Funciones y competencias

Funciones y Competencias de la Secretaria General

A la persona titular de la Secretaría General, con rango de Viceconsejería, conforme al artículo 32 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, y bajo la dirección de la persona titular de la Consejería, le corresponden las siguientes funciones:
 
1. El estudio y la coordinación de la tramitación de los proyectos de disposiciones normativas que corresponda dictar o proponer a la Consejería, así como el informe de las mismas.
2. La coordinación de los proyectos de órdenes y convenios, así como su registro.
3. La elaboración de la propuesta de Plan normativo anual de la Consejería.
4. El asesoramiento jurídico a los órganos de la Consejería, la tramitación y propuestas de resolución de los recursos administrativos y demás reclamaciones contra los actos y disposiciones de aquellos, así como las relaciones con el Gabinete Jurídico de la Junta.
5. La preparación de los expedientes propuestos por los órganos de la Consejería para su elevación al Consejo de Gobierno, así como las actuaciones relacionadas con la publicación de disposiciones y actos administrativos en los Diarios Oficiales.
6. La gestión y jefatura de personal de servicios administrativos generales de los servicios centrales y periféricos de la Consejería.
7. La dirección, gestión y seguimiento de las actuaciones informáticas de la Consejería y sus centros dependientes.
8. La organización, planificación, coordinación, inspección, control y optimización de los servicios administrativos.
9. La elaboración del anteproyecto de Presupuestos de la Consejería.
10. La gestión y seguimiento de los Presupuestos y de la ejecución de los programas presupuestarios asignados.
11. Las facultades atribuidas al órgano de contratación por la legislación de contratos del sector público, sin perjuicio de las autorizaciones previas, cuando procedan, del Consejo de Gobierno y de lo dispuesto en el artículo 14.
12. La realización de encargos o encomiendas a medios propios en materia competencia de la Consejería.
13. La dirección de las unidades de transparencia y participación de la Consejería, la resolución de las solicitudes de acceso a la información pública y el fomento de la transparencia y de la participación ciudadana en el ámbito de la Consejería.
14. El registro general, la racionalización, normalización, actualización y adecuación de procedimientos, el impulso y propuesta de los planes de calidad y simplificación y el fomento de las cartas de servicios de la Consejería.
15. La aprobación de los procedimientos específicos de protección de datos personales y la colaboración, asistencia y asesoramiento a los órganos y centros dependientes de la Consejería en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de protección de datos personales.
16. La gestión del patrimonio e infraestructuras administrativas y educativas, incluida la programación de la inversión nueva, la reposición y el mantenimiento en los centros de todo tipo dependientes de la Consejería.
17. La supervisión de los proyectos de obra, previa aprobación de los mismos por el órgano de contratación, cuya ejecución se realice con cargo a la consejería, así como la ordenación y coordinación de los criterios técnicos para la realización de dichos proyectos, y el apoyo técnico en la gestión de la contratación administrativa de obras.
18. La gestión de los gastos de funcionamiento de los centros educativos públicos y privados concertados.
19. La gestión del programa de prestación de libros de texto y materiales curriculares alternativos.
20. La gestión de los servicios educativos de transporte y comedores escolares, incluidas las ayudas individuales de transporte y comedor, y del programa de aula matinal.
21. La gestión de las residencias escolares no universitarias.
22. La dirección y gestión del Portal de educación y otros portales de información de la Consejería, en el ámbito de la cultura, juventud y deportes.
23. La elaboración de estadísticas sobre materia de su propia competencia.
24. Cuantas funciones le sean encomendadas por la normativa vigente.

Funciones y Competencias de la Viceconsejeria de Educación, Universidades e Investigación

1. A la persona titular de la Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación le corresponden, conforme al artículo 28 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, y bajo la dirección de la persona titular de la Consejería, las siguientes competencias:
 
a) Sustituir a la persona titular de la Consejería en los actos y despacho ordinario de los asuntos de su área de competencias.
b) La definición, programación y ejecución de las políticas educativas en todos sus niveles y las correspondientes a I+D+i, incluyendo las concesiones, autorizaciones y sanciones que no estén expresamente atribuidas a otros órganos.
c) La coordinación, apoyo y supervisión de las actividades que competen a la consejería en materia de enseñanzas de régimen general, formación profesional y régimen especial.
d) La Planificación de la oferta educativa de las enseñanzas no universitarias.
e) La dirección de la producción normativa de la Consejería.
f) La definición de los criterios para la concertación de centros docentes privados y la autorización de centros privados.
g) El diseño de la política de becas y ayudas al estudio.
h) El diseño y planificación de los servicios complementarios de la enseñanza y programas de gratuidad de materiales curriculares.
i) El impulso de las medidas que garanticen la coordinación de las políticas de formación para el empleo y la Formación Profesional del Sistema Educativo de los distintos departamentos de la administración regional.
j) La potestad sancionadora derivada del incumplimiento de la normativa educativa por los centros docentes y del incumplimiento de los conciertos educativos.
k) El fomento de la participación de los distintos sectores educativos en la vida de los centros docentes, así como la convocatoria de elecciones a Consejos escolares de los centros docentes.
l) La planificación del programa de ampliación de la red de centros públicos de educación infantil 0-3 años.
m) Las relaciones con el Defensor del Pueblo.
n) Cuantas funciones le sean encomendadas por la persona titular de la Consejería, en el ejercicio de su competencia, o por la normativa vigente.
 
