créditos, dispone que “Durante el ejercicio 2016, corresponde al titular de la consejería con competencias en materia de hacienda determinar el procedimiento para la aplicación de los supuestos previstos en el artículo 36.2.b) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla‐La Mancha.” Los supuestos aludidos lo constituyen las imputaciones al presupuesto corriente derivadas de compromisos de gasto debidamente adquiridas en ejercicios anteriores.
 
Los apartados 1 y 2 del artículo 8 de la Orden de 29/04/2016, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, sobre normas de ejecución de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades para 2016, desarrollan el procedimiento correspondiente, determinando que estas imputaciones requieren la autorización del Consejo de Gobierno cuando no existiera crédito disponible en el ejercicio de procedencia (artículo 8.1.b), y que para dicha autorización, es requisito previo el informe favorable de la dirección general con competencias en materia de presupuestos (artículo 8.2.).

Aprobación del Decreto por el que se modifica el Decreto 80/2007, de 19 de junio, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la JCCM y su régimen de revisión e inspección

El Decreto tiene por objeto modificar la normativa sectorial regional, para dar respuesta a los profundos cambios normativos operados a nivel estatal tanto en el régimen jurídico como económico (incentivos) aplicable a las instalaciones de generación de energía eléctrica a partir de fuentes de energías renovables, que unido a la fiscalidad a que se sujeta este tipo de instalaciones, así como las incertidumbres derivadas del contexto económico actual, aconsejan la realización de cambios en la normativa autonómica reguladora de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas al objeto de su adecuación al marco normativo básico, superando así eventuales distorsiones que operarían como factores limitantes a la implantación de parques eólicos en nuestra región.
 
Por otra parte, resulta conveniente, al amparo de la competencia autonómica para la regulación de sus propios procedimientos en este caso de autorización administrativa, la simplificación de las tramitaciones administrativas de determinadas autorizaciones al objeto de disminuir cargas administrativas.
 
De esta forma, se procede a la derogación del Decreto 20/2010, de 20 de abril, por el que se regula el aprovechamiento de la energía eólica en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, unificándose los procedimientos de autorización de estas instalaciones con los que resultan aplicables al resto de las instalaciones de energía eléctrica de producción, transporte y distribución previstos en el Decreto 80/2007, de 19 de junio, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y su régimen de revisión e inspección, todo ello en consonancia y de manera coherente con el resto del ordenamiento jurídico con incidencia en la materia, al objeto de configurar un marco normativo previsible que redunde en la seguridad jurídica de los diferentes sujetos a los que resulta aplicable.
 
La modificación se articula en consonancia y de manera coherente con el resto del ordenamiento jurídico con incidencia en la materia, al objeto de configurar un marco normativo previsible que redunde en la seguridad jurídica de los diferentes sujetos a los que resulta aplicable, y contribuya, a su vez, como instrumento de apoyo a la dinamización de la actividad económica.
 
Enlaces relacionados:
Decreto 34/2017, de 2 de mayo, por el que se modifica el Decreto 80/2007, de 19 de junio, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y su régimen de revisión e inspección.

Acuerdo por el que se toma conocimiento de la resolución por la que se convocan, para el ejercicio 2017, las ayudas destinadas a la promoción de la actividad productiva y comercial del sector artesano

El Gobierno de Castilla-La Mancha tiene como uno de sus objetivos prioritarios impulsar el sector artesano por los valores de riqueza, generación de empleo, tradición, cultura y cohesión social que implica. Por ello, se ha previsto la creación de programa que promocione la actividad de los artesanos y empresas artesanas en Castilla-La Mancha, fomentando la competitividad y rentabilidad de su actividad económica productiva y comercializadora.
 
Las ayudas destinadas a la promoción de la actividad productiva y comercial del sector artesano se financian mediante fondos propios dotados en los Presupuestos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
 
Las líneas de subvención y actuaciones subvencionables son:
 
a)            Línea de promoción, que tiene como objeto la comercialización de productos artesanos y como finalidad la mejora de la competitividad del sector. Las actuaciones subvencionables dentro de esta línea comprenden: la asistencia a ferias y eventos comercializadores artesanales de interés general; la creación y diseño de marca comercial y su adaptación o aplicación a papelería básica, así como la producción, edición e impresión de dípticos, trípticos, folletos, catálogos y la confección de todo tipo de soportes de promoción y publicitarios; la creación, implementación y actualización de páginas web propias de promoción y, en su caso, venta artesana, o la integración en portales web en los que exclusivamente se promocionen y, en su caso, se vendan productos artesanos, así como la generación de perfiles en redes sociales y el mantenimiento de los mismos, y los servicios de posicionamiento en internet tipo SEO; y la realización de campañas e inserciones publicitarias en prensa escrita, revistas periódicas, radio, televisión y demás medios de difusión.
 
