Decreto por el que se regulan los fondos y los planes de mejora de los montes de utilidad pública de Castilla-La Mancha
En el artículo 149.1.23ª de la Constitución Española se establece la competencia exclusiva del Estado en materia de “Legislación básica sobre montes, aprovechamientos forestales y vías pecuarias”.
En el artículo 32.2 del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha se establece que “en el marco de legislación básica del Estado y, en su caso, en los términos que de la misma se establezca, es competencia de la Junta de Comunidades el desarrollo legislativo y la ejecución en materia de montes, aprovechamientos forestales, vías pecuarias, pastos y espacios naturales protegidos, y servicios forestales”. Así mismo el apartado 7 de este artículo 32 otorga la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución en materia de protección del medio ambiente y de los ecosistemas.
La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, asumió por el Real Decreto 1676/84, de 8 de febrero, las funciones atribuidas al Estado, en materia de montes y aprovechamientos forestales, en el marco de la legislación básica estatal.
En el año 1986, las Cortes de Castilla-La Mancha aprobaron el Decreto 75/1986, de 24 de junio, sobre el fondo de inversiones en mejoras forestales de los montes de utilidad pública de las entidades locales y funcionamiento de las Comisiones Provinciales de Montes.
Posteriormente, mediante la Ley 3/2008, de 12 de junio, de Montes y Gestión Forestal Sostenible de Castilla-La Mancha, hace mención, en sus artículos 42 y 43 al fondo de mejoras y a los planes de mejoras respectivamente confirmando, en su disposición derogatoria, única 1, la vigencia del Decreto 75/1986, de 24 de junio hasta el desarrollo de la Ley 3/2008, en todo lo que no se oponga a la misma.
Procedimiento de Participación Pública
Partiendo del texto actual del Decreto 75/1986, se inicia un proceso de recopilación de todos aquellos aspectos del mismo que deben ser modificados y/o mejorados, siempre dentro del marco básico estatal. Transcurridos treinta y cuatro años desde su aprobación, se han producido importantes cambios estructurales, económicos, sociales y legislativos en el entorno de los montes públicos de nuestra Comunidad Autónoma, que han provocado nuevas exigencias en la gestión del fondo de mejoras.
El principal objetivo es mejorar la eficiencia en el manejo de los recursos públicos, con esta modificación se pretende actualizar la gestión del fondo de mejoras de los montes públicos de Castilla-La Mancha adaptándola a normativa básica estatal mediante la inclusión dentro del Fondo de Mejoras a los montes de U.P. de titularidad de la Comunidad Autónoma.
Para ello, se ha realizado un proceso de participación, garantizando así el derecho de toda la ciudadanía a intervenir de manera activa en el proceso de elaboración de esta nueva norma.