Programa de control periódico de las Unidades Sanitarias de los Servicios de Prevención

Conjunto de acciones destinadas a evaluar, periódicamente, el mantenimiento de los criterios básicos sobre la organización de recursos para desarrollar la actividad sanitaria de los servicios de prevención.
En este mismo sentido, la normativa sanitaria Estatal (Real Decreto 39/1997 y Real Decreto 337/2010) describe la necesidad y obligación de la vigilancia y control por parte de la Autoridad Sanitaria de las actuaciones que se lleven a cabo por los Servicios de Prevención y el Real Decreto 843/2011 que establece los criterios básicos sobre la organización de recursos para desarrollar la actividad sanitaria de los Servicios de Prevención.
Por otra parte, el procedimiento a seguir para la obtención de las preceptivas autorizaciones sanitarias, serán los establecidos en el Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, de bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios, y Decreto 125/2022, de 7 de diciembre, de autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios en Castilla-La Mancha y de derogación y modificación de otros decretos en materia sanitaria.
Objetivos
- Supervisar con periodicidad anual el cumplimiento de los requisitos técnicos exigidos a los Servicios sanitarios de los servicios de prevención de riesgos laborales.
- Evaluar la actividad sanitaria que desarrollan los servicios de prevención, Impulsando una vigilancia veraz de la salud de los trabajadores en cuanto a calidad, suficiencia y adecuación.
- Vigilancia y control periódicos (al menos una vez al año) de las actividades sanitarias de los Servicios de Prevención que hayan sido autorizados para realizar Vigilancia de la Salud a los trabajadores de Castilla-La Mancha.
Actividades
- Visita periódica al Servicio de Prevención, con solicitud de documentación relacionada con la actividad de Vigilancia de la Salud, comprobación de la existencia de recursos materiales y humanos adecuados a dicha actividad y según Normativa vigente.
- Una vez realizada la visita y revisada la documentación aportada, se deber solicitar al servicio de prevención, con plazo, la corrección de deficiencias encontradas, si las hubiera, y comprobar las subsanaciones.
- Elaboración de informe sanitario. En caso de informe desfavorable, tramitación posterior, con propuesta de actuaciones dirigidas tanto a la Autoridad Sanitaria como Laboral, dependiendo de las circunstancias.
