Acuerdos del Consejo de Gobierno 29 de noviembre de 2022

Acuerdos del Consejo de Gobierno

Acuerdos del Consejo de Gobierno 29 de noviembre de 2022

ACUERDOS

AUTORIZACIÓN DEL GASTO RELATIVO AL EXPEDIENTE DE SUBVENCIÓN CORRESPONDIENTE AL CENTRO ESPECIAL DE EMPLEO ILUNION SERVICIOS INDUSTRIALES, S.L., AL AMPARO DE LO DISPUESTO EN EL DECRETO 85/2022, DE 19 DE JULIO.

El Consejo de Gobierno ha acordado autorizar un gasto de 1.474.303,20 euros, con cargo a la partida presupuestaria 19080000/G/322B/4761P; fondo 0000000030; elemento PEP JCCM/0000024143, relativo al expediente de subvención correspondiente al centro especial de empleo ILUNION SERVICIOS INDUSTRIALES, S.L., tramitado al amparo de lo dispuesto en el Decreto 85/2022, de 19 de julio, por el que se aprueban las bases reguladoras para la concesión directa de las subvenciones incluidas en el Programa de inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido de Castilla-La Mancha, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 21 de la Ley 8/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2022, y del artículo 72.2 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.

AUTORIZACIÓN PREVIA DE GASTO AL INSTITUTO DE FINANZAS DE CASTILLA-LA MANCHA S.A PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA DE AMPLIACIÓN DEL PASO SUPERIOR SOBRE LA A-42 SITUADO EN EL PUNTO KILOMÉTRICO 31,900 Y GLORIETAS DE CONEXIÓN, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE ILLESCAS.

El Consejo de Gobierno ha acordado autorizar un gasto de 2.415.330 euros (dos millones cuatrocientos quince mil trescientos treinta euros) al Instituto de Finanzas de Castilla-La Mancha, S.A., para la ejecución de la obra de ampliación del paso superior sobre la A-42 situado en el punto kilométrico 31,900 y glorietas de conexión, en el término municipal de Illescas (Toledo), de conformidad con lo preceptuado en el artículo 25 de la Ley 8/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2022. 

ACUERDO POR EL QUE EXPRESA SU DISCONFORMIDAD CON LA TRAMITACIÓN PARLAMENTARIA DE LA ENMIENDA PRESENTADA AL PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS GENERALES DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA PARA 2023, CON NÚMERO GPP-00-0036.

Mediante este acuerdo, el Consejo de Gobierno de Castilla la Mancha expresa su disconformidad a la tramitación parlamentaria de la enmienda, con número GPP-00-0036, presentada al articulado del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2023 por el Grupo Parlamentario Popular (Expediente 10/PRE-00004), conforme a lo establecido en el artículo 163.3 del Reglamento de las Cortes de Castilla-La Mancha. 

AUTORIZACIÓN DEL GASTO DERIVADO DEL CONTRATO DE SUMINISTRO, INSTALACION, PUESTA EN MARCHA Y MANTENIMIENTO DE DIVERSOS EQUIPAMIENTOS DE ALTA TECNOLOGIA PARA EL NUEVO HOSPITAL DE CUENCA.

Autorización del Consejo de Gobierno del gasto por importe de 1.050.799,99 euros de acuerdo con el artículo 21.f) de la Ley 8/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2022, referido al expediente siguiente: 

 

“SUMINISTRO, INSTALACION, PUESTA EN MARCHA Y MANTENIMIENTO DE DIVERSOS EQUIPAMIENTOS DE ALTA TECNOLOGIA PARA EL NUEVO HOSPITAL DE CUENCA DEL SERVICIO DE SALUD DE CASTILLA-LA MANCHA. EXPEDIENTE Nº 2022/006970”. 

 

El importe asciende a 1.050.799,99 euros.

AUTORIZACIÓN PARA CONTRATAR EL SERVICIO DE LIMPIEZA, DESINFECCIÓN, DESRATIZACIÓN, DESINSECTACIÓN Y GESTIÓN DE RESIDUOS DE LA GERENCIA DE ATENCIÓN INTEGRADA DE CIUDAD REAL Y AUTORIZACIÓN DEL GASTO DERIVADO DE DICHO CONTRATO.

a) Autorización del Consejo de Gobierno del gasto por importe de 26.108.481,31 €, de acuerdo con el artículo 21.f) de la Ley 8/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2022, referido al expediente siguiente:

 

“SERVICIO DE LIMPIEZA, DESINFECCIÓN, DESRATIZACIÓN, DESINSECTACIÓN Y GESTIÓN DE RESIDUOS DE LA GERENCIA DE ATENCION INTEGRADA DE CIUDAD REAL”. 

