Con fecha 3 de agosto de 2009 se suscribió un convenio entre la entonces Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda (actual Consejería de Fomento) y la Empresa Regional de Suelo y Vivienda, S.A. (actual GICAMAN, S.A.), por el cual dicha Consejería encargó a ésta, respecto parcelas denominadas R6 y R8 del ámbito conocido como Ecobarrio, sito en la Fase V del Polígono de Santa María de Benquerencia de Toledo, la redacción de los instrumentos urbanísticos que posibilitasen su ejecución, y que además licitase su enajenación para la construcción de viviendas sujetas a algún tipo de protección pública.
Con fecha 11 de mayo de 2010, el Consejo de Gobierno acordó ceder gratuitamente a la citada empresa pública las parcelas R‐6 y R‐8 de la V Fase del polígono residencial Santa María de Benquerencia de Toledo, para llevar a cabo el encargo mencionado en el apartado anterior.
La empresa pública cumplió con el encargo que tenía suscrito con la Consejería de Fomento, y así llegó a enajenar la parcela R‐6, quedando pendiente de enajenar la parcela R‐8 tras un proceso de venta fallido de la misma, en el que, si bien se llegó a adjudicar la misma a una cooperativa, finalmente no pudo formalizarse la transmisión a favor de esta del inmueble, pues incumplió con sus obligaciones de pago.
Ello llevó en 2012 a resolver la adjudicación realizada en su día, y hoy se pretende cesar en la situación de estancamiento que vive la parcela y que la aleja del uso que le es propio y así volver a licitar la enajenación del suelo para que, sobre el mismo, por una empresa o por una cooperativa, se levanten 86 viviendas protegidas que, tras los trámites legales oportunos, serían adjudicadas a favor de ciudadanos de Toledo.
Para ello se hace preciso autorizar una adenda al convenio suscrito, que amplíe los plazos inicialmente previstos en el mismo y que fije como sujetos a los que se ofrece la licitación de la parcela tanto a empresas del sector como a cooperativas de viviendas.