Acuerdos del Consejo de Gobierno 18 de agosto de 2020

Acuerdos del Consejo de Gobierno

Acuerdos del Consejo de Gobierno 18 de agosto de 2020

ACUERDOS

DECRETO POR EL QUE SE REGULA EL DERECHO DE USO Y SE CREA EL REGISTRO REGIONAL DE USUARIOS DE LA MARCA “CASTILLA-LA MANCHA”.

El Consejo de Gobierno ha acordado aprobar el Decreto por el que se regula el derecho de uso y se crea el Registro Regional de Usuarios de la Marca “Castilla-La Mancha”. 

 

Mediante este Decreto, el Gobierno regional crea la Marca “Castilla-La Mancha”, como Marca Colectiva, con el fin de promocionar los productos, entidades y actividades de la región, que conforman nuestra propia identidad, además de difundir los valores universales de justicia, libertad y solidaridad, que la propia Marca simboliza.  

 

Podrán ser usuarios de la Marca “Castilla-La Mancha” las personas físicas o jurídicas privadas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar conforme al ordenamiento jurídico español, y desarrollen una actividad económica en el territorio de la región que se encuentre ligada a los productos y servicios que incorpora la Marca, así como las entidades sin ánimo de lucro que no desarrollen actividad económica alguna, siempre y cuando tengan su domicilio social radicado en el territorio de Castilla-La Mancha y realicen una actividad que sea coincidente con alguno de los productos y servicios de las diferentes clases que incorpora la Marca “Castilla-La Mancha”. 

 

Asimismo, y con la finalidad de mantener actualizada una referencia de las distintas personas y entidades respecto de las cuales se concede el derecho a usar la Marca “Castilla-La Mancha”, se procede a crear un registro regional de usuarios de la misma, en donde se recogerá, con las debidas garantías, la información relativa a su actividad, así como la de los productos y servicios para cuyo uso está permitida. 

 

El proyecto de decreto se estructura en una parte expositiva, una parte dispositiva, que contiene diez artículos, una disposición adicional, dos disposiciones finales y cuatro anexos. 

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 46/2020, de 18 de agosto, por el que se regula el derecho de uso y se crea el Registro Regional de Usuarios de la Marca Castilla-La Mancha.

 

ACUERDO POR EL QUE SE DEJA SIN EFECTO EL ACUERDO DE 11 DE AGOSTO DE 2020, POR EL QUE SE APROBABA EL DECRETO DE MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y CONTENCIÓN DEL CORONAVIRUS COVID-19 EN LAS DISCOTECAS Y ESTABLECIMIENTOS DE OCIO NOCTURNO.

En la reunión celebrada por el Consejo de Gobierno el día 11 de agosto de 2020 se adoptó, entre otros, el acuerdo de aprobar el Decreto de medidas de prevención y contención del coronavirus covid-19 en las discotecas y establecimientos de ocio nocturno, como medida de control respecto de las actividades en el sector del ocio nocturno que se realicen a partir de la 1:00 de la madrugada, para evitar en la medida de lo posible una transmisión comunitaria y la expansión del COVID-19. 

 

En el Consejo lnterterritoral del Sistema Nacional de Salud sobre la declaración de actuaciones coordinadas en salud pública para responder ante la situación de especial riesgo derivada del incremento de casos positivos por Covid-19, celebrado el día 14 de agosto de 2020, se constató que, si bien la situación no es comparable a la sufrida en los meses de marzo y abril, se observa un incremento constante de casos en todo el territorio que va progresivamente generando un número creciente de casos graves que requieren hospitalización e ingreso en Unidades de Cuidados críticos. Se ha observado que, durante las últimas semanas, se ha incrementado el número de brotes generados en el ámbito social, que suponen casi el 40% de los mismos. Entre estos brotes, los más importantes son aquellos relacionados con reuniones familiares o de amigos y los producidos en locales de ocio con horario mayoritariamente nocturno (bares de copas, discotecas y salas de baile). Los primeros son los más numerosos, pero los segundos, afectan a grupos más grandes de población, difícilmente identificables, con orígenes geográficos muy diversos y que debido a las grandes dificultades de localización que generan impiden la aplicación temprana y eficaz de las medidas de control. En consecuencia, se acordó que fueran declaradas como actuaciones coordinadas en salud pública para responder a la situación de especial riesgo derivada del incremento de casos positivos por COVID-19, de acuerdo con lo establecido en el artículo 65 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, determinadas medidas, entre ellas algunas relativas a locales de ocio, que son incompatibles con las adoptadas en el Decreto aprobado por este Consejo de Gobierno el 11 de agosto de 2020. 

 

Por todo ello, procede dejar sin efecto el Acuerdo de 11 de agosto de 2020, por el que se aprobaba el Decreto de medidas de prevención y contención del coronavirus, y evitar la entrada en vigor del Decreto decidiendo que no se publique el mismo. 