 

b) Autorización para la celebración del contrato, ya que el importe supera el límite de 10.000.000 de euros, en virtud del artículo 58.5.b) del Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, alcanzando su valor estimado el importe de 27.132.845,78 €.

AUTORIZACIÓN DEL PROGRAMA TEMPORAL DE EMPLEO PARA LA GESTIÓN, SEGUIMIENTO Y CONTROL DEL PROGRAMA DE AYUDAS DE PROYECTOS DE INVERSIÓN DENTRO DEL PLAN DE IMPULSO DE LA SOSTENIBILIDAD Y COMPETITIVIDAD DE LA AGRICULTURA Y LA GANADERÍA (III).

La justificación de la necesidad de efectuar este programa de trabajo temporal está relacionada con el apoyo en las tareas gestión, seguimiento y control del programa de ayudas de proyectos de inversión dentro del plan de impulso de la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en Castilla-La Mancha en la Dirección General de Desarrollo Rural. 

 

El coste total del Programa asciende a ciento cuarenta y nueve mil setenta y cuatro euros con noventa y dos céntimos, (149.074,92 €).

 

El Programa Temporal tendrá una duración inicial de 23 meses, desde el 1 de diciembre de 2022 hasta el 31 de octubre de 2024, el cual podrá prorrogarse, una o varias veces, sin que la duración total pueda ser superior a cuatro años, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.1 e) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en el artículo 8.1 c) de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, de Empleo Público de Castilla- la Mancha. Tal como exige el artículo 3.6 del Decreto 110/2002, de 30 de julio, de Nombramientos de Funcionarios Interinos, transcurrido el plazo de duración del Programa Temporal o concluidas las funciones específicas para las que fueron nombrados, se procederá al cese de los funcionarios interinos nombrados para la ejecución del mismo. 

 

En relación con lo anterior el artículo 52 de la Ley 8/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2022 determina que, con carácter general, durante el ejercicio 2022, no se ejecutarán programas de carácter temporal de duración determinada para la realización de actividades no habituales de la Administración o para el lanzamiento de una nueva actividad. No obstante, el Consejo de Gobierno podrá autorizar dichos programas temporales en casos excepcionales en los que sean financiados con fondos finalistas o se trate de actividades relacionadas con la presentación de servicios que se consideren absolutamente prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales.  

AUTORIZACION DE LA PRÓRROGA DEL PROGRAMA TEMPORAL PARA EL APOYO EN LA REALIZACIÓN DE LAS TAREAS DE GESTIÓN, SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LAS LÍNEAS DE AYUDAS GESTIONADAS POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS AGROAMBIENTALES.

Con fecha 21 de diciembre de 2020, se autorizó el programa temporal para la realización de tareas de gestión, seguimiento y control de las líneas de ayudas gestionadas por la Dirección General de Políticas Agroambientales en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla- La Mancha 2014- 2020, estableciendo una duración inicial de 24 meses, concluyendo la vigencia del mismo el 31 de diciembre de 2022.  

 

El buen funcionamiento y coordinación de las diferentes líneas de ayudas FEADER-SIGC gestionadas, es clave para garantizar que los pagos se realizan con arreglo a los reglamentos que regulan dichas ayudas en los plazos establecidos y garantizará que Castilla-La Mancha, no sea penalizada con correcciones financieras, cuyos importes pueden llegar a ser muy elevados, por ello, habida cuenta que los trabajos y circunstancias, por las que se autorizó el programa temporal para el apoyo en la realización de las tareas de gestión, seguimiento y control de la líneas de ayudas gestionadas, siguen existiendo, y teniendo en cuenta la escasez de recursos humanos con los que actualmente cuenta, excede las posibilidades para poder asumirse estas tareas de gestión y control con personal propio, se hace necesario prorrogar dicho programa temporal. 

 

La prórroga de dicho Programa Temporal tendrá una duración de 2 años, prolongándose hasta el 31/12/2024. 

 

En cuanto al nombramiento de personal funcionario interino para la realización de programas temporales, la Ley 4/2011, de 10 de marzo, de Empleo Público de Castilla-La Mancha en su artículo 8.1.c. establece esta posibilidad cuando se trate de la ejecución de programas de carácter temporal de duración determinada para la realización de actividades no habituales o para el lanzamiento de una nueva actividad, siempre que su duración no sea superior a cuatro años. 

