Acuerdos del Consejo de Gobierno 23 de mayo de 2017

Acuerdos del Consejo de Gobierno 23 de mayo de 2017

ACUERDOS

Toma en conocimiento de la Orden por la que se establecen las bases reguladoras de los Premios y Muestra Mujeres en el Arte del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha

La Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la selección de las obras que vayan a ser integrantes de los Premios y Muestra Mujeres en el Arte del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, en régimen de concurrencia competitiva, así como la concesión de un único premio por cada categoría en la que se presenten las mujeres artistas.
 
Enlaces relacionados:
Orden 100/2017, de 24 de mayo, de la Vicepresidencia, por la que se establecen las bases reguladoras de los Premios y Muestra Mujeres en el Arte del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha.

Toma en conocimiento de la Orden por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para favorecer la no discriminación de las personas pertenecientes al colectivo LGTBI

La Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones para favorecer la no discriminación de las personas pertenecientes al colectivo de lesbianas, gais, transexuales, bisexuales e intersexuales (LGTBI).
 
Enlaces relacionados:
Orden 101/2017, de 24 de mayo, de la Vicepresidencia, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para favorecer la no discriminación de las personas pertenecientes al colectivo LGTBI.

Toma en conocimiento del proyecto de Decreto por el que se fija el calendario laboral para el año 2018 en la Comunidad Autónoma de Castilla- La Mancha.

El Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, establece en su artículo 37.2 que las Comunidades Autónomas, dentro del límite anual de catorce días festivos, podrán señalar aquellas fiestas que por tradición les sean propias, sustituyendo para ello las de ámbito nacional que se determinen reglamentariamente y, en todo caso, las que se trasladen al lunes.
El artículo 45 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, sobre regulación de la jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos, declarado vigente por el Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, sobre jornadas especiales de trabajo, regula las fiestas laborales de ámbito nacional de carácter retribuido y no recuperable.
Por su parte, el Real Decreto 384/1995, de 10 de marzo, transfiere a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha las funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de Trabajo. Entre ellas, la letra B) del Anexo del citado Real Decreto, apartado Cuarto, transfiere la determinación de las fiestas laborales de ámbito local y la sustitución de fiestas a que se refiere el artículo 45 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, según redacción dada al mismo por el Real Decreto 1346/1989, de 3 de noviembre.
El proyecto de norma de la que toma conocimiento el Consejo de Gobierno, opta por reconocer como festivo el día 31 de mayo, Día de la Región de Castilla-La Mancha en sustitución del descanso laboral correspondiente al día 19 de marzo, San José, todo ello de conformidad con la normativa anterior.
Con carácter previo a la aprobación del Decreto por el Consejo de Gobierno, se concederá audiencia a las organizaciones sindicales y empresariales más representativas de la Región y a la Iglesia Católica.
En consecuencia, la norma proyectada prevé como fiestas laborales de carácter retribuido y no recuperables en el año 2018, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, serán las siguientes:
 
1 de enero, Año Nuevo
6 de enero, Epifanía del Señor 29 de marzo, Jueves Santo  30 de marzo, Viernes Santo
1 de mayo, Fiesta del Trabajo
31 de mayo, Día de la Región de Castilla-La Mancha, en sustitución del descanso laboral correspondiente al día 19 de marzo, San José
15 de agosto, Asunción de la Virgen
12 de octubre, Fiesta Nacional de España
1 de noviembre, Festividad de todos los Santos 6 de diciembre, Día de la Constitución Española 8 de diciembre, Inmaculada Concepción
25 de diciembre, Natividad del Señor

 

Acuerdo por el que se toma conocimiento de la orden por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas públicas encaminadas a la mejora del ahorro y la eficiencia energética en el sector del transporte

El Consejo de Gobierno ha tomado conocimiento de la Orden por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas públicas destinadas a promover el ahorro y la eficiencia energética en el sector del transporte mediante el uso de vehículos nuevos eficientes y la transformación del sistema motor a GLP, GNC o GNL.
 
