Funciones y competencias

Funciones y Competencias de la Dirección General de Innovación Educativa y Centros

La persona titular de la Dirección General de Innovación Educativa y Centros, bajo la dirección de la persona titular de la Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación, tiene encomendadas las siguientes funciones:
 
1. La planificación de los centros docentes cuya titularidad corresponda a la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla -La Mancha y de las enseñanzas que se imparten en los mismos.
2. La realización de estudios y la planificación de las previsiones de los recursos materiales correspondientes al desarrollo del sistema educativo.
3. La programación anual de recursos humanos docentes y no docentes en los niveles de enseñanza no universitaria, en coordinación con la Dirección General Recursos Humanos.
4. La propuesta de dotación de infraestructuras y equipamientos necesarios en los centros docentes cuya titularidad corresponda a la Administración de la Junta de comunidades de Castilla-La Mancha.
5. La gestión de las convocatorias sobre suscripción, renovación o modificación de conciertos educativos en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.
6. La planificación de la oferta educativa del primer ciclo de educación infantil, la propuesta de elaboración de las normas sobre organización y funcionamiento de los centros que imparten estas enseñanzas, así como la coordinación y seguimiento de las mismas.
7. La propuesta de creación, transformación o supresión de unidades y de centros docentes públicos de enseñanza no universitaria, que no correspondan a la Dirección general de Formación Profesional, enseñanzas de régimen especial y educación de personas adultas, y la tramitación del procedimiento de autorización de los centros privados que impartan estas enseñanzas.
8. La gestión del Registro de Centros Educativos.
9. La escolarización del alumnado y la gestión y supervisión de los procedimientos de admisión de alumnos de Educación Infantil, Primaria y Secundaria.
10. La evaluación de la calidad del Sistema Educativo.
11. La dirección y organización de la formación permanente del profesorado no universitario y el impulso a la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación.
12. Las funciones que en relación con el registro de Títulos y Certificaciones atribuye la legislación vigente a la Administración autonómica.
13. La dirección y publicación de la producción estadística educativa de la Consejería, la gestión de los servicios de documentación y bases documentales, y la coordinación de las publicaciones de la Consejería.
14. La gestión, administración y mantenimiento de las infraestructuras de comunicación y de las aplicaciones informáticas de gestión de los centros educativos, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros departamentos de la administración regional.
15. La ordenación académica de las enseñanzas no universitarias.
16. La gestión de las escuelas infantiles dependientes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y de los programas de ayudas a los centros de educación infantil de primer ciclo.
17. Cuantas funciones le sean encomendadas por la normativa vigente.
 

Funciones y competencias de la Agencia de Investigación e Innovación de Castilla-La Mancha

La Agencia realizará las siguientes funciones sin perjuicio de las que correspondan a otras entidades integrantes del sector público autonómico:
a) La gestión del Plan Regional de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación.
b) La gestión de los programas, instrumentos y actuaciones que se le adjudiquen en el marco de los Planes o Estrategias regionales de I+D+i o cualquier otro que le sea asignado por la Administración regional o los que deriven de los convenios de colaboración celebrados con otras entidades o de otras actuaciones, mediante la asignación equitativa de recursos disponibles.
c) La gestión económica y presupuestaria y el control económico-financiero de los instrumentos y actuaciones que le correspondan.
d) La organización y gestión de la evaluación científico-técnica ex ante y ex post de las propuestas, actuaciones o iniciativas cuando proceda utilizar criterios de evaluación basados en méritos científicos y técnicos internacionalmente reconocidos, así como aquellos criterios que establezcan las correspondientes convocatorias, bien con medios propios o conviniendo actuaciones o contratos con otros organismos regionales, nacionales o internacionales con capacidad para llevarla a cabo.
e) La verificación, seguimiento y evaluación posterior de las actividades financiadas por la Agencia y su impacto científico, técnico y socio-económico, así como el control de la justificación del cumplimiento de las condiciones y objetivos de las ayudas recibidas.
f) La difusión y comunicación de los resultados de sus actividades y de los resultados de la investigación financiada por la Agencia.
g) El seguimiento de la gestión, financiación, justificación y resultados de cuantas actuaciones sean directamente ejecutadas por la Agencia, así como el asesoramiento sobre las mismas.
h) La gestión de las actuaciones destinadas a fomentar la colaboración, intercambio, circulación, difusión y explotación del conocimiento científico y técnico y la innovación entre los agentes del sistema regional de I+D+i.
i) El mantenimiento, actualización y difusión, en coordinación con otros agentes del sistema regional de I+D+i de servicios de vigilancia tecnológica, manteniendo una base de datos relativa a investigadores regionales y empresas innovadoras, equipos e infraestructuras, así como los proyectos ejecutados por ambos colectivos regionales, de forma individual o en consorcio, independientemente de la fuente de financiación de los mismos.
j) El apoyo a las gestiones realizadas por los agentes del sistema regional de I+D+i orientadas a la protección y explotación de los resultados de la investigación, especialmente con la Oficina Española de Patentes y Marcas.
k) La participación, colaboración y asesoramiento en reuniones y foros nacionales e internacionales relacionados con las materias propias a su objeto y fines.
l) La elaboración y gestión de programas de captación de fondos estatales e internacionales dirigidos a la investigación, desarrollo tecnológico e innovación.
m) El asesoramiento sobre las directrices y los programas dirigidos a la captación de fondos de los programas de I+D+i en el ámbito estatal y supraestatal, principalmente los emprendidos por la Unión Europea.
n) El desarrollo de instrumentos concretos capaces de estimular y apoyar iniciativas y procesos de colaboración entre los principales agentes de creación y transferencia del conocimiento.
ñ) La promoción de todo tipo de actividades que hagan progresar la tecnología, la calidad y la competitividad del sector industrial castellano manchego a través del fomento de la I+D+i.
o) La promoción, coordinación y difusión de las actividades de divulgación científica llevadas a cabo por los distintos agentes regionales.
p) La elaboración, propuesta, coordinación, ejecución y control de los planes de sensibilización, divulgación y formación en materia de ciencia y tecnología, promovidos por el Gobierno regional.
q) La propuesta, impulso y gestión de convenios o acuerdos con entidades financieras para el desarrollo de programas de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación.
r) La realización de las actividades o la prestación de los servicios que le sean encomendados por la Administración regional, o en virtud de contratos, convenios y en general negocios jurídicos, por otras entidades.
s) La gestión de las actuaciones de I+D+i cofinanciadas con fondos europeos y de las resultantes de la participación regional en programas nacionales o internacionales.

