Funciones y competencias

Funciones y Competencias de la Delegación Provincial de la Consejería de Bienestar Social en Toledo

Según lo dispuesto en los artículos 7 y 9 del Decreto 78/2019, de 16 de julio, por el que se regula la estructura periférica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, las Delegaciones Provinciales de las Consejerías son un órgano de apoyo de los Consejeros en la provincia.
 
En cada provincia habrá Delegaciones Provinciales de las Consejerías que, bajo la supervisión del Consejero, serán las encargadas de dirigir las respectivas unidades periféricas, y al frente de las cuales estará un Delegado o Delegada Provincial.
 
El Delegado o Delegada Provincial ejercerá la representación ordinaria de la Consejería ante toda clase de autoridades, instituciones y organismos públicos y privados de la provincia, así como en todos los actos en que sea preceptivo o sea reclamada la representación unitaria de la Consejería y desempeñará cuantas funciones le atribuya la normativa vigente.

Funciones y Competencias de la Delegación Provincial de la Consejería de Bienestar Social en Albacete

Según lo dispuesto en los artículos 7 y 9 del Decreto 78/2019, de 16 de julio, por el que se regula la estructura periférica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, las Delegaciones Provinciales de las Consejerías son un órgano de apoyo de los Consejeros en la provincia.
 
En cada provincia habrá Delegaciones Provinciales de las Consejerías que, bajo la supervisión del Consejero, serán las encargadas de dirigir las respectivas unidades periféricas, y al frente de las cuales estará un Delegado o Delegada Provincial.
 
El Delegado o Delegada Provincial ejercerá la representación ordinaria de la Consejería ante toda clase de autoridades, instituciones y organismos públicos y privados de la provincia, así como en todos los actos en que sea preceptivo o sea reclamada la representación unitaria de la Consejería y desempeñará cuantas funciones le atribuya la normativa vigente.

Funciones y Competencias de la Delegación Provincial de la Consejería de Bienestar Social en Ciudad Real

Según lo dispuesto en los artículos 7 y 9 del Decreto 78/2019, de 16 de julio, por el que se regula la estructura periférica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, las Delegaciones Provinciales de las Consejerías son un órgano de apoyo de los Consejeros en la provincia.
 
En cada provincia habrá Delegaciones Provinciales de las Consejerías que, bajo la supervisión del Consejero, serán las encargadas de dirigir las respectivas unidades periféricas, y al frente de las cuales estará un Delegado o Delegada Provincial.
 
El Delegado o Delegada Provincial ejercerá la representación ordinaria de la Consejería ante toda clase de autoridades, instituciones y organismos públicos y privados de la provincia, así como en todos los actos en que sea preceptivo o sea reclamada la representación unitaria de la Consejería y desempeñará cuantas funciones le atribuya la normativa vigente.

Funciones y Competencias de la Delegación Provincial de la Consejería de Bienestar Social en Cuenca

Según lo dispuesto en los artículos 7 y 9 del Decreto 78/2019, de 16 de julio, por el que se regula la estructura periférica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, las Delegaciones Provinciales de las Consejerías son un órgano de apoyo de los Consejeros en la provincia.
 
En cada provincia habrá Delegaciones Provinciales de las Consejerías que, bajo la supervisión del Consejero, serán las encargadas de dirigir las respectivas unidades periféricas, y al frente de las cuales estará un Delegado o Delegada Provincial.
 
El Delegado o Delegada Provincial ejercerá la representación ordinaria de la Consejería ante toda clase de autoridades, instituciones y organismos públicos y privados de la provincia, así como en todos los actos en que sea preceptivo o sea reclamada la representación unitaria de la Consejería y desempeñará cuantas funciones le atribuya la normativa vigente.

Funciones y Competencias de la Delegación Provincial de la Consejería de Bienestar Social en Guadalajara

Según lo dispuesto en los artículos 7 y 9 del Decreto 78/2019, de 16 de julio, por el que se regula la estructura periférica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, las Delegaciones Provinciales de las Consejerías son un órgano de apoyo de los Consejeros en la provincia.
 
En cada provincia habrá Delegaciones Provinciales de las Consejerías que, bajo la supervisión del Consejero, serán las encargadas de dirigir las respectivas unidades periféricas, y al frente de las cuales estará un Delegado o Delegada Provincial.
 
El Delegado o Delegada Provincial ejercerá la representación ordinaria de la Consejería ante toda clase de autoridades, instituciones y organismos públicos y privados de la provincia, así como en todos los actos en que sea preceptivo o sea reclamada la representación unitaria de la Consejería y desempeñará cuantas funciones le atribuya la normativa vigente.

