Acuerdos del Consejo de Gobierno 8 de julio de 2025

Acuerdos del Consejo de Gobierno

Acuerdos del Consejo de Gobierno 8 de julio de 2025

ACUERDOS

DECRETO POR EL QUE SE REGULA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES A ENTIDADES CON OPERACIONES SELECCIONADAS POR LA AUTORIDAD DE GESTIÓN PARA SU FINANCIACIÓN CON EL FONDO SOCIAL EUROPEO PLUS.

El decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones a diversas entidades con operaciones seleccionadas por la Autoridad de Gestión para el desarrollo de aquellos tramos de los Programas estatales Fondo Social Europeo Plus que se desarrollen en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, con el fin de colaborar financieramente en la cofinanciación que complementa a la del Fondo Social Europeo Plus. 

 

La finalidad de estas ayudas se incardina en la canalización de la mayor cantidad de fondos comunitarios destinados al fomento de una cultura igualitaria en el mercado de trabajo, promoviendo la estabilidad en el empleo y propiciando la contratación de trabajadores, en especial jóvenes, mujeres, inmigrantes, discapacitados, minorías y, en general, colectivos cuya inserción en el mercado laboral es más dificultosa. Por todo ello se hace necesaria la colaboración financiera con las entidades que contempla este decreto, en la cofinanciación que complementa a la del Fondo Social Europeo Plus, para así garantizar la mayor cantidad de fondos para su implementación en Castilla-La Mancha y con ello contribuir al cumplimiento de los objetivos establecidos. 

 

Las subvenciones cuya regulación tiene por objeto el decreto se otorgarán en régimen de concesión directa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 75.2.c) del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, así como en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, por concurrir razones de interés público y social que justifican la imposibilidad de la concurrencia pública. 

 

Son entidades beneficiarias las siguientes entidades sin ánimo de lucro:

 

a) Fundación Acción contra el Hambre

b) Fundación Secretariado Gitano

c) Cruz Roja Española

d) Fundación ONCE para la Cooperación e Inclusión Social de Personas con Discapacidad

e) YMCA (Young Men´s Christian Association)

f) Fundación CEPAIM Acción Integral con Migrantes

g) Fundación Ayuda en Acción

h) Fundación INCYDE (Instituto para la Creación y Desarrollo de la Empresa)

i) Cáritas Española

j) Asociación Proyecto Hombre

k) Fundación Santa Maria la Real del Patrimonio Histórico

l) Confederación de Centros de Desarrollo Rural (COCEDER)

m) Asociación Mensajeros de la Paz

 

AUTORIZACIÓN PREVIA A LA APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA REALIZACIÓN DEL DISEÑO Y DINAMIZACIÓN DE LAS ACTUACIONES DERIVADAS DEL IV PLAN DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Consejo de Gobierno ha acordado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 21.1 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, aprobación del expediente de contratación del servicio de asistencia técnica para la realización del diseño y dinamización de las actuaciones derivadas del IV Plan de Formación Profesional de Castilla-La Mancha, así como las actividades de seguimiento y evaluación del mismo, por un importe de 805.894,28 euros. 

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA EL CONTRATO DEL SERVICIO INTEGRADO DE SEGURIDAD Y CONTROL EN EDIFICIOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS (N.º EXPEDIENTE 2025/004330).

El gasto del contrato del servicio integrado de seguridad y control en edificios de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos autónomos en las provincias de Albacete, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara y Toledo (n.º expediente 2025/004330), supera el límite de 750.000,00 €, por lo que la aprobación del expediente requiere la autorización previa del Consejo de Gobierno, en virtud de lo dispuesto en el artículo 21.1 de la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025.

ACUERDO POR EL QUE SE TOMA CONOCIMIENTO DEL INFORME-RESUMEN ANUAL DE LAS ACTUACIONES DE CONTROL INTERNO DESARROLLADAS POR LA INTERVENCIÓN GENERAL DURANTE EL EJERCICIO 2024.