 

En relación con lo anterior el artículo 52 de la Ley 8/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2022 determina que, con carácter general, durante el ejercicio 2022, no se ejecutarán programas de carácter temporal de duración determinada para la realización de actividades no habituales de la Administración o para el lanzamiento de una nueva actividad. No obstante, el Consejo de Gobierno podrá autorizar dichos programas temporales en casos excepcionales en los que sean financiados con fondos finalistas o se trate de actividades relacionadas con la presentación de servicios que se consideren absolutamente prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales.

CONVALIDACION DE LA OMISIÓN DE LA AUTORIZACIÓN PREVIA DE GASTO CORRESPONDIENTE AL EXPEDIENTE DE PRÓRROGA DEL CONTRATO DE LOS SISTEMAS DE ABASTECIMIENTO PICADAS-ALMOGUERA Y MANCOMUNIDAD EL GIRASOL Y CONDUCCIÓN ALMOGUERA-ALGODOR-SAGRA ESTE.

Los sistemas de abastecimiento de Picadas-Almoguera y de Mancomunidad El Girasol y conducción Almoguera-Algodor-Sagra Este, se encuentran actualmente en explotación mediante contrato suscrito el 10 de septiembre de 2020 entre esta Entidad y la UTE FCC AQUALIA, S.A.–BARAHONA OBRAS Y SERVICIOS, S.L.  

 

El contrato tiene un plazo de ejecución de 2 años, contados a partir del día 15 de septiembre de 2020, éste inclusive, si bien con la posibilidad de prórroga de 2 años, en períodos de 1 año, como igualmente recoge el pliego de cláusulas administrativas particulares. 

 

Habiéndose puesto de manifiesto, a través de solicitud de Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha, (IACLM) la necesidad de prorrogar el actual contrato por un año, por un importe total de 9.518.080,89 €, IVA incluido (8.552.800,81 € de base en explotación y partida a tanto alzado, más el 10% IVA de la primera y el 21 % IVA de la segunda), acorde a los precios iniciales e inalterados del contrato inicial.  

 

Teniendo en cuenta ese importe y las previsiones del art. 21, letra f) de la Ley 8/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2022, debe recabarse previamente la autorización de gasto del Consejo de Gobierno, a través de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural. 

 

De acuerdo con el documento contable RC la Entidad si realizo previamente la correspondiente retención de crédito y figura contabilizada en la partida G/512A/21200 con número de expediente CONTO/2022/8000001170 por las cuantías determinadas para cubrir las necesidades económico financieras para la prórroga del contrato del Sistema de Abastecimiento Picadas-Almoguera (Toledo) y Mancomunidad El Girasol y Conducción Almoguera-Algodor-Sagra Este. 

 

No se habiéndose producido dicha autorización en fecha anterior al vencimiento del contrato procede su convalidación conforme a lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no estando la omisión de autorización calificada en el ordenamiento jurídico de aplicación como un supuesto de nulidad de pleno derecho. 

APROBACION DE LA ORDEN DE ENCARGO A GEACAM RELATIVA A LA DIRECCIÓN DE OBRA CORRESPONDIENTE AL “PROYECTO DE ACONDICIONAMIENTO Y PUESTA EN MARCHA DE LAS OBRAS DE INTERÉS AGRÍCOLA COMÚN DE LA ZONA REGABLE DE COGOLLUDO (GUADALAJARA).

En abril de 2002 se aprobó el Plan Nacional de Regadíos mediante el Real Decreto 329/2002 de 5 de abril. Entre los programas de actuación propuestos figura el Programa de Regadíos Sociales ideado para transformaciones de pequeñas superficies (inferiores a 2.500 has) en áreas desfavorecidas con la finalidad de fijar población, crear y sostener empleo agrario y equilibrar el territorio. Una de estas zonas era la de Cogolludo que figuraba inicialmente con 600 hectáreas de nueva transformación en regadío. No obstante, el artículo 7 del RD 329/2002 preveía la posibilidad de revisar las actuaciones propuestas en el mismo en función, entre otras variables, del grado de ejecución y con efectos de 1 de enero de 2004. 

 

La paralización en el año 2012 de las obras clasificadas como de interés agrícola general, con su reinicio posterior a finales del año 2018, hace imprescindible adoptar una medida extraordinaria para instrumentar una orden de encargo a Tragsa para poder ejecutar las obras de adecuación y acondicionamiento de las instalaciones clasificadas como interés agrícola común, que asegure con garantías la puesta en marcha de la zona regable de Cogolludo. 

