Proyecto de orden por la que se regulan los procedimientos de autorización y comunicación y los requisitos técnicos que deben cumplir los puntos limpios en el ámbito de la Comunidad Autonómica de Castilla-la Mancha.

Con la nueva orden se pretende facilitar a municipios con población inferior a
5.000 habitantes, un punto limpio en el que sólo se admitan residuos no peligrosos.
La entidad local deberá dar servicio de recogida para el resto de residuos (residuos peligrosos, incluidos residuos de aparatos eléctricos y electrónicos) a través de otras modalidades, como un punto limpio móvil.
Entre los principales objetivos del punto limpio están:
Evitar el vertido incontrolado de aquellos residuos domésticos que no pueden ser gestionados a través de los servicios convencionales de recogida.
Dar cumplimiento a la obligación de las entidades locales, de recogida,
transporte y tratamiento de los residuos domésticos.
Aprovechar los materiales contenidos en los residuos que sean susceptibles de
ser valorizados, consiguiendo el mayor ahorro energético y de materias primas
y reduciéndose el volumen de residuos a eliminar.
Fomentar la economía circular mediante el empleo, entre otras, de técnicas de
preparación para la reutilización.
Fomentar la concienciación y divulgación de los postulados de la economía
circular, así como la implicación y participación de la ciudadanía.

5. Acuerdo de inicio Participación Puntos Limpios

6. Acuerdo Inicio Información Pública Puntos Limpios

11. Informe Retorno de Resultados Orden Puntos Limpios

16. Publicación DOCM Extracto Informe Final Proceso Participativo Orden Puntos Limpios

21. Borrador Orden Puntos Limpios Estampillado