El artículo 104.4 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla La Mancha, dispone que la Intervención General presentará anualmente al Consejo de Gobierno, a través del titular de la Consejería competente en materia de hacienda, un informe-resumen de los resultados más significativos de las actuaciones de control financiero de cada ejercicio. 

ACUERDO POR EL QUE SE FORMALIZA LA APLICACIÓN, A FAVOR DEL PERSONAL AL SERVICIO DEL SECTOR PÚBLICO REGIONAL, DEL INCREMENTO RETRIBUTIVO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 6.2 DEL REAL DECRETO-LEY 4/2024, DE 26 DE JUNIO.

El artículo 35.2 de la Ley 11/2023, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2024 dispone que con efectos a partir del 1 de enero de 2024, las retribuciones íntegras del personal al servicio del sector público regional, ya se trate de altos cargos, puestos directivos, personal funcionario, eventual, estatutario o laboral, experimentarán, en su caso, el incremento que establezca la normativa básica del Estado con respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2023 en términos de homogeneidad para los dos períodos de la comparación, tanto por lo que respecta a efectivos de personal, como a la antigüedad del mismo. 

 

La normativa básica del Estado viene contemplada en el artículo 6 del Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social, dedicado al incremento retributivo del personal al servicio del sector público para el año 2024. 

AUTORIZACIÓN DE LA CONVOCATORIA CONTENIDA EN LA RESOLUCIÓN POR LA QUE SE CONVOCAN PARA 2025 LAS AYUDAS DESTINADAS A PROMOVER LA COOPERACIÓN MEDIANTE LA CONSTITUCIÓN DE GRUPOS OPERATIVOS DE LA AEI-AGRI.

Con estas ayudas se persigue fomentar y apoyar la interacción que, en el seno de dichos Grupos Operativos de innovación, se establecen entre los productores primarios, las industrias agroalimentarias, los centros de investigación, las academias científicas reconocidas, los centros tecnológicos y/o innovación, los servicios de asesoramiento, etc. que persigan la solución de problemas o el aprovechamiento de oportunidades de mercado de manera innovadora. 

 

Estas ayudas se financian con cargo al Plan Estratégico de la PAC 2023-2027, y se encuadran dentro de la intervención 7161 “Cooperación de grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas (AEI-Agri). 

 

El presupuesto de la convocatoria asciende a 10.000.000,00 euros, que se imputarán a los créditos presupuestarios de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural incluidos en las partidas presupuestarias G/541C/21060000/48000 y G/541C/21060000/78000, quedando condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en las anualidades indicadas y con la distribución entre fondos propios y finalistas.

ADQUISICIÓN DE UN MÍNIMO DE 38 VEHÍCULOS PARA CONTINUAR CON LA RENOVACIÓN DEL PARQUE AGRÍCOLA ADSCRITO A LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO RURAL.

La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural tiene encomendadas las funciones, entre otras, de la planificación de la actividad económica y fomento del desarrollo económico de la región, en los sectores agrícola, ganadero y agroalimentario, política de desarrollo rural territorial, planificación, ordenación y gestión en los ámbitos de la sanidad animal y vegetal, ferias y mercados de productos del ámbito propio de la Consejería, gestión de ayudas e intervenciones derivadas de la Política Agraria Común, competencias adquiridas por el Decreto 107/2023 de 25 de julio. 

 

Para lo cual es necesario el empleo de vehículos, en su gran mayoría tipo SUV, dada la orografía del terreno por la que van a prestar servicio, en muchas ocasiones tienen que circular por caminos o pistas con posibles obstáculos como plantas, piedras o barro e incluso subir pronunciadas pendientes. 

 

Además, la amplia extensión de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, hace necesaria mucha movilidad por parte del personal, para realizar las funciones confiadas. 

DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE LA ORDENACIÓN Y EL CURRÍCULO DE LAS ENSEÑANZAS ELEMENTALES DE MÚSICA EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Consejo de Gobierno aprueba el decreto por el que se establece la ordenación y el currículo de las enseñanzas elementales de música en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. 

 

El decreto establece la ordenación y el currículo de las enseñanzas elementales de música en la Comunidad Autónoma de Castilla- La Mancha, de conformidad con lo establecido en el artículo 48.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y es de en los centros públicos y privados de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha que, debidamente autorizados, impartan las enseñanzas elementales de música. 

DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE LA ORDENACIÓN Y EL CURRÍCULO DE LAS ENSEÑANZAS ELEMENTALES DE DANZA EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Consejo de Gobierno aprueba el decreto por el que se establece la ordenación y el currículo de las enseñanzas elementales de Danza en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. 

 

El decreto establece la ordenación y el currículo de las enseñanzas elementales de Danza en la Comunidad Autónoma de Castilla- La Mancha, de conformidad con lo establecido en el artículo 48.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y es de en los centros públicos y privados de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha que, debidamente autorizados, impartan las enseñanzas elementales de Danza. 

AUTORIZACIÓN DE LA IMPLANTACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO EN EL CURSO 2025/2026, DEL PLAN DE ESTUDIOS CONDUCENTE A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE MÁSTER EN INTELIGENCIA ARTIFICIAL, POR LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Decreto 13/2009, de 17 de febrero, establece en su artículo 6 el procedimiento para la autorización de las enseñanzas universitarias, correspondiendo al Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades su autorización, previa propuesta de la Consejería con competencias en materia de educación universitaria y tramitación del correspondiente procedimiento. 

 

De conformidad con lo anteriormente expuesto, la Universidad de Castilla-La Mancha ha solicitado la implantación y puesta en funcionamiento del plan de estudios del título de Máster Universitario en inteligencia artificial. 

AUTORIZACIÓN DE LA IMPLANTACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO EN EL CURSO 2025/2026, DEL PLAN DE ESTUDIOS CONDUCENTE A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE MÁSTER EN BIG DATA Y COMPUTACIÓN EN LA NUBE, POR LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Decreto 13/2009, de 17 de febrero, establece en su artículo 6 el procedimiento para la autorización de las enseñanzas universitarias, correspondiendo al Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades su autorización, previa propuesta de la Consejería con competencias en materia de educación universitaria y tramitación del correspondiente procedimiento. 

 

De conformidad con lo anteriormente expuesto, la Universidad de Castilla-La Mancha ha solicitado la implantación y puesta en funcionamiento del plan de estudios del título de Máster Universitario en big data y computación en la nube. 

AUTORIZACIÓN DE UNA EXENCIÓN EN EL PAGO DE LOS PRECIOS PÚBLICOS CORRESPONDIENTES A LOS SERVICIOS ACADÉMICOS AL ALUMNADO QUE SE MATRICULE EN EL PRIMER CURSO DE LAS ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS SUPERIORES EN CASTILLA-LA MANCHA.

El Consejo de Gobierno autoriza una exención en el pago de los precios públicos correspondientes a los servicios académicos al alumnado que se matricule en el primer curso de las enseñanzas artísticas superiores en centros educativos dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, según el proyecto de orden se incorpora al expediente. 

 

En Castilla-La Mancha existen 4 centros que imparten estas enseñanzas: 

 

El Conservatorio Superior Música de Castilla-La Mancha, en Albacete 

La Escuela de Arte y Superior de Diseño Pedro Almodóvar, de Ciudad Real 

La Escuela de Arte y Superior de Diseño Antonio López, de Tomelloso 

La Escuela Superior de Arte Dramático de CLM, en Cuenca 

 

El precio público asociado al crédito de la primera matrícula del primer curso asciende a 9 €. El número de créditos del primer curso, similar en todos los estudios, es de 60 créditos.

 

Alumnado potencial beneficiado de la exención ascendería a 65 y el coste de la medida  por curso sería de 35.100 euros. 

