Consejería de Educación, Cultura y Deportes

CONSULTA PÚBLICA PREVIA SOBRE UN PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REGULA EL CONSEJO DE LA ACTIVIDAD FÍSICA Y EL DEPORTE DE CASTILLA-LA MANCHA

De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, se establece que, con carácter previo a la elaboración del proyecto de reglamento, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:
 
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c) Los objetivos de la norma.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
 
Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en este documento, hasta el día 19 de febrero de 2018, a través del siguiente buzón de correo electrónico: dgdeportes@jccm.es.
 
Ello sin perjuicio de las medidas adicionales de participación a desarrollar en los sucesivos trámites, preceptivos o no, de la tramitación del decreto propuesto.
 
A tal fin, y con objeto de que las personas u organismos que estén interesados en manifestar su opinión sobre la materia cuenten con una mínima información al respecto, se pasa a continuación a hacer un breve resumen sobre la motivación de esta iniciativa:
 

Antecedentes de la norma

La Ley 1/1995, de 2 de marzo, del Deporte en Castilla-La Mancha creó como parte de la organización administrativa del deporte en la región el Consejo Regional de Deportes. En concreto, su creación y regulación básica se recogía en los artículos 21 y 22 de la mencionada ley.
 
En desarrollo de los citados preceptos de dicha ley, fue aprobado el Decreto 12/1998, de 17 de marzo, por el que se crea el Consejo Regional de Deportes de Castilla-La Mancha y su Comisión Directiva.
 
Mediante la Ley 5/2015, de 26 de marzo, de la Actividad Física y del Deporte de Castilla-La Mancha, consciente de la evolución y cambio social operado en el ámbito deportivo en los últimos años, y de la importancia que tiene la participación de los distintos sectores sociales en el ámbito de la actividad física y el deporte, se creó el Consejo de la Actividad Física y el Deporte de Castilla-La Mancha, como órgano de participación de entidades públicas y privadas, así como órgano de consulta y asesoramiento a la Consejería, en sustitución del anterior Consejo Regional de Deportes.
 

Problemas que se pretenden solucionar con la nueva norma

Si bien, de conformidad con la disposición derogatoria única de la Ley 5/2015, de 26 de marzo, el Decreto 12/1998, de 17 de marzo, por el que se crea el Consejo Regional de Deportes de Castilla-La Mancha y su Comisión Directiva, continua en vigor en todo aquello que no se oponga a dicha ley, resulta necesario adecuar el desarrollo reglamentario al nuevo órgano de participación, a sus estructuras, composición y régimen de funcionamiento que establece la ley.
 

Necesidad y oportunidad de su tramitación

La Ley 5/2015, de 26 de marzo, de la Actividad Física y del Deporte de Castilla-La Mancha, creó el Consejo de la Actividad Física y el Deporte de Castilla-La Mancha como órgano de participación de las entidades públicas y privadas, así como de los sectores sociales con intereses en la organización y promoción de la actividad física y el deporte, configurándolo como un órgano de consulta y asesoramiento a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes para la elaboración e implementación de sus políticas en el área deportiva.
 
Para lograr plenamente la consecución de esos objetivos hay que proceder al desarrollo reglamentario de esta materia mediante la aprobación de un nuevo decreto que se ajuste a la regulación existente sobre dicho órgano en el Título VI de la Ley 5/2015, de 26 de marzo.
 
En este sentido, la disposición final segunda de la Ley 5/2015, de 26 de marzo, recoge la autorización expresa al Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha para desarrollar reglamentariamente la ley.
 

Objetivos de la norma

El objetivo principal del futuro decreto es desarrollar aquellas cuestiones al respecto del Consejo de la Actividad Física y el Deporte de Castilla-La Mancha, que la regulación legal ha reservado al desarrollo reglamentario, tales como y entre otras, las distintas Comisiones en las que se estructurará el Consejo, su composición, funciones y régimen de funcionamiento, estableciendo una regulación concreta y estable sobre el mencionado órgano.
 

Posibles soluciones alternativas, regulatoria y no regulatorias

A juicio de esta Consejería, y teniendo en cuenta la necesidad de proceder al desarrollo reglamentario de la Ley 5/2015, de 26 de marzo, en distintas materias y en especial en lo referente al principal órgano de participación en materia de actividad física y deporte en Castilla-La Mancha, lo más conveniente sería la elaboración de un decreto en esta materia, teniendo en cuenta que el actual Decreto 12/1998, de 17 de marzo, establece cuestiones no coincidentes con la actual regulación legal, lo cual genera dificultades y confusiones en el funcionamiento del Consejo de la Actividad Física y el Deporte de Castilla-La Mancha que resulta necesario solucionar.
 
 

 

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