Se establece el régimen jurídico, requisitos y obligaciones de los beneficiarios de las ayudas, y regulación de los requisitos técnicos de cada uno de los programas de ayuda regulados:
 
a)    Programa 1. Adquisición de vehículos nuevos eficientes impulsados por energías alternativas.
 
b)  Programa 2. Transformación o conversión de los sistemas de alimentación del motor de vehículos alimentados por energías convencionales (gasolina o gasóleo), a sistemas basados en alimentación con GLP, GNC o GNL.
 
Enlaces relacionados:
Orden 112/2017, de 24 de mayo, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas públicas encaminadas a la mejora del ahorro y la eficiencia energética en el sector del transporte, mediante el uso de vehículos nuevos eficientes y la transformación del sistema motor a GLP, GNC o GNL.
 
Actuaciones.

Autorización de gasto para las subvenciones a entidades locales y entidades sin ánimo de lucro para la contratación de personas desempleadas, en el marco del Plan extraordinario por el empleo en Castilla-La Mancha

El Consejo de Gobierno autoriza el gasto derivado de la propuesta de resolución de las subvenciones a entidades locales y entidades sin ánimo de lucro para la contratación de personas desempleadas, en el marco del Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla-La Mancha.

 

Como consecuencia de la tramitación de varios expedientes de concesión de subvenciones solicitadas por numerosos Ayuntamientos de la Región, al amparo de la Resolución de 25/01/2017, de la Dirección General de Programas de Empleo, por la que se convocan para el ejercicio 2017, las subvenciones a entidades locales y entidades sin ánimo de lucro para la contratación de personas desempleadas, en el marco del Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla-La Mancha y debido a que la propuesta de resolución prevé la concesión de subvenciones por importes superiores a 500.000 euros, con cargo a fondos propios del presupuesto de gastos de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo y con fondos finalistas de fondos provenientes de las Diputaciones Provinciales de Castilla-La Mancha, con carácter plurianual para los ejercicios 2017 y 2018 y comprobando su ajuste a las previsiones normativas, se hace preciso someterlo al Consejo de Gobierno a efectos de autorización de dicho gasto, por superar el límite de 500.000 euros (cantidad máxima atribuida a los titulares de las consejerías), establecido en el artículo 20 de la Ley 1/2016, de 22 de abril, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2016, prorrogados conforme dispone el Decreto 82/2016, de 27 de diciembre.

 

Igualmente, el artículo 72.2 del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, establece que cuando la cuantía individual de la subvención a conceder supere el umbral previsto en las leyes de presupuestos para autorización de gastos por los órganos señalados en el párrafo anterior (entre los que están los titulares de las consejerías), el gasto habrá de ser autorizado por acuerdo del Consejo de Gobierno, sin perjuicio de la competencia de los órganos a los que corresponde su concesión.

 

Los gastos autorizados por el Consejo de Gobierno son los siguientes:

 

AYUNTAMIENTO

TOTAL 

TRABAJADORES

IMPORTE

SUBVENCIÓN

APORTACIÓN

JUNTA

APORTACIÓN 

DIPUTACIÓN

ALBACETE

920

3.606.624,00 €

1.911.510,72 €

1.695.113,28 €

ALMANSA

159

790.350,00 €

418.885,50 €

371.464,50 €

HELLÍN

236

1.168.200,00 €

619.146,00 €

549.054,00 €

VILLARROBLEDO

149

739.200,00 €

391.776,00 €

347.424,00 €

ALCÁZAR DE SAN JUAN

188

933.900,00 €

494.967,00 €

438.933,00 €

CIUDAD REAL

163

810.150,00 €

429.379,50 €

380.770,50 €

MANZANARES

106

531.300,00 €

281.589,00 €

249.711,00 €

PUERTOLLANO

349

1.734.150,00 €

919.099,50 €

815.050,50 €

TOMELLOSO

183

909.150,00 €

481.849,50 €

427.300,50 €

VALDEPEÑAS

161

796.950,00 €

422.383,50 €

374.566,50 €

ILLESCAS

194

980.100,00 €

519.453,00 €

460.647,00 €

TALAVERA DE LA REINA

590

2.966.700,00 €

1.572.351,00 €

1.394.349,00 €

TOLEDO

373

1.853.418,00 €

982.311,54 €

871.106,46 €

VILLACAÑAS

114

565.950,00 €

299.953,50 €

265.996,50 €

TOTAL

4.108

19.443.765,69 €

10.329.999,45 €

9.113.766,24 €

 

