Mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. En este contexto, el Real Decreto 9/2020, de 18 de marzo, por el que se aprueban medidas extraordinarias de carácter económico-financiero y de refuerzo de medios frente a dicha crisis, estableció en su artículo 10 la procedencia de aplicar la tramitación de emergencia prevista en el artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP, en adelante), a todos aquellos contratos que hubieran de celebrarse por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y su Sector Público para hacer frente al COVID-19.
La aplicación de dicho régimen excepcional habilita a los órganos de contratación a contratar todo lo necesario para hacer frente al COVID-19 sin obligación de tramitar expediente de contratación ni sujetarse a los requisitos formales establecidos en la LCSP.
Al amparo de ello, desde el 1 de septiembre hasta el 30 de noviembre de 2020 las declaraciones de emergencia en contrataciones realizadas por el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha para hacer frente, en el ámbito de sus competencias, al COVID-19 son las que se relacionan en este acuerdo. Se incluyen otras contrataciones de períodos anteriores que no se elevaron a toma de razón de Consejo de Gobierno.