Acuerdos del Consejo de Gobierno 1 de junio de 2021

Acuerdos del Consejo de Gobierno

Acuerdos del Consejo de Gobierno 1 de junio de 2021

ACUERDOS

INDICADORES ESTADÍSTICOS A UTILIZAR EN LOS CRITERIOS DE ZONIFICACIÓN REGULADOS EN EL ARTÍCULO 10 DE LA LEY 2/2021, DE MEDIDAS ECONÓMICAS, SOCIALES Y TRIBUTARIAS FRENTE A LA DESPOBLACIÓN Y PARA EL DESARROLLO DEL MEDIO RURAL EN CASTILLA-LA MANCHA.

El Acuerdo se aprueba en virtud de lo establecido por el artículo 10.6 de la Ley 2/2021, de 7 de mayo, Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla-la Mancha, y como medio necesario para la posterior determinación de las zonas rurales de Castilla-La Mancha, de acuerdo con la tipología establecida en el artículo 11 de la misma ley. 
 
Enlaces relacionados:
 
Acuerdo de 01/06/2021, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los indicadores estadísticos a utilizar en los criterios de zonificación regulados en el artículo 10 de la Ley 2/2021, de 7 de mayo, de medidas económicas, sociales y tributarias frente a la despoblación y para el desarrollo del medio rural en Castilla-La Mancha.

DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE AYUDAS DESTINADAS A PERSONAS AFECTADAS POR UN ERTE CON MOTIVO DEL COVID-19 Y QUE HAN PERDIDO SU PUESTO DE TRABAJO CON POSTERIORIDAD A SU FINALIZACIÓN.

El Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de una ayuda económica a aquellas personas que, habiendo sido afectadas por un ERTE como consecuencia de la crisis sanitaria provocada por el COVID-19, han perdido su puesto de trabajo en un plazo no superior a seis meses desde la finalización del mismo; siendo su finalidad paliar la situación de desempleo a la que se han visto abocadas las personas trabajadoras tras la extinción de su contrato de trabajo previo ERTE. 

 

La cuantía de la ayuda a percibir, en modalidad de pago único, será de 300 euros si la persona beneficiaria no tiene hijos a cargo y de 400 euros si tiene uno o más hijos a cargo. 

 

Las subvenciones se otorgarán en régimen de concesión directa, estableciéndose un crédito disponible para el ejercicio 2021 que asciende a 3.500.000 euros financiados con la distribución territorializada de los fondos finalistas realizadas por el Servicio Público de Empleo Estatal. 

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 62/2021, de 1 de junio, por el que se regula la concesión directa de ayudas destinadas a personas afectadas por un ERTE con motivo del COVID-19 y que han perdido su puesto de trabajo con posterioridad a su finalización.

DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES PARA LA INCORPORACIÓN DE PERSONAS SOCIAS TRABAJADORAS O DE TRABAJO EN COOPERATIVAS Y SOCIEDADES LABORALES AFECTADAS POR COVID-19 PARA LA REACTIVACIÓN DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA Y EL EMPLEO.

El Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones, que permita el fortalecimiento y desarrollo de las cooperativas y sociedades laborales y sus potencialidades empresariales futuras mediante la incorporación de personas socias trabajadoras o de trabajo. 

 

La incorporación de personas socias trabajadoras o de trabajo deberá realizarse en el periodo comprendido desde la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, hasta la fecha de finalización de presentación de solicitudes. 

 

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las cooperativas y las sociedades laborales que ejerzan una actividad económica en Castilla-La Mancha, y se ajusten a la definición que de pymes determine en cada momento la Unión Europea. 

 

La cuantía de la subvención será de 10.000 euros por cada persona que se incorpore a jornada completa, que será objeto de minoración de forma proporcional a la jornada realizada cuando la incorporación sea a tiempo parcial. 

 

Dicha cuantía se incrementará un 20% si se trata de incorporación de una persona con discapacidad con grado reconocido igual o superior al 33% y un 20% si se trata de incorporación de una mujer. 

