Decreto por el que se modifica el Decreto 38/2018, de 5 de junio, por el que se crea la Comisión de Seguimiento de la Agenda 2030
El Decreto 38/2018, de 5 de junio, por el que se crea la Comisión de Seguimiento de la Agenda 2030, en su artículo 3 establece la composición de dicha comisión, entre la que no se encuentra la participación del ámbito de la Universidad ni de las organizaciones representativas de las personas trabajadoras, haciéndose necesaria dicha incorporación.
Mediante el Decreto 87/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Desarrollo Sostenible, se asumen las competencias de Agenda 2030.
Así mismo, el Decreto 276/2019, de 17 de diciembre, de modificación del Decreto 87/2019, en su artículo 11 amplía las competencias y funciones en materia de Agenda 2030 a la Dirección General de Agenda 2030 y Consumo, teniendo su repercusión en las funciones de la Comisión de Seguimiento.
Ante la situación planteada es necesario se estime la entrada en vigor de forma inmediata, ya que se obvió la participación de la Universidad y el sector sindical en representación de las personas trabajadoras, favoreciendo la participación que la propia Agenda 2030 promueve. La ampliación de diversos actores de distintos ámbitos, pretende ser una representación de la sociedad, es por esto que resulta imprescindible contar con la participación de la Academia y los agentes sociales, enriqueciendo el seguimiento de la Agenda 2030 en nuestra región.
En este contexto, el objetivo es ampliar la participación en dicha Comisión a otros agentes sociales, económicos y ambientales.
La modificación del Decreto 38/2018 supondrá ampliar el marco de participación social en el desarrollo de la Estrategia Agenda 2030 de Castilla La Mancha, favoreciendo y aplicando la participación.