El DOCM publica la convocatoria de ayudas para compensar el lucro cesante en las explotaciones ganaderas
La finalidad de esta ayuda es garantizar la viabilidad de las explotaciones, compensando la pérdida de ingresos de los ganaderos que han visto paralizada su actividad como consecuencia de un vacío sanitario de su explotación.
La cuantía de las ayudas ascenderá a 95 euros por animal, con un máximo por explotación de 60.000 euros. El crédito presupuestario destinado a la financiación de la presente convocatoria asciende a 725.000 euros.
Toledo, 30 de abril de 2024.- El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado hoy la Resolución de la Dirección General de Ordenación Agropecuaria de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural por la que se convoca, en régimen de concurrencia competitiva para el año 2024, las ayudas para compensar el lucro cesante de las explotaciones ganaderas en las que se haya impuesto un vaciado sanitario.
La finalidad de esta ayuda es garantizar la viabilidad de las explotaciones compensando la pérdida de ingresos de los ganaderos que han visto paralizada su actividad como consecuencia de un vacío sanitario de su explotación, decretado por la autoridad competente.
La ayuda se integra en el Plan estratégico de Subvenciones 2024-2026 de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural y contribuye al objetivo de mejora de la sanidad animal, incluidos los programas de higiene, protección de todas las especies animales y programas nacionales de erradicación de enfermedades y ayudas para mejora del sector ganadero en Castilla-La Mancha.
Se pueden beneficiar de estas ayudas personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o explotaciones de titularidad compartida, titulares de explotaciones ganaderas de ovino y/o caprino con clasificación zootécnica ‘reproducción de leche’, ‘reproducción de carne’ o ‘reproducción mixta’; ubicadas en Castilla-La Mancha, en las que se haya procedido al vaciado sanitario obligatorio ordenado por la autoridad competente dentro de los tres años anteriores a la correspondiente convocatoria, el cual haya sido causado por tuberculosis y/o por viruela ovina y caprina y haya repoblado la misma, una vez finalizado el periodo de cuarentena, con la reintroducción de animales.
Tal como recoge la resolución, la cuantía de las ayudas ascenderá a 95 euros por animal con un máximo por explotación de 60.000 euros. En cuanto al crédito presupuestario destinado a la financiación de la presente convocatoria asciende a 725.000 euros.
Por último, el plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria y su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.