 

Asimismo la cuantía de la subvención obtenida , se incrementará en un 20% cuando la actuación se realice en alguno de los municipios incluidos en el Anexo del Decreto 31/2017, de 25 de abril, por el que se establece el procedimiento de gobernanza de la Inversión Territorial Integrada (ITI) de Castilla-La Mancha para el período de programación 2014-2020, o con arreglo a la distribución municipal que, en su caso, se determine en posteriores períodos de programación, así como en los territorios de los municipios considerados zonas prioritarias, reguladas en la Ley 5/2017, de 30 de noviembre, de Estímulo Económico de Zonas Prioritarias en Castilla-La Mancha.  

 

El importe máximo del crédito destinado a la financiación de las subvenciones reguladas por este decreto asciende a 250.000 euros del presupuesto de gastos de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, para la anualidad 2021, provenientes de la distribución territorializada, de los fondos finalistas realizadas por el Servicio Público de Empleo Estatal.  

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 63/2021, de 1 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la incorporación de personas socias trabajadoras o de trabajo, en cooperativas y sociedades laborales de Castilla-La Mancha, afectadas por COVID-19, para la reactivación de la actividad económica y el empleo.

DECRETO DE CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES PARA EL APOYO A LA SOLVENCIA Y REDUCCIÓN DEL ENDEUDAMIENTO DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS Y LAS EMPRESAS, EN EL MARCO DE LA LÍNEA COVID DEL REAL DECRETO-LEY 5/2021, DE 12 DE MARZO.

El Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado de autónomos (empresarios y profesionales) y empresas que desarrollen su actividad en los sectores más afectados por la crisis derivada de la expansión del COVID-19. 

 

Estas ayudas directas tendrán carácter finalista, y deberán aplicarse a la satisfacción de la deuda y realizar pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como los costes fijos incurridos, siempre y cuando éstos se hayan devengado entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021 y procedan de contratos anteriores a fecha 13 de marzo de 2021. 

 

Las subvenciones se otorgarán en régimen de concesión directa. 

 

El importe máximo del crédito destinado a la financiación de estas subvenciones asciende a 206.342.550 euros del presupuesto de gastos de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo para la anualidad 2021, en la aplicación presupuestaria 19.11.724 A. 47559, Fondo finalista 0000002160, y cuenta con la financiación del Gobierno de España. 

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 64/2021, de 1 de junio, de concesión directa de subvenciones para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento de las personas trabajadoras autónomas y las empresas, en el marco de la Línea Covid del Real Decreto-Ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19.

DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN RÉGIMEN DE TELETRABAJO EN LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA.

El dictamen del Consejo Consultivo concluía que podía elevarse el proyecto de Decreto al Consejo de Gobierno para su aprobación, tenidas en cuenta las observaciones contenidas en el dictamen. Dichas observaciones, ninguna con carácter esencial, fueron objeto de informe de la Dirección General de Función Pública, de 12 de mayo de 2021, en el que constan las que se aceptan, así como las razones que llevan a desestimar el resto. 
 
Enlaces relacionados:
 
Decreto 65/2021, de 1 junio, por el que se regula la prestación de servicios en régimen de teletrabajo en la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

APROBACIÓN DE LA ADHESIÓN AL COMPARTIMENTO FONDO DE LIQUIDEZ REACT-UE DEL FONDO DE FINANCIACIÓN A COMUNIDADES AUTÓNOMAS DE 2021.

De conformidad con las previsiones realizadas y las autorizaciones legalmente establecidas, de acuerdo con lo estipulado en el 66 de la Ley 11/2020, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2021, es necesaria la aprobación por parte del Consejo de Gobierno de la formalización de todas las operaciones de préstamo a largo plazo derivadas de la adhesión al Fondo de Liquidez REACT-UE. 