Funciones y Competencias de la Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes en Toledo

Según lo dispuesto en los artículos 7 y 9 del Decreto 78/2019, de 16 de julio, por el que se regula la estructura periférica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, las Delegaciones Provinciales de las Consejerías son un órgano de apoyo de los Consejeros en la provincia.
 
En cada provincia habrá Delegaciones Provinciales de las Consejerías que, bajo la supervisión del Consejero, serán las encargadas de dirigir las respectivas unidades periféricas, y al frente de las cuales estará un Delegado o Delegada Provincial.
 
El Delegado o Delegada Provincial ejercerá la representación ordinaria de la Consejería ante toda clase de autoridades, instituciones y organismos públicos y privados de la provincia, así como en todos los actos en que sea preceptivo o sea reclamada la representación unitaria de la Consejería y desempeñará cuantas funciones le atribuya la normativa vigente.

Funciones y Competencias de la Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes en Guadalajara

Según lo dispuesto en los artículos 7 y 9 del Decreto 78/2019, de 16 de julio, por el que se regula la estructura periférica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, las Delegaciones Provinciales de las Consejerías son un órgano de apoyo de los Consejeros en la provincia.
 
En cada provincia habrá Delegaciones Provinciales de las Consejerías que, bajo la supervisión del Consejero, serán las encargadas de dirigir las respectivas unidades periféricas, y al frente de las cuales estará un Delegado o Delegada Provincial.
 
El Delegado o Delegada Provincial ejercerá la representación ordinaria de la Consejería ante toda clase de autoridades, instituciones y organismos públicos y privados de la provincia, así como en todos los actos en que sea preceptivo o sea reclamada la representación unitaria de la Consejería y desempeñará cuantas funciones le atribuya la normativa vigente.

Funciones y Competencias de la Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes en Cuenca

Según lo dispuesto en los artículos 7 y 9 del Decreto 78/2019, de 16 de julio, por el que se regula la estructura periférica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, las Delegaciones Provinciales de las Consejerías son un órgano de apoyo de los Consejeros en la provincia.
 
En cada provincia habrá Delegaciones Provinciales de las Consejerías que, bajo la supervisión del Consejero, serán las encargadas de dirigir las respectivas unidades periféricas, y al frente de las cuales estará un Delegado o Delegada Provincial.
 
El Delegado o Delegada Provincial ejercerá la representación ordinaria de la Consejería ante toda clase de autoridades, instituciones y organismos públicos y privados de la provincia, así como en todos los actos en que sea preceptivo o sea reclamada la representación unitaria de la Consejería y desempeñará cuantas funciones le atribuya la normativa vigente.

Funciones y Competencias de la Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes en Ciudad Real

Según lo dispuesto en los artículos 7 y 9 del Decreto 78/2019, de 16 de julio, por el que se regula la estructura periférica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, las Delegaciones Provinciales de las Consejerías son un órgano de apoyo de los Consejeros en la provincia.
 
En cada provincia habrá Delegaciones Provinciales de las Consejerías que, bajo la supervisión del Consejero, serán las encargadas de dirigir las respectivas unidades periféricas, y al frente de las cuales estará un Delegado o Delegada Provincial.
 
El Delegado o Delegada Provincial ejercerá la representación ordinaria de la Consejería ante toda clase de autoridades, instituciones y organismos públicos y privados de la provincia, así como en todos los actos en que sea preceptivo o sea reclamada la representación unitaria de la Consejería y desempeñará cuantas funciones le atribuya la normativa vigente.

