Viceconsejería de Medio Ambiente
Visor Cartográfico y Buenas Prácticas
INFORMACIÓN AMBIENTAL PARA LA INSTALACIÓN DE PROYECTOS PRIORITARIOS EN CASTILLA-LA MANCHA
La especial situación de crisis sanitaria que estamos sufriendo está teniendo consecuencias socioeconómicas muy importantes en todo el mundo. En esta región, el 3 de junio de 2020, se suscribió el Acuerdo político para la recuperación de Castilla-La Mancha post COVID-19, que incluyó entre sus medidas la aprobación de una ley que estableciera la tramitación preferente y la agilización y simplificación administrativa de iniciativas empresariales que atrajeran inversiones consideradas estratégicas para Castilla-La Mancha.
Consecuencia de ello, el 31 de julio se publica en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha la Ley 5/2020, de 24 de julio, de Medidas Urgentes para la Declaración de Proyectos Prioritarios en Castilla-La Mancha aprobada por las Cortes Regionales.
La ley pretende contribuir, mediante la simplificación de los trámites administrativos y la creación de instrumentos de apoyo a los proyectos prioritarios, a la reactivación de la actividad económica como la mejor manera de superación de las consecuencias socioeconómicas o cualquier otra que por otras circunstancias sanitarias, naturales o de cualquier otra índole se pudiera producir en el territorio de Castilla-La Mancha.
La ley establece 14 sectores económicos estratégicos que son los siguientes:
1. El sector agrícola, ganadero y forestal.
2. El sector de la energía.
3. El sector de la economía circular.
4. El sector agroalimentario.
5. El sector aeronáutico.
6. El sector de la industria, en general.
7. El sector de la logística y los transportes.
8. El sector de las telecomunicaciones y las tecnologías de la información y la comunicación.
9. El sector de la atención a la dependencia.
10. Sectores relacionados con la prestación de servicios públicos en régimen de concesión o de autorización administrativa.
11. El sector del turismo y la hostelería.
12. El sector de las actividades cinematográficas, de vídeo y de programas de televisión.
13. El sector de la investigación, el desarrollo y la innovación.
14. El sector de la artesanía.
Con objeto de facilitar la información a los promotores en relación con los condicionantes ambientales a los que puedan estar sometidos los distintos tipos de proyectos, la ley 5/2020 clasifica el territorio en:
a) Zonas aptas: el territorio de la Comunidad Autónoma no incluido en las otras zonas que cuenta con recursos naturales no sometidos a regulación especial y por lo tanto es apto para la absorción de determinados proyectos empresariales o industriales.
b) Zonas potencialmente aptas, pero con limitaciones ambientales: zonas con recursos naturales de interés general para la protección de determinados valores naturales que deben considerarse aptas para la absorción de determinados proyectos con condicionantes ambientales.
c) Zonas sometidas a regulación específica ambiental: zonas que albergan valores ambientales especialmente sensibles y que se corresponden con áreas declaradas como protegidas por la aplicación de la normativa vigente.
Así mismo, las Cortes Regionales, mediante esta Ley, encarga a la Consejería con competencias
en materia ambiental, para que en el plazo de tres meses, ponga a disposición de la ciudadanía
un visor cartográfico en el que se especifique los condicionantes ambientales a los que se puede
ver sometido un determinado proyecto y elaborará además unos manuales de buenas prácticas
ambientales para la implantación y el desarrollo de los proyectos.
Con fecha 30 de octubre, cumpliendo con el mandato establecido en la Ley 5/2020, la Consejería
de Desarrollo Sostenible ha puesto a disposición del público el visor cartográfico para 6 tipos de
proyectos pertenecientes a los sectores estratégicos que pueden originar afecciones al medio
natural o cuya ejecución y puesta en marcha pueden estar condicionados ambientalmente. Se
trata de los tipos de proyectos, que se considera que más demanda soportan y que son los
siguientes:
• Plantas fotovoltaicas
• Parques eólicos
• Instalaciones de telecomunicación (repetidores, antenas)
• Explotaciones ganaderas intensivas
• Explotaciones agrícolas en regadío.
• Centros de tratamiento o gestión de residuos
URLs de Interés:
Visor cartográficoDescargas:
Buenas Prácticas
Buenas Prácticas. Instalaciones Energía: Plantas fotovoltaicas y Parques eólicos
Formato pdf:
instalaciones_de_produccion_de_energia_fotovoltaicas_y_eolicas.pdf