AUTORIZACIÓN DE LA MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES RELATIVAS AL DESTINO DEL SOLAR SITUADO EN LA CALLE CERVANTES, Nº 33, DE FUENLLANA (CIUDAD REAL), CEDIDO GRATUITAMENTE AL AYUNTAMIENTO DE DICHA LOCALIDAD.

Dado que el cumplimiento del fin o destino al que quedó condicionada la cesión gratuita es una de las condiciones fijadas por acuerdo de Consejo de Gobierno en su sesión de 30 de abril de 2007, su modificación, en los términos solicitados por el citado Ayuntamiento, precisa autorización de este mismo órgano, en virtud de lo establecido en los arts. 59 a 62 de la Ley 6/1985, de 13 de noviembre, de Patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y en las disposiciones concordantes del Reglamento para la aplicación de la misma, aprobado por Decreto 104/1986, de 23 de septiembre, razón por lo que se hace la presente propuesta, que se somete a la consideración del Consejo de Gobierno. 

CESIÓN GRATUITA AL AYUNTAMIENTO DE NERPIO (ALBACETE) DE LA PROPIEDAD DE DOS PARCELAS RUSTICAS, CON UNA SUPERFICIE DE 1.287,60 M2 Y 961,30 M2, CON DESTINO A NAVE Y ZONA DE APARCAMIENTO LA PRIMERA, Y A ZONA DE APARCAMIENTO DE AUTOCARAVANAS LA SEGUNDA.

En virtud de lo establecido en el artículo 110 y siguientes de la Ley 9/2020, de 6 de noviembre, de Patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, se eleva la presente propuesta para su deliberación por el Consejo de Gobierno. 
 
Enlaces relacionados:
 
Anuncio de 13/07/2021, de la Secretaría General de Hacienda y Administraciones Públicas, por el que se publica la cesión gratuita de dos parcelas rústicas a favor del Ayuntamiento de Nerpio (Albacete). Expediente de patrimonio: 55/2020.

CESIÓN GRATUITA AL AYUNTAMIENTO DE LA RODA (ALBACETE) DEL INMUEBLE DONDE SE UBICA EL SILO DE ALMACENAMIENTO DE CEREALES, SITO EN AVENIDA JUAN GARCÍA GONZÁLEZ Nº 52, CON DESTINO A CENTRO JOVEN Y ZONA DEPORTIVA.

En virtud de lo establecido en el artículo 110 y siguientes de la Ley 9/2020, de 6 de noviembre, de Patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, se eleva la presente propuesta para su deliberación por el Consejo de Gobierno. 
 
Enlaces relacionados:
 

Resolución de 20/12/2021, de la Secretaría General de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se publica la cesión gratuita de la propiedad acordada por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a favor del Ayuntamiento de La Roda (Albacete) del inmueble que ocupa el silo de almacenamiento de cereales. Expediente Patrimonio: 22/2021.

TOMA DE CONOCIMIENTO DE LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS REALIZADAS CON CARGO AL FONDO DE CONTINGENCIA.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 7.3 de la Ley 11/2012, de 21 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la consejería competente en materia de hacienda ha de dar cuenta, al Consejo de Gobierno, de las modificaciones presupuestarias realizadas con cargo al Fondo de Contingencia. 

DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 55/2021, DE 8 DE MAYO, SOBRE MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL NECESARIAS PARA HACER FRENTE A LA CRISIS SANITARIA OCASIONADA POR LA COVID-19.

El Consejo de Gobierno ha aprobado el Decreto por el que se modifica el Decreto 55/2021, de 8 de mayo, sobre medidas de prevención y control necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19. 

 

La modificación consiste en que se introducen matizaciones en los artículos 9, 12, 26, 30, 32, 34 y 39. 

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 66/2021, de 1 de junio, por el que se modifica el Decreto 55/2021, de 8 de mayo, sobre medidas de prevención y control necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

AUTORIZACIÓN DE LA FORMALIZACIÓN DEL ACUERDO POR EL QUE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD ENCOMIENDA A LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, AGUA Y DESARROLLO RURAL LA GESTIÓN DE LOS EXPEDIENTES DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL.

