Funciones y competencias

Funciones y Competencias de la Dirección General de Producción Agroalimentaria y Cooperativas

La Dirección General de Producción Agroalimentaria y Cooperativas ejercerá las siguientes funciones:
 
a) Ordenación, orientación y defensa de las figuras de calidad y otras indicaciones sobre características específicas de productos agroalimentarios, incluida la Marca garantía de Castilla-La Mancha.
b) Fomento del cooperativismo de producción, transformación y comercialización de productos agroalimentarios y de la integración cooperativa.
c) Promoción de los productos agroalimentarios de Castilla-La Mancha, y en particular el fomento y promoción de los productos avalados por las figuras de calidad.
d) Fomento y promoción de los productos agroalimentarios regionales a través de los establecimientos de hostelería y entidades de fomento de la gastronomía regional, con el objetivo de acercar y dar a conocer estos productos a las personas consumidoras.
e) Gestión de las medidas para mejorar el funcionamiento e información de la cadena alimentaria, incluida la distribución.
f) Planificación estratégica del sector vinícola.
g) Planificación estratégica de la producción ecológica.
h) Autoridad competente en las siguientes materias: control oficial de la calidad alimentaria, de la producción ecológica, del etiquetado facultativo de productos alimenticios o alimentos y en el control oficial antes de la comercialización de las denominaciones de origen protegidas, de las indicaciones geográficas protegidas y de las especialidades tradicionales garantizadas.
i) Gestión y resolución de las siguientes ayudas comunitarias financiadas con cargo al Feaga: Ayuda para la distribución en los centros escolares de frutas y hortalizas y de leche y productos lácteos; Programas operativos de frutas y hortalizas; dentro del Programa de apoyo al sector vitivinícola (Pasve) y de la Intervención Sectorial del Vino,las ayudas a las medidas e intervenciones de promoción del vino en terceros países, inversiones y destilación de subproductos; y todas las que puedan ponerse en marcha para las industrias y mercados agroalimentarios.
j) Gestión y resolución de las ayudas a favor de la competitividad del sector agroalimentario, cofinanciadas con el Feader y correspondientes a las siguientes medidas e intervenciones: Inversiones en transformación, comercialización y desarrollo de productos agroalimentarios; Apoyo a la producción y comercialización de productos de calidad diferenciada; Cooperación para la realización de proyectos piloto y para el desarrollo de nuevos productos, prácticas, procesos y tecnologías en el sector agroalimentario; Cooperación para el desarrollo de canales cortos de comercialización; Agrupaciones de productores agroalimentarios.
k) Gestión y resolución de las ayudas a las inversiones en transformación y comercialización de productos de la pesca y la acuicultura con cargo al Fondo Europeo del Mar y de la Pesca (FEMP) y del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura (Fempa).
l) Gestión de las medidas de intervención de mercados agroalimentarios. m) Autorización y supervisión de las entidades de control de productos agroalimentarios. Relaciones con los organismos de acreditación y normalización.
n) Reconocimiento y supervisión de las organizaciones de productores, así como de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias. Tramitación de expedientes de extensión de norma.
ñ) Reconocimiento y supervisión de las Entidades Asociativas Prioritarias de Interés Regional (Eapir).
o) Aplicación del sistema comunitario de clasificación de canales ganaderas.
p) La gestión de los registros relacionados con las competencias de esta Dirección General.
q) Estudio y elaboración de anteproyectos normativos dentro del ámbito de su competencia, en coordinación con la Secretaría General.
r) Cualquier otra que en un futuro pueda atribuirse a la Comunidad Autónoma y que quede dentro del ámbito de actuación de esta Dirección General.

Funciones y Competencias de la Dirección General de Ordenación Agropecuaria

La Dirección General de Ordenación Agropecuaria ejercerá las siguientes funciones:
 
