Consejería de Educación, Cultura y Deportes

CONSULTA PÚBLICA PREVIA SOBRE LA NORMATIVA REGULADORA DE LAS INSTALACIONES JUVENILES EN CASTILLA-LA MANCHA

De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, se establece que, con carácter previo a la elaboración del proyecto de reglamento, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:
 
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c) Los objetivos de la norma.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
 
Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en este documento, hasta el día 10 de mayo de 2018, a través del siguiente buzón de correo electrónico: juventud@jccm.es.
 
Ello sin perjuicio de las medidas adicionales de participación a desarrollar en los sucesivos trámites, preceptivos o no, de la tramitación de la normativa propuesta.
 
A tal fin, y con objeto de que las personas u organismos que estén interesados en manifestar su opinión sobre la materia cuenten con una mínima información al respecto, se pasa a continuación a hacer un breve resumen sobre la motivación de esta iniciativa:

 
Antecedentes de la norma
Las Instalaciones Juveniles en Castilla-La Mancha se regulan por el Decreto 83/1998, de 28 de julio, sobre ordenación de los albergues juveniles y creación de la Red de Albergues Juveniles de Castilla-La Mancha (DOCM 34 de 31-07-1998) y la Orden de 04-03-99, relativa a los requisitos de deben cumplir los albergues juveniles de Castilla-La Mancha para su reconocimiento. (DOCM 15 de 20-03-1999).
 
 
Problemas que se pretenden solucionar con la nueva norma
La aparición de nuevas instalaciones destinadas al servicio de los jóvenes hace necesaria la revisión de la norma reguladora de la red de albergues de Castilla-La Mancha y la inclusión de otros tipos de instalaciones en la ordenación tales como campamentos juveniles u otros espacios destinados a la juventud sin prestación de servicio de alojamiento como centros jóvenes, casas de juventud, etc.,  destinadas preferentemente a prestar servicios de convivencia, formación, información y actividades juveniles.
 
La nueva norma establecerá los requisitos de cada una de las tipologías, los derechos y deberes de los usuarios y deberá permitir la realización de un seguimiento y control de las diferentes instalaciones con objeto de comprobar el adecuado cumplimiento de los requisitos y condiciones técnicas establecidas.
Dada la antigüedad de la norma vigente se hace necesario su adecuación al resto de normativas vigentes que le puedan afectar.
 
 
Necesidad y oportunidad de su tramitación
Se hace necesaria su tramitación ya que la aparición de nuevas y diferentes instalaciones que carecen de regulación se deja a los usuarios de las mismas en indefensión de sus derechos.
 
Es oportuna en este momento porque la regulación se hará paralelamente a la del proyecto de Decreto referido a la ordenación de los albergues turísticos de Castilla-La Mancha impulsada por la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.
 
 
Objetivos de la norma
El objetivo de la norma es la ordenación de las instalaciones juveniles que perteneciendo a la Administración General de la Comunidad Autónoma, a las administraciones locales o a entidades públicas o privadas, se encuentren al servicio de la juventud, para facilitar la convivencia, el alojamiento, la formación y la participación de la juventud y estén radicados en el territorio de Castilla-La Mancha.
 
Regular los requisitos mínimos a cada tipo de instalación, incrementar la simplificación administrativa en el procedimiento de solicitud de autorización y de inscripción, proteger los derechos de los consumidores y usuarios e incrementar la seguridad jurídica para los titulares de las instalaciones.
 
 
Posibles soluciones alternativas, regulatoria y no regulatorias
A juicio de esta Consejería, y teniendo en cuenta los objetivos ambiciosos que se pretenden, así como para garantizar una mayor seguridad y transparencia para los operadores jurídicos, lo más conveniente es elaborar un texto, con rango de Decreto
 

Enlace permanente: 
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