23/12/2015Vicepresidencia Primera

Portavoz: Privilegios ex presidenta

Nacho Hernando sobre el escrito remitido por María Dolores de Cospedal: “No se puede deducir que renuncie de manera explícita, clara, terminante e inequívoca”, tal y como recoge una sentencia del Tribunal Constitucional de fecha 20 de julio de 1981 en la que se señala como deben ser todas las renuncias de derechos”.