b)           Línea de inversión en talleres artesanos, que tiene como objeto la actividad productiva artesanal y como finalidad la mejora de la innovación y de la productividad y competitividad del sector. Las actuaciones subvencionables dentro de esta línea comprenden: la realización de obras necesarias para implantar, modernizar, rehabilitar, reformar o acondicionar los talleres y locales en los que, de forma independiente y separada, se desarrolle la actividad productiva artesana; y la adquisición, montaje e instalación de maquinaria, instalaciones y otros útiles de producción específicos, necesarios e imprescindibles para el desarrollo de la actividad productiva artesana, así como la contratación de servicios específicos que redunden en una mejora de la capacidad productiva del taller artesano.
 
Podrán acceder a la condición de beneficiarios las personas físicas o jurídicas que lleven a cabo una actividad artesanal. Asimismo podrán acceder a la condición de beneficiarios las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica que, careciendo de personalidad jurídica propia o diferenciada de la de sus integrantes, puedan realizar un proyecto o actuación subvencionable.
 
Enlaces relacionados:
Resolución de 16/05/2017, de la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía, por la que se convocan las ayudas destinadas a la promoción de la actividad productiva y comercial del sector artesano.

Acuerdo por el que se toma conocimiento de la resolución por la que se convocan, para el ejercicio 2017, las ayudas destinadas a promover y mejorar la competitividad del comercio minorista en Castilla-La Mancha

El Gobierno de Castilla-La Mancha pone en marcha con esta resolución un conjunto de programas de ayuda dirigidos, por una lado, a promover la competitividad e incrementar la capacidad innovadora del pequeño y mediano comercio de nuestra región, con la finalidad de contar con empresas más preparadas para hacer frente a los desafíos que la economía actual plantea de forma que puedan competir en las mejores condiciones y, por otro, a fomentar la realización de actuaciones por parte de las asociaciones de comerciantes que promocionen el comercio de zonas comerciales prioritarias.
 
Las ayudas convocadas se enmarcan en el Eje 4 de Comercialización del Plan Estratégico de Fortalecimiento Empresarial de Castilla-La Mancha (Plan Adelante 2016-2019), consensuado entre el Gobierno Regional y los agentes económicos y sociales más representativos de la Región.
 
La resolución tiene por objeto convocar, para el ejercicio 2017, la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas destinadas a promover y mejorar la competitividad del comercio minorista en Castilla- La Mancha, cofinanciadas en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, con la finalidad de modernizar la actividad comercial minorista de nuestra región, consolidar el tejido empresarial existente, estimular el empleo en el sector e incrementar su competitividad y rentabilidad, a través de la regulación de un conjunto de programas específicos.
 
Se establecen los siguientes programas de ayudas:
Programa 1: Implantación de Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC). Este programa tiene por objeto la incorporación de nuevas tecnologías en las pymes comerciales minoristas destinadas a la mejora de la gestión empresarial, así como el fomento de la visibilidad y presencia en internet e integración en el comercio electrónico.
Programa 2: Promoción de la calidad. Este programa tiene por objeto la implantación y certificación de sistemas de calidad en las pymes comerciales minoristas de Castilla- La Mancha.
Programa 3: Promoción del diseño. Este programa tiene por objeto apoyar al comerciante en la mejora de su imagen comercial, de manera que les produzcan un salto cualitativo y mejoren su competitividad.
Programa 4: Promoción de zonas comerciales prioritarias. Este programa tiene por objeto incentivar a las asociaciones de comerciantes de zonas comerciales prioritarias para coordinar las diversas actividades conjuntas de los establecimientos que forman parte de dicha zona, con la finalidad de que éstas ofrezcan a los ciudadanos una oferta comercial continuada, plural, especializada y competitiva.
 
Podrán acceder a la condición de beneficiario de las ayudas:
 
a)   Para los programas 1, 2 y 3: las pymes comerciales, incluidas las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o de entidad carente de personalidad jurídica, que desarrollen una actividad comercial minorista incluida en alguno de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas recogidos en el anexo que se incorpora a esta orden.
 
b)    Para el programa 4: Las asociaciones de comerciantes de zonas comerciales prioritarias, constituidas por pymes comerciales que desarrollen una actividad comercial minorista incluida en alguno de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas contemplados en el anexo que se incorpora a esta orden.
 
