El apartado 1 del artículo 166 de la Ley 11/2010, de 4 de noviembre, de Cooperativas de Castilla-La Mancha prevé la existencia del Consejo Regional de Economía Social de Castilla-La Mancha, como órgano de promoción y difusión del cooperativismo, atribuyéndole funciones de carácter consultivo, asesor y de colaboración con la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, mientras que en su apartado 3, dispone que la organización y funcionamiento del Consejo Regional de Economía Social de Castilla-La Mancha debe ser desarrollada reglamentariamente.
La necesidad de dar cumplimiento al mandato de desarrollo reglamentario previsto en el artículo 166 de la Ley 11/2010, de 4 de noviembre, permite implementar la necesaria modernización y actualización de la composición del Consejo Regional de Economía Social de Castilla-La Mancha, después de casi dieciocho años de su existencia, así como proporcionar una respuesta más activa y conseguir una mayor profundización en el ejercicio de sus funciones, lo cual hace aconsejable la derogación de la normativa anterior y la promulgación de un nuevo decreto en el que, principalmente, se dote a este órgano de una nueva composición que sirva para dar entrada y representación a otros sectores, tales como las organizaciones sindicales y empresariales más representativas, las cuales hasta ahora no contaban con representación dentro del Consejo.
En esta página se puede consultar el estado de tramitación del proyecto de Decreto, así como los documentos que lo configuran.