De acuerdo con el artículo 58.5.c) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, se requiere la autorización del Consejo de Gobierno previa a la formalización del acuerdo entre las Consejerías de Sanidad y de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural para la formalización del acuerdo de encomienda de gestión entre las Consejerías de Sanidad y de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por el que la Consejería de Sanidad encomienda a la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural la gestión de los expedientes de responsabilidad patrimonial derivados de la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en las materias y sectores cuya competencia ostenta. 

 

El Consejo de Gobierno acuerda autorizar la formalización de dicho acuerdo de encomienda de gestión.  

 

Enlaces relacionados:

 

Resolución de 15/07/2021, de la Secretaría General, por la que se publica el acuerdo de encomienda de gestión entre las Consejerías de Sanidad y de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por el que la Consejería de Sanidad encomienda a la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural la gestión de los expedientes de responsabilidad patrimonial derivados de la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

AUTORIZACIÓN DE LA FORMALIZACIÓN DEL ACUERDO POR EL QUE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD ENCOMIENDA A LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPRESAS Y EMPLEO LA GESTIÓN DE LOS EXPEDIENTES DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL.

De acuerdo con el artículo 58.5.c) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, se requiere la autorización del Consejo de Gobierno previa a la formalización del acuerdo entre las Consejerías de Sanidad y de Economía, Empresas y Empleo para la formalización del acuerdo de encomienda de gestión entre las Consejerías de Sanidad y de Economía, Empresas y Empleo, por el que la Consejería de Sanidad encomienda a la Consejería de Economía, Empresas y Empleo la gestión de los expedientes de responsabilidad patrimonial derivados de la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en las materias y sectores cuya competencia ostenta. 

 

El Consejo de Gobierno acuerda autorizar la formalización de dicho acuerdo de encomienda de gestión.  

 

Enlaces relacionados:

 

Resolución de 15/07/2021, de la Secretaría General, por la que se publica el acuerdo de encomienda de gestión entre las Consejerías de Sanidad y de Economía, Empresas y Empleo, por el que la Consejería de Sanidad encomienda a la Consejería de Economía, Empresas y Empleo la gestión de los expedientes de responsabilidad patrimonial derivados de la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

AUTORIZACIÓN DE LA FORMALIZACIÓN DEL ACUERDO POR EL QUE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD ENCOMIENDA A LA CONSEJERÍA DE FOMENTO LA GESTIÓN DE LOS EXPEDIENTES DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL.

De acuerdo con el artículo 58.5.c) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, se requiere la autorización del Consejo de Gobierno previa a la formalización del acuerdo entre las Consejerías de Sanidad y de Fomento para la  formalización del acuerdo de encomienda de gestión entre las Consejerías de Sanidad y de Fomento, por el que la Consejería de Sanidad encomienda a la Consejería de Fomento la gestión de los expedientes de responsabilidad patrimonial derivados de la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en las materias y sectores cuya competencia ostenta. 

 

El Consejo de Gobierno acuerda autorizar la formalización de dicho acuerdo de encomienda de gestión.  

 

Enlaces relacionados:

 

Resolución de 15/07/2021, de la Secretaría General, por la que se publica el acuerdo de encomienda de gestión entre las Consejerías de Sanidad y de Fomento, por el que la Consejería de Sanidad encomienda a la Consejería de Fomento la gestión de los expedientes de responsabilidad patrimonial derivados de la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

AUTORIZACIÓN DE LA FORMALIZACIÓN DEL ACUERDO POR EL QUE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD ENCOMIENDA A LA CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS LA GESTIÓN DE LOS EXPEDIENTES DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL.

De acuerdo con el artículo 58.5.c) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, se requiere la autorización del Consejo de Gobierno previa a la formalización del acuerdo entre las Consejerías de Sanidad y de Hacienda y Administraciones Públicas para la  formalización del acuerdo de encomienda de gestión entre las Consejerías de Sanidad y de Hacienda y Administraciones Públicas, por el que la Consejería de Sanidad encomienda a la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas la gestión de los expedientes de responsabilidad patrimonial derivados de la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en las materias y sectores cuya competencia ostenta. 

