DG Función Pública

DECRETO 24/2022, DE 12 DE ABRIL, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 215/2019, DE 30 DE JULIO, DEL ESTATUTO DE LA DIRECCIÓN PÚBLICA PROFESIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JCCM

La regulación del personal directivo contenida en la Ley 4/2011, de 10 de marzo, fue desarrollada reglamentariamente por el Decreto 215/2019, de 30 de julio, del Estatuto de la Dirección Pública Profesional de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
 
Uno de los aspectos que se desarrollaron en el citado Decreto 215/2019, de 30 de julio, fue el procedimiento para la aprobación y modificación de las relaciones de puestos de trabajo de personal directivo. En relación con dicho procedimiento, hay que tener en cuenta que los artículos 13.4 y 37.2.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y 151.2.c) de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha, establecen que la determinación de las condiciones de empleo del personal directivo no tendrá la consideración de materia objeto de negociación colectiva, estando, por tanto, excluidas de la obligación de negociarlas con las organizaciones sindicales legitimadas para ello. No obstante, las sentencias de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha nº 304/2020, de 21 de septiembre y 154/2021, de 9 de julio, han anulado el artículo 4.5 del Decreto 215/2019, de 30 de julio, por entender que dicho artículo puede privar de negociación a aspectos que sí son negociables.
 
El objetivo principal del proyecto de decreto es otorgar al Decreto 215/2019, de 30 de julio, del Estatuto de la Dirección Pública Profesional de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, una mayor seguridad jurídica, dando al artículo 4.5, anulado por las sentencias anteriormente mencionadas, una nueva redacción que se ajuste a lo previsto en los artículos 13.4 y 37.2.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y 151.2.c) de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha
 
La presente publicación se realiza en cumplimiento de lo previsto en el artículo 12.1.c) y d) de la Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha.
 

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