Funciones y competencias de la DG de Mayores

La Dirección General de Mayores ejercerá las siguientes competencias:
 
a) Dirección y planificación de las políticas y servicios de atención a personas mayores en aras de mejorar su calidad de vida.
b) Gestión de los programas y planes, en el ámbito de las personas mayores, en colaboración con la Administración General del Estado, con las entidades locales, con las universidades y con las entidades privadas de iniciativa social.
c) Coordinación de los servicios objeto de su competencia con el conjunto de los servicios sociales y sanitarios de Castilla-La Mancha.
d) Ordenación y coordinación del conjunto de la red pública de centros y servicios dirigidos a la atención de las personas mayores, en especial recursos residenciales, servicios de estancias diurnas, nocturnas y centros de mayores.
e) Desarrollo y seguimiento de los Planes de Acción encaminados a favorecer la igualdad de oportunidades y la discriminación positiva de las personas mayores.
f) Ejecución y evaluación de los Programas configurados en los Planes de Acción descritos en el párrafo e).
g) Dirección y planificación de los servicios y centros propios de atención a personas mayores, dentro del marco establecido por la normativa vigente.
h) Resolución de los procedimientos de subvenciones a entidades locales y privadas de iniciativa social para el mantenimiento de centros, servicios y programas destinados a personas mayores, cuando así se establezca en las bases reguladoras.
i) Gestión de los procedimientos de ingreso en la red pública de atención a las personas mayores.
j) Regulación y gestión del procedimiento para la obtención y el uso en Castilla-La Mancha de la Tarjeta Dorada de Transporte.
k) Planificación, diseño y seguimiento de los programas dirigidos al envejecimiento activo, en particular, los programas de Termalismo y Mayores Activos.
l) Participación en el diseño e implantación de las herramientas informáticas aplicadas a la gestión de las prestaciones y programas para la atención a las personas mayores.
m) Impulso de la formación de los profesionales en el ámbito de la atención a las personas mayores.
n) Cuantas otras funciones le sean atribuidas por la normativa vigente.

Funciones y competencias de la Viceconsejería de Servicios y Prestaciones Sociales

La Viceconsejería de Servicios y Prestaciones Sociales ejercerá las siguientes competencias:
 
a) Gestión de las prestaciones económicas del ingreso mínimo de solidaridad.
b) Gestión de las prestaciones económicas de emergencia social.
c) Gestión de las pensiones no contributivas, así como la gestión de las prestaciones de carácter económico que sean complementos de las prestaciones y pensiones establecidas por el Imserso.
d) Gestión de la ayuda y del título de familia numerosa.
e) Gestión de las ayudas para el mantenimiento de las condiciones básicas de vida, destinadas a personas en estado de viudedad o análoga relación de afectividad o familiares convivientes.
f) Gestión de las convocatorias para la realización de proyectos de interés general con cargo a la asignación tributaria del impuesto sobre la renta de las personas físicas y del impuesto sobre sociedades.
g) Planificación, gestión y desarrollo de la política de cooperación internacional para el desarrollo en Castilla-La Mancha, así como de la educación para el desarrollo y la acción humanitaria.
h) Evaluación y seguimiento del impacto del Ingreso Mínimo Vital en las prestaciones sociales propias de la Consejería de Bienestar Social.
i) Coordinación del Plan de Empleo en el ámbito de los Servicios Sociales.
j) Coordinación con la Mesa del Tercer Sector.
k) Cuantas otras competencias le sean atribuidas por la normativa vigente.

Funciones y competencias de la Viceconsejería de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia

La Viceconsejería de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia ejercerá las siguientes competencias:
 
a) Gestión de los programas en materia de promoción de la autonomía personal y de atención a las personas en situación de dependencia, mediante el diseño de las actuaciones precisas para garantizar a aquéllas los derechos de acceso a las prestaciones y servicios reconocidos en la normativa vigente.
b) Valoración y reconocimiento de la situación de dependencia.
c) Gestión de las ayudas y prestaciones de carácter económico para las personas en situación de dependencia, entre ellas, las prestaciones económicas vinculadas al servicio, para cuidados en el entorno familiar y para el apoyo a cuidadores no profesionales, de asistencia personal y, en general, cualesquiera ayudas económicas encaminadas a facilitar la autonomía personal.
d) Gestión de las prestaciones tecnológicas dirigidas a facilitar los medios necesarios para la adquisición del uso o propiedad de las ayudas técnicas complementarias que faciliten la permanencia adecuada en el entorno a las personas en situación de dependencia que tengan limitaciones para desarrollar actividades diarias.
e) Evaluación del funcionamiento del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
f) Elaboración, coordinación, seguimiento y, en su caso, ejecución de programas, medidas y acciones vinculadas a la prevención de la situación de dependencia, a la promoción de la autonomía personal y a la atención de las personas en situación de dependencia en su entorno personal o familiar y, en particular, el servicio de promoción de la autonomía personal.
g) Ejecución y desarrollo del servicio de teleasistencia, independientemente de la concurrencia o no del grado de dependencia.
h) Resolución de los procedimientos de subvenciones a entidades locales y privadas de iniciativa social para el mantenimiento de servicios y programas destinados a las personas en situación de dependencia, cuando así se establezca en las bases reguladoras.
i) Participación en el diseño e implantación de las herramientas informáticas aplicadas a la gestión del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
j) Supervisión, formación y apoyo técnico a los profesionales de los equipos interdisciplinares de atención a las personas en situación de dependencia.
k) Análisis de las necesidades y demandas en materia de atención a las personas en situación de dependencia en colaboración con la Administración General del Estado, con las entidades locales, con las universidades y con las entidades privadas de iniciativa social.
l) Cuantas otras competencias le sean atribuidas por la normativa vigente.