 

El Consejo de Gobierno acuerda autorizar la formalización de dicho acuerdo de encomienda de gestión.  

 

Enlaces relacionados:

 

Resolución de 15/07/2021, de la Secretaría General, por la que se publica el acuerdo de encomienda de gestión entre las Consejerías de Sanidad y de Hacienda y Administraciones Públicas, por el que la Consejería de Sanidad encomienda a la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas la gestión de los expedientes de responsabilidad patrimonial derivados de la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

AUTORIZACIÓN DE LA FORMALIZACIÓN DEL ACUERDO POR EL QUE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD ENCOMIENDA A LA CONSEJERÍA DE DESARROLLO SOSTENIBLE LA GESTIÓN DE LOS EXPEDIENTES DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL.

De acuerdo con el artículo 58.5.c) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, se requiere la autorización del Consejo de Gobierno previa a la formalización del acuerdo entre las Consejerías de Sanidad y de Desarrollo Sostenible para la  formalización del acuerdo de encomienda de gestión entre las Consejerías de Sanidad y de Desarrollo Sostenible, por el que la Consejería de Sanidad encomienda a la Consejería de Desarrollo Sostenible la gestión de los expedientes de responsabilidad patrimonial derivados de la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en las materias y sectores cuya competencia ostenta. 

 

El Consejo de Gobierno acuerda autorizar la formalización de dicho acuerdo de encomienda de gestión.  

 

Enlaces relacionados:

 

Resolución de 15/07/2021, de la Secretaría General, por la que se publica el acuerdo de encomienda de gestión entre las Consejerías de Sanidad y de Desarrollo Sostenible, por el que la Consejería de Sanidad encomienda a la Consejería de Desarrollo Sostenible la gestión de los expedientes de responsabilidad patrimonial derivados de la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

AUTORIZACIÓN DE LA FORMALIZACIÓN DEL ACUERDO POR EL QUE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD ENCOMIENDA A LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES LA GESTIÓN DE LOS EXPEDIENTES DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL.

De acuerdo con el artículo 58.5.c) del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, se requiere la autorización del Consejo de Gobierno previa a la formalización del acuerdo entre las Consejerías de Sanidad y de Educación, Cultura y Deportes para la formalización del acuerdo de encomienda de gestión entre las Consejerías de Sanidad y de Educación, Cultura y Deportes, por el que la Consejería de Sanidad encomienda a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes la gestión de los expedientes de responsabilidad patrimonial derivados de la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en las materias y sectores cuya competencia ostenta. 

 

El Consejo de Gobierno acuerda autorizar la formalización de dicho acuerdo de encomienda de gestión.  

 

Enlaces relacionados:

 

Resolución de 15/07/2021, de la Secretaría General, por la que se publica el acuerdo de encomienda de gestión entre las Consejerías de Sanidad y de Educación, Cultura y Deportes, por el que la Consejería de Sanidad encomienda a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes la gestión de los expedientes de responsabilidad patrimonial derivados de la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

TOMA CONOCIMIENTO DE LA DECLARACIÓN DE EMERGENCIA RESPECTO DE DETERMINADA CONTRATACIÓN REALIZADA POR LA CONSEJERÍA DE SANIDAD CON MOTIVO DE LA CRISIS SANITARIA OCASIONADA POR EL COVID-19.

Mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19. 

 

En este contexto, el Decreto 9/2020, de 18 de marzo, por el que se aprueban medidas extraordinarias de carácter económico-financiero y de refuerzo de medios frente a la crisis ocasionada por la COVID-19,  estableció en su artículo 10 la procedencia de aplicar la tramitación de emergencia prevista en el artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP, en adelante), a todos aquellos contratos que hubieran de celebrarse por la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y su Sector Público para hacer frente a la COVID-19. 

