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10/10/2024Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes en GuadalajaraGuadalajara
Tal y como establece el punto 1 del artículo 140 del texto refundido de la LOTAU

La Junta recuerda que el Ayuntamiento es la Administración competente en la actuación del entorno de la Capilla Luis de Lucena

El delegado de Cultura ha explicado que el consistorio les pidió un informe para el expediente municipal de actuación en el entorno de la capilla “y lo que pretende ahora es que sea la Junta quien asuma esa actuación, cuando el expediente y por tanto la competencia es municipal y el Ayuntamiento no se puede inhibir".
 
Ángel Fernández-Montes ha lamentado que el Ayuntamiento no haya cumplido la obligación de comunicar a la Administración regional su intención de cerrar al público un Bien de Interés Cultural, como es la Capilla Luis de Lucena y la haya clausurado por un problema con un pequeño muro medianero, un elemento que no tiene ningún tipo de protección.

Guadalajara, 10 de octubre de 2024.- El delegado de Educación, Cultura y Deportes, Ángel Fernández-Montes, ha aclarado esta mañana que la competencia en la actuación del entorno de la capilla de Luis de Lucena es del Ayuntamiento, administración que en el año 2014 abrió un expediente de declaración de ruina y derribo a instancias del propietario. Al tratarse de una zona en la que se encuentran ubicados dos Bienes de Interés Cultural (BIC), la concatedral de Santa María y la Capilla de Luis de Lucena, el Ayuntamiento necesitaba contar con un informe de la Delegación de Cultura, documento que no solicitó hasta pasados tres meses.
 
Desde el servicio de Patrimonio de la Junta se emitió un informe favorable a la demolición, si bien establecía que deberían mantenerse diversos elementos por su valor patrimonial, al tratarse de una construcción de especial interés, de corte racionalista, del arquitecto Mariano Rodríguez-Avial, que fue pionero en la utilización de algunos materiales en sus obras, según ha explicado la jefa de Servicio de Cultura y Patrimonio de la Delegación de Educación, Cultura y Deportes, Teresa Sagardoy.
 
Transcurrido el tiempo y sin que los propietarios del inmueble contiguo a la capilla Luis de Lucena hayan acometido los trabajos de demolición, el Ayuntamiento es quien debe actuar subsidiariamente al ser la administración competente, según se establece en el punto 1 del artículo 140 del texto refundido de la LOTAU.
 
Ahora, el Ayuntamiento ha cerrado el acceso a los visitantes a la capilla, sin ni siquiera haber solicitado permiso para ello a la Junta, que en este caso sí es la administración con competencia en esta decisión, por un problema con un muro medianero que según el propio Ayuntamiento se encuentra en peligro de colapso. El delegado ha explicado que se trata de un muro medinero que no tiene ningún valor patrimonial y sobre el que por lo tanto el consistorio puede actuar tras solicitar el informe preceptivo a la Junta.
 
Por todo ello, el delegado ha mostrado su sorpresa ante el hecho de que el Ayuntamiento pretenda ahora que sea la Junta quien asuma la actuación completa del expediente municipal. En este sentido, Fernández-Montes ha incidido en que quien debe actuar es el Ayuntamiento y ha lamentado lo que considera una falta de interés por parte del consistorio, único Ayuntamiento de capital en toda la región, según ha confirmado el delegado, que no cuenta con un Inventario y Catálogo de Bienes y Espaios Protegidos actualizado.
 
Según ha detallado la jefa del servicio de Cultura y Patrimonio de la Delegación, de disponer de ese documento actualizado, el Ayuntamiento tendría toda la información sobre el patrimonio de la ciudad, tanto en edificios como en el subsuelo. De este modo se evitaría también que cada vez que se van a realizar obras, las empresas o particulares se vean obligados a realizar estudios sobre el terreno en el que van a edificar, con la consiguiente carga económica.
 
El inventario actual data de 1999 y la responsable de Cultura y Patrimonio ha calculado que de actualizarse se duplicarían los bienes contemplados en el mismo. Al carecer de dicha actualización y en este caso tratarse de una obra en zona protegida por dos BICs, el Ayuntamiento solicitó el informe sectorial de la Junta para que le especifique qué elementos deben protegerse, para conocer cuáles de ellos deben mantenerse, “pero no para que la Administración regional acometa la ejecución de lo que conlleve dicho expediente”, ha explicado el delegado.
 
 

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