Consulta pública previa sobre modificación de orden que establece el procedimiento para la vinculación de centros privados de atención sanitaria especializada

Se pretende modificar la regulación, en materia de vinculación de centros privados de atención sanitaria especializada, ubicados en Comunidades Autónomas limítrofes con Castilla-La Mancha.
a) Antecedentes de la norma
Estatal:
La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.
Autonómica:
La Ley 8/2000, de 30 de noviembre, de Ordenación Sanitaria de Castilla-La Mancha.
Orden de 22 de junio de 2010, de la Consejería de Salud y Bienestar Social, por la que se establece el procedimiento para la vinculación de centros privados de atención sanitaria especializada a la red hospitalaria pública de Castilla-La Mancha.
b) Necesidades o áreas de mejora que se pretenden solucionar con esta iniciativa:
En la actualidad la oferta asistencial privada en la Comunidad Autónoma es en algunos casos insuficiente para cubrir la demanda solicitada por el SESCAM y en otros el paciente se ve obligado a realizar largos desplazamientos.
La modificación de esta Orden pretende mejorar la eficacia en la atención a los pacientes de modo que, en el supuesto de que sea necesario, sean atendidos en centros privados vinculados ubicados a la menor distancia posible de su domicilio habitual y con la menor lista de espera.
c) La necesidad y oportunidad de su aprobación
La justificación de esta modificación de la Orden viene impuesta por la necesidad de que el Sescam pueda suscribir convenios de vinculación con centros sanitarios de otras comunidades limítrofes, logrando una mayor eficacia en la atención al paciente.
d) Los objetivos de la norma.
El objetivo que pretende la propuesta normativa es mejorar la eficacia y la atención a los pacientes, en los supuestos excepcionales indicados en esta norma.
e) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
El principio de eficacia que debe presidir la actuación administrativa aconseja la elaboración de una Orden de modificación de la actual.
Para dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se formula consulta a la ciudadanía, previa a la modificación de la Orden, para que los ciudadanos y organizaciones puedan aportar sus opiniones y sugerencias sobre los aspectos planteados en este documento.
Los interesados pueden enviar sus propuestas a la Dirección General de Asistencia Sanitaria del SESCAM, a través del correo electrónico dgas@sescam.jccm.es y en cualquiera de los lugares descritos en el artículo 16.4, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las aportaciones se podrán realizar a partir del día 26 de noviembre de 2018, fecha en la que se publica en la web, hasta el día 11 de dicembre de 2018.