Funciones y competencias

Funciones y Competencias de la Viceconsejería de Transformación Digital

1. A la Viceconsejería Transformación Digital le corresponden las siguientes funciones:
a) La coordinación, dirección y supervisión de la actividad de las Direcciones Generales que se hallan bajo su dependencia.
b) La planificación, coordinación, dirección y ejecución de la estrategia e instrumentos de transformación digital y digitalización de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, sus organismos autónomos y entidades públicas vinculadas o dependientes.
c) La dirección y gestión de todas las actuaciones de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, sus organismos autónomos y entidades públicas vinculadas o dependientes en materia de tecnologías de la información, telecomunicaciones e infraestructuras digitales.
d) El fomento y la regulación de los servicios digitales y de la economía y sociedad digitales.
e) La planificación estratégica, dirección y coordinación en materia de inteligencia artificial y ciberseguridad.
f) El impulso, diseño y dirección de los programas de capacitación y certificación de competencias digitales que fomenten el desarrollo socioeconómico de la región y favorezcan el empleo.
g) El impulso, dirección y coordinación de los programas y actuaciones dirigidos a la plena implantación de la administración electrónica, la sede electrónica, el registro electrónico, el archivo electrónico y la innovación administrativa; así como la implantación, mantenimiento y evolución de las soluciones técnicas que se adopten a para su consecución.
h) La planificación, impulso y coordinación de las competencias atribuidas a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha por la normativa de comunicación audiovisual y medios audiovisuales.
i) El ejercicio de la potestad sancionadora sobre los servicios de radio y de televisión prestados al amparo de títulos habilitantes otorgados por la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha respecto de las infracciones tipificadas como graves en la normativa sobre comunicación y medios audiovisuales.
2. Las competencias atribuidas en este decreto a la Viceconsejería de Transformación Digital y a las Direcciones Generales adscritas a la misma se ejercerán en coordinación con las atribuidas al Servicio de Salud en Castilla-La Mancha en materia de tecnologías de la información y digitalización.