Enlaces relacionados:
Resolución de 16/05/2017, de la Dirección General de Turismo, Comercio y Artesanía, por la que se convocan, para el ejercicio 2017, las ayudas destinadas a promover y mejorar la competitividad del comercio minorista en Castilla-La Mancha, cofinanciadas en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.

Acuerdo por el que se nombran notarios para plazas radicadas en el territorio de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha

Tal como establece el Estatuto de Autonomía, el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha es el órgano competente para efectuar los nombramientos de notarios para plazas radicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Mediante el presente acuerdo se nombran cuatro notarios para plazas radicadas en distintas localidades de nuestra comunidad.

Acuerdo por el que se toma en conocimiento el proyecto de orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a la realización de actuaciones urgentes e incidencias imprevisibles por las entidades locales

El objetivo de esta Orden es establecer las bases reguladoras que regirán la concesión de subvenciones a las entidades locales, así como el procedimiento de concesión, que, según establece la Orden, será de concurrencia competitiva simplificada. Las subvenciones, se destinarán a financiar inversiones para actuaciones urgentes e incidencias imprevisibles, que sean consecuencia de situaciones de emergencia o catástrofe y que produzcan daños que afecten a infraestructuras, equipamientos o instalaciones y a los servicios de titularidad de las entidades locales, impidiendo la prestación del servicio público a los ciudadanos. Además, serán actuaciones que no se podrán demorar en el tiempo y para las que las entidades locales no contarán con consignación presupuestaria.
 
Enlaces relacionados:
Orden 86/2017, de 2 de mayo, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a la realización de actuaciones urgentes e incidencias imprevisibles por las entidades locales de Castilla-La Mancha. 

Autorización de la resolución por la que se amplía el crédito de la resolución de 22 de junio de 2016, por la que se convocan, las ayudas a la creación de empresas por jóvenes agricultores, apoyo a las inversiones en explotaciones agrarias y regadío

EL CONSEJO DE GOBIERNO HA AUTORIZADO LA RESOLUCION POR LA QUE SE AMPLIA EL CREDITO DE LA RESOLUCIÓN DE 22 DE JUNIO DE 2016, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO RURAL, POR LA QUE SE CONVOCAN, PARA EL AÑO 2016, LAS AYUDAS A LA CREACIÓN DE EMPRESAS POR JÓVENES AGRICULTORES, APOYO A LAS INVERSIONES EN EXPLOTACIONES AGRARIAS Y A DETERMINADAS INVERSIONES EN MATERIA DE REGADÍO EN  EL MARCO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE CASTILLA-LA MANCHA 2014-2020, Y AUTORIZACIÓN DE LA SUPERACIÓN DE LOS PORCENTAJES ESTABLECIDOS EN EL 48.3 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE CASTILLA-LA MANCHA, APROBADO POR EL DECRETO LEGISLATIVO 1/2002, DE 19 DE NOVIEMBRE.
 
Enlaces relacionados:
Resolución de 03/05/2017, de la Dirección General de Desarrollo Rural, por la que se amplía el crédito de la Resolución de 22/06/2016, por la que se convocan, para el año 2016, las ayudas a la creación de empresas por jóvenes agricultores, apoyo a las inversiones en explotaciones agrarias y a determinadas inversiones en materia de regadío en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020.

Autorización al Gabinete Jurídico para la interposición de un recurso contencioso‐ administrativo contra el Acuerdo del Consejo de Ministros de 10 de febrero 2017, por el que se declaran nuevas reservas naturales fluviales en Demarcaciones Hidrográficas

Autorización al Gabinete Jurídico para la interposición de un recurso contencioso‐ administrativo contra el Acuerdo del Consejo de Ministros de 10 de febrero de 2017, por el que se declaran nuevas reservas naturales fluviales en las Demarcaciones Hidrográficas intercomunitarias.
 
Se recurre por un lado, la declaración de las reservas naturales fluviales ubicadas en el territorio de la Región por considerar que constituye una posible intrusión en las competencias autonómicas en relación con los espacios naturales protegidos, como se desprende del informe emitido por la Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales de Castilla‐ La Mancha; y por otro, e indirectamente, la modificación del Reglamento del Dominio Público Hidráulico llevada a cabo por el Real Decreto 638/2016, de 9 de diciembre, por la repercusión ambiental de las medidas incluidas en la citada modificación en relación al seguimiento de los regímenes de caudales ecológicos así como por una posible invasión competencial en relación con los espacios naturales protegidos.