Funciones y competencias de la DG de Acción Social

La Dirección General de Acción Social y Cooperación ejercerá las siguientes competencias:
 
a) Definición del marco estratégico de los servicios sociales de atención primaria y de las políticas de inclusión social.
b) Diseño, planificación y desarrollo de los servicios sociales de atención primaria.
c) Evaluación de la eficacia y eficiencia de los planes de servicios sociales de atención primaria e inclusión social.
d) Configuración y ordenación territorial y funcional, así como de los equipamientos básicos, de los servicios sociales de atención primaria.
e) Definición, promoción, gestión y desarrollo de las prestaciones de atención primaria que conforman el catálogo de prestaciones, así como los estándares de calidad que han de asegurarse en cada caso.
f) Impulso y promoción de estudios sobre la realidad social y las tendencias de cambio de la sociedad castellanomanchega que oriente la elaboración de planes en materia de servicios sociales de atención primaria y de inclusión social.
g) Coordinación, gestión y desarrollo de la estrategia contra la pobreza y la exclusión social mediante acciones globales e integrales de base territorial en colaboración con la iniciativa pública y privada.
h) Establecimiento y regulación de los instrumentos básicos de la intervención de los profesionales, así como del sistema de información de los servicios sociales de atención primaria.
i) Supervisión, formación y apoyo técnico a los profesionales de servicios sociales de atención primaria.
j) Promoción de acciones inclusivas sobre diversidad cultural en los procesos de integración e incorporación social.
k) Planificación, gestión y desarrollo de la política de voluntariado en Castilla-La Mancha.
l) Promoción del voluntariado, de la participación social y gestión de mecanismos de representación social e iniciativa ciudadana. m) Gestión de las convocatorias para el desarrollo de proyectos de inclusión social del Sistema Público de Servicios Sociales.
n) Cuantas otras competencias le sean atribuidas por la normativa vigente.

Funciones y competencias de la Dirección General de Atención a la Dependencia

La Dirección General de Atención a la Dependencia ejercerá las siguientes funciones:

a) Gestión de los programas en materia de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, mediante el diseño de las actuaciones precisas para garantizar a aquéllas los derechos de acceso a las prestaciones y servicios reconocidos en la normativa vigente.
b) Valoración y reconocimiento de la situación de dependencia.
c) Gestión de las ayudas y prestaciones de carácter económico para las personas en situación de dependencia, entre ellas, las prestaciones económicas vinculadas al servicio, para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales, de asistencia personal y, en general, cualesquiera ayudas económicas encaminadas a facilitar la autonomía personal.
d) Gestión de las prestaciones tecnológicas dirigidas a facilitar los medios necesarios para la adquisición del uso o propiedad de las ayudas técnicas complementarias que faciliten la permanencia adecuada en el entorno a las personas en situación de dependencia que tengan limitaciones para desarrollar actividades diarias.
e) Evaluación del funcionamiento del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
f) Elaboración, coordinación, seguimiento y, en su caso, ejecución de programas, medidas y acciones vinculadas a la prevención de la situación de dependencia, la promoción de la autonomía personal y atención de las personas en situación de dependencia en su entorno personal o familiar y, en particular, el servicio de promoción de la autonomía personal.
g) Ejecución y desarrollo del servicio de teleasistencia, independientemente de la concurrencia o no del grado de dependencia.
h) Preparación y ejecución de las funciones encomendadas a la Comisión de Tutela de Castilla-La Mancha, así como establecer y gestionar el marco de colaboración con las entidades tutelares.
i) Cuantas otras funciones le sean atribuidas por la normativa vigente.

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Decreto 11/2016, de 23/03/2016, modifica el Decreto 87/2015, de 14 de julio, de estructura orgánica y competencias.

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