Acuerdo por el que se toma en conocimiento la resolución por la que se convocan subvenciones para la realización de actuaciones urgentes e incidencias imprevisibles por los municipios y mancomunidades

La Ley de Entidades Locales de Castilla-La Mancha establece que, con cargo a  los Presupuestos Generales de Castilla-La Mancha, se dotará anualmente un Fondo Regional de Cooperación Local, que tendrá por objeto cooperar con los municipios, entidades de ámbito territorial inferior al municipio y mancomunidades de Castilla-La Mancha en la financiación de inversiones en obras y equipamientos de competencia local. De acuerdo con esta Ley, el 3% del Fondo se reservará para atender actuaciones urgentes e incidencias imprevisibles que pudieran presentarse.
 
Aprobadas las bases reguladoras el pasado 2 de mayo, el Consejo de Gobierno toma ahora en conocimiento la resolución de la convocatoria de estas subvenciones para el año 2017, lo que permitirá, una vez aprobada y publicada, la presentación de solicitudes por parte de las entidades locales interesadas.
 
Enlaces relacionados:
Resolución de 01/06/2017, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se convocan subvenciones para la realización de actuaciones urgentes e incidencias imprevisibles por los municipios, mancomunidades y entidades de ámbito territorial inferior al municipio de Castilla-La Mancha, con cargo al Fondo Regional de Cooperación Local, para el año 2017.

Autorización para reconocer obligaciones derivadas de la formalización del Convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y el Instituto de Salud Carlos III, para el mantenimiento del Instituto Joanna Briggs

El objeto del presente Convenio es continuar con las líneas de colaboración entre la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y el ISCIII, para regular el funcionamiento del Centro Colaborador Español del Instituto Joanna Briggs para el desarrollo de la práctica clínica de enfermería basada en la evidencia.
 
Las actividades de dicho instituto son de gran interés para el Sistema Nacional de Salud. Consisten en la traducción del material científico del JBI y su libre distribución y difusión en el idioma español a todos los profesionales; la realización de revisiones  sistemáticas  en  el ámbito de los cuidados de salud; la formación de profesionales de todas las CC.AA. en los diferentes aspectos de la práctica clínica basada en la evidencia; la acreditación por el JBI de más de 100 de profesionales para liderar revisiones sistemáticas en el ámbito de los cuidados; la creación de la red nacional de Centros Comprometidos con la Excelencia en Cuidados con la primera y segunda convocatoria del Proyecto de Implantación de Guías de Buenas Prácticas y su desarrollo; la presencia del Centro colaborador en la convocatorias europeas de financiación de la investigación en salud, etc.
 
Enlaces relacionados:

Joanna Briggs Institute

Toma de conocimiento de las bases reguladoras para la concesión de ayudas de formación al alumnado que participe en actividades formativas del Plan de Garantía Juvenil en Centros Públicos

La Consejería de Educación, Cultura y Deportes convoca cada curso un procedimiento para la implantación en centros públicos de actividades formativas cofinanciadas por el Fondo Social Europeo a través del Programa Operativo de Empleo 2014‐2020, dentro del Plan Nacional de Garantía Juvenil.
 
Estas actividades formativas pueden realizarse en Institutos de Educación Secundaria, Escuelas de Arte, Centros y Aulas públicos de Educación de Personas Adultas y Escuelas Oficiales de Idiomas de Castilla‐La Mancha.
 
Se trata de cursos preparatorios de pruebas libres, cursos sobre cualificaciones profesionales completas o módulos vinculados a títulos de grado medio; cursos de perfeccionamiento para técnicos, técnicos superiores o profesionales; cursos preparatorios para la acreditación de competencias claves o cursos específicos de idioma extranjero a nivel profesional, entre otros.
 
Una vez finalizadas las acciones formativas, los participantes tienen la posibilidad de solicitar una ayuda por su participación.
 