DECRETO POR EL QUE SE ADOPTAN MEDIDAS RETRIBUTIVAS PARA LOS/AS MAESTROS/AS ADSCRITOS/AS AL PRIMER CICLO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA.

Se aprueba el Decreto por el que se adoptan medidas retributivas para los/as maestros/as adscritos/as al primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria que imparten la docencia en Institutos de Secundaria, Institutos de Educación Secundaria Obligatoria y Secciones de Instituto de Educación Secundaria.  

 

Con esta iniciativa se da cumplimiento a lo acordado por las Cortes Regionales de Castilla-La Mancha mediante resolución de 24 de enero de 2019.  

 

En la tramitación del Decreto se han seguido las formalidades exigidas por la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, así como por el Título VI de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 47/2020, de 18 de agosto, por el que se adoptan medidas retributivas para los/as maestros/as adscritos/as al primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria que imparten la docencia en institutos de Secundaria, institutos de Educación Secundaria Obligatoria y secciones de instituto de Educación Secundaria.

 

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 89/2018, DE 29 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ORDENACIÓN DE LAS ENSEÑANZAS DE IDIOMAS DE RÉGIMEN ESPECIAL EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA.

Se aprueba el Decreto por el que se modifica el Decreto 89/2018, de 29 de noviembre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas de idiomas de régimen especial y los currículos correspondientes a los niveles Básico A2, Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1 y Avanzado C2 en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha. 

 

Tras los cambios producidos en las enseñanzas de idiomas de régimen especial por el Real Decreto 1/2019, de 11 de enero, que establece los principios básicos comunes de evaluación aplicables a las pruebas de certificación oficial de los niveles Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1 y Avanzado C2 de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo, de Educación, es necesario adaptar el Decreto 89/2019 introduciendo novedades como el régimen semipresencial.  

 

En la tramitación del Decreto se han seguido las formalidades exigidas por la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, así como por el Título VI de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 48/2020, de 18 de agosto, por el que se modifica el Decreto 89/2018, de 29 de noviembre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas de idiomas de régimen especial y los currículos correspondientes a los niveles Básico A2, Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1 y Avanzado C2 en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.

 

DECLARACIÓN COMO BIEN DE INTERÉS CULTURAL DE LA PRESA ROMANA DE LA ALCANTARILLA EN EL MUNICIPIO DE MAZARAMBROZ (TOLEDO), CON LA CATEGORÍA DE MONUMENTO.

El Consejo de Gobierno aprueba el Acuerdo por el que se declara Bien de Interés Cultural, la presa romana de La Alcantarilla en el municipio de Mazarambroz (Toledo), con la categoría de Monumento, de acuerdo con el artículo 15.1 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, del Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha. 

 

Se trata de una presa de gravedad de 21 metros de alto desde los cimientos. La fecha de construcción correspondería a la época Flavia (69-96 d.C) para la presa y la conducción de La Alcantarilla. 

 

En la actualidad la presa está parcialmente derruida y quedan en pie dos paños de la pantalla y parte del terraplén adosado a ellos. Estos dos paños corresponden a los estribos de la presa y queda entre ellos un vacío que coincide con la parte central y más alta de la estructura. La alineación situada en la margen derecha conserva unos 170 metros de longitud y presenta adosada una edificación reciente. Del paño izquierdo se conservan aún 177 metros.

 

Enlaces relacionados:

 

Acuerdo de 18/08/2020, del Consejo de Gobierno, por el que se declara Bien de Interés Cultural la Presa Romana de La Alcantarilla, en el municipio de Mazarambroz (Toledo), con la categoría de Monumento.

 

AUTORIZACIÓN DE LA IMPLANTACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DEL PLAN DE ESTUDIOS CONDUCENTE A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE GRADO EN TURISMO, POR LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA.

Este Acuerdo autoriza la implantación y puesta en funcionamiento por la Universidad de Castilla-La Mancha, de las enseñanzas conducentes a la obtención del título universitario de Grado en Turismo que se impartirá en la Facultad de Ciencias Sociales, en Cuenca. 

 

En el aspecto académico, cabe destacar que el Grado en Turismo dotará al estudiante de una formación transversal y multidisciplinar, que le permitirá adquirir las habilidades necesarias para adaptarse a mercados laborales diferentes y en continuo proceso de transformación. 

 

En Castilla-La Mancha el sector turístico es una pieza clave para la región y se trata de impulsarlo con el objetivo de transformar la comunidad autónoma en un destino de referencia mundial. Una forma de incentivarlo es mediante la formación especializada. Este sector se desarrolla en un mercado cada día más competitivo y versátil, donde la oferta de empresas y destinos turísticos crece más rápido que la demanda; por ello, se hace necesario competir añadiendo valor a los recursos turísticos para convertirlos en ventajas competitivas, que garanticen la competitividad sostenible de empresas y destinos turísticos. Y en esa mejora e incremento sostenible de la competitividad, juegan un papel primordial las personas, potenciales profesionales y trabajadores y trabajadoras del sector; todos/as ellos/as demandan una formación académica y profesional adecuada y de calidad. 