 

En el contexto de la estrategia de la vacunación frente a la COVID-19 aprobada por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, en diciembre de 2020 el Gobierno de España anunció la llegada de las primeras dosis de vacunas fabricada por Pfizer-BioNTech (nombre comercial Comirnaty) destinadas al comienzo urgente de la campaña de vacunación en Residencias de Mayores durante la Navidad, dada la gran incidencia y letalidad de la enfermedad en este colectivo.   

 

Debido a la necesidad de actuación inmediata que se plantea la Consejería de Sanidad ante su obligación de protección de las personas y a las especiales condiciones de conservación de la vacuna Comirnaty era necesario contar con los servicios de una plataforma logística que cumpla con los requisitos técnicos para el mantenimiento de la cadena de frío establecidos por el laboratorio fabricante, de los que dispone la empresa DHL EXEL SUPPLY CHAIN SPAIN S.L.U., siendo necesario aplicar la tramitación de emergencia prevista en el artículo 120 de la Ley 9/2017. 

 

Al amparo de ello,  la declaración de emergencia en contratación realizada por la Consejería de Sanidad el 30 de abril de 2021 para hacer frente, en el ámbito de sus competencias, a la COVID-19 asciende a 356.416,20 €. 

AUTORIZACIÓN DE UN GASTO PARA CONTRATAR LA OBRA DE CONSTRUCCIÓN DEL CENTRO DE SALUD DE ALCOBA (CIUDAD REAL).

Autorización de Consejo de Gobierno del gasto por importe de 1.071.906,14 € de acuerdo con el artículo 21.f) de la Ley 11/2020, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2021, referido al expediente siguiente: 

“Obra de construcción del Centro de Salud de Alcoba (Ciudad Real)”. 

 

Los gastos elegibles por inversión pueden ser objeto de financiación en un 80% con fondos FEDER mediante la Ayuda a la Recuperación para la Cohesión y los Territorios de Europa-REACT-UE-FPA0090015 .

ANTEPROYECTO DE LEY DE EXTINCIÓN DE CÁMARAS AGRARIAS PROVINCIALES DE CASTILLA-LA MANCHA Y POR EL QUE SE ESTABLECE EL RÉGIMEN JURÍDICO PARA REALIZAR TRANSMISIONES DE PATRIMONIO PROCEDENTE DEL INSTITUTO DE REFORMA Y DESARROLLO AGRARIO.

Uno de los objetos del anteproyecto es declarar extinguidas las cámaras agrarias provinciales de Castilla-La Mancha, regular el procedimiento de liquidación de su patrimonio y el destino del mismo, integrándose en el patrimonio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, y adscribiéndose a la Consejería que ostente competencias en materia agraria para su aplicación a fines y servicios de interés general agrario del ámbito territorial de Castilla-La Mancha, incluyendo entre tales beneficios los de desarrollo rural, en cumplimiento de la disposición adicional única de la citada Ley 18/2005, de 30 de septiembre, que estable que el patrimonio de las extintas Cámaras Agrarias se ha de destinar a fines y servicios de interés general agrario.  

 

Por otra parte, se ha puesto de manifiesto durante la tramitación del anteproyecto de extinción de las Cámaras Agrarias provinciales la necesidad de introducir también el régimen jurídico para dejar sin efecto otras tutelas administrativas contempladas en la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario, texto aprobado por Decreto 118/1973, de 12 de enero, que tienen su origen en la política de colonización llevada a cabo tanto por el Instituto Nacional de Colonización como posteriormente por el Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario (IRYDA) en aquellos territorios más desfavorecidos y que incluyó, entre sus objetivos, por un lado la creación de huertos familiares destinados al cultivo de productos hortícolas para su consumo directo por las familias campesinas. Y, por otro lado, la creación de las explotaciones agrarias familiares o comunitarias a las que se refieren los artículos 21 y siguientes del Decreto 118/1973, de 12 de enero, por el que se aprueba el Texto de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario. 

