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DG de Economía Circular y Agenda 2030

Residuos-Trámites: comunicaciones previas y autorizaciones

La Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, establece dos formas de intervención administrativa para el acceso a las actividades de producción y gestión de residuos en función del tipo de figura y actuación: comunicación previa o autorización.

 

  • Figuras/actuaciones sujetas a comunicación previa:

 

  • Productores
  • Transportistas
  • Agentes
  • Negociantes
  • Plataformas logísticas de distribución como consecuencia de la logística inversa
  • Valorización de materiales naturales excavados para su utilización en operaciones de relleno y obras distintas a aquellas en las que se generaron
  • Instalaciones dedicadas a investigación, desarrollo y experimentación de nuevos tratamientos de residuos

 

  • Figuras/actuaciones sujetas a autorización:

 

  • Instalaciones fijas y operadores de tratamiento de residuos

 

  • Figuras/actuaciones sujetas a comunicación previa y autorización:

 

    • Tratamiento de residuos con instalaciones móviles
    • Valorización de residuos sin instalación: relleno
    • Valorización o eliminación de residuos sin instalación: tratamiento de suelos
    • Otras operaciones de valorización o eliminación de residuos sin instalación

     

Por otra parte, existe otro trámite para la obtención de NIMA para las personas físicas o jurídicas que, no estando obligadas a inscribirse, precisen de un NIMA.