Los sistemas de abastecimiento de Picadas-Almoguera y de Mancomunidad El Girasol y conducción Almoguera-Algodor-Sagra Este, se encuentran actualmente en explotación mediante contrato suscrito el 10 de septiembre de 2020 entre esta Entidad y la UTE FCC AQUALIA, S.A.–BARAHONA OBRAS Y SERVICIOS, S.L.
El contrato tiene un plazo de ejecución de 2 años, contados a partir del día 15 de septiembre de 2020, éste inclusive, si bien con la posibilidad de prórroga de 2 años, en períodos de 1 año, como igualmente recoge el pliego de cláusulas administrativas particulares.
Habiéndose puesto de manifiesto, a través de solicitud de Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha, (IACLM) la necesidad de prorrogar el actual contrato por un año, por un importe total de 9.518.080,89 €, IVA incluido (8.552.800,81 € de base en explotación y partida a tanto alzado, más el 10% IVA de la primera y el 21 % IVA de la segunda), acorde a los precios iniciales e inalterados del contrato inicial.
Teniendo en cuenta ese importe y las previsiones del art. 21, letra f) de la Ley 8/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2022, debe recabarse previamente la autorización de gasto del Consejo de Gobierno, a través de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural.
De acuerdo con el documento contable RC la Entidad si realizo previamente la correspondiente retención de crédito y figura contabilizada en la partida G/512A/21200 con número de expediente CONTO/2022/8000001170 por las cuantías determinadas para cubrir las necesidades económico financieras para la prórroga del contrato del Sistema de Abastecimiento Picadas-Almoguera (Toledo) y Mancomunidad El Girasol y Conducción Almoguera-Algodor-Sagra Este.
No se habiéndose producido dicha autorización en fecha anterior al vencimiento del contrato procede su convalidación conforme a lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no estando la omisión de autorización calificada en el ordenamiento jurídico de aplicación como un supuesto de nulidad de pleno derecho.