2. Bajo la superior dirección de la persona titular de la Consejería, la persona titular de la Viceconsejería coordinará las actuaciones de las Direcciones Generales de Recursos Humanos, de Inclusión Educativa y Programas, de Innovación Educativa y Centros, de Formación Profesional y de Universidades, Investigación e Innovación, y ejercerá la dirección de la Inspección de Educación.

Funciones y competencias de la Viceconsejería de Cultura y Deportes

1. A la persona titular de la Viceconsejería de Cultura y Deportes le corresponden las siguientes funciones:
 
a) La propuesta y gestión de los programas de protección, conservación, restauración, promoción y difusión del patrimonio histórico de Castilla-La Mancha.
b) La protección de los bienes del patrimonio histórico castellano manchego mediante el ejercicio de las facultades para su vigilancia y tutela, el régimen sancionador con arreglo a lo previsto en el ordenamiento jurídico, así como la exclusión y eliminación de bienes del patrimonio documental con arreglo a lo previsto en el ordenamiento jurídico.
c) La incoación, tramitación y propuesta de resolución de los expedientes de declaración de Bienes de Interés Cultural, Bienes de Interés Patrimonial y Elementos de Interés Patrimonial, y de su inscripción en el Catálogo del Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha.
d) La protección, difusión y representación de los itinerarios culturales aprobados por los organismos internacionales en Castilla-La Mancha, así como la gestión en ellos de actividades propias de la Consejería.
e) La gestión de intervenciones, de cualquier índole, en los Bienes de Interés Cultural de competencia autonómica y la autorización de intervenciones.
f) La tramitación y propuesta en relación con expedientes de adquisición y aceptación de herencias, legados y donaciones de los bienes de patrimonio histórico, así como la propuesta del ejercicio de los derechos de tanteo y retracto en los supuestos establecidos en la legislación de patrimonio histórico.
g) La adopción de las medidas necesarias para hacer efectivos los deberes de conservación, custodia, acceso y visita que corresponden a los propietarios, titulares de derechos o simples poseedores de bienes integrantes del patrimonio histórico de Castilla-La Mancha.
h) La información de los instrumentos de ordenación territorial y planeamiento urbanístico, mediante los mecanismos establecidos en cada caso, de conformidad con lo previsto en la normativa vigente.
i) La tramitación, información y resolución, en su caso, de los expedientes relativos a intervenciones arqueológicas o paleontológicas en Castilla-La Mancha.
j) La coordinación y desarrollo del Acuerdo suscrito entre la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y la Iglesia Católica en materia de patrimonio histórico.
k) La gestión del Centro de Restauración y Conservación de Bienes Muebles de Castilla-La Mancha; la gestión del Museo de las Ciencias de Castilla-La Mancha y del Museo de Santa Cruz, así como de cualquier museo de titularidad regional que pueda crearse; la gestión de la Biblioteca de Castilla-La Mancha.
l) La gestión de los Archivos, Bibliotecas y Museos de titularidad estatal o autonómica que corresponda a la Consejería, así como la inspección y apoyo a los centros integrados en el Sistema de Museos y en la Red de Bibliotecas Públicas de Castilla-La Mancha.
m) La confección, en colaboración con la Administración General del Estado, del Censo de los Bienes integrantes del Patrimonio Documental, el Registro de Museos y del Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico.
n) El ejercicio de las funciones encomendadas a la Consejería en lo relacionado con el Registro de la Propiedad Intelectual y el Depósito Legal de Castilla-La Mancha. ñ) La gestión del personal de archivos, bibliotecas y museos y el fomento de su formación mediante la programación de cursos específicos.
o) La ordenación y la promoción de las actividades de difusión, divulgación y promoción del patrimonio cultural y de las artes plásticas.
p) La ordenación y gestión de la Red de Artes Escénicas y Música de Castilla-La Mancha.
q) La gestión y organización de la Feria de Artes Escénicas y Música de Castilla-La Mancha.
r) El estímulo y apoyo a la iniciativa privada para la realización de toda clase de actividades culturales.
s) El Registro de Entidades y Asociaciones Culturales y Artísticas.
t) El estudio y propuesta de las inversiones referidas a las infraestructuras y equipamientos culturales en la Región.
u) La evaluación de la calidad de los Servicios culturales.
v) La elaboración de estadísticas sobre materia de su propia competencia w) Sustituir al titular de la Consejería en los actos y despacho de asuntos de su área de competencias.
x) Cuantas funciones le sean encomendadas por la normativa vigente.
 