Funciones y Competencias de la Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deportes en Albacete

Según lo dispuesto en los artículos 7 y 9 del Decreto 78/2019, de 16 de julio, por el que se regula la estructura periférica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, las Delegaciones Provinciales de las Consejerías son un órgano de apoyo de los Consejeros en la provincia.
 
En cada provincia habrá Delegaciones Provinciales de las Consejerías que, bajo la supervisión del Consejero, serán las encargadas de dirigir las respectivas unidades periféricas, y al frente de las cuales estará un Delegado o Delegada Provincial.
 
El Delegado o Delegada Provincial ejercerá la representación ordinaria de la Consejería ante toda clase de autoridades, instituciones y organismos públicos y privados de la provincia, así como en todos los actos en que sea preceptivo o sea reclamada la representación unitaria de la Consejería y desempeñará cuantas funciones le atribuya la normativa vigente.

Funciones y competencias de la Dirección General de Inclusión Educativa y Programas

La persona titular de la Dirección General de Inclusión Educativa y Programas, bajo la dirección de la persona titular de la Viceconsejería de Educación, Universidades e Investigación, tiene encomendadas las siguientes funciones:
 
1. La programación de los proyectos de investigación e innovación educativa, en el ámbito de los programas y enseñanzas cuya gestión se le atribuye.
2. La planificación y gestión de los intercambios y estancias formativas del profesorado y del alumnado en materia de aprendizaje de idiomas.
3. La programación, ejecución y el seguimiento de las actuaciones que potencien el ejercicio de la inclusión educativa, la equidad y el bienestar socioemocional en los centros educativos.
4. La propuesta de elaboración de normas en materia de Orientación Educativa, Académica y Profesional, así como la coordinación y seguimiento de las mismas.
5. La coordinación de medidas destinadas a prevenir el absentismo escolar y el abandono temprano del Sistema Educativo, así como la implementación, la gestión y el seguimiento de actuaciones y programas destinados a estas finalidades.
6. El desarrollo de actuaciones de sensibilización, formación e implicación de la comunidad educativa en materia de convivencia escolar.
7. El diseño, implementación y seguimiento de actuaciones destinadas a la prevención del acoso escolar, del ciberacoso y otras formas de acoso que pudieran darse el ámbito educativo.
8. El diseño de medidas y actuaciones destinadas a la promoción de la igualdad de género, la coeducación y la prevención de la violencia de género en el ámbito educativo, así como las acciones de investigación e innovación educativa, destinadas a ese mismo fin. La gestión y el seguimiento de los programas orientados a la mejora del rendimiento escolar y del éxito educativo, de apoyo y refuerzo al alumnado, de prevención del abandono escolar y otros programas sobre educación no universitaria.
9. El impulso y la gestión de las actividades relacionadas con el Plan de Lectura.
10. El desarrollo y la gestión de programas orientados la mejora de la competencia lingüística del alumnado de régimen general y de régimen especial, así como del profesorado.
11. La gestión de los Programas Europeos relacionados con las enseñanzas no universitarias.
12. La gestión y aplicación en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha de los Programas Internacionales relacionados con las enseñanzas no universitarias.
13. La regulación de la acreditación del nivel de competencia lingüística del profesorado.
14. Cuantas funciones le sean encomendadas por la normativa vigente.

Funciones y Competencias del Gabinete del Consejero

El Gabinete de la Consejería es un órgano de asistencia política y técnica de la persona titular de la Consejería, de conformidad con lo previsto en el art. 30 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

  1. Los Gabinetes son órganos de asistencia política y técnica a los miembros del Consejo de Gobierno. Sus miembros realizan exclusivamente tareas de asesoramiento, no pudiendo, en ningún caso, adoptar actos o resoluciones que correspondan a los órganos de la Administración ni desempeñar tareas propias de éstos.
  2. Los miembros del Consejo de Gobierno tienen la facultad de designar con la limitación de los créditos que estuvieran consignados al efecto en los Presupuestos, al personal de su confianza que integra su Gabinete.
  3. Los miembros del Gabinete cesan automáticamente al producirse el cese de quien los hubiese designado.
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Funciones y Competencias de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte

1. A la Consejería de Educación, Cultura y Deportes corresponde diseñar y ejecutar la política regional en materia educativa, universitaria, cultural, deportiva, de juventud, de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación, conforme a los acuerdos del Consejo de Gobierno y a la legislación vigente.
 
2. El ámbito competencial de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes queda limitado por la ampliación temporal, objetiva y territorial del ámbito competencial de la Agencia del Agua de Castilla La Mancha para la ejecución de actuaciones en materia de cultura, deportes y ocio, en el marco del Real Decreto 1159/2020, de 22 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha, O.A., parala ejecución de diversas obras y actuaciones de mejora del entorno socioeconómico de los núcleos colindantes con los embalses de Entrepeñas y Buendía.

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