 

Se trata de un título de carácter presencial que se impartirá en castellano, en la Facultad de Ciencias Sociales, en Cuenca; ofertando 75 plazas de nuevo ingreso. 

 

El Grado se despliega en cuatro años con un total de 240 créditos ofertados, estructurados en 5 módulos que, a su vez, están divididos en un total de 14 materias, además del Trabajo Final de Grado y Prácticas externas.  

 

La Universidad de Castilla-La Mancha ha establecido como requisito necesario para graduarse, acreditar el conocimiento de una lengua extranjera del MCERL en el nivel B1, de acuerdo con los procedimientos fijados en la normativa vigente.  

AUTORIZACIÓN DE LA IMPLANTACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DEL PLAN DE ESTUDIOS CONDUCENTE A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE MÁSTER UNIVERSITARIO EN AUDITORÍA PÚBLICA POR LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Máster Universitario en Auditoría Pública se constituye en la primera oferta formativa en el campo de la auditoría pública con nivel de Máster, carácter oficial y acreditada por una Universidad Pública 

 

El Máster Universitario en Auditoría Pública pretende incrementar la empleabilidad de los graduados de cara a su incorporación en departamentos de auditoría publica, de firmas privadas de auditoria o su inserción en instituciones públicas.

 

El rol de la auditoría pública en un estado democrático y de derecho presenta un valor trascendental para la legitimación de la actividad de Gobierno de las Administraciones Públicas y desde la esfera internacional, son múltiples las referencias que justifican el valor de la auditoría pública y el control de la gestión económico-financiera de las administraciones públicas en un estado democrático de derecho.  

 

Se trata de un título de carácter semipresencial que se impartirá en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de Ciudad Real, de la UCLM, en castellano y comprende 60 créditos en total, de los cuáles 42 serán obligatorios, 9 correspondientes al Trabajo Fin de Máster y 9 a Prácticas en empresas. Se ofertan 50 plazas en el primer año de implantación.

APROBACIÓN DE UN GASTO PLURIANUAL CORRESPONDIENTE A LA PRÓRROGA DEL CONTRATO DE SERVICIO DE ACOMPAÑANTES DEL TRANSPORTE ESCOLAR EN CASTILLA-LA MANCHA PARA EL CURSO ESCOLAR 2020/2021.

El Consejo de Gobierno aprueba el gasto plurianual de la prórroga del contrato de servicio de acompañantes del transporte escolar en Castilla-La Mancha para el curso 2020/2021, por un importe máximo de 2.282.525,07 euros, con cargo a la aplicación 18.02.0000. G/423A/22300, con la distribución por anualidades siguiente:
2019:    717.365,02 euros
2020: 1.565.160,05 euros

AUTORIZACIÓN DEL GASTO QUE RESULTA DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN, ADJUDICADO POR EMERGENCIA, PARA EL ARRENDAMIENTO SIN OPCIÓN DE COMPRA DE 27 MÓDULOS PREFABRICADOS DESTINADOS A CENTROS PÚBLICOS DOCENTES EN LA PROVINCIA DE TOLEDO.

El Consejo de Gobierno autoriza el gasto por 861.429,16 euros para la contratación, por el procedimiento de emergencia, del arrendamiento sin opción de compra de 27 módulos prefabricados destinados a centros públicos docentes dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes en la provincia de Toledo. 

AUTORIZACIÓN DE UN GASTO DERIVADO DEL EXPEDIENTE DE LA CUARTA PRÓRROGA DEL CONTRATO DE GESTIÓN, POR LA MODALIDAD DE CONCIERTO, DE 49 PLAZAS EN EL CENTRO “LA CAÑADA” DE CIUDAD REAL.

La prórroga de este contrato se realiza por un año y abarca el periodo comprendido entre el 16 de septiembre de 2020 y el 15 de septiembre de 2021, ambos días incluidos, por importe de 3.745.119,00 euros. Se justifica la necesidad de la tramitación de la citada prórroga en que actualmente subsisten las necesidades que dieron lugar al contrato inicial. 

AUTORIZACIÓN DE LA ORDEN DE ENCARGO A GEACAM, RELATIVO AL SERVICIO DE APOYO TÉCNICO EN DETERMINADAS ACTIVIDADES DE CARÁCTER MATERIAL, TÉCNICO Y DE SERVICIOS PARA LA ANUALIDAD 2020.

El Consejo de Gobierno autoriza la orden de encargo a la empresa pública Geacam, SA, relativo al servicio de apoyo técnico en determinadas actividades de carácter material, técnico y de servicios en materias que son competencia de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad por un importe de 95.880,28 euros.