 

Enlaces relacionados:

 

Ley 6/2021, de 5 de noviembre, de extinción de cámaras agrarias provinciales de Castilla-La Mancha y por la que se establece el régimen jurídico para realizar transmisiones de patrimonio procedentes del Instituto de Reforma y Desarrollo Agrario.

 

DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE CONCENTRACIÓN PARCELARIA DE CASTILLA-LA MANCHA.

El decreto tiene por objeto establecer las normas por las que se han de regir los procedimientos de concentración parcelaria en la comunidad autónoma de Castilla La Mancha. 

 

En orden a cumplir con la finalidad de los procedimientos de concentración parcelaria la Consejería competente en materia de ordenación de la propiedad territorial rústica tendrá en cuenta los siguientes criterios de actuación: 

 

a) Reordenar la estructura de la propiedad rustica conforme a los criterios técnicos que sean precisos para la creación de explotaciones más rentables, la implantación de nuevos regadíos, la consolidación y modernización de los ya existentes, reconversión y reestructuración de cultivos, la mejor gestión de los pastos y la mejora de las condiciones necesarias para la mecanización agrícola. 

 

b) Adjudicar a cada propietario o propietaria en el menor número posible de fincas de reemplazo, un conjunto de superficie y derechos cuyo valor sea igual o superior al que en las bases de la concentración hubiese aportado a la concentración, una vez aplicadas las deducciones y compensaciones que resulten necesarias. 

 

c) Adjudicar contiguas las fincas integradas en una misma explotación, aunque pertenezcan a diferentes personas propietarios o a propietarios que manifiesten su deseo de explotarlas integradas en la misma explotación tras el proceso de concentración parcelaria. 

 

d) Fomentar la constitución de explotaciones agrarias de dimensiones adecuadas de acuerdo con las características y posibilidades de la zona objeto de concentración. Y, en su caso, suprimir las explotaciones que resulten antieconómicas o aumentar en lo posible su superficie. 

 

e) Emplazar las fincas de reemplazo de forma que pueda ser atendida del mejor modo su explotación desde el lugar en que radiquen sus instalaciones principales, su vivienda o su finca más importante. 

 

f) Realizar las obras que, en su caso, sean necesarias para el aprovechamiento racional de las explotaciones resultantes. 

 

g) Dar a las nuevas fincas acceso directo a las vías de comunicación, para lo que se modificarán o crearán los caminos precisos. 

 

h) Establecer medidas de integración ambiental y de protección y conservación de los patrimonios natural y cultural. 

 

i) Inmatricular los títulos de propiedad correspondientes a las fincas resultantes del proceso de concentración en el registro de la propiedad, en ejercicio de la obligación de la consejería de promover su inscripción en dicho registro. 

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 67/2021, de 1 de junio, por el que se regulan los procedimientos de concentración parcelaria de CastillaLa Mancha.

AUTORIZACIÓN DEL RECONOCIMIENTO DE OBLIGACIONES A FAVOR DE TRAGSATEC DERIVADAS DEL SERVICIO TÉCNICO DE APOYO ANALITICO AL LABORATORIO REGIONAL AGROALIMENTARIO Y AMBIENTAL Y VALIDACIÓN DE LOS DATOS DEL CENTRO DE CONTROL DE CALIDAD DEL AIRE.

La Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural precisa el reconocimiento de obligaciones a favor de la empresa Tecnologías y Servicios Agrarios, S.A. (TRAGSATEC) derivadas del servicio técnico de apoyo análitico al Laboratorio Regional Agroalimentario y Ambiental y validación de los datos del Centro de Control de Calidad del Aire de Castilla-La Mancha durante el período 1 de enero de 2021 - 6 de abril de 2021. 

