Funciones y competencias

Funciones y Competencias de la Secretaría General de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital

1. La Secretaría General, con rango orgánico de Viceconsejería, desarrolla las funciones de asesoramiento, estudio y coordinación en la Consejería y se encarga de la gestión de los servicios comunes de la misma. En particular, le corresponden, las siguientes funciones:
a) El asesoramiento jurídico de la Consejería, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos de la misma, así como la coordinación de los servicios jurídicos de estos últimos.
b) La coordinación y, en su caso, elaboración, de los proyectos de disposiciones de carácter general que promueva la Consejería y el impulso y seguimiento del correspondiente procedimiento cuando su elaboración esté atribuida a otros órganos.
c) El estudio e informe de los asuntos propuestos por los órganos de la Consejería para su elevación al Consejo de Gobierno.
d) La organización, planificación, coordinación, inspección, control y optimización de los servicios.
e) La gestión y seguimiento de las actuaciones informáticas de la Consejería y sus centros dependientes, a excepción de las actuaciones realizadas en el ámbito de la administración tributaria electrónica y del sistema de información de la gestión económico financiera.
f) La asistencia administrativa y técnica cuando por su naturaleza o materia no esté expresamente atribuida a otros órganos de la Consejería.
g) La elaboración de las propuestas de gasto y las estimaciones de ingresos del presupuesto anual de la Consejería y la gestión de los programas presupuestarios asignados, así como la tramitación de sus modificaciones y la ejecución presupuestaria y el seguimiento de la misma.
h) Las facultades atribuidas a los órganos de contratación por la normativa de contratos del sector público, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16 sobre los contratos menores, así como la tramitación y formalización de encargos a medios propios.
i) La jefatura superior e inspección del personal de la Consejería y, específicamente, la propuesta de las relaciones de puestos de trabajo y la propuesta de provisión de los mismos, el nombramiento y cese del personal interino, la formalización, extinción y aceptación de renuncias de contratos laborales de duración temporal, la concesión de gratificaciones extraordinarias y la asignación del complemento de productividad, así como la atribución del desempeño provisional de un puesto de trabajo en los casos y condiciones previstos por la normativa de función pública.
j) La organización y funcionamiento de los servicios de régimen interior y registro general.
k) La gestión, administración y explotación de los bienes y derechos del patrimonio de la Comunidad Autónoma adscritos a la Consejería.
l) La confección del inventario de los bienes y derechos de la Consejería.
m) El seguimiento de resoluciones y sentencias y su remisión a los órganos directivos competentes para la ejecución de las mismas, así como para la realización de emplazamientos y conformación de expedientes y su posterior envío a los órganos jurisdiccionales y al Gabinete Juridico de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
n) La iniciación, tramitación y propuesta de resolución de los procedimientos de revisión de oficio, responsabilidad patrimonial, y recursos administrativos, salvo las materias de función pública, protección ciudadana y régimen local. ñ) Ordenar, según lo dispuesto en la normativa vigente, la publicación e inserción en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de las disposiciones, actos y anuncios remitidas para su publicación por los órganos de la Consejería.
o) La puesta a disposición del Jurado Regional de Valoraciones de la infraestructura administrativa y de los recursos que precise para su adecuado funcionamiento.
p) La gestión y coordinación en materia de igualdad de género, transparencia, participación y simplificación de procedimientos en el ámbito de la Consejería.
q) La iniciativa, impulso y coordinación de la simplificación de los procedimientos administrativos.
r) Cuantas funciones no estén específicamente encomendadas a otros órganos directivos de la Consejería.