Las bases reguladoras para la convocatoria de estas ayudas es el objeto del acuerdo del Consejo de Gobierno
 
Los cambios producidos en la normativa de carácter general y en la que regula el Sistema Nacional de Garantía juvenil, así como el interés por mejorar algunos aspectos de las convocatorias anteriores, hacen necesaria la renovación de las bases reguladoras del proceso.
 
Enlaces relacionados:
Orden 103/2017, de 23 de mayo, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas de formación al alumnado que participe en el Plan de Garantía Juvenil en cualquiera de las enseñanzas de la oferta educativa específica de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.
•PORTAL DE EDUCACIÓN DE CLM
Ministerio de Empleo y Seguridad Social, Sistema Nacional de Garantía Juvenil
Bases reguladoras

Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se declara Bien de Interés Cultural la Fiesta del Corpus Christi en el municipio de Elche de la Sierra (Albacete), con la categoría de Bien Inmaterial.

El Ayuntamiento de Elche de la Sierra (Albacete) solicitó la declaración de la fiesta del Corpus Christi de su localidad como Bien de Interés Cultural con la categoría de Bien Inmaterial. El Servicio de Patrimonio y Arqueología de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes redactó un informe en el que se recomendaba proceder a la declaración.
 
De resultas de dicho informe se concluye que la Fiesta del Corpus Christi de Elche de la Sierra es reconocida y compartida por la comunidad como parte integrante y representativa de su patrimonio cultural, forma parte de su memoria colectiva y es experimentada como una vivencia que refuerza los lazos identitarios, con sus significados y símbolos compartidos, infundiendo un sentimiento de pertenencia respecto a su cultura.
 
Conforme a lo estipulado en el artículo 11.1 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla – La Mancha, se propuso el inicio del procedimiento de declaración.
 
Tras la publicación de la Resolución de Inicio en el Diario Oficial de Castilla – La Mancha nº 99, con fecha 23 de mayo de 2016, una vez transcurrido el plazo de información pública establecido en el artículo 14.4, de la Ley 4/2013, la notificación a los interesados conforme a lo que establece el artículo 12 de la Ley 4/2013, obtenido el informe favorable de la Comisión Provincial de Patrimonio Cultural de Albacete, el Consejo de Gobierno ha acordado su declaración como BIC.
 
Enlaces relacionados:
Acuerdo de 23/05/2017, del Consejo de Gobierno, por el que se declara Bien de Interés Cultural la Fiesta del Corpus Christi en el municipio de Elche de la Sierra (Albacete), con categoría de Bien Inmaterial.

Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se declara Bien de Interés Cultural la Fiesta del Corpus Christi en el municipio de Lagartera (Toledo), con la categoría de Bien Inmaterial.

El Ayuntamiento de Lagartera (Toledo) solicitó la declaración de la fiesta del Corpus Christi de su localidad como Bien de Interés Cultural con la categoría de Bien Inmaterial. El Servicio de Patrimonio y Arqueología de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes redactó un informe en el que se recomendaba proceder a la declaración.
 
De resultas de dicho informe se concluye que la Fiesta del Corpus Christi de Lagartera es reconocida y compartida por la comunidad como parte integrante y representativa de su patrimonio cultural, forma parte de su memoria colectiva y es experimentada como una vivencia que refuerza los lazos identitarios, con sus significados y símbolos compartidos, infundiendo un sentimiento de pertenencia respecto a su cultura.
 
Conforme a lo estipulado en el artículo 11.1 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla – La Mancha, se propuso el inicio del procedimiento de declaración.
 
Tras la publicación de la Resolución de Inicio en el Diario Oficial de Castilla – La Mancha nº 99, con fecha 23 de mayo de 2016, una vez transcurrido el plazo de información pública establecido en el artículo 14.4, de la Ley 4/2013, la notificación a los interesados conforme a lo que establece el artículo 12 de la Ley 4/2013, el Consejo de Gobierno ha acordado su declaración como BIC.
 
Enlaces relacionados:
Acuerdo de 23/05/2017, del Consejo de Gobierno, por el que se declara Bien de Interés Cultural la Fiesta del Corpus Christi en el municipio de Lagartera (Toledo), con categoría de Bien Inmaterial.

Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se declara Bien de Interés Cultural la Fiesta del Corpus Christi en el municipio de Porzuna (Ciudad Real), con la categoría de Bien Inmaterial

El Ayuntamiento de Porzuna (Ciudad Real) solicitó la declaración de la fiesta del Corpus Christi de su localidad como Bien de Interés Cultural con la categoría de Bien Inmaterial. El Servicio de Patrimonio y Arqueología de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes redactó un informe en el que se recomendaba proceder a la declaración.
 
De resultas de dicho informe se concluye que la Fiesta del Corpus Christi de Porzuna es reconocida y compartida por la comunidad como parte integrante y representativa de su patrimonio cultural, forma parte de su memoria colectiva y es experimentada como una vivencia que refuerza los lazos identitarios, con sus significados y símbolos compartidos, infundiendo un sentimiento de pertenencia respecto a su cultura.
 
Conforme a lo estipulado en el artículo 11.1 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla – La Mancha, se propuso el inicio del procedimiento de declaración.
 
Tras la publicación de la Resolución de Inicio en el Diario Oficial de Castilla – La Mancha nº 99, con fecha 23 de mayo de 2016, una vez transcurrido el plazo de información pública establecido en el artículo 14.4, de la Ley 4/2013, la notificación a los interesados conforme a lo que establece el artículo 12 de la Ley 4/2013, el Consejo de Gobierno ha acordado su declaración como BIC.
 
Enlaces relacionados:
Acuerdo de 23/05/2017, del Consejo de Gobierno, por el que se declara Bien de Interés Cultural la Fiesta del Corpus Christi en el municipio de Porzuna (Ciudad Real), con categoría de Bien Inmaterial.

Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se declara Bien de Interés Cultural la Fiesta de la Octava del Corpus Christi en el municipio de Valverde de los Arroyos (Guadalajara), con la categoría de Bien Inmaterial

La Asociación de Danzantes de Valverde de los Arroyos (Guadalajara) solicitó la declaración de la fiesta de la Octava del Corpus Christi de su localidad como Bien de Interés Cultural con la categoría de Bien Inmaterial. El Servicio de Patrimonio y Arqueología de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes redactó un informe en el que se recomendaba proceder a la declaración.
 
Ese informe concluye que la fiesta de la Octava del Corpus Christi de Valverde de los Arroyos es reconocida y compartida por la comunidad como parte integrante y representativa de su patrimonio cultural, forma parte de su memoria colectiva y es experimentada como una vivencia que refuerza los lazos identitarios, con sus significados y símbolos compartidos, infundiendo un sentimiento de pertenencia respecto a su cultura.
 
Conforme a lo estipulado en el artículo 11.1 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla – La Mancha, se propuso el inicio del procedimiento de declaración.
 
Tras la publicación de la Resolución de Inicio en el Diario Oficial de Castilla – La Mancha nº 221, con fecha 14 de noviembre de 2016, una vez transcurrido el plazo de información pública establecido en el artículo 14.4, de la Ley 4/2013, la notificación a los interesados conforme a lo que establece el artículo 12 de la Ley 4/2013, el Consejo de Gobierno ha acordado su declaración como BIC.
 
Enlaces relacionados:
Acuerdo de 23/05/2017, del Consejo de Gobierno, por el que se declara Bien de Interés Cultural la Fiesta de la Octava del Corpus Christi de Valverde de los Arroyos (Guadalajara), con categoría de Bien Inmaterial.

Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se declara Bien de Interés Cultural la Fiesta de Pecados y Danzantes del Corpus Christi en el municipio de Camuñas (Toledo), con la categoría de Bien Inmaterial

El Ayuntamiento de Camuñas (Toledo) solicitó la declaración de la fiesta de los Pecados y Danzantes del Corpus Christi de su localidad como Bien de Interés Cultural con la categoría de Bien Inmaterial. El Servicio de Patrimonio y Arqueología de Consejería de Educación, Cultura y Deportes realizó un informe en el que se recomendaba proceder a la declaración.
 
