Viceconsejería de Servicios y Prestaciones Sociales

SUBVENCIONES CON CARGO AL IRPF

La concesión de subvenciones a entidades del tercer sector con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del impuesto sobre la renta de las personas físicas (en adelante IRPF) es una medida del Estado consolidada en el tiempo y arraigada en la sociedad española.
 
Hasta el año 2013 estas ayudas se estructuraron en función de los colectivos protegidos, pero a partir del Real Decreto-Ley 7/2013, de 28 de junio, de medidas urgentes de naturaleza tributaria, presupuestaria y de fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación se trató de dar una respuesta eficaz a las demandas de aquellos sectores en los que era necesario incidir con una mayor urgencia. 
 
El Real Decreto 536/2013, de 12 de julio, estableció las bases reguladoras de las subvenciones estatales destinadas a la realización de programas de interés general con cargo a la asignación tributaria del IRPF en el ámbito de la Secretaria de Estado de Servicios Sociales e Igualdad. A partir de entonces esta norma ha regido las convocatorias anuales de estas subvenciones hasta el año 2016. Sin embargo, en cumplimiento de la sentencia del Tribunal constitucional 9/2017, de 19 de enero, dictada en el conflicto de competencias C-4777, el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia acordó que el futuro modelo de gestión del 0,7% del IRPF fuera un modelo mixto (tramo Administración General del Estado-tramo Comunidad Autónoma).
 
Así, en Castilla-La Mancha, en 2017 se regulan por primera vez las subvenciones con cargo a la asignación del IRPF, con unas bases de carácter continuista con las prioridades de financiación determinadas a nivel estatal, para facilitar el proceso de transición al modelo de gestión mixto. En el siguiente ejercicio, se regulan nuevas bases, fijando nuevas líneas y sublíneas de subvención adaptadas a la organización y a las líneas de financiación del Gobierno regional, con el fin de promover la eficacia y la eficiencia en el trabajo, en colaboración con las entidades del tercer sector social para la atención a las necesidades de la población de Castilla-La Mancha.
 
Para el ejercicio 2018 se elaboraron unas bases adaptadas a la organización y las líneas de financiación del gobierno regional. Se fijaron así, nuevas líneas y sublíneas subvencionables con el fin de promover la eficacia y la eficiencia en el trabajo, en colaboración con las entidades del tercer sector social para la atención a las necesidades de la población de Castilla-La Mancha.
 
La permanente evolución de las necesidades sociales, así como de los y las agentes que intervienen en su atención, hace necesaria la periódica revisión y actualización de lo establecido en las bases reguladoras de estas subvenciones, tanto en lo relativo a las propuestas a financiar, identificando nuevas líneas y sublíneas de subvención y redefiniendo las existentes, como en lo relativo a las condiciones en las que se otorgan. Así, en 2020 se reguló una nueva Orden de bases que promueve una respuesta más acorde a las dificultades actuales la población castellanomanchega, al tiempo que plantea unos términos de relación con las entidades del tercer sector más adaptados a su presente funcionamiento.
 
De este modo, la convocatoria del IRPF supone una vía importante de financiación para el Tercer Sector Social, tanto para el sostenimiento de sus estructuras como para el desarrollo de su acción, para que las entidades sociales, desde la especialización y la complementariedad a la Administración Regional, puedan atender a las necesidades que ya vienen atendiendo y hacer frente a nuevos riesgos sociales que van apareciendo y que precisan de atención profesionalizada, flexible y de proximidad.
Mediante Resolución de 22/06/2022, de la Consejería de Bienestar Social, se convocan para el año 2022 las subvenciones destinadas a la realización de proyectos de interés general con cargo a la asignación tributaria del impuesto sobre la renta de las personas físicas en el ámbito de Castilla-La Mancha (DOCM Nº 120 de 24 de agosto de 2022).
 
CONTENIDO DE LOS PROYECTOS
Los Proyectos subvencionables serán los que tengan como finalidad la realización de actividades de interés general destinadas a cubrir necesidades específicas de asistencia social dirigidas a las personas en situación de pobreza y exclusión social o que se encuentren en otras situaciones de especial vulnerabilidad, considerándose las siguientes Líneas de subvención:
Línea 1: Inclusión social, voluntariado y participación
Línea 2: Infancia y familia.
Línea 3: Promoción de la autonomía personal y atención a la dependencia.
Línea 4: Apoyo a la inclusión social de las personas con discapacidad y fomento de la accesibilidad a los entornos.
Línea 5: Mejora de la calidad de vida de las personas mayores.
Línea 6: Juventud.
Línea 7: Igualdad de género y prevención de la LGTBI-fobia.
Línea 8: Atención social a personas en situación de especial vulnerabilidad debido a factores de salud.
 