2. Bajo la superior dirección de la persona titular de la Consejería, la persona titular de la Viceconsejería de Cultura y Deportes, coordinará las actuaciones de la Dirección General de Juventud y Deportes.
 
3. La Fundación Colección Roberto Polo y la Fundación Patronato de la Semana de Música Religiosa de Cuenca quedan adscritas a la Consejería a través de la Viceconsejería de Cultura y Deportes.

Funciones y Competencias de la Dirección General de Juventud y Deportes

1. A la persona titular de la Dirección General de Juventud y Deportes, bajo la dirección de la persona titular de la Viceconsejería de Cultura y Deportes, le corresponden las siguientes funciones:
 
a) El fomento de la práctica deportiva y del ejercicio físico.
b) La propuesta de acuerdos para la extensión de la práctica físico-deportiva y sus eventos a través de la colaboración con el Consejo Superior de Deportes, Comité Olímpico Español y Federaciones Deportivas Españolas.
c) El desarrollo de la actividad deportiva en edad escolar y actividades extracurriculares vinculadas al juego y al deporte, singularmente la organización de las campañas de educación integral y en valores en el ámbito del deporte, así como las propias derivadas de la competición del deporte en edad escolar.
d) La planificación, en su caso, en colaboración con las corporaciones locales, de la red de instalaciones deportivas de la Región.
e) El inventario de espacios deportivos de uso público de Castilla-La Mancha, así como su actualización.
f) La propuesta de homologación de proyectos y normas relacionadas con los distintos tipos de instalaciones deportivas.
g) La promoción y el impulso del asociacionismo deportivo, en especial, el apoyo a los programas de las federaciones deportivas de Castilla-La Mancha y clubes deportivos de la Región, el acuerdo de inscripción de los clubes,
federaciones y demás asociaciones en el Registro de entidades deportivas, así como la aprobación de sus estatutos y reglamentos.
h) El apoyo y atención al deportista de Alto Nivel de Castilla La Mancha.
i) La propuesta de becas y ayudas a los deportistas castellano-manchegos de alto nivel.
j) La propuesta del reconocimiento al Mérito Deportivo para personas físicas y jurídicas que se hayan distinguido por sus resultados, enseñanza, fomento, investigación, o gestión de la actividad físico-deportiva en Castilla-La Mancha.
k) Promover las condiciones para la participación de la juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural, así como el impulso de la cooperación y actividad asociativa juvenil, la información y formación de los jóvenes y el apoyo a las iniciativas y proyectos de las asociaciones juveniles y de jóvenes particulares, de interés social.
l) Efectuar la coordinación, seguimiento y supervisión de las actuaciones departamentales o interdepartamentales en el ámbito de la juventud, fomentar las relaciones y la cooperación entre organismos en el ámbito regional, nacional e internacional. En especial, las iniciativas relacionadas con el empleo juvenil promovidas por otros departamentos de la administración regional.
m) Potenciar la existencia de dinamizadores juveniles, con especial atención a las zonas rurales.
n) La promociónón, gestión y seguimiento de programas de actividades juveniles, especialmente aquellos orientados a la educaciónón no formal en el ocio y tiempo libre.
ñ) La gestión, promoción y dinamización del Carné Joven de la Comunidad.
o) La planificación y gestión de los albergues y otras instalaciones juveniles dependientes de la consejería.
p) Cuantas funciones le sean encomendadas por la normativa vigente.
 