a) Ordenación, planificación, reforma y desarrollo de los sectores agrícolas y ganaderos y sus medios de producción.
b) Ordenación, fomento y orientación de formas de producción agraria compatibles y respetuosas con el medio ambiente.
c) Sanidad vegetal y control en materia de semillas y plantas de vivero, en coordinación con el órgano con competencias en política forestal, en el caso de semillas y plantas de especies forestales.
d) Sanidad animal, protección y bienestar de todas las especies animales, tanto domésticas, de producción como de compañía y, en coordinación con el órgano con competencias en materia de las especies salvajes, silvestres o cinegéticas.
e) Gestión de actuaciones relacionadas con el bienestar y protección de los animales de producción y domésticos.
f) Coordinación y aplicación de las normas referidas a los subproductos animales no destinados a consumo humano (Sandach), dentro del ámbito competencial de esta Consejería.
g) Planificación y ejecución de los programas de higiene y control de la producción primaria ganadera y agrícola, así como el ordenamiento y desarrollo de los sistemas de trazabilidad agropecuarios.
h) Mantenimiento y explotación del Registro de Explotaciones Agrarias.
i) Mantenimiento y gestión del Cuaderno de Explotaciones.
j) Administración de cuantos registros incidan en la ordenación y fomento de las producciones agrícolas, ganaderas y núcleos zoológicos, así como en sus medios de producción.
k) Promoción y fomento de los seguros agrarios, así como la tramitación, gestión y control de las ayudas que se establezcan con tal fin.
l) Estudio y evaluación de los ecosistemas agrarios y de los organismos modificados genéticamente. Autorización y registro de los laboratorios que trabajan con organismos modificados genéticamente, así como la utilización confinada y la liberación voluntaria de los mismos.
m) Estudio y elaboración de anteproyectos normativos dentro del ámbito de su competencia en coordinación con la Secretaría General.
n) Cualquier otra que en un futuro pueda atribuirse a la Comunidad Autónoma y quede dentro del ámbito de actuación de esta dirección General.

Funciones y Competencias de la Viceconsejería de la Política Agraria Común y Política Agroambiental

1. A la persona titular de la Viceconsejería de la Política Agraria Común y Política Agroambiental, le corresponden, conforme al artículo 28 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, y bajo la dirección de la persona titular de la Consejería, las siguientes competencias:
 
a) Sustituir a la persona titular de la Consejería en los actos y despacho ordinario de los asuntos de su área de competencias.
 
b) La definición y programación de las ayudas asociadas a la Política Agraria Común, en particular, las referidas a la agricultura, ganadería y políticas agroambientales, dentro del área de competencias de la Consejería, y que no estén atribuidas a otros órganos de la misma.
c) La definición y programación de las políticas asociadas al desarrollo rural, dentro del área de competencias de la Consejería, y que no estén atribuidas a otros órganos de la misma.
d) Autoridad de gestión del Programa de Desarrollo Rural 2014-2022 de Castilla-La Mancha y Autoridad regional del Plan Estratégico de la PAC de Castilla-La Mancha.
e) El estudio del seguimiento y evaluación del Programa de Desarrollo Rural en el territorio y la planificación de los futuros Programas, sin perjuicio de las competencias de otros departamentos de la Administración regional en materias que puedan ser financiadas por los mismos.
f) La planificación, diseño de medidas, seguimiento y evaluación del Sistema de Conocimiento e Innovación Agraria (SCIA), las redes de la PAC y las acciones de transición digital en el medio rural relativos al PDR 2014-2022 y al Pepac en Castilla-La Mancha.
g) El desarrollo de instrumentos financieros destinados al medio rural financiados con fondos estructurales.
h) Gestión y resolución de las ayudas cofinanciadas por el Feader destinadas a la utilización sostenible de las tierras agrícolas, relativas a las medidas agroambientales, clima, y agricultura ecológica.
i) Gestión y resolución de las ayudas comunitarias cofinanciadas con cargo al Feader relativas a las zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas.
j) Gestión y resolución de las ayudas comunitarias cofinanciadas con cargo al Feader relativas a los pagos compensatorios a agricultores en Zonas de Especial Protección de Aves (Zepas).
k) Gestión de las ayudas cuyos beneficiarios sean ganaderos, para la prevención e indemnización de daños producidos por fauna silvestre.
l) Gestión y resolución de las ayudas comunitarias cofinanciadas con cargo al Feader relativas a la forestación, creación de superficies forestales y primas compensatorias de forestación.
m) La dirección de las propuestas normativas de sus áreas de competencias.
 
2.- Bajo la superior dirección de la persona titular de la Consejería, la Viceconsejería de la Política Agraria Común y Política Agroambiental coordinará las actuaciones de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, la Dirección General de Ordenación Agropecuaria, la Dirección General de Desarrollo Rural y la Dirección General de Producción Agroalimentaria y Cooperativas.
 
3. Cuantas funciones le sean encomendadas por el titular de la Consejería en el ejercicio de su competencia o por la normativa vigente.

Funciones y Competencias del Instituto Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentaria y Forestal de Castilla-La Mancha (Iriaf)

Ley 4/2015, de 26 de marzo, por la que se crea el Instituto Regional de Investigación y Desarrollo Agroalimentario y Forestal de Castilla-La Mancha.