De resultas de dicho informe se concluye que la Fiesta de los Pecados y danzantes del Corpus Christi de Camuñas es reconocida y compartida por la comunidad como parte integrante y representativa de su patrimonio cultural, forma parte de su memoria colectiva y es experimentada como una vivencia que refuerza los lazos identitarios, con sus significados y símbolos compartidos, infundiendo un sentimiento de pertenencia respecto a su cultura.
 
Conforme a lo estipulado en el artículo 11.1 de la Ley 4/2013, de 16 de mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla – La Mancha, se propuso el inicio del procedimiento de declaración.
 
Tras la publicación de la Resolución de Inicio en el Diario Oficial de Castilla – La Mancha nº 99, con fecha 23 de mayo de 2016, una vez transcurrido el plazo de información pública establecido en el artículo 14.4, de la Ley 4/2013, la notificación a los interesados conforme a lo que establece el artículo 12 de la Ley 4/2013, el Consejo de Gobierno ha acordado su declaración como BIC.
 
Enlaces relacionados:
Acuerdo de 23/05/2017, del Consejo de Gobierno, por el que se declara Bien de Interés Cultural la Fiesta de los Pecados y Danzantes del Corpus Christi en el municipio de Camuñas (Toledo), con categoría de Bien Inmaterial.

Autorizar un gasto derivado del expediente de segunda prórroga del contrato de gestión, por la modalidad de concesión, del servicio público de Teleasistencia en la Comunidad Autónoma de Castilla- La Mancha

Las necesidades que dieron lugar al contrato inicial subsisten al  día de la fecha y se precisa continuar  con la prestación del servicio.
 
La prórroga tendrá un período de vigencia comprendido entre el 1 de junio de 2017 y 31 de mayo de 2018, ambos días incluidos.

Autorizar la resolución del contrato y autorizar un gasto para el abono de las indemnizaciones derivadas de la resolución y de la suspensión del contrato de obras de ampliación y reforma del Complejo Hospitalario Universitario de Albacete (Fase I)

Resolución del Contrato e Indemnización por Suspensión del Contrato en las OBRAS DE AMPLIACIÓN Y REFORMA DEL COMPLEJO UNIVERSITARIO DE ALBACETE (FASE I), adjudicado a UTE CONTRUCTORA SAN JOSE SA- ORTIZ CONTRUCCIONES Y PROYECTOS SA- BARROSO NAVA Y CÍA SA.

Acuerdo por el que se autoriza el ejercicio de acciones judiciales para la impugnación en vía contencioso-administrativa de la resolución del Tribunal Económico-Administrativo regional de 15 de febrero de 2017, por la que se estima reclamación interpuesta

Los servicios jurídicos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha consideran la resolución del TEAR de 15 de febrero de 2017, estimatoria de la reclamación económico-administrativa nº 16-00230-2014, errónea y dañosa para los intereses de la Hacienda Pública Regional y de su autonomía financiera, por lo que se propone al Consejo de Gobierno la interposición de recurso contencioso-administrativo contra dicha resolución.

Autorización de la prórroga del programa temporal de refuerzo de personal en los servicios de dependencia de las direcciones provinciales de la Consejería de Bienestar Social

El programa temporal tiene por objetivo reforzar a los equipos provinciales, con el fin de agilizar la tramitación de los expedientes de personas con grado de dependencia reconocido que tienen pendiente de tramitar su correspondiente programa individual de atención donde se le reconozcan los servicios y/o prestaciones que correspondan, incrementar el número de beneficiarios del sistema de dependencia en Castilla-La Mancha, seguir incidiendo en la reducción del tiempo de tramitación del procedimiento de reconocimiento de la situación de dependencia y de derecho de acceso a los servicios y prestaciones del sistema y hacer frente al incremento de solicitudes producido por la supresión de tasas, por la publicación de la nueva normativa regional en materia de dependencia y por el cambio de gestión en el sistema de dependencia, al haber resultado insuficiente, excepto en la provincia de Guadalajara, el programa temporal inicialmente aprobado en consejo de gobierno de 6 de octubre de 2015, así como las sucesivas prórrogas aprobadas en Consejo de Gobierno.