 

Las obras de Interés Agrícola Común las ejecutó directamente la Comunidad de Regantes de Cogolludo comenzando en el año 2008 y finalizando en junio de 2011 (según Acta de finalización), a través de la empresa Agrocaja.

 

No se han podido probar las instalaciones ni poner en carga los 100 kilómetros de tuberías instaladas, ni se ha puesto en carga la balsa de regulación con su consiguiente degradación, ni se ha hecho ninguna actuación en la zona regable, ni de limpieza, ni de mantenimiento de los equipos, etc. 

 

Por ello ha sido necesario el encargo a Tragsatec de la redacción de un proyecto técnico para la adecuación y acondicionamiento de estas infraestructuras comunes de la zona regable para poder poner en funcionamiento todos los elementos y equipos instalados. Por otra parte, se hace necesario encargar la dirección de dicha obra a la empresa pública Geacam. 

SEGUNDA PRÓRROGA DEL PROGRAMA TEMPORAL PARA EL NOMBRAMIENTO DE PERSONAL FUNCIONARIO INTERINO PARA LA GESTIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS VINCULADOS A LAS ACTUACIONES DE INVERSIÓN FINANCIADAS CON FONDOS PROCEDENTES DEL REACT –EU.

El Consejo de Gobierno autoriza la 2ª prórroga durante el año 2023, del programa temporal para el nombramiento de personal funcionario interino en la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, para la gestión de los procedimientos administrativos vinculados a las actuaciones de inversión financiadas con fondos procedentes del REACT –EU, iniciado en el año 2021. 

 

La duración de la 2ª prórroga del programa temporal es de 12 meses y supone la continuidad del nombramiento de 34 funcionarios interinos, desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2023, con unas retribuciones asimiladas a las de los puestos tipos de la Junta de Comunidades correspondientes al Grupo A, subgrupos A1/A2, Grupo C, subgrupo C1, jornada ordinaria y nivel de complemento de destino 22, 20 y 16 respectivamente. 

 

El coste del programa asciende a 1.377.973,72 euros con cargo a la partida presupuestaria 18.02.421A.1*FPA0090015 y ejercicio 2023.

AUTORIZACIÓN DEL PAGO DEL SERVICIO PRESTADO POR LA AGENCIA ESTATAL DE INVESTIGACIÓN EN LA EVALUACIÓN CIENTÍFICO TÉCNICA PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA.

EL CONSEJO DE GOBIERNO AUTORIZA EL RECONOCIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN Y EL PAGO  DE 70.954,63 EUROS, CORRESPONDIENTE AL SERVICIO PRESTADO POR LA AGENCIA ESTATAL DE INVESTIGACIÓN EN LA EVALUACIÓN CIENTÍFICO TÉCNICA DE LOS PROYECTOS PRESENTADOS EN LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA, COFINANCIADAS POR EL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL (FEDER), DENTRO DEL PROGRAMA OPERATIVO DE CASTILLA-LA MANCHA 2021- 2027, CON CARGO A LA PARTIDA PRESUPUESTARIA 76010000G/541B.22706 Y ANUALIDAD DEL 2022.

AUTORIZACIÓN DE UN GASTO PLURIANUAL PARA LA CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS DE REDISTRIBUCIÓN Y REHABILITACIÓN DEL CENTRO INTEGRADO DE FORMACIÓN PROFESIONAL “AGUAS NUEVAS” EN ALBACETE.

El Consejo de Gobierno autoriza un gasto plurianual por importe de 834.990,05 euros, con cargo a la anualidad 2023 y la aplicación presupuestaria 18.02.422B.63000 (FPA 0090010), con destino a la contratación de las obra de redistribución y rehabilitación del centro integrado de formación profesional “Aguas Nuevas” en Albacete, proyecto financiado por el programa operativo FEDER.(programa operativo 2021-2027).

DECRETO POR EL QUE SE TRANSFIERE LA TITULARIDAD DE LA CARRETERA CM-9204, EN SU TOTALIDAD, DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA AL AYUNTAMIENTO DE TRILLO (GUADALAJARA).

El Consejo de Gobierno aprueba el Decreto por el que se transfiere la titularidad de la carretera CM-9204 en su totalidad, de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha al Ayuntamiento de Trillo (Guadalajara).