 

1. El IRIAF tendrá los objetivos de potenciar la investigación, desarrollo, innovación, formación, modernización y transferencia de conocimientos y resultados de la investigación, dirigidos a los sectores agrícola, ganadero, forestal, medioambiental, cinegético, de la acuicultura y de la pesca fluvial, así como de sus industrias de transformación y comercialización, mediante el impulso del desarrollo tecnológico y la dinamización de iniciativas que comporten nuevas orientaciones productivas o la adecuación al mercado y sus exigencias de calidad y competitividad.

 

2. Para el desarrollo de sus objetivos corresponderán al IRIAF, las siguientes funciones dentro del ámbito de su actividad:

 

a) Investigación e innovación básica y aplicada así como el desarrollo tecnológico en los sectores objeto de su actividad, determinando las líneas de investigación prioritarias en base a las orientaciones marcadas por los correspondientes planes regionales, nacionales y europeos de investigación y atendiendo a las necesidades y posibilidades de desarrollo de la Comunidad Autónoma.

 

b) Ejecución de las actividades de formación, divulgación, transferencia y cualesquiera otras que, en su ámbito, contribuyan a la mejora y extensión real del conocimiento, tanto en el ámbito de la sociedad civil como en el de las administraciones, con especial interés en iniciativas basadas en la formación de formadores y de investigadores.

 

c) Prestación de asesoramiento, servicios y realización de estudios que, por su naturaleza o interés estratégico, se consideren necesarios desde la Consejería a la que se encuentre adscrito o le sean encomendados por sus órganos de gobierno.

 

d) Promover y fomentar relaciones científicas y tecnológicas con otras instituciones regionales, nacionales o internacionales, así como, organizar congresos, foros o reuniones científicas, todo ello relacionado con los sectores mencionados y sobre temas de interés para la región.

 

e) Poner en valor las distintas actuaciones tecnológicas e investigadoras incluidas en los anteriores epígrafes o las que se deriven del acervo de conocimientos del IRIAF, mediante las fórmulas adecuadas de divulgación, registro de patentes o comercialización, así como las de participación e imbricación de los distintos subsectores en las propias actuaciones del mismo.

 

f) Proporcionar las bases científicas y tecnológicas para fomentar el desarrollo sostenible en la región de los sectores incluidos en el apartado anterior, así como de sus industrias de transformación y comercialización.

 

g) Impulsar y promover la colaboración público-privada en el ámbito de la investigación, desarrollo e innovación de los sectores agrícola, ganadero, forestal, medioambiental, cinegético, pesca fluvial, y acuicultura y sus industrias de transformación y comercialización, así como del desarrollo rural.

 

h) Aprovechar los productos y subproductos de los sectores agroalimentario, medioambiental y otros asociados a la bioeconomía.

 

i) El ejercicio de cualquier otra función que le corresponda en virtud de esta ley o del resto del ordenamiento jurídico.

 

Funciones y Competencias de la Delegación Provincial de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural en Toledo

Según lo dispuesto en los artículos 7 y 9 del Decreto 78/2019, de 16 de julio, por el que se regula la estructura periférica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, las Delegaciones Provinciales de las Consejerías son un órgano de apoyo de los Consejeros en la provincia.
 
En cada provincia habrá Delegaciones Provinciales de las Consejerías que, bajo la supervisión del Consejero, serán las encargadas de dirigir las respectivas unidades periféricas, y al frente de las cuales estará un Delegado o Delegada Provincial.
 
El Delegado o Delegada Provincial ejercerá la representación ordinaria de la Consejería ante toda clase de autoridades, instituciones y organismos públicos y privados de la provincia, así como en todos los actos en que sea preceptivo o sea reclamada la representación unitaria de la Consejería y desempeñará cuantas funciones le atribuya la normativa vigente.

Funciones y Competencias de la Delegación Provincial de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural en Guadalajara

Según lo dispuesto en los artículos 7 y 9 del Decreto 78/2019, de 16 de julio, por el que se regula la estructura periférica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, las Delegaciones Provinciales de las Consejerías son un órgano de apoyo de los Consejeros en la provincia.
 
En cada provincia habrá Delegaciones Provinciales de las Consejerías que, bajo la supervisión del Consejero, serán las encargadas de dirigir las respectivas unidades periféricas, y al frente de las cuales estará un Delegado o Delegada Provincial.
 