2. Además, le corresponde el ejercicio de las competencias y la gestión en relación con las siguientes áreas funcionales:
2.1. En materia de patrimonio, organización y optimización de edificios administrativos:
a) La administración y representación extrajudicial del patrimonio, así como la protección y defensa, investigación, inventario, potestad sancionadora, explotación y las demás atribuciones y facultades previstas en la normativa reguladora del patrimonio de la Comunidad Autónoma.
b) La elaboración de proyectos normativos relativos al régimen jurídico de los bienes y derechos integrantes del patrimonio de la Comunidad Autónoma.
c) Coordinar la utilización de los edificios administrativos y velar por el cumplimiento de las reglas básicas de utilización y gestión de los mismos establecidas en la normativa vigente.
d) El establecimiento de criterios y directrices de gestión y utilización de los edificios administrativos compartidos. e) La elaboración y coordinación de los planes de medidas de ahorro y eficiencia energética en los edificios administrativos.
f) La elaboración de planes para la adecuada optimización de los edificios administrativos, que incluirán medidas tendentes a la mejora de la seguridad y conservación y a un uso más racional y eficiente de los edificios.
g) La supervisión de la ejecución de los planes de optimización y de ahorro y eficiencia energética de los edificios administrativos, a cuyo efecto podrá dictar instrucciones de obligado cumplimiento por los órganos a los que estén adscritos los mismos.
h) El asesoramiento y soporte técnico para la adecuada ejecución y cumplimiento de los contratos de servicios de mantenimiento de los edificios administrativos, mediante la implementación de un sistema gestor del mantenimiento. i) La dirección, regulación, coordinación y control del Parque Móvil de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, y la gestión del Parque Móvil de Servicios Generales.
j) Cualesquiera otras funciones que la normativa vigente en materia de patrimonio atribuya a la consejería competente en la materia, salvo aquellas expresamente atribuidas a la persona titular de la Consejería.
2.2. En materia de contratación pública:
a) La coordinación de la contratación del sector público regional.
b) La propuesta y elaboración de proyectos normativos en materia de contratación pública, que sean competencia de la Comunidad Autónoma.
c) La coordinación, ordenación de los procedimientos y normalización de los documentos en materia de contratación pública.
d) La elaboración de instrucciones, circulares y recomendaciones, así como la fijación de criterios, directrices y pautas de actuación en materia de contratación pública a seguir por los órganos de contratación del sector público regional.
e) El impulso, desarrollo y gestión del sistema de contratación centralizada de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha.
f) El ejercicio de las competencias atribuidas por la normativa autonómica vigente en materia de contratación centralizada.
g) El asesoramiento jurídico y técnico en materia de contratación a los órganos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a sus organismos autónomos y entidades que integran el sector público regional.
h) El asesoramiento a las consejerías y organismos autónomos de la Administración regional en la redacción de los contenidos que, en materia de contratación pública, incorporen en sus proyectos de disposiciones de carácter general.
i) La implementación de la Estrategia Nacional de Contratación Pública y el diseño, aprobación e impulso de la contratación pública estratégica regional para la consecución de objetivos ambientales, sociales y de innovación, en coordinación con los órganos correspondientes de las consejerías competentes por razón de la materia.
j) El diseño y la implementación de medidas y actuaciones de formación, especialización y profesionalización en materia de contratación pública, en el ámbito de la Comunidad Autónoma en colaboración con otras unidades y organismos.
k) La plena implantación de la contratación pública electrónica en la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, organismos autónomos y sector público regional; mantenimiento y desarrollo del Portal de Contratación Pública de Castilla-La Mancha y del gestor electrónico de expedientes de contratación corporativo.
l) La planificación, control y seguimiento de la reserva de contratos a centros especiales de empleo de iniciativa social y empresas de inserción en los términos y por el porcentaje que anualmente se establezca para la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus organismos autónomos; así como la adopción de medidas dirigidas a impulsar y fomentar la reserva de contratos por las entidades públicas vinculadas o dependientes.
m) La gestión del Registro Oficial de Licitadores y del Registro de Contratos del Sector Público de Castilla-La Mancha, sin perjuicio de las funciones que correspondan a otros órganos.
n) La participación en los órganos de cooperación con el Estado y el resto de Comunidades Autónomas en materia de contratación.
ñ) Cualesquiera otras funciones que la normativa vigente en materia de contratación pública atribuya a la consejería competente en la materia, salvo aquellas expresamente atribuidas a la persona titular de la Consejería.
3. La Oficina de Contratación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y la Comisión Consultiva de Gestión de Edificios Administrativos se adscriben a la Secretaría General.