2. Queda adscrita a la Dirección General de Juventud y Deportes la Comisión Territorial de Juventud.

Funciones y Competencias de la Dirección General de Formación Profesional

A la persona titular de la Dirección General de Formación Profesional, bajo la dirección de la persona titular de la Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación, le corresponden las siguientes funciones:
 
1. La propuesta de creación, transformación o supresión de unidades y de centros docentes públicos de Formación Profesional, Enseñanzas de Régimen Especial y educación de personas adultas, y la tramitación del procedimiento de autorización de los centros privados que impartan estas enseñanzas.
2. La planificación, la organización, la gestión y la evaluación de la oferta formativa de formación profesional básica, grado medio y grado superior, de las enseñanzas artísticas y deportivas que sean competencia de la Administración Autonómica.
3. La ordenación académica, la definición de los perfiles profesionales y de los programas formativos de la formación profesional básica, grado medio y grado superior y el diseño, experimentación y desarrollo curricular de estas enseñanzas.
4. El desarrollo, aplicación y actualización del Plan Regional de Formación Profesional y la coordinación con otras instituciones en relación con la Formación Profesional para el empleo.
5. El impulso y la planificación de la formación práctica en las empresas.
6. El fomento de la cultura emprendedora e innovadora del alumnado de formación profesional.
7. La gestión de las ayudas procedentes del Fondo Social Europeo relacionadas con las enseñanzas de formación profesional, sin perjuicio de las competencias en la materia de otros órganos de la Administración Regional.
8. Cuantas funciones le sean encomendadas por la normativa vigentes.

Funciones y Competencias de la Dirección General de Recursos Humanos

La persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos, bajo la dirección de la persona titular de la Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación, tiene encomendadas las siguientes funciones:
 
1. La gestión del personal docente, funcionario y laboral, de las enseñanzas no universitarias, incluida la gestión y control de nóminas.
2. La gestión del personal no docente de apoyo a las enseñanzas no universitarias y a las escuelas infantiles.
3. La programación anual de las plantillas de personal de los centros educativos.
4. La determinación y provisión del personal necesario para la aplicación de los programas y planes educativos de la Consejería.
5. La gestión y mantenimiento de la sección de personal docente del Registro General de Personal.
6. La elaboración de la propuesta de oferta de empleo público docente.
7. La organización de las pruebas de acceso al empleo público docente.
8. La gestión de los programas de acción social del personal docente.
9. Las relaciones con los representantes sindicales del personal docente.
10. La elaboración de los planes de autoprotección y seguridad en los centros educativos dependientes de la Consejería.
11. Cuantas funciones le sean encomendadas por la normativa vigente.

Funciones y Competencias de la Dirección General de Universidades, Investigación e Innovación

1. La persona titular de la Dirección General de Universidades, Investigación e Innovación, bajo la dirección de la persona titular de la Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación, tiene encomendadas las siguientes funciones:
 
a) La gestión de la participación de la Consejería en las relaciones ministeriales referidas a política universitaria, investigación e innovación, así como en los Consejos Sociales de las Universidades Públicas radicadas en CastillaLa Mancha.
b) La dirección, ordenación, gestión y supervisión de la política en materia universitaria, dentro del ámbito competencial de la Consejería y con respeto a la autonomía universitaria.
c) La gestión de las propuestas de creación, modificación y supresión, de Facultades, Escuelas e Institutos Universitarios de Investigación u otras estructuras universitarias, así como de las titulaciones que impartan, conforme ́ a la vigente legislación.
d) La elaboración en materia universitaria de las propuestas de subvención y transferencias, la planificación y el seguimiento de las inversiones, la propuesta de precios públicos y tasas, la emisión de informes sobre los costes del personal para las universidades y otros centros de enseñanza superior, exceptuadas las enseñanzas superiores no universitarias.
e) La coordinación de actuaciones respecto de las Pruebas de Acceso a los Estudios de Grado y de las actuaciones conjuntas en materia de enseñanzas superiores no universitarias.
f) Planificación y ejecución de los programas de becas y ayudas al estudio de la competencia de la Comunidad Autónoma, relacionadas con estudios universitarios y la elaboración de las propuestas de precios públicos conducentes a la obtención de títulos oficiales y las propuestas de los costes del personal docente e investigador, así como de administración y servicios de las universidades de la región.
g) Fijar las políticas generales de I+D+i y los programas de ayudas e incentivos a la I+D+i, incluyendo el fomento y promoción de infraestructuras y servicios de apoyo a la investigación, desarrollo e innovación pública y privada.
h) Determinar el diseño, gestión, seguimiento y evaluación de los planes o estrategias regionales de investigación e innovación.
i) Coordinar y fijar las políticas de promoción de los organismos públicos de investigación y centros tecnológicos de la región.
j) La elaboración de estadísticas sobre las materias propias de su competencia.
k) Cuantas funciones le sean encomendadas por la normativa vigente
 
2. De conformidad con su norma de creación, la Agencia de Investigación e Innovación de Castilla-La Mancha, queda adscrita a la Consejería a través de la Dirección General de Universidades e Investigación. Así mismo, quedan adscritas a la Consejería, a través de la Dirección General de Universidades, Investigación e Innovación, la Fundación Parque Científico y Tecnológico de Castilla-La Mancha y la Fundación Centro Tecnológico del Metal de Castilla-La Mancha.

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