 

Como consecuencia de la necesidad de la prestación de este servicio durante el periodo 1 de enero de 2021 - 6 de abril de 2021, se han generado obligaciones económicas por importe de 147.847,30 € que han de ser atendidas y ante la omisión del trámite de fiscalización previa preceptiva al que deben someterse todos los actos susceptibles de producir derechos y obligaciones de contenido económico, de conformidad con el artículo 100 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, se precisa autorización por el Consejo de Gobierno para el reconocimiento de estas obligaciones.

AUTORIZACION DEL PROGRAMA TEMPORAL PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL PARA EL APOYO EN LAS TAREAS DE GESTIÓN, SEGUIMIENTO Y CONTROL DEL PROGRAMA DE AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN DE ACTUACIONES DE EFICIENCIA ENERGÉTICA EN EXPLOTACIONES AGROPECUARIAS.

La Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural es la administración designada para dar cumplimiento a lo establecido en el Real Decreto 149/2021, de 9 de marzo, por el que se regula el programa de ayudas para la realización de actuaciones de eficiencia energética en explotaciones agropecuarias y se acuerda la concesión directa de las ayudas de este programa a las comunidades autónomas (BOE nº 59, de 10 de marzo de 2021), en su ámbito territorial, y conforme a sus competencias de ejecución, según lo que determinen en sus respectivas convocatorias siendo la encargada de realizar su convocatoria de ayudas conforme a lo establecido por este real decreto, con la Dirección General de Desarrollo Rural como órgano competente para instruir y resolver el procedimiento de concesión de las ayudas. 

 

La Dirección General de Desarrollo Rural precisa de la contratación de personal para garantizar el cumplimiento del programa que gestionará la Dirección General de Desarrollo Rural, para lo cual se contratará a 2 técnicos durante 24 meses, del 1 de junio de 2021 hasta el 31 de mayo de 2023.  

 

El artículo 52 de la Ley 11/2020, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2021 determina que, con carácter general, durante el ejercicio 2021, no se ejecutarán programas de carácter temporal de duración determinada para la realización de actividades no habituales de la Administración o para el lanzamiento de una nueva actividad. No obstante, el Consejo de Gobierno podrá autorizar dichos programas temporales en casos excepcionales en los que sean financiados con fondos finalistas o se trate de actividades relacionadas con la presentación de servicios que se consideren absolutamente prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales.  

 

La financiación del programa y, por tanto, de las convocatorias, se efectuará por el Fondo Nacional de Eficiencia Energética, creado por Ley 18/2014, de 15 de octubre, cuya gestión se ha encomendado al IDEA, por lo que queda justificada las contrataciones indicadas, previa autorización del consejo de Gobierno.

DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES DESTINADAS AL MANTENIMIENTO DE LA ACTIVIDAD DE CLUBES DEPORTIVOS Y SOCIEDADES ANÓNIMAS DEPORTIVAS DE CASTILLA-LA MANCHA, AFECTADOS POR LA CRÍSIS ECONÓMICA CONSECUENCIA DEL COVID-19.

El Consejo de Gobierno ha adoptado el acuerdo por el que aprueba el Decreto por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas al mantenimiento de la actividad de clubes deportivos y Sociedades Anónimas Deportivas de Castilla-La Mancha, afectados por la crisis económica consecuencia del COVID-19. 

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 68/2021, de 1 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas al mantenimiento de la actividad de clubes deportivos y sociedades anónimas deportivas de Castilla-La Mancha, afectados por la crisis económica consecuencia del COVID-19.

AUTORIZACIÓN DEL RECONOCIMIENTO DE OBLIGACIONES DERIVADAS DEL PROCEDIMIENTO ADJUDICADO POR LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE ESCOLAR EN LA PROVINCIA DE TOLEDO.

El Consejo de Gobierno autoriza el reconocimiento de obligaciones y la tramitación de los correspondientes pagos hasta un importe máximo de 34.254,11 euros, correspondientes al servicio de transporte escolar en la provincia de Toledo, lote 82, ruta 37, cursos escolares 2020/2021 y 2021/2022. 

DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN RECTOR DE USO Y GESTIÓN DEL PARQUE NACIONAL DE CABAÑEROS.