AUTORIZACIÓN AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE CONCESIÓN, DEL SERVICIO DE COMEDORES ESCOLARES EN LOS CENTROS DOCENTES PÚBLICOS NO UNIVERSITARIOS DE CASTILLA-LA MANCHA PARA LOS CURSOS 2025-2026 Y 2026-2027.

El Consejo de Gobierno autoriza al órgano de contratación de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes para la aprobación del expediente correspondiente a la contratación, mediante concesión, del servicio de comedores escolares en los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para los cursos 2025-2026 y 2026-2027. 

 

En la actualidad en la Comunidad de Castilla-La Mancha tenemos 441 centros con servicio de comedor que cuentan con 35.215 alumnos/as usuarios/as y 222 aulas matinales con 5.038 usuarios/as. 

 

Para calcular el importe de licitación del contrato se han tenido en cuenta  las actuales tarifas ordinarias del servicio de comedor escolar y aula matinal en los centros docentes públicos de enseñanza no universitaria, que son: 

 

Comida de mediodía: 5.40 € (IVA incluido) 

Aula matinal general (1 hora y media): 2,48 € (IVA incluido). 

Alimentación completa residencias: 11,00€ (IVA incluido). 

 

El presupuesto de licitación para los dos cursos de vigencia ascienda a 39.060.177,38 €, IVA Incluido. 

 

Este contrato no conlleva gasto contractual para la Administración. El contratista percibirá una retribución fijada en función de la utilización del servicio, que se percibirá directamente de los usuarios, conforme a lo dispuesto en el artículo 289.1 LCSP, salvo los supuestos especiales recogidos en la normativa sobre comedores escolares, que serán abonados directamente por la Administración, artículo 9 del Decreto 138/2012, de 11 de octubre, previa presentación de la factura correspondiente.

 

En el procedimiento de contratación se ha optado por agrupar en varios lotes, dentro de cada provincia, para facilitar que varias empresas se puedan presentar a la licitación y obtener así mayor concurrencia. Los lotes agrupan un número de comedores entre 1 y 12. La agrupación se ha realizado por zonas geográficas e intentando mantener un equilibrio en el número total de comensales que se prevé para cada contrato, incluyendo en los lotes comedores tanto con un número elevado de usuarios como otros con un número reducido.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA- LA MANCHA Y EL AYUNTAMIENTO DE ILLESCAS (TOLEDO) PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UN CENTRO DE EDUCACION ESPECIAL.

El Consejo de Gobierno autoriza el convenio de colaboración entre la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha y el Ayuntamiento de Illescas (Toledo) para la construcción de un centro de educación especial en Illescas (Toledo), que se incorpora como anexo a este acuerdo. 

 

El gasto vinculado al convenio asciende a un máximo de 7.907.945,92 euros, que se imputa a la aplicación presupuestaria 18.02.422D.76000 con la siguiente distribución por anualidades: 

 

2027:    300.000,00 euros 

2028: 7.607.945,92 euros. 

AUTORIZACIÓN DE LA SEGUNDA PRÓRROGA DEL PROGRAMA TEMPORAL DE EMPLEO DE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO PARA CUBRIR LAS NECESIDADES DE PERSONAL POR UN PLAZO DE 9 MESES SIENDO SU COMPOSICIÓN DE UN EFECTIVO DE LA CATEGORÍA AUXILIAR ADMINISTRATIVO.

El Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha autoriza la segunda prórroga del programa temporal de empleo de la Consejería de Fomento para cubrir las necesidades de personal en la Dirección General de Transportes y Movilidad para el desarrollo del programa “Ayudas para la modernización de empresas privadas de transporte de viajeros prestadoras de servicios de transporte por carretera y de empresas privadas que intervienen en el transporte de mercancías por carretera, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea Next Generation EU” por nueve meses, ascendiendo el importe a 21.532,40 euros.