Autorización de la superación de los porcentajes correspondiente al expediente del contrato de gestión de plazas de atención residencial para personas mayores, en la Residencia Geriátrica “Nuestra Señora del Socorro” de Miguel Esteban

Autorización de la superación de los porcentajes correspondiente al expediente del contrato de gestión, por la modalidad de concierto, de plazas de atención residencial para personas mayores, actualmente ocupadas por usuarios con derecho reconocido a las mismas en la Residencia Geriátrica “Nuestra Señora del Socorro” de Miguel Esteban.
 
La fecha prevista para el inicio efectivo de la ejecución del contrato es el 1 de julio de 2017 y la duración del mismo abarca el período comprendido entre el 1 de julio de 2017 y el 30 de junio de 2018.

Autorización de la contratación y autorización de un gasto correspondiente al expediente del contrato de concesión de la Residencia para Personas Mayores con Servicio de Estancias Diurnas “La Paz” de Salobre (Albacete)

Autorización de la contratación y autorización de un gasto correspondiente al expediente del contrato de concesión de la Residencia para Personas Mayores con Servicio de Estancias Diurnas “La Paz” de Salobre (Albacete) y de la Residencia para Personas Mayores de Vianos (Albacete).
 
La duración del contrato será de cuatro años, prorrogables antes de su finalización por mutuo acuerdo de las partes, siempre que la duración del mismo, incluidas las prórrogas no exceda de seis años. La fecha estimada para el inicio de las prestaciones que constituyen el objeto del contrato será el 1 de enero de 2018.

Decreto que regula las características y los procesos relativos a la función directiva en los centros docentes públicos no universitarios de Castilla‐La Mancha.

Autorización previa de un gasto a la empresa pública Gestión de Infraestructuras de Castilla-La Mancha, S.A., para hacer frente al acuerdo de transacción a suscribir entre GICAMAN, S.A., la Consejería de Fomento e Inmobiliaria Azurque S.L.

Con la firma del acuerdo transaccional, se pone fin al procedimiento ordinario

525/2014, seguido ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, y

supone un ahorro del entorno de 6,5 millones de euros.

Toma de conocimiento de las bases reguladoras para la adjudicación de plazas y concesión de ayudas para realizar actividades de formación en el extranjero, dirigidas a mejorar la competencia lingüística

El objeto de esta Resolución es convocar en 2017, 244 ayudas para realizar actividades de formación en Reino Unido/Irlanda/Francia, dirigidas a mejorar la competencia lingüística de los alumnos de 3º y 4º de Educación Secundaria Obligatoria y 1º de Bachillerato de centros públicos y privados concertados  de Castilla-La Mancha. 
 
Enlaces relacionados:
Orden 88/2017, de 4 de mayo, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se aprueban las bases reguladoras para la adjudicación de plazas y concesión de ayudas para realizar actividades de formación en el extranjero, dirigidas a mejorar la competencia lingüística de los alumnos de 3º y 4º de Educación Secundaria Obligatoria y 1º de Bachillerato de centros docentes sostenidos con fondos públicos de Castilla-La Mancha.

Acuerdo por el que se crean centros docentes públicos en determinadas localidades de Castilla-La Mancha.

El análisis de los datos de escolarización y la consecuente previsión de necesidades para el próximo curso académico obligan a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes a la toma de decisiones relacionadas con la planificación educativa de los centros públicos, al objeto de conseguir un mejor y más eficaz aprovechamiento de los recursos disponibles.

 

Las nuevas necesidades generadas por el aumento en la demanda de puestos escolares, tanto en enseñanzas obligatorias como postobligatorias, las variaciones demográficas y la adecuación de la Red de Centros Públicos de Castilla‐La Mancha para la mejora y el acercamiento de las prestaciones del servicio educativo público, justifican la creación, unificación o supresión de nuevos centros, de forma tal que se asegure la escolarización de los alumnos y que se optimice la calidad de la oferta educativa.

 

Así, se crean jurídicamente los siguientes centros:

 

 CEIP número 1 en Yebes

 CEIP número 6 en Illescas

 CEIP en Horche por fusión de CEIP San Roque y CEIP número 3 de esta localidad

 CEIP en Yunquera de Henares por fusión del CEIP Virgen de Gracia y el CEIP número 3 de esta localidad

 IESO número 1 en Alovera

 IESO número en Illescas

 

Enlaces relacionados:

Acuerdo de 02/05/2017, del Consejo de Gobierno, por el que se crean centros docentes públicos en determinadas localidades de Castilla-La Mancha.