ENTIDADES BENEFICIARIAS
Podrán acceder a la condición de entidades beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta orden, Cáritas Española, la Cruz Roja Española, la Organización Nacional de Ciegos Españoles, las entidades definidas en el artículo 2 de la Ley 1/2020, de 3 de febrero, del Tercer Sector Social de Castilla-La Mancha y todas aquellas otras asociaciones y/o sus federaciones que reúnan los requisitos establecidos en las bases reguladoras.
 
FINANCIACIÓN
La cuantía total máxima destinada a la convocatoria de 2021 es de 13.890.453,00 € euros, que se imputarán a las aplicaciones presupuestarias 27.12.312A.48000 y 27.12.312A.78000, de acuerdo con el desglose siguiente:
 
a) 27.12.312A.48000 (Fondo 595): 13.612.644,00 euros.
b) 27.12.312A.78000 (Fondo 595):  277.809,00 euros.
 
Los créditos asignados para cada Línea de subvención en la presente convocatoria son los siguientes:
 
Línea 1. Inclusión social, voluntariado y participación. 4.713.280,00 euros.
Línea 2. Infancia y familia. 1.547.743,60 euros.
Línea 3. Promoción de la autonomía personal y atención a la dependencia. 543.868,00 euros.
Línea 4. Apoyo a la inclusión social de las personas con discapacidad y fomento de la accesibilidad a los entornos. 3.301.682,80 euros.
Línea 5. Mejora de la calidad de vida de las personas mayores. 2.027.833,60 euros.
Línea 6. Juventud. 547.476,80 euros.
Línea 7. Igualdad de género y prevención de la LGTBI-fobia.  205.296,00 euros.
Línea 8. Atención social a personas en situación de especial vulnerabilidad debido a factores de salud. 1.003.272,20 euros
 
El importe máximo individualizado por cada proyecto subvencionado no excederá del establecido para cada línea en el anexo I de las bases reguladoras.
 
PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las solicitudes, debidamente firmadas de forma electrónica, se dirigirán a la persona titular de la Consejería competente en materia de servicios sociales y deberán presentarse mediante el modelo habilitado al efecto en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la siguiente dirección: http://www.jccm.es  que quedará anotada en el registro electrónico.
 
Junto a la solicitud se presentará la memoria explicativa de las características sustanciales de la entidad solicitante y del proyecto para el que se solicita la subvención, cuyo modelo estará disponible en la sede electrónica y que se anexará a través de la misma.
 
Podrán presentarse únicamente tres solicitudes por cada Línea de subvención, excepto para la Línea 1. Inclusión social, Voluntariado y Participación, a la que podrán presentarse cuatro solicitudes, siempre que se presenten tres con propuestas de inclusión social, a las sublíneas comprendidas entre la a) y la i), y una con propuesta de voluntariado y participación, a una sublínea comprendida entre la j) y la n).
 
Se presentará una única solicitud por cada proyecto a financiar, identificando la línea y sublínea a la que concurre. En el caso que una entidad presente proyectos idénticos o coincidentes a varias Líneas y/o Sublíneas, quedarán excluidas de la convocatoria todas las solicitudes en las que se dé esta condición.
 
Los documentos originales que puedan resultar necesarios para la concesión de la subvención se digitalizarán y se presentarán como anexos. Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, únicamente serán tenidos en cuenta los documentos presentados a través de la siguientedirección: https://www.jccm.es//sede/ventanilla/consultarexpediente  correspondiente al trámite: “Cómo van mis trámites” de la Sede electrónica. La remisión de toda la documentación que genere el procedimiento de concesión de las subvenciones reguladas en esta convocatoria se realizará de forma telemática.
 
Para facilitar la tramitación electrónica del expediente, la entidad solicitante se dará de alta en la plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la siguiente dirección: https://notifica.jccm.es/notifica
 
No se admitirán a trámite las solicitudes presentadas por medios distintos al señalado anteriormente, ni se valorarán documentos o comunicaciones que no se envíen a través de la dirección reseñada.
 
TRÁMITES RELACIONADOS
030701 SUBVENCIONES DESTINADAS A LA REALIZACION DE PROYECTOS DE INTERES GENERAL CON CARGO A LA ASIGNACION TRIBUTARIA DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS , EN EL AMBITO DE CASTILLA-LA MANCHA.

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