AUTORIZACIÓN DEL PROYECTO DE RESOLUCIÓN POR LA QUE SE PUBLICA EL CRÉDITO PRESUPUESTARIO DISPONIBLE PARA ATENDER OBLIGACIONES DE CONTENIDO ECONÓMICO DERIVADAS DE LAS SUBVENCIONES A ENTIDADES PRIVADAS SIN ÁNIMO DE LUCRO.

Estas subvenciones se encuentran reguladas en el Decreto 16/2016, de 26 de abril, por la que se regulan las subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro para el mantenimiento de centros destinados a menores afectados por medidas de protección o judiciales, modificado por el Decreto 85/2016, de 27 de diciembre, el Decreto 12/2020, de 7 de abril y por el Decreto 112/2021, de 26 de octubre. 

 

Las ayudas serán concedidas de forma directa por concurrir razones de interés público, social y humanitario. 

 

El crédito disponible tiene como límite la cantidad de 20.261.708,22 euros. 

 

Enlaces relacionados:

 

Decreto 16/2016, de 26 de abril, por la que se regulan las subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro para el mantenimiento de centros destinados a menores afectados por medidas de protección o judiciales, modificado por el Decreto 85/2016, de 27 de diciembre.

AUTORIZAR EL PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INFANCIA Y FAMILIA, POR LA QUE SE CONVOCAN PARA EL AÑO 2023 LAS SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DE SERVICIOS Y PROGRAMAS DE PREVENCIÓN Y ATENCIÓN A LA INFANCIA Y LAS FAMILIAS.

La Resolución tiene por objeto convocar para el año 2023 las subvenciones destinadas a entidades privadas sin fin de lucro para la puesta en marcha o el desarrollo de servicios y programas de prevención y atención a la infancia y a las familias, así como para la realización de estudios e investigaciones de especial relevancia sobre las realidades emergentes actuales de la infancia y de las familias, cuyas bases reguladoras se encuentran en la Orden 150/2018, de 10 de octubre, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el desarrollo de servicios y programas de prevención y atención a la infancia y a las familias (DOCM núm. 203, de 17 de octubre), modificada por Orden 166/2018, de 19 de noviembre, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se modifican diversas órdenes de la Consejería de Bienestar Social por las que se establecen bases reguladoras para la concesión de subvenciones (DOCM núm. 229, de 23 de noviembre) y por la Orden 201/2022, de 18 de octubre. Las ayudas se convocan en régimen de concurrencia competitiva. 
 
Enlaces relacionados:
 
Orden 150/2018, de 10 de octubre, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el desarrollo de servicios y programas de prevención y atención a la infancia y a las familias, modificada por Orden 166/2018, de 19 de noviembre, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se modifican diversas órdenes de la Consejería de Bienestar Social por las que se establecen bases reguladoras para la concesión de subvenciones y por la Orden 201/2022, de 18 de octubre. 
 
Orden 166/2018, de 19 de noviembre, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se modifican diversas órdenes de la Consejería de Bienestar Social por las que se establecen bases reguladoras para la concesión de subvenciones.
 
Orden 201/2022, de 18 de octubre, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se modifica la Orden 150/2018, de 10 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el desarrollo de servicios y programas de prevención y atención a la infancia y las familias.

AUTORIZACIÓN DEL RECONOCIMIENTO DE OBLIGACIONES DERIVADO DE LA OMISIÓN DE FISCALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ATENCIÓN TELEFÓNICA DURANTE EL PERIODO DE PANDEMIA COVID.

La Consejería de Bienestar Social precisa que se autorice el reconocimiento de obligaciones por importe de 23.787,86 euros, derivado de la omisión de fiscalización de la contratación de la línea telefónica 900404030 para informar a los mayores de la región durante el periodo de pandemia COVID. 

 

La factura tuvo entrada en el Registro de Facturas Electrónicas de La Consejería de Bienestar Social con fecha 21/09/2022 (Nº Registro 3347410).

LEY POR EL QUE SE MODIFICA LA LEY 9/2003, DE 20 DE MARZO, DE VÍAS PECUARIAS DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Consejo de Gobierno acuerda aprobar el proyecto de ley por el que se modifica la Ley 9/2003, de 20 de marzo, de vías pecuarias de Castilla-La Mancha y disponer su remisión a las Cortes de Castilla-La Mancha. 

 

Enlaces relacionados:

 

Ley 4/2023, de 24 de febrero, por la que se modifica la Ley 9/2003, de 20 de marzo, de Vías Pecuarias de Castilla-La Mancha.