El Delegado o Delegada Provincial ejercerá la representación ordinaria de la Consejería ante toda clase de autoridades, instituciones y organismos públicos y privados de la provincia, así como en todos los actos en que sea preceptivo o sea reclamada la representación unitaria de la Consejería y desempeñará cuantas funciones le atribuya la normativa vigente.

Funciones y Competencias de la Delegación Provincial de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural en Cuenca

Según lo dispuesto en los artículos 7 y 9 del Decreto 78/2019, de 16 de julio, por el que se regula la estructura periférica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, las Delegaciones Provinciales de las Consejerías son un órgano de apoyo de los Consejeros en la provincia.
 
En cada provincia habrá Delegaciones Provinciales de las Consejerías que, bajo la supervisión del Consejero, serán las encargadas de dirigir las respectivas unidades periféricas, y al frente de las cuales estará un Delegado o Delegada Provincial.
 
El Delegado o Delegada Provincial ejercerá la representación ordinaria de la Consejería ante toda clase de autoridades, instituciones y organismos públicos y privados de la provincia, así como en todos los actos en que sea preceptivo o sea reclamada la representación unitaria de la Consejería y desempeñará cuantas funciones le atribuya la normativa vigente.

Funciones y Competencias de la Delegación Provincial de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural en Ciudad Real

Según lo dispuesto en los artículos 7 y 9 del Decreto 78/2019, de 16 de julio, por el que se regula la estructura periférica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, las Delegaciones Provinciales de las Consejerías son un órgano de apoyo de los Consejeros en la provincia.
 
En cada provincia habrá Delegaciones Provinciales de las Consejerías que, bajo la supervisión del Consejero, serán las encargadas de dirigir las respectivas unidades periféricas, y al frente de las cuales estará un Delegado o Delegada Provincial.
 
El Delegado o Delegada Provincial ejercerá la representación ordinaria de la Consejería ante toda clase de autoridades, instituciones y organismos públicos y privados de la provincia, así como en todos los actos en que sea preceptivo o sea reclamada la representación unitaria de la Consejería y desempeñará cuantas funciones le atribuya la normativa vigente.

Funciones y Competencias de la Delegación Provincial de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural en Albacete

Según lo dispuesto en los artículos 7 y 9 del Decreto 78/2019, de 16 de julio, por el que se regula la estructura periférica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, las Delegaciones Provinciales de las Consejerías son un órgano de apoyo de los Consejeros en la provincia.
 
En cada provincia habrá Delegaciones Provinciales de las Consejerías que, bajo la supervisión del Consejero, serán las encargadas de dirigir las respectivas unidades periféricas, y al frente de las cuales estará un Delegado o Delegada Provincial.
 
El Delegado o Delegada Provincial ejercerá la representación ordinaria de la Consejería ante toda clase de autoridades, instituciones y organismos públicos y privados de la provincia, así como en todos los actos en que sea preceptivo o sea reclamada la representación unitaria de la Consejería y desempeñará cuantas funciones le atribuya la normativa vigente.

Funciones y competencias de la DG de Políticas Agroambientales

La Dirección General de Políticas Agroambientales ejercerá las siguientes funciones:
a) Planificación y programación de las políticas agroambientales.
b) Gestión, resolución y reconocimiento de las obligaciones cofinanciadas por el Feader de las ayudas destinadas a la utilización sostenible de las tierras agrícolas, relativas a las medidas agroambientales, clima, y agricultura ecológica.
c) Gestión, resolución y reconocimiento de las obligaciones de las ayudas comunitarias cofinanciadas con cargo al Feader, relativas a las zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas.
d) Gestión, resolución y reconocimiento de las obligaciones las ayudas comunitarias cofinanciadas con cargo al Feader relativas a los pagos compensatorios a agricultores en Zonas de Especial Protección de Aves (ZEPAS).
e) Gestión de las ayudas cuyos beneficiarios sean agricultores y/o ganaderos, para la prevención e indemnización de daños producidos por fauna silvestre.
f) Gestión, resolución y reconocimiento de las obligaciones las ayudas comunitarias cofinanciadas con cargo al Feader relativas a la forestación, creación de superficies forestales y primas compensatorias de forestación
g) Estudio y elaboración de anteproyectos normativos dentro del ámbito de su competencia en coordinación con la Secretaría General.
h) Cualquier otra que en un futuro pueda atribuirse a la Comunidad Autónoma y quede dentro del ámbito de actuación de esta dirección General.

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